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Página 161 - La sentencia es inapelable y su cumplimiento está confiado al honor de las Naciones signatarias de este Pacto. Sin embargo, se admitirá el recurso de revisión ante el mismo Árbitro que la pronunció, siempre que se deduzca antes de vencido el plazo señalado para su ejecución y en los siguientes casos: 1...
Página 164 - Los cuales, reunidos en París, después de haberse comunicado sus plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, y previa la discusión de las materias pendientes, han convenido en los siguientes artículos: ARTICULO I España renuncia todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cuba.
Página 159 - Arbitro es competente para decidir sobre la validez del compromiso y su interpretación; lo es igualmente para resolver las controversias que surjan entre los Compromitentes, sobre si determinadas cuestiones han sido o no sometidas a la jurisdicción arbitral, en la escritura de compromiso. Artículo VIII. El Arbitro deberá decidir, de acuerdo con los principios del...
Página 161 - En fe de lo cual, los plenipotenciarios de la república Argentina y de la república de Chile firmaron y sellaron con sus respectivos sellos, y por duplicado, el presente tratado en la ciudad de Buenos Aires...
Página 157 - Quienes, una vez comunicados sus Plenos Poderes que fueron hallados en buena y debida forma, convinieron en los artículos siguientes...
Página 159 - Art. 10. El Tribunal deberá decidir de acuerdo con los principios del Derecho Internacional, á menos que el compromiso imponga la aplicación de reglas especiales ó autorice á los arbitros á decidir como amigables componedores.
Página 157 - No pueden renovarse en virtud de este Tratado las cuestiones que hayan sido objeto de arreglos definitivos entre las Partes. En tales casos, el arbitraje se limitará exclusivamente a las cuestiones que se susciten sobre validez, interpretación y cumplimiento de dichos arreglos.
Página 158 - En defecto de estipulaciones especiales entre las partes, corresponde al tribunal designar la época y el lugar de sus sesiones fuera del territorio de los estados contratantes, elegir el idioma que deberá emplearse, determinar...
Página 159 - ... injustificada de la minoría. Se tendrá como sentencia lo que resuelva la mayoría de los arbitros, pero si el arbitro tercero no aceptase el parecer de ninguno de los arbitros nombrados por las partes, su dictamen será cosa juzgada.
Página 161 - En fe de lo cual los plenipotenciarios de la República Argentina y de la República de Chile firmaron y sellaron con sus respectivos sellos y por duplicado el presente Tratado en la ciudad de Santiago a veintiocho días del mes de mayo de mil novecientos dos.

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