pendiere en mas de 15 duros, despues de constarle su falsedad (art. 216). Penas del que fabrique ó introduzca instrumentos destinados á la falsificacion de moneda (arts. 229 y 230). Pena del que se negase á recibir en pago la lejítima y admisible (art. 485 n.° 6). Véase Empleado. MONOPOLIOS-Pena al que intentare hacerlo de los objetos. se espresan (arts. 449 á 452). MONTE.-Pena del que entrare en uno ageno, y cortare ramage ó hiciere leña (arts. 181 y 489). Pena del que infrinja los reglamentos relativos á quema de rastrajoras (art. 481). MONUMENTO.-Pena de los que deterioren los de ornato público (arts. 200 y 451). MORADA.-Véase Allanamiento. MUERTE ES pena aflictiva (art. 25).-El indulto de esta pena lleva consigo la inhabilitacion absoluta (art. 50). Como se ejecutará esta pena (arts. 89 y 90). Traje del reo, (art. 91). Que se hará de su cadáver (art. 92).Hasta despues del parto no se ejecutará la de mujer en cinta (art. 93). - MUGER-Pena de su violacion (art. 354). Pena de la que, habiendo sido declarado nulo su matrimonio, ó enviudando se casare antes de su alumbramiento ó de haberse cumplido 301 dias despues de su separacion (art. 390) Pena de la que provocare ó injuriare á su marido, y de la que escandalizare en sus disensiones domésticas (art. 472 n.° 2)= Cuando se notificará y ejecutará la pena de muerte que se le imponga (art. 93). Donde cumplirá su condena la que fuere sentenciada á cadena temporal ó perpétua (art. 99). Donde y en que términos cumplirá su condena la sentenciada á cadena, reclusion, presidio ó prision, 5,a disposicion transitoria.==Donde y en que términos sufrirá su condena de arresto, 4.a disp. transit.—Pena de las prostitutas que infrinjan los reglamentos de policía en lo concerniente á ellas (art. 474 n.° 8). MULTA. ES pena comun á las aflictivas y correccionales (art. 24). Se considera la última de todas las escalas graduales (art. 82). Como se eleva (art. 82). Cuando no se reputa pena (art. 22). En su aplicacion podrá recorrerse toda la estension que la ley permite (art. 75). Hasta que cantidad pueden imponerlas los tribunales (art. 82). Pena de los penados á ellas que fuesen insolventes (art. 494). MUTILACION.-Pena de la ejecutada de propósito (art. 333) Idem si fuere castracion (art. 332). Pena del que la haga de cadáveres humanos (art. 438). Pena al que añadiere ese delito al de robo (arts. 415, 418 y 419). NAUFRAGIO. Es circunstancia agravante del delito, cometerlo con ocasion de él (art. 10). . NEGLIGENCIA.-Véase Imprudencia. NIÑO.-Véase Menor. NOCHE. Es circunstancia agravante delinquir en ella (art. 10). NOMBRAMIENTOS ILEGALES.-Véase Cargo. NOMBRE SUPUESTO.-Véase Falsedad, falsificacion y ocultacion. OBCECACION.-Es circunstancia atenuante (art. 9.0) OBCENIDADES.-Véase Palabras obcenas. OBEDIENCIA.-Pena del que falte á la debida á la autoridad (art. 471, n.o 6 y 7). El que obra en virtud de ella está exento de responsabilidad OCULTACION.-Pena del que la haga de nombre y apellido á quien tenga OCUPACION.-Pena del que la ejecute de algun inmueble (arts. 429 y 430). OFICIOS-La inhabilitacion perpétua especial y temporal para ejercerlo, OMISION.-Cual sea la penada por la ley (art. 1.°) El que incurre en algu- ORDENANZAS MUNICIPALES.-No se impondrán mayores penas que las se- ORDEN.-En que pena incurrirán los que lo turben gravemente (arts. 194 PADRES.-Pena de los que sorprendiendo en córrupcion ó prostitucion á PALABRAS OBCENAS.-Pena del que las profiere en público (art. 471, n.° 4.0) PARRICIDA.-Quien será castigado como tal (art. 323). Con que vestido PASAPORTE.-Pena del empleado público que lo espidiere bajo nombre su- PASE A PAIS ENEMIGO.-Véase Tentativa. PASTORAL.-Véase Eclesiástico. PASQUINES.-Véase Injurias y Calumnias PATRIA.-Pena del que tome las armas contra ella, (art. 144). PATRIA POTESTAD.-A que penados se les priva de este derecho (art. 41). PELEA.-Véase Riña. - PENA. No se aplicará á ningun delito ni falta la que no se halle estable- cida por la ley con anterioridad á la perpetracion del hecho (art. 19). - Cual se impone á los encubridores (arts. 64 y 65). Reglas para PERJURIO. Véase Testigo falso. PERDON.-El de la parte ofendida no estingue la accion penal (art. 21). 235, 236, 237 y 238). Pena del que le diese mediante cohecho (art. PERJUICIOS.-Qué comprende su indemnizacion (art. 118). PESCA.-Pena del que entre á egecutarla en lugar cerrado ó vedado (art. PESOS FALSOS.-Véase Medidas. PETARDO.-Pena del que lo dispare dentro de pobiación (art. 484, n.o 5. PIEDRAS.-Pena del que las tire á los transeuntes, ó á las casas ó edificios PINTURAS.-Véase Monumentos. = PIRATAS.-Como será castigado el que traficase con ellos (art. 150).= PLAGIO.-Véase Detencion y Robo. PLATEROS. Véase Joyeros. POLIGAMIA.-Véase Matrimonio. - POLICÍA Pena del que contravenga á las disposiciones de este jénero no Pozos.-Pena de los que infrinjan las reglas de seguridad que les son con- PRECEPTOS RELIGIOSOS.-Pená del que inculque públicamente su inobser- PRECIO. ES circunstancia agravante cuando media en la comision de un PREGONERO.-Qué debe hacer cuando un reo condenado á muerte marche PRENDAS-Véase Prestamistas. PRENEZ.-Véase Muger. PREMEDITACION CONOCIDA.-Es circunstancia agravante del delito (art. 10). PRESCRIPCION.-En qué términos se verifica, y desde cuando principia la PRESIDIO. A qué será destinado el producto del trabajo de los presidarios PRESO.-Pena del juez que no lo ponga en libertad, procediendo su sol- PRESTAMISTAS.-Peras de los que no lleven libros relativos á su industria - PREVARICACION.-Pena al que cometiere ese delito (arts. 262 al 268). Donde se sufrirá esta pena (disposiciones transitorias n.o 3.o y 4.o)= consigo (art. 58). PRIVACION.-Cual corresponde á la pena de inhabilitacion absoluta perpétua (art. 30). PROCESO.-Pena del que lo sustraiga oculte ó inutilice (art. 442). PROCURADOR.-Penas del que perjudicare á su cliente (art. 266).Pena del que habiendo tomado la defensa de una parte defendiere despues á la contraria (art. 267). = PROFANACION-Pena del que la haga de cadáveres (art. 138). Pena de que la hiciere de objetos religiosos (arts. 131, 134 y 137). PROFESION.-La inhabilitacion perpétua especial y temporal para ejercerla de qué priva al penado (art. 39). Qué efecto produce su suspension (art. 40). Pena del que finja y egerza sin título actos propios de profesion que lo exija (art. 244 y 474, n.° 4.o)=Pena de los que sabiendo los secretos de un particular los descubrieren (art. 276). PROMESA. ES circunstancia agravante cuando media en la comision de un delito (art. 10).=Pena del que por ella mate á otro (art. 323).= Pena de los que por ella no tomaren parte en una subasta (art. 449).-Véase Cohecho. PROMOTORES.-Deben procurar que los alcaldes castiguen las faltas (art. 12 ley Prov.). Ejercerán su ministerio en los juicios sobre faltas (art. 18 ley Prov.). PROPOSICION.-Cuando tiene lugar la hecha para cometer un delito y en que casos es punible (art. 9). Pena de la de rebelion (art. 143, 173 y 488). De la de sedicion (art. 180 y 188).=Pena á la hecha para cometer delito de lesa magestad (art. 167). PROSTITUCION.-Pena del que promoviere ó facilitare las de menores de edad (arts. 357 y 364). Véase Padre. PROVOCACION.-Es circunstancia atenuante la de haber precedido inmediatamente de parte del ofendido (art. 9). PRUEBAS-Que clase de ellas son admisibles (ley povisional art. 2.o). QUEBRANTAMIENTO.-Pena del que lo hiciere de la pena impuesta (art. 424). RAPTO.-Pena del de una muger (art. 358 y 359). Pena de los que no dieren razon del paradero de la persona robada (art. 360). Los reos del ejecutado con miras deshonestas no podrán ser penados sino á instancia de la parte agraviada (art. 364). Pena de los que cooperen á él (arts. 363 y 364). REBELION. Quienes son reos de ella (art. 167). Pena de los promovedores ó sostenedores de rebelion y sus principales caudillos (art. 168). Pena de los que ejercieren en ella un mando subalterno, toquen ó manden tocar campanas, ú otro instrumento para escitarla, y los que para el mismo fin dirigieren á la muchedumbre sermones, ú otro género de discursos ó impresos, si la rebelion llegare á consumarse (art. 169). Pena de los meros ejecutores (art. 170). Caso de no haberse organizado con gefes conocidos, quienes se reputará que lo son (art. 171 y 181). De la conspiracion y la proposicion para ella (art. 173). Qué hará la autoridad para disolverla (art. 184). Como serán casti |