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El juramento hecho en Tarazona se reprodujo en Octubre en la iglesia de San Salvador, catedral de Zaragoza, y se dieron algunos castillos en rehenes, eligiéndose conservadores que mantuviesen la tierra en buen estado, y se redactaron las Ordenanzas de la Union, que están copiadas al folio veinte y siete, y fueron reformadas en 8 de Diciembre. Despues se mandaron al Rey dos embajadas á que contestó ofreciendo venir á Zaragoza pasada la Páscua, pero como no lo cumplió, se le envió una nota de peticiones mientras se remitia á Roma otra embajada de la cual formaban parte dos jurisconsultos.

Se formalizaron algunas otras peticiones, y confirmado el Fuero-General, rogó y mandó el Rey á los unidos, que concurriesen para el dia de San Juan de 1284 á Tarazona, y porque el Rey no habia cumplido con lo que les tenía ofrecido, ni restituido las spoliaciones feytas, ellos expusieron por escrito su negativa, á la cual contestó el Rey, y se reunieron en San Salvador el 31 de Enero de 1285, pasando en Marzo á Huesca y despues á Zuera, en donde por contumascia del dito senyor Rey, dió el Justicia sentencia sobre las querellas presen

tadas, en 3 de Abril de 1285, acordando tambien sobre las muchas pretensiones de ciudades y de particulares, algunas hasta para averar infanzonías.

Murió el Rey, y su hijo Alfonso, que estaba ocupado en la conquista de Mallorca, se tituló Rey, y las Córtes de Zaragoza en 1286 acordaron decirle, que viniese á jurar á Zaragoza, y para esto enviaron mandaderos que se lo expusieran de palabra y y non leuassen carta de criencia ni otra carta ho escripto en que ell fuese clamado por el regno Rey ni Infant: el Rey contestó que el arzobispo de Tarragona y los nobles de Cataluña le llamaban Rey en sus cartas, e pues ellos clamaban á el Rey, non semeyllaba que él se deuies clamar Rey Infant, pero ofreció jurar en Zaragoza y lo hizo en un domingo á 15 de Abril. Al dia siguiente, para evitar los muy tos desordenamientos de la casa del Rey, e al pro suyo e del regno catar, solicitóse la reforma de ella, á lo cual se negó el Rey y partió para Alagon. Inútiles fueron las gestiones para que volviese á Zaragoza; ineficaces las embajadas, y el haberse atrevido los de la Union á pedir alianza á la Eglesia de Roma, al Rey de Francia, al de Castilla y áun

á los moros (1). Todo ello obligó al Rey á dirigirse á Tarazona en Setiembre de 1287, donde prendió á unos, ahorcó á otros y movió una guerra desastrosa. Entónces el Rey comisionó al prior de la Orden de Predicadores del convento de Zaragoza para tratar con los unidos que estaban convocados en el fosal de Santa Maria y le dió una credencial en que decía (2), que siempre quiso et quiere paz é concordia entre si e sos gentes sobre todas las cosas del mundo, pero que los nobles ficieronle muytas demandas e pidieronle muytos donos, los quales si el otorgado los ouiese seria muyt grant danyo e minguamiento del regno. Los unidos aceptaron los tratos y nombraron personas que pidieron enmienda de los castigos de Tarazona y de los males de la guerra que el Rey movió á su cuelpa e á su torto, que reclamasen la restitucion de su vispado al de Zaragoza, el pago de atrasos á los mesnaderos, y la admision en su Consejo de las personas nombradas por la Union, y que le hiciesen entender, que si procedia contra alguno de la Jura, de aquella ora

(1) Folio 95. (2) Folio 98.

adelant no lo tiengan ni lo ayan por Rey ni por senyor..... e puedan fer otro Rey e senyor cual querran sines blasmo e sines mala fama. A todo esto accedió el Rey y entonces otorgó los Privilegios de la Union que existen copiados á los folios ciento uno vuelto y ciento tres.

Continúa el Códice relatando la entrega del Príncipe de Salerno como otro de los rehenes mientras se hacía la de los castillos; la entre

ga de éstos; la obligacion de los rehenes; la embajada que se dirigió al Rey por no haber concurrido para el dia de San Matías de 1288, diciéndole, que si no venía para el de Ramos, aurian á demandar e cerquar conseyllo e ajuda de qui quiera e en qualquiera manera que antes e meyllor trobar lo puedan..... la qual cosa si an de facer les pesara muyto de corazon, por que non querrian, si Deus e el Sennor Rey quissies, tener ni seguir otra carrera que la suya; la reunion que celebraron los unidos en Zaragoza, en 1289, y lo que de ellas resultó; el acuerdo que tomaron por no haber cumplido el Rey con lo pactado, juramentándose para entregar los castillos á otro señor ó señores pero reservándose el derecho de volver á la obediencia del Rey, si éste segunt la forma del

priuilegio enmendara e complira todas las sobredilas cosas que por él fallecidas son, et fará todo aquello qui a facer; las quejas dadas al Rey en la iglesia de San Salvador; el juramento que prestó; los consejeros y oficiales de su casa que le señalaron; y las deliberaciones que tuvo su Consejo, con lo cual termina al folio 126 diciendo explicit liber constitutionum totius Regni Aragonum et Regni Valentiæ et Ripacurtiæ. Hasta dicho folio aparece todo escrito con gran igualdad, pero desde él hasta el 160 en que termina, hay sobrepuestos y de otra letra y carácter, otros documentos referentes al reinado de D. Pedro IV, y entre ellos, una carta autógrafa de Cabrera dirigida al Infante D. Pedro, conde de Ribagorza; la coalicion de la Union de Aragon y Valencia, y un documento fechado en 24 de Octubre de 1347, en que licencia las Córtes para atender á muyt grandes e peligrosos afferes..... et sin toda tarda provedir á los ditos periglos lo que non podemos si no en Catehalunya cerca la maritima, pero comprometiéndose á tenerlas á los aragoneses para el primer dia de Mayo ó lo más tarde para San Miguel.

Aunque el anterior Códice en todo lo que á

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