Rejistro oficial del gobierno provisorio de la República del Paraguay"El Pueblo, 1904 |
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... podrá recuperarla hasta el día de la venta , pagando capital , intereses y gastos . Art . 9 ° Realizado el remate , el establecimiento cobrará el importe de su crédito con intereses y gastos causados , depo . sitando el saldo que ...
... podrá recuperarla hasta el día de la venta , pagando capital , intereses y gastos . Art . 9 ° Realizado el remate , el establecimiento cobrará el importe de su crédito con intereses y gastos causados , depo . sitando el saldo que ...
Página 283
... podrá ser me- nor del costo de adquisición . Art . 3o Comuníquese al Poder Ejecutivo Dado en la sala de sesiones del Congreso Legislativo , á los inta días del mes de Junio de mil novecientos tres . trein El P. del Senado B. CABALLERO ...
... podrá ser me- nor del costo de adquisición . Art . 3o Comuníquese al Poder Ejecutivo Dado en la sala de sesiones del Congreso Legislativo , á los inta días del mes de Junio de mil novecientos tres . trein El P. del Senado B. CABALLERO ...
Página 297
... podrá reca er sino en propietarios , personas de las industrias , del comercio y de reconocido arraigo . Los empleados y fun- cionarios á sueldo de la Nación , los Directores y Gerentes de establecimientos particulares de créditos , no ...
... podrá reca er sino en propietarios , personas de las industrias , del comercio y de reconocido arraigo . Los empleados y fun- cionarios á sueldo de la Nación , los Directores y Gerentes de establecimientos particulares de créditos , no ...
Página 298
... podrá ser miembro de esta junta . Disposiciones Generales Art . 14 La exportación de cueros vacunos queda sujeta á los impuestos y condiciones siguientes : Inciso A - El aumento de treinta y cinco centavos oro por cada cuero vacuno ...
... podrá ser miembro de esta junta . Disposiciones Generales Art . 14 La exportación de cueros vacunos queda sujeta á los impuestos y condiciones siguientes : Inciso A - El aumento de treinta y cinco centavos oro por cada cuero vacuno ...
Página 301
... podrá abonar su importe á la presentación de dichos títulos . Art . 29. Los servicios de que habla el artículo 4o y sus incisos 2o y 5 ° de la ley del 15 de Junio de 1899 , se harán por la Tesorería General de la Nación . Art . 30. La ...
... podrá abonar su importe á la presentación de dichos títulos . Art . 29. Los servicios de que habla el artículo 4o y sus incisos 2o y 5 ° de la ley del 15 de Junio de 1899 , se harán por la Tesorería General de la Nación . Art . 30. La ...
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Términos y frases comunes
1903 El Presidente 1º Nómbrase 2º Dése 3º Comuníquese acreedores acuerdo prestado Administración ANTOLIN IRALA Departamento asegurado Atyrá Auxiliar buque Caapucú Caja de Conversión capitán cargo CARRERAS Departamento CHAVES Departamento cial ción comercio comisión comunicación fecha Congreso Legislativo Cónsul contrato Correos y Telégrafos corriente debe Decreto nombrando empleados Decreto nombrando Jefe Departamento de Hacienda Departamento de J Departamento del Interior dése al Registro Dése las gracias efectos Enrique Jacquet Secretario ESCURRA ANTOLIN IRALA ESCURRA CAYET ESCURRA FRANCISCO estipulado flete FLEYTAS Departamento gastos hubiere Inciso Juez de Paz letra de cambio librador Nombra Juez nombrando Jefe Politico obligado ocupar otro puesto Oficina pago pasa á ocupar Paz Suplente Pedro del Paraná Poder Ejecutivo póliza ppdo Pública publiquese é insértese publiquese y dése reemplazo Registro Ofi Registro Oficial renunció República RUFINO MAZÓ Secretario Asunción Senado MANUEL DOMÍNGUEZ servicios prestados Setiembre socios SOSA Departamento Superior Tribunal viaje Visto el acuerdo
Pasajes populares
Página 565 - El depositario de una cantidad de dinero no puede usar de ella. Si lo hiciere son de su cargo todos los perjuicios que ocurran en la cantidad depositada, aunque provengan de caso fortuito, y debe abonar al depositante los intereses corrientes.
Página 632 - Si ocurriese después de empezado el viaje, alguno de los tres primeros casos que se señalan en el artículo precedente, serán pagados los hombres de mar en el puerto donde el capitán crea más conveniente arribar, en beneficio del buque y su cargamento, según el tiempo que hubieren servido, quedando rescindidos sus ajustes. Si el buque hubiese de continuar navegando, pueden respectivamente exigirse el capitán y la tripulación, el cumplimiento de los contratos por el tiempo pactado.
Página 572 - El librador es responsable de las resultas de su letra á todas las personas que la fueren sucesivamente adquiriendo y endosando hasta el último tenedor.
Página 540 - La rescisión parcial de la compañía producirá la ineficacia del contrato con respecto al socio culpable, que se considerará excluido de ella, exigiéndole la parte de...
Página 587 - Puede protestarse la letra por falta de pago antes de su vencimiento, si el pagador se constituye en quiebra; y desde que así suceda, tiene el portador su derecho expedito contra los que sean responsables á las resultas de la letra.
Página 547 - Cuando la venta se hubiere hecho sobre muestras!, ó determinando una calidad conocida en los usos del comercio, no puede el comprador rehusar el recibo de los géneros contratados, siempre que sean conformes á las mismas muestras, ó á la calidad prefijada en el contrato.
Página 681 - Si algún capitán la rehusase sin justa causa, el capitán náufrago protestará contra él, ante dos oficiales de mar, los daños y perjuicios que de ello se sigan, y en el primer puerto...
Página 647 - ... del naufragio, proporcionalmente al flete estipulado, y si el capitán llevase los efectos hasta el puerto de su destino, se abonará el flete por entero contribuyendo como avería gruesa al daño ó rescate.
Página 614 - El capitán es delegado de la autoridad pública para la conservación del orden en la nave y salvación de los pasajeros, gente de mar y carga.
Página 486 - Adquirir para sí, 6 para persona de su familia inmediata, las cosas cuya venta les haya sido encargada, ni las que se dieren á vender á otro corredor, aun cuando protesten que compran unas ú otras para su consumo particular, so pena de suspensión ó perdimiento de oficio á arbitrio del Tribunal, según la gravedad del caso.