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debia añadirse algo que acabara de rebajar y humillar la dignidad Real, y con efecto don Jaime I, aquel conquistador invencible, aventador de moros, á quienes ahuyentaba, como él decia, con la cola de su caballo, hubo de reconocer la obligacion que por fuero se imponia al Monarca de tomar bajo su Real amparo la casa y familia y de cuidar de la crianza de los hijos, de aquellos mismos que le abandonaban, que se iban á los castillos á guerrear contra él ó se salian del reino para servir á un extranjero.

No era por consiguiente extraño que existiese una constante pugna entre la aristocracia y el poder Real, entre los derechos de la Monarquía y los privilegios de la nobleza, en medio de la cual resaltaba un amor instintivo al principio monárquico, un respeto profundo á la sucesion hereditaria, puesto que los mismos magnates se habian cerrado con sus leyes el camino del Trono, ni que las revoluciones se encaminasen, no á usurpar el poder Real, sino á obtener el mayor grado de exenciones y privilegios. Agitada fué la organizacion polí

(1) Cron. de Aragon, páginas 3 y 17.

tica de Aragon; mas para honra suya ni hubo regicidios ni tendencias al regicidio.

El Gobierno de Aragon con el Privilegio General, segun declara el historiador Lafuente (1), venía á ser ya una especie de república aristocrática con un presidente hereditario, que á tal equivalia entonces el Rey. Al ocurrir el fallecimiento de D. Pedro III el Grande, hallábase el Infante D. Alonso, ocupado en reducir á la obediencia la isla de Mallorca, y cuando lo hubo conseguido, se tituló Rey de Aragon, de Mallorca y de Valencia y Conde de Barcelona, lo cual disgustó grandemente á los aragoneses. Nombrada una embajada, que encontró al Rey en Sagunto, comenzaron reconviniendo y humillando la persona del nuevo Monarca para acabar de deprimir la institucion del Trono (2), y le dijeron: «Tenemos entendido, que habeis tomado el título de Rey de Aragon ántes de jurar nuestros fueros y libertades y de ser coronado en Córtes; y sabed que hasta que esto hagais y cumplais, ni vos podeis llamaros Rey de Aragon, ni el reino os tiene por Rey. Os re

(1) Tomo III, página 444. (2) LAFUENTE idem.

querimos, pues, que vengais á Zaragoza á otorgar y confirmar los usos, fueros y franquezas de Aragon, pues de otro modo reconociendoos y acatandoos como legítimo sucesor que sois de estos Reinos, no os tendremos por nuestro soberano; y absteneos entretanto de hacer mercedes y donaciones que sean en menguamiento del Reino.» D. Alonso III de Aragon, contestó con gran sentido político, «que no entendia hacer por ello el menor perjuicio al reino de Aragon; que habia tomado el titulo de Rey, porque ya se lo habian dado los nobles, clero y ciudades de Cataluña y Mallorea; y que no le habia parecido bien titularse Rey de estos Reynos, y llamarse al mismo tiempo Infante de Aragon; pero que concluidas las èxequias de su padre, iria a coronarse en Zaragora, para cumplir lo que le aconsejaban, que de razon se debía haceri (1.

mgliendo la Real palabra, entró D. Alunso til en Faragora el 6 de Abril de 1986, y relata Blancas 2, que con gran solemnidad, redible en la flesta mayor la derca de Rey de Corona

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mano del obispo de Huesca, y á presencia de todos, protestó como su padre, diciendo, que no recibía ni entendía recibir la Corona de mano del obispo en nombre de la Iglesia roinana, ni por ella ni ménos contra ella, ni queriendo tácita y expresamente aprobar lo que el Rey D. Pedro había hecho en tiempo del Papa Inocencio, haciendo su reino censatario; y añadió, que por recibir la Corona en Zaragoza no se le causase perjuicio, ni á sus sucesores, para que no la pudiesen recibir en cualquier otro lugar del Reino, que les pareciese, lo cual ocasionó mucho disgusto á los aragoneses. No consta en qué manera fué el Rey ungido y coronado, pero, acabada la solemnidad, prestó públicamente en la misma iglesia, el juramento de Rey, que es de guårdar y mantener los Fueros, usos, costumbres; libertades, franquezas y privilegios del reino, en presencia de los cuatro brazos, y en manos del obispo de Huesca, estando presente Juan Gil Tarin, Justicia de Aragon y el reino lo juró despues.

Al dia siguiente celebró Córtes, y varios ricos hombres en nombre del reino, reclamaron que el Rey ordenara su casa y Consejo con acuerdo y deliberacion de la Corte, lo cual fué

contradicho por otros ricos hombres y gran parte de mesnaderos y caballeros de la jura y Union, alegando, que los primeros no se contentaban ya con poner mano en los negocios públicos de la paz y de la guerra, como sus antepasados, sino que la extendian al gobierno de la persona y casa Real, y si los Reyes no defienden sus reinos con tanta prudencia y cuidado, cuanto los pueblos suelen procurar la libertad, que de suyo es muy apacible y dulce, lo inferior igualaría con lo más alto, y no habría cosa que sobre otras fuese superior; y aunque esto parecía cosa popular y movida con algun celo, al parecer del bien público, conocióse haberla inventado aquellos ricos hombres, porque quisieran tener más parte y lugar en la gracia y favor del Rey, que aquellos que lo contradecian. Contestó el Rey, que «no era tenido por fuero ni por privilegio de Aragon ordenar ni asentar su casa á demanda ni requisicion de aquellos que lo pedian, ni tal cosa se pidió á los Reyes sus antecesores, ni se había hecho jamás, y parecía ser más novedad y ocasion de suscitar escándalo y alteracion en el Reino, que celo de la conservacion de la libertad y de sus privilegios, ma

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