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cion franca y protectora, segun los principios que dejo consignados, se haya proferido ni una sola espresion que pueda dar pretesto á los recelos y calumnias con que se paraliza el bien, son testimonios irrevocables contra la torcida intencion de los que dejan crecer y tomar fuerza y consistencia al mal presente, y que se dirigen á mano armada á derrocar el trono de Isabel, procurando inspirar temores y desconfianzas de otro que hoy solo existe en su fantasía, llevando su temeridad hasta el estremo de interpretar, segun conviene à su propósito, los hechos y actos de una prevision cada dia más acreditada, de hombres que se pronuncian francamente en los momentos críticos en que V. M. estaba en la consternacion, y ellos viendo venir y tomándose tiempo. Esta es el arma que manejan con más destreza los agentes del usurpador, y á la cual apelaron luego que se convencieron que el honor de aquellos se mantendrá siempre terso como el sol. Es fácil conocer que la cooperacion decidida y franca que he hallado en la masa principal de estos habitantes para conservar el órden y la tranquilidad, proclamando á la augusta reina doña Isabel II en circunstancias tan dificiles, y despues de haberse estado trabajando seis años sin interrupcion con el único y esclusivo objeto de usurparle sus imprescriptibles derechos, se debe sin duda á las esperanzas que V. M. hizo concebir tan justamente, de que el reinado de las leyes y de la proteccion reemplazarán al que V. M. manifestó tan evidentemente que repugnaba á su corazon sensible y magnánimo. Yo, senora, tengo contraida la obligacion sagrada de no dejar perecer estas causas y tan nobles esperanzas, mayormente en una provincia en que tengo cada dia à la vista el sin fin de víctimas sacrificadas del modo más bárbaro, y que no se puede creer sin verlo, porque se resiste la pluma á nombrarlo, y sostenidas por un ministro sin responsabilidad, como consta á V. M. y al justificado Consejo de la guerra, que ha podido, aunque despues de consumado el mal, tablecer el honor de algunas familias, pero no las vidas ni los perjuicios causados hasta ahora, sin embargo de haberlo yo hecho presente al ministerio con representacion, desde que llegué al Principado, y debi pasar por el dolor de oir las tristes relaciones de tantos escesos, y dar curso á las reclamaciones que aun están pendientes.

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Suplico, pues, señora, à V. M. con el más profundo respeto, que medite sin intervencion del ministro esta esposicion sincera, como dictada por el celo más puro y desinteresado de un español leal, identificado con los deseos de V. M. y su augusta hija, y que no aspira más que al reposo, dignándose persuadir que lo que dejo indicado en la urgentísima necesidad para salvar y asegurar de un modo indestructible y establecer el trono de su augusta hija : que tenga á bien V. M. elegir un ministro que inspire notoriamente confianza, y al mismo tiempo decretar la más pronta reunion de Córtes, con arreglo á nuestras leyes, y con la latitud que esta representacion de los tres estados exige, en consideracion al estado actual de las poblaciones.

Dígnese V. M., señora, mirar en esta verídica esposicion la prueba más evidente de mi inalterable decision por la defensa del trono de la augusta hija de V. M., en ocasion que la amaga más de un peligro, y en que veo que el tiempo que se pierde puede ser irreparable; y aseguro á V. M. que esta única consideracion, y la de desvanecer cualesquiera otras maliciosas suposiciones, han podido vencer mi natural repugnancia á dar este paso, que de otra parte, no siendo con el lenguaje austero de la verdad, y con la resolucion conveniente, acaso no seria atendido con la perentoriedad que reclama el estado crítico, y cada dia más complicado de las cosas, y sobre todo, cumplo lealmente con lo que V. M. me tiene espresamente prevenido, y con esta ocasion renuevo á L. R. P. de V. M. las seguridades más sinceras de defender y conservar esta provincia que me está confiada, fiel á V. M. y á nuestra inocente soberana doña Isabel II, cuyos derechos sostendrá con su vida y hacienda segun lo tiene prometido este de V. M., etc.-Barcelona 24 de diciembre de 1834.-A L. R. P. de V. M.-Manuel Llauder.

NÚM. 68.-Pág. 418.

Esposicion del general Quesada á la Reina gobernadora.

Señora: por el ministerio de la Guerra se me ha comunicado con fecha 3 del corriente la gracia con que V. M. acaba de honrarme concediéndome el titulo de Castilla en atencion à mis

méritos y servicios, y en particular á los contraidos últimamente en la pacificacion de las vastas provincias de esta capitanía general.

Reconozco, señora, en este rasgo el corazon grande y benéfico de V. M.; y faltan voces al lenguaje para espresar los sentimientos de mi respetuosa gratitud. Nada puedo ofrecer á V. M. de nuevo: la lealtad más decidida, el celo más ardiente por su real servicio y el gustoso sacrificio de mi existencia, todo esto he tenido la dicha de ponerlo más de una vez á los reales piés de V. M., y por lo mismo no puedo hacer ahora más que reproducir mis ofertas que jamás serán desmentidas, sean cuales fueren los trances que la suerte me tenga destinados. Sin embargo, señora, esa misma gratitud que ha escitado en mí la honra que V. M. se digna concederme, es un estimulo irresistible que me obliga á hablar á V. M. con la franqueza de mi carácter, y sin los temores de una delicadeza intempestiva.

Al elevar á las augustas manos de V. M. con fecha 5 del corriente la renuncia de mi actual mando, indiqué las razones que hacian indispensable este paso dirigido principalmente á quitar á mis encarnizados enemigos todo pretesto para una persecucion cuyas consecuencias pudieran llegar á ser demasiado fatales. Si ella amenazase tan solo mi persona, la habria despreciado, porque nunca fué el miedo el móvil de mis acciones. Pero la más ligera meditacion basta para conocer que, en el estado actual de España, la continuacion de las maniobras de mis enemigos pudiera llegar á ser nociva al servicio de V. M. Por eso creí que, fuera de todo mando, dejaria de ser objeto de atencion para ellos, con lo cual, V. M. se hallaria mejor servida, que es lo que sobre todo importa.

La merced del título de Castilla, que ahora se me concede, confirma el acierto de las previsiones en que se fundó aquella renuncia. Mis emigos saben bien que esa merced elevada no es la que mi ambicion desea. Ellos no ignoran que todos mis conatos, todas mis aspiraciones se cifran en la reparacion del no merecido desaire que sufro en no verme restituido al mando de la Guardia Real de infantería. Esta y no otra es la gracia á que aspiro, con tanto más fundamento, cuanto el que no obtenerla puede mirarse como un indicio sobrado evidente de que las acusaciones que contra mí se dirigen no han sido fulminadas en vano.-No puedo ocultar á V. M. el embarazo que me causa el tratar de este punto, porque comprendo con cuanta facilidad puede confundirse con miras interesadas lo que es solo objeto del celo más puro. Pero las cosas han llegado à tal situacion, que no debo vacilar en poner de manifiesto los sentimientos que me animan, aunque corra el riesgo de someter mi verdad å interpretaciones siniestras. Yo tuve, señora, la dicha de recibir de V. M. misma, la promesa de que queria retuviese el mando de la Guardia Real con la inspeccion de infantería, cuando se me destinó en comision á la pacífica provincia de Andalucía. Mi renuncia de aquellos destinos consta à V. M. no tuvo más orígen que el conocer que solo ello podia satisfacer á mis enemigos, que con tanto empeño querian enviarme à un punto que en aquellas circunstancias debia considerarse como insignificante. Pero nombrado posteriormente para el difícil y peligroso mando de Castilla la Vieja, parecia que era llegado el caso de verme restituido al de la Guardia, conforme à la seguridad que V. M. se habia dignado darme, y que mi gratitud habia aceptado, creyendo que era tal vez lo único que se me podia conceder en aquellas circunstancias.

Viendo frustradas mis fundadas esperanzas, aguardé á que nuevos servicios removiesen los obstáculos que pudieran presentarse para que se realizase la gracia prometida. Gracia y muy grande la consideraba entonces mi pundonor, y mayor la considero hoy que veo con cuán pérfidas artes se han sabido conciliar las generosas bondades con que V. M. ha querido recompensar mis recientes servicios, con el decidido empeño de no destruir las sospechas que produjeron mi separacion de esa córte.

No puedo atribuir á otro principio el verme condecorado con el título de Castilla en vez de mi restitucion à la Guardia, pues de ese modo aparezco altamente recompensado, y se me deja al mismo tiempo en una especie de interdiccion que mi honradez no puede resistir de manera alguna.

Las causas de esta conducta de mis enemigos no son ciertamente, señora, la que ellos procuran aparentar. No nacen de la decantada violencia de mi carácter, ni menos de la supuesta exageracion de mis ideas. Otros son los móviles de la implacable persecucion que estoy sufriendo; y ellos interesan demasiado à la seguridad del trono de mi soberana y al bienestar de mi patria, para que mi lealtad pueda pasarlos en silencio por más tiempo. Mis enemigos saben que cuando acaecieron los sucesos de la Granja, no vacilé en manifestar á V. M. por medio de

su augusta hermana, mis deseos de que si llegaba å verificarse el funesto accidente que entonces amagaba, se retirase V. M. con sus tiernas hijas à Andalucía, en donde mi espada y mí decision les proporcionaria seguro asilo. Tampoco ignoran que en 20 de marzo dije al augusto esposo de V. M.: «Que no se necesitaba de un genio profundo para conocer que el desarme de >>las masas populares era una de las medidas que en nuestra posicion aconsejaban la razon y >>la política: que esta debia reducirse á destruir los partidos, amalgamar las opiniones, y res>>tablecer la armonía entre las autoridades y los súbditos: lo cual seria inasequible mientras >>subsistiese una parte del pueblo armada militarmente, y distinguida con privilegios y distin>>ciones que gravitan sobre la otra.»>

Finalmente, mis enemigos no olvidarán jamás que en la mañana del 2 de octubre tuve la honra de manifestar verbalmente à V. M. que en el estado en que la nacion se encontraba era imposible afianzar el trono de la reina sobre otras bases que las establecidas en las antiguas leyes de la monarquía, mejoradas con arreglo al progreso de las luces y á las exigencias de los tiempos; que solo una verdadera representacion nacional era la que podria consolidar derechos que iban á ser disputados, y por último, que intentar que los españoles continuasen sometidos à un poder arbitrario, era abrir la sima en que acaso se hundiria el trono, despues de devastar el país con los horrores de la guerra civil más encarnizada.

Estos, y no otros, son mis verdaderos delitos; esta la vehemencia de mi carácter, y esta la exaltacion de mis ideas. Los hombres que no vieron, como todos veíamos, el inminente riesgo que habia en dejar las armas en las manos que las tenian, ó que viéndolo, no quisieron quitárselas por razones que no admiten más que una fatal interpretacion, ¿cómo pueden perdonarme un vaticinio que la esperiencia vino demasiado pronto á realizar con la sublevacion de treinta batallones, verificada como por encanto en solas las Provincias Vascongadas al momento de recibirse en ellas la noticia de la muerte del rey? Los hombres que con tal precipitacion osaron aconsejar á V. M. el manifiesto del 4 de octubre sin consulta de ningun consejo de los ya establecidos, y sin aguardar á oir el voto del que la prevision del difunto rey habia legado para ser consultado en negocios graves, ¿podian dejar de mirar como enemigo de sus planes al leal español que dos dias antes habia presentado á V. M. como necesarios, ó más bien indispensables, unos principios políticos tan opuestos à los qne proclamaba el manifiesto? Es imposible, señora; y aun cuando mi separacion de Madrid, obtenida en la misma noche del dia en que me fué permitido manifestar á V. M. aquellas ideas no probase bien claramente que ellas solas son causa de la obstinacion con que se me persigue, seria preciso desconocer el corazon humano para detenerse en buscar otro origen. En efecto, señora; si los hombres que aconse jaron el sostenimiento de las armas en manos de las masas que las tenian y la publicacion del manifiesto, procedian de buena fé, es preciso convenir en que acaso son los únicos españoles que han visto las cosas de semejante modo. Pero en tal caso, si eran leales, si fieles súbditos de Isabel II, debieron abandonar toda influencia en los negocios del Estado, desde el momento en que vieron los desastres, efecto de su imprevision funesta. Lejos de hacerlo así, los vemos obstinarse más y más cada dia: ocupados en conservar sus destinos á toda costa, no les arredran los males que han desplomado sobre la patria, sino antes bien parece que se complacen en prepararla otros nuevos. Sus providencias, rara vez conformes à las necesidades, son eludidas ó interpretadas, y no pocas veces desobedecidas, para evitar los inconvenientes que resultarian si fuesen ejecutadas. En lucha abierta con varios de los principales agentes del poder, y viendo peligros en su franca destitucion, trabajan en minar su crédito, en desacreditar su conducta, llenándolos de amargura y de disgustos, y presentar á los ojos de la Europa, que nos observa atenta, todos los caractéres de la verdadera anarquía. Aun cuando el talento que conocemos en V. M. cuantos hemos tenido la dicha de tratarla, no le hiciese penetrar los inconvenientes de semejante situacion, las inspiraciones del amor de madre bastarian para descubrirselos todos al momento de indicados.

Siento, señora, que al cumplir con este triste deber pueda creerse que me mueve å ello el desagravio de mis querellas personales; pero el honor me manda no escuchar los escrúpulos de la delicadeza cuando veo que el trono y la patria se hallan en el mayor peligro. Poco importa que mi nombre tenga que mezclarse en la discusion de tan graves intereses: olvidelo V. M. y atienda solo á que nadie me escede en haber dado pruebas de amor à su real persona y á su augusta descendencia, ni en la firme resolucion de defender sus derechos hasta mi postrer suspiro.

Dígnese V. M. reflexionar que este mismo es el hombre que se pretende hacer figurar como jefe de una faccion que no existe en España, y á la cual se ha dado existencia con el fin depravado de apoderarse del ánimo de V. M. por medio del terror y de la desconfiauza. Recuerde V. M. quienes fueron sus amigos; quienes los que le dieron las muestras más positivas de adhesion en momentos en que ella podria equivaler à una sentencia de muerte; véalos ahora V. M. presentados sino como traidores, cuando menos como hombres sin esperiencia á quienes se ha logrado alucinar y seducir. ¿Y cuáles son esos seductores, que nadie conoce sino los que tan torcidamente aconsejaban á V. M? Yo solo encuentro dos partidos en España; el uno está compuesto de hombres que se han armado porque se ha querido que tengan armas, á pesar de los graves motivos que obligan á quitárselas, y que están dirigidos y acaudillados por jefes cuyos principios, destructores de la felicidad pública, están en pugna con la sucesion directa, y que sin embargo eran protegidos y considerados, mientras que los defensores de V. M. de todas clases y gerarquías, sin esceptuar las mas clevadas del Estado, se han visto desterrados, perseguidos y tratados como fautores de la anarquia. Ese partido es el que, levantando el estandarte de la rebelion para afianzar su dominio, está cubriendo de sangre, de devastacion y luto el suelo de la desgraciada patria, y el que, á pesar de su rebelion escandalosa, encuentra disculpa para sus actos, y no pocas veces proteccion para sus criminales candillos.-El otro partido, señora, es de los leales súbditos de la reina, que lo son cuantos hombres habitan en nuestro suelo, sin estar estraviados por errores groseros ó por intereses mezquinos. Para gloria de mi patria puedo decir que en este noble partido se halla todo el valiente ejército, el cual, á pesar de la indisculpable desorganizacion en que estaba al llegar la terrible crisis, ha sostenido y sostiene con sin igual bizarría los derechos de la legitima reina. En medio de sus filas vemos por todas partes aquellos antiguos militares, à quienes nuestras disensiones politicas habian alejado de ellas, que llenos de gratitud hacia V. M. por un benéfico decreto, espedido en la gloriosa época de su primer mando, corren presurosos à defender los derechos de la augusta hija de su excelsa bien hechora. Estos son los únicos partidos que vemos en España cuantos tenemos un interés en ver las cosas cuales son, y en decirlas cual las vemos. En medio del choque de las armas y de las más violentas pasiones, viva Isabel II y viva Cárlos V, son las únicas voces que hasta ahora han resonado. ¿Dónde, pues, se halla esa faccion tan temible que arrastra con tal fuerza á hombres conocidos hasta ahora por su odio á toda exaltacion, y por la honradez de su conducta, y que los arrastra no solo à la traicion, sino tambien á la perfidia? ¿Cuál es el prestigio con que se les hace suponerse defensores del trono de Isabel, para destruirio y fundar sobre sus ruinas el órden de cosas à que aspira su exaltada fantasía? Semejante inmoralidad no cabe en pechos españoles, y acredita que conoce poco á sus compatriotas el inventor de tan atroz calumnia. Hay en España, como en todas partes, hombres fanáticos en politica, como los hay en religion: se hallan hombres oscuros y sin talento que desean desórdenes, porque saben que solo pueden medrar con ellos; y se encuentran tambien otros descontentos. Pero todos ellos no pueden inquietar á ningun gobierno; jamás formaran un partido, ni mucho menos lograrán atraer á hombres cuyos principios han pasado por el crisol de pruebas las más difíciles.

La verdad es, señora, que todos los leales desean ver consolidado el trono de la reina, y que para ello no divisan otro camino que el de la fiel observancia de nuestras antiguas leyes. No de unas leyes dictadas por la arbitrariedad ó el capricho, sino de aquellas que, fijando los recíprocos deberes y derechos de los reyes y de los pueblos, evitaron los abusos del poder, afianzaron la paz y el reposo, y condujeron la nacion al más alto grado de esplendor. Esas leyes, mejoradas cual ya lo exije el interés de todos, son las únicas que pueden salvarnos de la deshecha borrasca que estamos corriendo: ellas arrancarán de manos de los ministros uo responsables el poder funesto de oprimir al pueblo, de vejarle y de consumar su ruina; desaparecerán para siempre esas pasiones injustas, esos destierros arbitrarios, y solo el crimen tendrá que temblar delante de la autoridad. Seguros entonces de que la propiedad está garantida y la seguridad individual afianzada, los españoles todos rodearán el trono de la tierna Isabel, y la gratitud más viva y el amor más sincero recompensarán los beneficios que les habrá dispensado su augusta madre.

Tales son, señora, los votos de la nacion¡entera: escúchelos V. M. y sálvese y sálvenos, cuando todavía es tiempo. Desoiga V. M. otros consejos: pues la esperiencia ha debido convencerla de que no son acertados, y que en poco tiempo han producido males que pasarán TOMO I.

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muchos años antes de que puedan ser remediados. Deseche V. M. esos temores que la perfidia solo inspira, y arrójese confiada en brazos de la lealtad española que nunca se desmintió, y que reconoce y admira las virtudes y los talentos que adornan á la ilustre gobernadora del reino. --Así lo suplica encarecidamente ȧ V. M., etc. Valladolid, 8 de enero de 1834.-Señora. —A. L. R. P. de V. M.—Vicente Quesada.

NÚM. 69.-Pág. 443.

Proyecto de Constitucion.

DERECHO PUBLICO DE LOS ESPAÑOLES.

Artículo 1. Los gobiernos se han instituido para afianzar el libre ejercicio de las facultades naturales. Estas facultades son:

El derecho de poder hacer todo cuanto no esté prohibido espresamente por la ley ó la costumbre;

El derecho de no poder ser preso ni juzgado sino en los casos y del modo previsto por las leyes anteriores al delito;

El derecho de poder aspirar á todos los honores, empleos y dignidades del Estado sin necesidad de ningun requisito ni informacion nobiliaria;

El derecho de no poder ser turbado en el goce y posesion de su propiedad, escepto en los casos de conocida utilidad pública, y prévio el buen cambio, á bien vista de hombres buenos;

El derecho de espresar sus pensamientos, de palabra ó por escrito, sin necesidad de licencia ni censura, sobre todo lo que no sea contrario á las leyes fundamentales, á las buenas costumbres, y al honor de las familias.

2. Ninguna autoridad humana puede mandar cosa contraria á estos derechos; no puede de consiguiente, penetrar en el fuero interno del hombre, suspender las leyes protectoras de las prerogativas naturales, ni dispensar á nadie del cumplimiento de las leyes bajo de ningun pretesto.

DE LA FORMA DE GOBIERNO.

3. El poder legislativo se ejerce colectivamente por el rey, el Estamento de próceres y el Estamento de procuradores.

4. El rey y los dos estamentos tienen la iniciativa de las leyes.

5. El rey puede negar la sancion à un proyecto de ley durante dos legislaturas. No puede negarla más veces, siempre que el proyecto haya pasado en cada uno de los estamentos, por una mayoría de votos de los miembros presentes.

6. Todo proyecto de ley una vez desechado, no puede repetirse en la misma legislatura.

7. El Estamento de próceres y el de procuradores no pueden reunirse sino simultáneamente, so pena de nulidad de cuanto en contrario hicieren.

8. Las sesiones son públicas; más pueden declararse secretas à solicitud de cinco miembros.

9. Tanto los próceres como los procuradores son inviolables por sus opiniones manifestadas en el desempeño de sus funciones.

10. Todos los españoles pueden dirigir á las Córtes peticiones escritas. 11. Una ley orgánica restablecerá la diputacion permanente à Córtes.

DEL REY.

12. El rey mantiene la ponderacion y el equilibrio entre los diversos poderes del Estado, y ejerce su poder neutro, disclviendo las Córtes, y usando de la sancion suspensiva; exonerando á los ministros, y nombrando otros, conmutando penas ó haciendo gracias en las providencias de los juzgados criminales, disolviendo las juntas y corporaciones municipales, ó revocando sus actas.

13. La persona del rey es de consiguiente, sagrada é inviolable.

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