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pobladores de Zaragoza, declaraba que no habia más justicia que la del Rey, el cual hizo jurar estos Fueros á veinte vecinos elegidos por los pobladores, con obligacion de que estos veinte tomasen juramento á los restantes, encargándoles D. Alonso que todos se ayudasen y uniesen para la conservacion de estos Fueros, imponiendo graves penas á los infractores. Este era el único juramento que podian consentir Reyes como Alonso I el Batallador. Hubiera sido su reinado el más grande del de los Reyes de Aragon, si la disposicion testamentaria de D. Alonso I no hubiera producido agitacion en el reino, hasta que recayó la eleccion en D. Ramiro, hermano de aquél, que era monje de San Benito de Huesca. Suscitáronse guerras con el Rey de Castilla, con los navarros, y hasta no faltaron sublevaciones de los ricos hombres contra el Rey, que dieron origen á la fábula de la campana de Huesca. Resuelto D. Ramiro á volver al claustro, declaró en las Córtes de Huesca en 1137 su propósito de enlazar á su hija heredera con D. Ramon Berenguer, Conde de Barcelona, y con efecto, el Rey D. Ramiro daba á Berenguer su hija por mujer con su reino, y la indispensable condicion de guardar

los Fueros, usos y costumbres de los aragoneses, guardando estos la fidelidad que debian á su hija, que era su señora natural. La indicacion que se hace en la historia de San Juan de la Peña, de que el Rey, al donar el reino á Berenguer, lo hizo á condicion de que nunca lo enajenase ni contribuyesen á ello los hijos de su hija, y que, en caso de morir ésta sin sucesion, perteneciese el reino á D. Ramon Berenguer, convierte en hereditaria y patrimonial la sucesion del reino, y desaparece el carácter electivo de la Monarquía aragonesa. Así Doña Petronila por su testamento, en 4 de Abril de 1151, dejaba por sucesor del reino á su hijo y excluia de la sucesion las hijas que pudiese tener en lo sucesivo, estableciendo el principio de agnacion rigorosa que en verdad, coino afirman modernos historiadores, es notable contrasentido en la última voluntad de una mujer. En este reinado se encuentran ya algunas concesiones de Fueros y cartas de poblacion otorgadas por el señorio particular.

D. Alonso II subió al Trono por renuncia de su madre, y en 1163 reunió Córtes en Zaragoza, donde fué reconocido y se le rindió pleito

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homenaje. En este reinado se vislumbra ya la crónica parlamentaria periódica de Aragon, pues en dichas Córtes se citan como asistentes, segun el testimonio de los Sres. Marichalar y Manrique, no sólo Prelados, Ricos hombres, Mesnaderos é Infanzones del reino, sino Procuradores de Zaragoza, Huesca, Jaca, Tarazona, Calatayud y Daroca, consignándose, que solo Zaragoza estaba representada por quince Diputados, que se titulaban entonces Adelantados del Concejo, y entre quienes se encontraban Pedro Medalla, Guillen de Tarba y Juan Dunfort, siendo esta la primera legislatura de Aragon en que se individualizan así las ciudades que el referido año tenian voto en Córtes, como el número de Diputados que los comicios mandaban á Zaragoza.

Su primogénito D. Pedro II fué elevado al trono despues de jurar y confirmar previamente los Fueros, usos, costumbres y privilegios del reino de Aragon. Las concesiones que hizo á la Santa Sede en el acto de su coronacion en Roma y la cesion del derecho de patronato de todas las iglesias del reino, malquistaron á los ricos homes con el Rey; y á consecuencia de haber intentado quitarles las caballerías que

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tenian en honor, acudieron primero al Justicia y más tarde á la insurreccion. Blancas dice, que éste es el primer caso que registra la historia, del Justicia terciando en las disputas de los ricos hombres con el Rey y cuando la institucion alcanzó verdadera importancia; pero es lo cierto que todas estas novedades y el nuevo tributo á que se llamó Monedage, crearon una confederacion entre los nobles y todas las ciudades y villas con Zaragoza á la cabeza, para que sólo se pagase cuando las Córtes lo votaran, enmendando al propio tiempo la cuantía y forma de su exaccion.

Por lo mismo que hemos señalado el desenvolvimiento de la Monarquía aragonesa hasta principios del siglo xm, en que comienza el gran reinado de D. Jaime I el Conquistador, es indispensable examinar el estado social del reino en aquella época.

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