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Para regar los fertilísimos campos de Lorca, tan fértiles que suelen dar la admirable produccion de ciento por uno, pero que desgraciadamente esteriliza con demasiada frecuencia la falta de lluvias, se ideó y emprendió la obra de los dos célebre pantanos, inmensos diques para recogimiento y depósito de aguas, de ciento cincuenta varas de espesor, revestidos de sillería y abrazados con gruesísimas barras de hierro, y que á la altura de treinta y cinco varas, mitad solamente de la que se pensaba darles, llegaron á embalsar cerca de veinte y cuatro millones de varas cúbicas de agua. A muchos millones ascendieron los productos que estas magníficas obras proporcionaron á la agricultura y al Estado, y no es fácil calcular los beneficios que habrian reportado sin el infortunio que á los pocos años sobrevino (1), Para la cómoda salida de los frutos del país se ejecutó un magnífico camino al puerto de San Juan de las Aguilas, haciendo tambien conducir á aquella nueva poblacion aguas abundantes de algunas leguas de distancia por medio de un gran acueducto. Fué prodigiosa la brevedad con que se pobló aquel nuevo lugar, contándose ya en él más de cuatrocientos vecinos en los últimos años de Cárlos III (2).

creto de 1848, por el que se devolvió la acequia á los pueblos de Tauste, Cabanillas, Fustiñana y Buñuel que la construyeron.

(1) En el año 1802 reventó el famoso pantano de Lorca por el cen

tro de su muro, causando infinitos estragos en la poblacion y en la comarca, en la círcunferencia de muchas leguas.

(2) El pensamiento de esta nueva poblacion, en el sitio en que se

Utilísimo fué tambien el canal de Tortosa, que lo era igualmente de navegacion y de riego para muchas tierras que antes eran eriales, antes eran eriales, emprendido para facili

tar la comunicacion del Ebro desde las inmediaciones de Amposta hasta el puerto de los Alfaques, evit ndo

el rodeo y los peligros que habia para salir al mar por aquel rio. Fué el puerto de los Alfaques uno de los objetos que promovió con más solicitud é interés el conde Floridablanca (1), y así progresó con tan admirable rapidez la nueva poblacion de San Carlos de la Rápita, fundada en aquella costa, y en cuya construccion se consumieron grandes sumas, como que se pretendia hacer una gran ciudad, que sin duda lo habria sido á no ocurrir la muerte del soberano, y despues la separacion de Floridablanca. El pensamiento de aquel ministro era abrir comunicacion al Océano desde Tudela.

Promovíanse en varias otras partes canales de regadío para fomento de la agricultura y del tráfico. Se continuaban los de Manzanares y Guadarrama: se proseguia el de Castilla; se proyectaba ùno en los campos de Urgel, y se trataba de aprovechamiento de terrenos pantanosos y de desecacion de lagunas en varias provincias, en que se estaban perdiendo lastimosa

cree estuvo la antigua Urá de los Bastetanos, fué del conde de Aranda, en el tiempo que tuvo el cargo de capitan general de los reinos de Valencia y Murcia. Hoy cuenta mas

de 1,260 vecinos.

(1) Así se lo escribia al de Aranda en carta de 3 de setiembre de 1785.

mente tierras que podian ser de labrantío. Fundábase y se construia con calles y casas alineadas la poblacion de Almuradiel á la entrada del puerto de Despeñaperros y camino real de Andalucía, con que al propio tiempo que hallaban amparo los caminantes contra los peligros de los salteadores, se lograba ver cultivado por la mano del hombre y cubierto de plantios y frutos de todas clases lo que antes era solo infructíferas y espantosas selvas. Creóse además una especie de escuela práctica de agricultura y ganadería en el real sitio de Aranjuez, destinando las tierras al cultivo de aquellas producciones que eran más acomodadas á su calidad, y haciendo venir semillas de todas partes. Pronto se conocieron y esperimentaron los efectos de tan útil institucion, plantándose y cultivándose á la vez el olivo y la vid, la morera y el roble, el trigo y el maiz, el cáñamo y el lino, y todo género de frutas y hortalizas, enseñándose tambien los mejores métodos que se conocian de criar, conservar y mejorar toda especie de ganados (1).

Varias otras providencias se dictaron encaminadas á proteger la clase agrícola. Cuando se trató del arreglo de las rentas provinciales, no se permitió hacer novedad en los arrendamientos de las tierras hasta tanto que aquel se pusiese en ejecucion, evitando así los abusos que intentaban los propietarios (2). Y la fa

(1) Memoria de Floridablanca. de 1785. (2) Circular de 6 de diciembre

cultad que á consulta del Consejo se dió más adelante (1) á los dueños de tierras para plantar en sus posesiones lo que quisiesen, y para cercarlas ó cerrarlas del modo que tuvieran por conveniente, sin necesidad de solicitar concesiones especiales como hasta entonces se habia hecho, alentó sobremanera á los terratenientes, y preparó un aumento considerable de frutos y riquezas á los labradores.

El ejemplo del rey, que parecia aspirar al título de primer agricultor de España, fué imitado y seguido por el príncipe de Asturias, y por los infantes don Gabriel y don Antonio, los cuales convirtieron en fecundas huertas y deliciosos jardines terrenos antes incultos, así en los sitios reales, como en las encomiendas y prioratos que á cada uno pertenecian, «trabajando con sus propias manos (decia el ministro autor de la Meinoria que seguimos), ennobleciendo el arado y el azadon, y enseñando con su ejemplo á los poderosos cuál debe ser el objeto, la aplicacion y el aprecio del labrador y sus trabajos. »

Tres puntos recordaba el conde de Floridablanca al rey como de urgente resolucion para el aumento y prosperidad de la agricultura, entre los muchos que comprendia su Instruccion reservada para la direccion de la Junta de Estado. obra del mismo ministro (2).

(1) Real cédula de 15 de junio de 1788.

(2) Titulábase este célebre do cumento: Instruccion reservada

que la Junta de Estado, creada formalmente por mi decreto de este dia (8 de julio de 1787), deberá observar en todos los puntos y

Estos tres puntos eran: 1.° declarar á todo poseedor de bienes vinculados el derecho de deducir las mejoras de plantaciones, roturaciones ó regadíos hechos en sus predios con autoridad judicial, derogando cualesquiera leyes en contrario, lo cual serviri de poderoso estímulo á los poseedores para mejorar sus bienes: 2.° permitir la enagenacion de todo solar ó terreno erial abandonado, previa tasacion, aunque perteneciera á mayorazgo, patronato ó capellanía, depositando su importe à beneficio del dueño, para que pudiera imponerle en juros, censos, acciones del banco, etc.: 3. prohibir que las mejoras en tercio y quinto se pudieran vincular perpétuamente, así como otras especies de bienes sin real autorizacion. El mal no estaba en las mejoras, que podian ser muy justas y muy útiles, sino en el empeño de vincularlas, aunque fuesen en cantidades cortísimas; resultando de aquí que ni los pobres las podian cultivar, ni venderlas á los ricos que pudieran beneficiarlas. Y respecto á otras vinculaciones, decia el ministro: «Haya mayorazgos y fundaciones perpétuas, pero todas sujetas á la facultad real..... y véase si la calidad del fundador de la renta que se destina es tál, que el Estado pueda sacar provecho de dotar perpétuamente una familia, y au

ramos encargados á su conocimiento y exámen. Poseía original este manuscrito el sucesor del conde de Floridablanca, marqués de Miraflores, el cual proporcionó

copia de él á don Andrés Muriel, que le dió á la estampa con una Introduccion. Es un tomo en 8." de 470 páginas.

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