(1) En la casilla correspondiente del anuario de 1883 decía procesados; en la de 1884 dice juzgados en la pág. 33 y siguientes y procesados en la 198. (2) En la página 19 del anuario de 1883 casilla de penas aflictivas figura la cifra 1.680 y en la de penas correccionales la de 23.663; en la página 164, bajo igual casilla, 1.585 hombres y 75 mujeres, total 1.660 y en las aflictivas 21.185 hombres y 2.383 mujeres, total 23.568. Resulta, pues, una disconfor midad de 20 y 95 respectivamente, debida sin duda á error en las operaciones aritméticas, puesto que los datos suministrados no es creible que encierren contradicción. (3) Estos datos y los siguientes de este cuadro, se consignan parcialmente en ambos anuarios; pero nos ha parecido de mayor utilidad presentar los totales de estas condenas al lado de los relativos à los de penas aflictivas y correccionales, porque así resulta completo el cuadro comparativo de la pe nalidad en 1883 y 1884. |