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Ya dijimos, aunque incidentalmente, que las proclamas de Manresa se reprodujeron en Córdoba y otros puntos. En efecto, en Alicante ó Cartagena residia una junta central del Mediodía de España, cuyas ramificaciones se estendian á todo el litoral. Súpulo el gobierno, hizo algunas prisiones, pero no destruyó el plan, que no se llevó á cabo por la pronta pacificacion de Cataluña.

Si así no hubiera sido, habriamos visto anticiparse en 1827 el gran levantamiento de 1833; pues eran grandes los elementos con que se contaba, y menor la resistencia, que fué preparando Cristina tan hábil

mente.

En medio del caos en que parecen envueltas las causas que originaron la insurreccion que hemos referido, se ve por algunos de los documentos que aun existen, cual era su principal objeto, a donde iba á parar. En más de una declaracion de los procesados se descubre el plan de proclamar á don Cárlos, en el cual solo estaban iniciados los principales corifeos.

Por diferentes medios, y algunos con distintos fines, tuvieron más ó menos parte, directa ó indirectamente, en la insurreccion el rey mismo, Calomarde, la mayor parte del clero, doña María Francisca, la Francia, ó más bien Mr. Villele, y otros personajes. El rey, por razones en que apoyaba su política fluctuamente: Calomarde, por combatir ciertos principios del rey á los que le inclinaban Zea y Ofalia: el clero, por las razones que ya se han espuesto: doña María Francisca, por causa propia, y el ministro de Cárlos X, para ir asegurando en los vecinos el despotismo á que conducia á su soberano, y le habia de costar el trono. Y ¿cuál era el resultado de tantas y tan opuestras intrigas? «Era (1) el desarrollo del plan profundo y arraigado de un partido poderoso español y estranjero que queria combatir al siglo, someter su accion á sus intereses, y oprimir su fuerza poderosa.» Exacto está en su juicio el marqués de Miraflores, que pudo observar aquellos acontecimientos, ya que no estuviera al corriente de muchos de sus pormenores. El mismo marqués es el único escritor á quien hemos visto aproximarse algun tanto á la verdad en las pocas líneas que dedica en el prólogo de su citada obra á la sublevacion de 1827. No está tan enterado cuando más adelante dice que, «los conspiradores lejos de renunciar á la renovacion de sus esfuerzos, entonces inútiles y reprimidos, les aplazaron para el dia de la muerte del rey, ya valetudinario >>

La insurreccion, vencida en el campo, se ostentó más prepotente en secreto; y el final del año 27 y todo el 28 evidencian la reaccion, que

(1) Memoria para escribir la historia contemporánea por el marques de Miraflores.

aunque no partia directamente del trono, no pesó menos por eso sobre los liberales, no acreedores á nuevas persecuciones.

El partido que entonces comenzaba su accion, lleno de fé, no se dió por vencido, ni aplazó sus esfuerzos, que no es aplazarlos dominar al capitan general de Cataluña, y sacar de los presidios á sus campeones, sustituyéndoles con los liberales que iban al patíbulo, en recompeusa de haber ayudado á vencerlos. ¿Se querrá sostener que fué esto obra de la casualidad?....

En cuanto á don Cárlos, ninguna culpabilidad tuvo en aquellos acontecimientos; y si de algo puede reconvenirle la historia, es de su completa indiferencia.

Cuando se levantaban por él, directa ó indirectamente, cuando tenian que resultar víctimas, ¿no era un deber de conciencia el evitarlas? ¿No pudo haberlo hecho dirigiendo la palabra á los que tomaban su nombre, condenando su conducta, y rechazando su afecto? ¿Bastábale esa estóica indiferencia por todo lo que en su derredor sucedia? ¿Habrian de conformarse todos con que se escudara con la religiosidad de sus sentimientos? Los deberes para con Dios no suplian á los de que era deudor á la sociedad y á sus mismos amigos. ¡Compadezcamos á esos espíritus henchidos de una falsa fé religiosa, que porque ven que es el rayo celeste el que incendia el edificio de unos pecadores, ni aun intentan salvar las víctimas!

CONSECUENCIAS DE LA CONDUCTA DEL CONDE DE ESPAÑA.

LIV.

El conde de España prestó un gran servicio al país, sofocando la insurreccion de 1827; pero el mismo conde le hizo un daño inmenso abriendo en su seno una llaga profunda, exacerbando los ánimos de los antes pacíficos catalanes.

Alabamos sinceramente al general que llega á Tortosa, se ve cercado de enemigos, y no encontrando artillería disponible, ni tropas, ni medios de ninguna especie, sigue su marcha. esperando hallar recursos en el Principado: al general, á quien presentándose en Tarragona el intendente de Barcelona para decirle que no tenia dinero, ni raciones, ni crédito, y se despide sin proponer el modo de adquirir lo necesario, se hace superior á todo, y á fuerza de constancia todo lo vence, y marcha, y pelea, y triunfa.

Pero ¿de qué sirvió al trono esta gloria empañada luego con tanta sangre inocente? ¿Fueron dignos trofeos las horcas de la ciudadela? Con ellas premió, ingrato é inícuo, los servicios de los que coadyuvaron á

Томо 1.

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su victoria y con ellas..... pero abandonemos al lector las reflexiones. Funestas fueron las consecuencias de aquella espantosa tiranía. Aquel lujo de terror fué causa de graves escesos posteriores. La rabia, la ira, la desesperacion que reconcentró en los pechos catalanes, les hizo anhelar un momento en que rompiendo el dique de sus comprimidas pasiones, se desbordaran arrastrando cuanto se les opusiera. Por eso veremos á los catalanes sublevarse con furiosa violencia, y cometer punibles desórdenes; por eso les veremos tratar con exaltacion las cuestiones de partido, y combatir con feroz encarnizamiento.

Habia hecho el conde de vida ó muerte las cuestiones políticas y los catalanes aceptaron y siguieron tan funesto ejemplo.

Las venganzas en materias políticas no recaen solo sobre el que las escita, sino sobre su partido; así como el castigo de Dios no cayó solo sobre nuestros primeros padres, sino sobre su descendencia.

La insurreccion de 1827 fué una revolucion prematura, torpemente coordinada, y débilmente sostenida. Anarquía en los principios, desórden en las disposiciones, falta de valor en el combate, de ingenuidad en la enseña, y caos, en fin, en todo. No fué otra cosa aquella sublevacion, que se nos presenta como una exhalacion, que deja en pos de su ardiente huella, sangre y lágrimas.

¿Ha sido esta insurreccion, ó las ideas que se desprendian de la progresiva marcha del siglo las que cambiaron desde entonces las circunstancias políticas de la España? Difícil es la contestacion. Creemos, sin embargo, que unas y otras contribuyeron; pero siempre sostendremos que sin una propension al progreso, prescindiendo de la manera de entenderle, no habrian tenido lugar las vicisitudes por que fuimos pasando.

REGRESO DEL REY.-SU NUEVO MATRIMONIO.

LV.

Con su esposa doña María Josefa Amalia, visitó Fernando algunas provincias, y regresó á Madrid en 11 de agosto de 1828. Fué aquí recibido con los honores del triunfo, representado en un arco, hollando á los catalanes con las herraduras de su caballo. ¡Vergonzosa y torpe adulacion!

Pronto se convirtieron las fiestas en funerales. En 18 de mayo, de 1829, falleció la virtuosa reina; y sino fué celebrada, no lloraron al menos su muerte los partidarios de don Cárlos. La falta de sucesion en el rey, hacia pasar la corona á las sienes de éste, con gran sentimiento de los liberales, que veian además avanzar al rey en edad y achaques.

Una mujer que no habia olvidado la ofensa que recibió en el Puerto, enemiga de la esposa de don Cárlos, ponderó al rey la hermosura y atractivos de una de sus hermanas en Nápoles. Pronto se convenció el rey de no ser engañado, y no insensible todavía á los encantos de la be lleza, concertó su matrimonio con doña María Cristina. En vano se opusieron ocultamente los amigos del infante, infamando á la ilustre princesa: doña Luisa Carlota les hizo frente, y se realizó el matrimonio, siendo recibida en Madrid el 11 de diciembre de 1829 la nueva reina con las aclamaciones de los liberales.

La muerte de Amalia alentó á los carlistas: la boda de Fernando solo les dejó la esperanza.

Los liberales confiaban en la Providencia. Vislumbraban un nuevo horizonte político nubarrado, distinguiendo en lontananza alguna claridad lisonjera.

1830.

PRAGMATICA-SANCION.

LVI.

Llegamos al año de 1830, en el cual tuvo lugar un suceso importante, calificado apasionadamente por los afectos al infante don Cárlos. Aludimos á la pragmática-sancion de 29 de marzo de 1830, por la cual su hermano no abolió realmente el auto acordado del año 1713, pues que lo estaba por la ley en córtes de 31 de mayo de 1789, sino que, publicándola, la puso en vigor.

Y henos aquí en la cuestion de sucesion á la corona, cuestion que no lo es, de buena fé, y que sirvió de pretesto aparente para la guerra de que nos ocupamos. Su importancia nos hará detener en su historia, para que pueda ser apreciada con exácto conocimiento de causa la pragmática espresada, y la cuestion misma en todas sus fases.

En punto á la sucesion al trono, cuenta España una legislacion nacional, fuerte y venerable por su antigüedad, nada equívoca, nunca infringida de hecho, jamás en desuso. Ninguna monarquía se ha regido con tanta uniformidad: ninguna puede invocar como España costumbres y leyes de tan remota antigüedad, pues que se pierden en la noche de los tiempos las que determinan el órden de suceder al solio; y la antigüedad del derecho es el más sagrado de los títulos. Fundado en una costumbre inmemorial, consagrosé despues este derecho por leyes fundamentales de la monarquía. Observadas invariable y religiosamente durante ocho siglos, ni una escepcion, ni un caso en contra presentan, mientras que el supuesto derecho de don Cárlos no puede alegar otro

fundamento que la alteracion radicalmente viciosa de esas mismas leyes fundamentales, alteracion pasajera que nunca ha tenido efecto ni aplicacion, y que ha sido además revocada con todas las formalidades debidas, con todas las solemnidades y condiciones que el derecho público español requiere.

Vengamos á la historia. Remontémonos al orígen de la monarquía. Entre los godos, era el trono electivo. Pero fueron tantos los inconvenientes de la monarquía electiva, que la sustituyó la hereditaria.

Al establecer este principio de estabilidad monárquica, estendióse á las hembras el derecho de heredar, y ya el año 739, vemos á Alfonso I, subir al trono por el derecho de su mujer Hormesinda, hermana del rey Favila é hija de Pelayo: despues Silo, simple particular, sucede á Aurelio en el trono de Asturias, en virtud del derecho tambien de su mujer Audosenda, hermana del rey Fruela.

Ocupa en 1037 el trono de Leon doña Sancha, hija de don Alfonso V, y hermana de Bermudo III, por muerte del cual se habia estinguido la línea masculina, y se hallaba el trono vacante. Casada despues con el príncipe don Fernando, heredero de Castilla, adquirió éste el derecho al trono de Leon por este matrimonio, efectuándose así la primer reunion de las coronas de Leon y Castilla (1).

y

Próximo á morir don Alfonso VI, y sin hijos varones, hizo reunir los estados de Toledo, y á presencia del arzobispo primado, de los prelados de la nobleza, se proclamó reina á su hija doña Urraca, viuda del conde don Ramon, cuya proclamacion fué consecuencia del acta de reconocimiento por la que fué declarada heredera del trono, y reconocida como tal por los estados del reino reunidos en 1108.

Reconocida fué tambien heredera de la corona la primogénita de don Alfonso VIII, rey de Castilla, doña Berenguela, por las córtes de Búrgos el año 1171 que nació, y por las de Carrion en 1188.

Sin hijos don Alfonso X, las córtes de Sevilla proclamaron en 1255 heredera del trono á la primogénita de aquel, llamada tambien doña Berenguela. Asistieron al acto y prestaron juramento los hermanos del rey.

En 1402, las córtes de Toledo reconocieron como heredera del trono á la hija única de don Enrique III, la infanta doña María.

Lo propio hicieron en 1422, y en Toledo, con la hija de don Juan II, la infanta doña Catalina, prestando antes que nadie juramento el infante su tio.

(1) Las coronas de Castilla y de Leon se incorporaron definitivamente á consecuencia del casamiento del rey Alfonso IX de Leon con la reina de Castilla doña Berenguela, madre de San Fernando.

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