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á los incantos á las armas, y los abandonaban en el combate: les prometian recursos y les cerraban sus bolsillos; y para hacer más patente su hipocresía, felicitaban al rey, y condenaban la insurreccion que ellos mismos promovieran.

A la vista tenemos las declaraciones de los que fueron su instrumento; y no sabemos si desear mejor se hubieran destruido los documentos que acreditan tan punible conducta, que poseerlos hoy para saludable enseñanza. Optamos, sin embargo, por lo último. Los hechos de los malos ministros de Dios, sirven para enaltecer á los buenos.

XXVIII.

Llegamos al fin de la historia de la junta de Manresa.

Se ha puesto en duda por alguno la soberanía que se abrogaba la citada corporacion, defendiendo que tenia por único objeto regularizar la insurreccion, sin cuidarse de ejercer actos de gobierno; lo cual demostraria, sin embargo, de un modo evidente su rebelion á la autoridad real.

Este hecho constituiria un crímen; le admitimos, y calificamos de criminal á la junta de Manresa, aunque prescindamos de que no pensara entonces en don Cárlos. Vamos á copiar íntegro un documento, que es la mejor contestacion que podemos dar á quien niegue el poder dictatorial que en todos los ramos administrativos ejerció la junta; es la prueba más palpable. Dice así.

«La escelentísima junta superior de gobierno de este Principado, á consulta y en union de las autoridades militares del ejército real, ejecutor de los soberanos decretos, en sesion de este dia ha resuelto se publique y circule la órden siguiente:

»Todos los señores jefes y oficiales de los ramos civiles y militares y de real hacienda, comprendidos los que sirvieron al ejército real de operaciones de este Principado, durante la guerra contra la llamada Constitucion, en cualquier parte que se hallen, que hasta el dia no se hayan presentado á ofrecer sus servicios á esta junta superior, para hacer parte y contribuir á favor de las banderas leales á S. M., deberán verificarlo por todo el presente mes de setiembre para poder ser considerados acreedores á obtener sus empleos, y al disfrute de su sueldo; en el concepto que si no lo ejecutasen dentro de dicho término, se les apercibe que no tendrán derecho á ello, por más que justificasen su decision y mérito contraidos, ni haber tenido noticia de esta órden, ó estar por algun motivo privados de comparecer, no menos que el haberse presentado á algun comandante ú otro jefe de las divisiones realistas; y en este caso solamente podrán acudir á la propia junta para que les pueda

atender si hubiese alguna vacante, y destinarles al empleo que la misma tenga á bien confiarles, sin perjuicio de tomar en uno y otro caso los correspondientes informes sobre si han desmerecido en su buena reputacion y decision por la justa causa del rey y del altar.

>> Todo lo que de órden de la misma escelentísima superior junta se hace notorio, y se manda su publicacion y fijacion en los parajes públicos y acostumbrados donde se hallen las divisiones de dicho ejército realista, á fin de que nadie pueda alegar ignorancia (1).»

JUNTAS CLERICALES.

XXIX.

El clero de Vich habia convertido el púlpito en tribuna revolucionaria, y trasformado sus sermones en tribunicias arengas. Con la divina imágen del Redentor en la mano, y dando á sus discursos el acento de la conviccion, predicaban una cruzada de esterminio, cruzada impía, á la cual convocaban al pueblo con el mismo entusiasmo que el ermitaño Pedro convocaba á la cristiandad.

El doctor don Nicolás Fábregas, capellan de los realistas de Vich; el padre Puig, prior de los dominicos; los padres Ginés, Palau y Solá, guardian el primero, y religioso el segundo de los franciscanos, y el padre Francisco Mora, del oratorio de San Felipe Neri, fueron los que se distinguieron en su exaltada oratoria, creciendo su fervor, mejor diremos, su furor, con la presencia del obispo á estos actos religiosos.

Este prelado habia asistido á una junta habida en el monasterio de Ripoll, en la cual se hallaron el obispo de Gerona, un delegado del de Solsona, y los abades de Ripoll y de Camprodon. Sabedora la policía de esta reuniou, adoptó algunas providencias para hacer ineficaces sus resoluciones. Más ¿cuál era el poder de la policía contra el ascendiente de un obispo, que á título de visita recorria las parroquias, llegaba hasta Igualada, y dominaba los ánimos solo con manifestar sus sentimientos? Claramente se vió luego su influencia al notar que en los pueblos por él visitados, fué donde se ostentó más vigorosa la rebelion. En la plática de comunion que celebró el ilustrísimo señor obispo, en 7 de marzo de 1827, en la iglesia de padres dominicos, indicó á los estudiantes que estaban espuestos á una guerra civil peor que la pasada.

(1) Dado en Manresa á 23 de setiembre de 1827.-José Busons, comandante general presidente. -Dr. don José Corrons, vocal.—Dr. don José Quinquer, vocal. —Fray Francisco Vinader, vocal.-Dr. don Magin Pallás, vocal.-Miguel Buscallá, vocal.-De acuerdo de S. E. la junta superior de la provincia de Cataluña.-Dr. don Juan Bautista Comas, secretario.

En el convento de capuchinos de Vich era donde se celebraban las reuniones con asistencia del exaltado religioso Francisco Miguel de Vich, de Fábregas, de don José Clará, comandante del batallon de realistas, de varios oficiales del mismo, y de Pablo Beneseit, compañero inseparable de Clará. Celebrábanse tambien conciliábulos en las casas del boticario Vinader, del confitero Isern, de los tenderos Plá y Costa, y en otras tantas cuantos eran los conspiradores, quienes dominaban la poblacion, y obraban con franqueza y sin mucha reserva.

Tambien de fuera acudian religiosos, algunos como el padre Miguel Casas, franciscano de Lérida, llevaba planes concertados, y el mismo cuerpo municipal tomó parte en la sublevacion que estalló simultánea á la de Manresa.

OTRAS INSURRECCIONES. MARCHA DEL REY A CATALUÑA.

XXX.

Tambien estalló la rebelion en Cervera, Gerona, Solsona, Lérida, Tarragona, Reus y otros puntos.

Al saberse en la córte, temióse su propagacion, cundió la alarma, é interesando al rey mostrar vigor, ordenó la formacion de un ejército de operaciones en Cataluña. Previno además al comandante general de las tropas procediera inmediatamente contra los que firmaron en complicidad con los rebeldes el manifiesto del ayuntamiento de Manresa, y fueran juzgados con arreglo á las leyes del reino; que lo fueran asimismo y sumariamente, segun los decretos de 17 y 21 de agosto de 1825, los motores del movimiento insurreccional, los que hicieran causa comun con ellos, y los que favorecieran ó auxiliaran de cualquier modo: que se disolviera el batallon de realistas de Manresa, y fuera licenciado el de Vich: que un consejo de guerra, formado con arreglo á ordenanza, averiguara inmediatamente la conducta militar del gobernador de Manresa, y jefes del regimiento infantería de la Reina, segundo de línea, que se hallaba en aquella ciudad cuando se verificó el movimiento insurreccional; juzgando sumariamente, segun las reales ordenanzas militares, si los espresados gobernador y jefes hicieron cuanto estaba en sus obligaciones para evitar toda sorpresa y defender hasta lo último sus banderas.

Al mismo tiempo dispuso fueran inmediatamente destituidos de sus empleos los gobernadores de plazas y castillos que mostrasen poca vigilancia ó debilidad en la conservacion y seguridad de los puntos que mandaban; los que no los defendieran, y los generales, jefes y emplea

dos de todas clases que no emplearan la más activa decision en obedecer las órdenes del rey.

Estos actos oficiales legitimaron la alarma del espíritu público. Para tranquilizarle, declaró el rey que habiendo escitado su solicitud algunos desórdenes que amenazaban la tranquilidad de las más importantes provincias de la monarquía, creyó fuese al principio estravío de escesivo celo poco ilustrado, por lo que le pareció deber emplear la dulzura antes que la fuerza, la amonestacion antes que la amenaza; pero el carácter que imprimieron á los movimientos del Principado los sucesos de Manresa y Vich, le hacia ver como rey la sedicion donde como padre no veia antes más que el alucinamiento. Rechazaba como absurdos los pretestos de la rebelion; como injuriosa la idea del cautiverio en que se le suponia, y en vista de todo manifestaba haber dado las órdenes convenientes para que fueran deshechas las bandas de sublevados que infestaban algunos distritos de Cataluña, de lo cual estaba encargada una fuerte division del ejército.

Antes de esta declaracion publicó una proclama en Barcelona el marqués de Campo Sagrado, en el mismo sentido que la manifestacion del rey, y con la cual inauguró las operaciones en contra de los sublevados, cuyas filas se engrosaban con paisanos, voluntarios realistas é indivíduos del ejército.

Tales providencias no impidieron nuevas tentativas, como las que tuvieron lugar en el corregimiento de Alcañiz, que hicieron temer por la tranquilidad de Aragon; país, que confinando al N. E. con el Principado, participa en mucho de la energía del carácter catalan. Por eso era más temible se propagara el fuego de la insurreccion, que cundiendo por el reino de Valencia amenazaba abrasar á toda España.

El rey entonces se decidió á marchar á Cataluña. Así demostraba la libertad de que disponia. Acompañado de una corta comitiva, y del ministro de Gracia y Justicia don Francisco Tadeo Calomarde, salió en posta del real sitio de San Lorenzo, á las cinco de la mañana del 22 de setiembre, pasando por las Rozas, Majadahonda y Leganés, yendo á dormir á Ocaña, donde oyó misa el 23, y recibió á besar su mano al clero secular y regular, al corregidor, ayuntamiento y otras autoridades y personas distinguidas. De Ocaña marchó por Quintanar de la Orden á Albacete, y de aquí por Almansa, Gineta, Castellon de la Plana y Vinaroz á Tarragona, en cuya plaza entró á las cinco de la tarde del 28. En todo el viaje recibió la ovacion de los voluntarios realistas que cubrian los caminos, y del clero que se presentaba á felicitarle; distinguiéndose el cabildo de Valencia, que hizo al rey un donativo de 400 onzas de oro.

El mismo dia que Fernando llegó á Tarragona, dirigió la siguiente alocucion, tan importante por su contenido como por sus consecuencias.

EL REY.

«Catalanes. Ya estoy entre vosotros segun os lo ofrecí por mi decreto de 18 de este mes; pero sabed que, como padre, voy á hablar por última vez á los sediciosos el lenguaje de la clemencia, dispuesto todavía á escuchar las reclamaciones que me dirijan desde sus lugares, si obedecen á mi voz; y que como rey vengo á restablecer el órden, á tranquilizar la provincia, á proteger las personas y las propiedades de mis vasallos pacíficos, que han sido atrozmente maltratados, y á castigar con toda la severidad de la ley á los que sigan turbando la tranquilidad pública. Cerrad los oidos á las pérfidas insinuaciones de los que, asalariados por los enemigos de vuestra prosperidad, y aparentando celo por la religion que profanan, y por el trono á quien insultan, solo se proponen arruinar esta industriosa provincia. Ya veis des nentidos con mi venida los vanos y absurdos pretestos con que hasta ahora han procurado cohonestar su rebelion. Ni yo estoy oprimido ni las personas que merecen mi confianza conspiran contra nuestra santa religion, ni la patria peligra, ni el honor de mi corona se halla comprometido, ni mi soberana autoridad es coartada por nadie. ¿A qué, pues, tomar las armas, los que se llaman á sí mismos vasallos fieles, realistas puros y católicos celosos? ¿Contra quién se proponen emplearlas? Contra su rey y señor. Sí, catalanes; armarse con tales pretestos, hostilizar mis tropas y atropellar los magistrados, es rebelarse abiertamente contra mi persona, desconocer mi autoridad, y burlarse de la religion, que manda obedecer á las autoridades legítimas; es imitar la conducta y hasta el lenguaje de los revolucionarios de 1820; es, en fin, destruir hasta los fundamentos, las instituciones monárquicas, porque si pudiesen admitirse los absurdos principios que proclaman los sublevados, no habria ningun trono estable en el universo. Yo no puedo creer que mi real presencia deje de disipar todas las preocupaciones y recelos, ni quiero dejar de lisonjearme de que las maquinaciones de los seductores y conspiradores quedarán desconcertadas al oir mi acento. Pero si contra mis esperanzas no son escuchados estos últimos avisos; si las bandas de sublevados no rinden y entregan las armas á la autoridad más inmediata á las veinte y cuatro horas de intimarles mi soberana voluntad, quedando los caudillos de todas clases á disposicion mia, para recibir el destino que tuviese á bien darles, y regresando los demás á sus respectivos hogares, con la obligacion de presentarse á las justicias, á fin de que sean nuevamente empadronados, y por último, si las novedades hechas en la administracion y gobierno de los pueblos, no quedan sin efecto con igual prontitud, se cumplirán inmediatamente las disposiciones de mi real decreto de 10 del

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