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culando en todo su rigor el número y condición de los servicios indispensa bles en el moderno sistema procesal, tales como policía judicial, estadística criminal, médicos forenses, etc., y proponiendo un plan de reforma, en que toma por modelo la organización alemana, cuyo orden, sencillez y admirable estructura cautiva, con razón, el animo del Sr. Puebla, sin olvidar las experiencias que otros países suministran, ni menos las dificultades externas que traen consigo las circunstancias actuales de España y los límites de sus presupuestos, población, etc.

El Sr. Puebla aboga desde luego por la conveniencia del juicio oral y público en el estado actual de la ciencia. Esta es la máxima fundamental, digámoslo así, de todas sus posteriores doctrinas. Lo que llamaba el inolvidable D. Cirilo Alvarez «el último progreso y la última palabra de la filosofía y de la ciencia, al que no será lícito renunciar, sin que demos triste idea de nuestra cultura y civilización más allá de nuestras fronteras, la prudente y sabia reforma cuyo elogio elocuentísimo quedó en la vigorosa y concienzuda exposición de la Ley de Enjuiciamiento criminal de 4 de Setiembre de 1882, merece al Sr. Puebla frases de sincero entusiasmo, que no podemos menos de compartir, porque en justicia se debe á una institución que ha venido á completar y á hacer posible el reconocimiento de la dignidad humana, ya de antes expresamente consignado en leyes sustantivas, pero tardíamente comprobado cuando no mañosa y oscuramente escarnecido en los antiguos inquisitivos procedimientos.

Pero el terreno á que desciende en seguida, tras esta exposición eminentemente teórica, el Sr. Puebla, si no se prestaba á profundas disquisiciones de alta filosofía especulativa, convidaba, sin duda alguna, al análisis minucioso y circunstanciado del pormenor y del detalle, y he aquí el terreno en el que luce principalmente sus conocimientos variadísimos y su crítica experta el distinguido autor de Las Audiencias de lo criminal.

Sus datos estadísticos superan, por lo completos que resultan, á cuanto se ha trabajado en nuestro país sobre el mismo asunto, hasta la fecha, no ya en cuanto á la extensión de los mismos, sino por lo que toca á su clasificación y á su aplicación por orden de materias.

Y como este género de estudios requiere eso precisamente; como las cuestiones de organización no permiten otra comprobación que la experimental, ni otro desenvolvimiento que el local é histórico, ni otra explicación que la que en datos estadísticos se funda, dicho se está que el Sr. Puebla presta valioso servicio á la literatura jurídica española, abriéndola horizontes á que no se muestra, á la verdad, muy propensa la inteligencia de nuestros pensadores, más amigos de imaginar que de discurrir y más solícitos en elevarse á las alturas de la idea en toda su severidad esencial, que de mezclarse en el revuelto mar de las cifras y en la intrincada madeja de los hechos, poniendo en su distribución y en su agrupamiento aquel cuidado que tiene el historiador en el arreglo de sus fechas, el matemático en el desarrollo de sus cálculos y el botánico en el orden de individuos y familias del reino de la naturaleza á que consagra sus desvelos.

Por eso este linaje de trabajos é investigaciones, de que hoy más el derecho, especialmente en su rama de organización de tribunales y modo de funcionar de éstos, que ninguna otra ciencia quizás, de las morales y políticas, necesita, son dignos de la benévola acogida que no dudamos dispensará el público, y sobre todo la clase profesional á quien se dirige, al libro del señor Puebla.

Los datos que lo avaloran y constituyen el principal de sus méritos, singularmente para el que lo utilice como consulta, agrupados en minuciosos, TOMO 67 38*

pero claros y sencillos cuadros y estados comparativos, se refieren á distintos objetos, sirviendo de base à la crítica de la división judicial, al examen de la ley de 1870, de las causas despachadas ó proba bles tomando por tipo el año judicial, de la extensión jurisdiccional de cada tribunal y á las varias consideraciones à través de las cuales estudia el Sr. Puebla el planteamiento de las Audiencias de lo criminal, asunto preferente de la obra.

Las dificultades con que habrá tenido que luchar han sido probablemente muchas: la poca costumbre y aptitud y los escasos medios que hay en nuestro país para tales investigaciones y trabajos lo harían sospechar, si no nos constase de positivo que en su laboriosa tarea ha puesto el Sr. Puebla á prueba su paciencia muchas veces; pero la obra concluída ha de reportar ahora y en el porvenir frutos abundantisimos y ha de producir y determinar una verdadera tendencia nueva y saludable en la manera de llevar a cabo la urganización judicial, si de veras se compulsan sus experiencias incontestables.

En punto à la reforma ideada por el Sr. Puebla, parécenos extraño á nuestra misión en esta sección penetrar en ella: sólo diremos que no la consideramos tan asequible tal vez como podría esperarse à primera vista; que la creación de tribunales correccionales ó de distrito, con la supresión de bastantes Juzgados y Audiencias de lo criminal, tropieza con innumerables difieultades; y que en todo cuanto cambios y mudanzas se refiere, preferimos en nuestro país la estabilidad, por lo fácil que es con ella llegar á la perfección de los medios y de los recursos existentes.

El plan del Sr. Puebla, de organizar cinco clases de Juzgados y tribunales, á saber: Jueces municipales, de instrucción, tribunales de distrito, Audiencias y Tribunal Supremo, está, sin embargo, sólidamente meditado. Algunas de sus ventajas son positivas y se demuestran palpablemente en la obra que examinamos. Quizás no se equivoque su autor y ese sea el ideal á que nos encaminamos con la organización actual.

De todas suertes, acéptese, ó no se acepte el plan propuesto, el autor de Las Audiencias de lo criminal viene con su obra á llenar un vacio, por lo menos en la explicación ó comentario técnico de la reforma del Sr. Alonso Martínez, y no le regateamos nuestro aplauso, teniendo en cuenta además, que su esfuerzo puede servir de pauta é iniciación para los escritores que después de él acudan al árido y poco explorado campo que con tanta seguridad ha sabido recorrer, y para los legisladores que quieran proceder sobre la base de una bien comprobada y madura experiencia.

P. D.

3

T

INDICE

Páginas.

I-ESTUDIOS GENERALES, HISTORIA Y FILOSOFÍA
DEL DERECHO.

Gil Osorio (D. R).—Ferri y la Escuela penal positiva....
Pelayo (E).-Estudio histórico-legal sobre el delito de falso tes-
timonio....

49

404

Alonso y Colmenares (D. EDUARDO).—La responsabilidad de
los Jueces y Magistrados..

489

II.-ESTUDIOS DEL DERECHO Y LEGISLACIONES
EXTRANJERAS.

Vera (D. ROBUSTIANO).—Estudio jurídico sobre Chile....
Maluquer y Salvador (D. JOSE).-La pena de muerte en Suiza
(adiciones)..

145

250

III.-DERECHO INTERNACIONAL.

Serrano y Oteiza (D. JUAN).-Notariado.-Estudios de De-
recho internacional privado....

476

Jalón (D. SANTIAGO).-Derecho de los beligerantes sobre las per-
sonas y propiedad enemigas...

426

Alonso de Villapadierna (D. SANTIAGO). Ratificación de
los tratados de comercio y navegación.

--

534

IV. DERECHO CIVIL ESPAÑOL.

Rico (D. CIPRIANO).—Inteligencia de la ley XV de Toro.
Charrin (A).—Efectos de la sustitución ejemplar..

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V. DERECHO PENAL.

Builla y Alegre (D. ARTURO).-Certamen de la Academia de
Jurisprudencia de la Universidad de Oviedo.-Tema 2o: Teoría
de las circunstancias atenuantes y eximentes de responsabilidad
criminal, según el Código español. ¿Cabe alguna importante ·
modificación en vista de los nuevos estudios frenopáticos?.....
Sánchez de Ocaña (D. RAMÓN). — Estadística criminal
de 1884; su comparación con la de 1883.

VI-DERECHO ADMINISTRATIVO.

Alvarado (D. JUAN).- La legislación minera.....
Miquel é Ibargüen (D. LUIS MARÍA).—Prescripción de contri-
buciones y créditos del Estado.
Delgado (D. ELEUTERIO).-Derecho penal de la Hacienda......
Costa (D. JOAQUÍN), Pedregal (D. MANUEL) y Serrano Gó-
mez (D. JUAN).—Derecho municipal consuetudinario...

VII. DERECHO PROCESAL.

.......

Rodriguez (D. ANTONIO GABRIEL).—Jurisprudencia del Tribu-
nal Supremo de Justicia.....

240

265

5

27

94

344

88

Delgado (D. ELEUTERIO) -Procedimientos contenciosos del Es-
tado..

114

González del Alba (D. P.).-Observaciones al art. 655 de la
ley de Enjuiciamiento criminal....

437

Torres Muñoz (D. Isidro).—Procedimiento administrativo de
apremio.

503

Manresa (D. JOSÉ MARÍA). — Del recurso de responsabilidad
contra Jueces y Magistrados..

577

VARIEDADES.

Pastor Díaz (D. P.).—Revista de la prensa extranjera... 259 y 596

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