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rales de todos matices, se hallaban los redactores de un periódico que en aquella época gozaba de grande influjo. El primitivo Español colocaba la cuestión en los términos amplios y populares que aparecen de las siguientes observaciones, tomadas del número de dicho periódico correspondiente al 15 de enero:

<La estrechez de la base en que se funda el sistema electoral del régimen del Estatuto reconocida por todos como insostenible, ha debido pensarse en sustituirla por otro sistema más amplio y popular, y al tratarse de establecerlo se han presentado las dos escuelas que en estos momentos se disputan el predominio.

>>El primero de dichos sistemas que se mostró el gobierno dispuesto á adoptar, reconocía la bondad del principio de la elección directa, pero en la práctica lo anuló el mismo gobierno conformándose con que se limitase el derecho á los cien más ricos vecinos de cada pueblo, á quienes se agregarían los pertenecientes á ciertas agrupaciones profesionales y científicas El segundo sistema, sin desechar el mismo principio en su esencia, sólo confiere derechos políticos á un corto número de ciudadanos, á los que agrega como representantes de la mayoría numérica un elector delegado por cada 150 vecinos. La primera de estas dos combinaciones es esencialmente aristocrática, la segunda es contradictoria, mezquina, tímida y heterogénea.

>>No ha encontrado, por consiguiente, esta opinión partidarios decididos dentro ni fuera del Estamento.

>>Ningún periódico de provincia la ha prohijado. No hemos visto tampoco que en su apoyo se hayan dirigido peticiones á las Cortes, ni representando los ayuntamientos ni las corporaciones que por costumbre toman parte en los asuntos del procomún. No hay, pues, síntoma que indique el sentimiento popular.

>>Para nadie es un secreto que entre los individuos de la comisión, su mayoría opina en favor de la elección directa y que compromisos de partido han arrastrado á los más caracterizados á sostener colectivamente lo que cada uno en particular condena.

>>Reconocido como inferior en principio á la elección directa, abandonado por la opinión pública, no admitido por el gobierno, condenado en lo íntimo de su conciencia por los mismos que se ven comprometidos á prestarle apoyo, ¿de dónde nace la fuerza con que pretende engalanarse el híbrido sistema de la comisión?

>>Partidarios de la elección directa, en el sentido que nosotros hemos abogado, lejos de proponernos excluir al pueblo de los comicios, lo llamamos y lo invitamos á que concurra á ellos, á que pida y obtenga el precioso derecho de hacerse representar, á que robusteciendo cada día más y más su educación política, se vaya el pueblo acercando sin tutela y sin trabas á los últimos grados de influjo político y de consideración social.

>>Con este objeto hemos sustentado que debe concederse derecho electoral á todos los ciudadanos que vivan del producto de su industria, de su propiedad, de su comercio, de su talento, en fin: á todos los que poseyendo una pequeña independencia, dispongan de sus votos, como de sus

personas, en cuyo caso no se daría á los más ricos y á los más influyentes el monopolio de las elecciones.

>>Pero lo que principalmente combatimos, porque abre la puerta á la cábala, á la intriga y á la corrupción, es el que entre el pueblo, al que se afecta invitar á que tome parte en las elecciones, y los que han de representarlo, haya intermediarios y truchimanes que especulando sobre la indiferencia y sencillez habituales en nuestras muchedumbres, se constituyan en agentes electorales por cuenta de los ambiciosos, y que á favor de un corto séquito de partidarios logren por medio de trazas y de audacia darse por órganos de la voluntad general. Por numerosas que sean no nos asustan las reuniones populares, ni tenemos desconfianza en su tacto ni en su sensatez para discutir sobre lo que mejor convenga al interés general, y por esto deseamos que el cuerpo electoral sea amplio y robusto, y que no se excluya de su seno á ningún ciudadano que pueda justamente resentirse de no formar parte de él.

>>Pero que entre el pueblo y sus mandatarios, no haya delegados ficticios, agentes interesados ni corredores de elección.

>>Establézcanse candidaturas, admítase su uso en nuestras costumbres, y que los españoles que aspiren al honor de representar á sus conciudadanos declaren á la faz del país que solicitan sus sufragios. Conocidos de antemano los nombres de los que merezcan fijar la atención pública, todos los electores de una provincia, como de un distrito, se hallarán en estado de juzgar acerca del mérito de los candidatos y de dar su voto al que más confianza les inspire, sin salir del pueblo de su residencia y sin necesidad de delegar en otro el uso de su derecho.

>Extraña cosa es á la verdad que cuando se trata de introducir en España costumbres políticas, hábitos parlamentarios, prácticas constitucionales, encontremos por adversarios á los mismos hombres que fundan su título de gloria en su amor ardiente por la causa de la libertad.

>>Desgraciado el pueblo que en las luchas políticas abandona la antorcha de la razón y de los principios, para constituirse en servidor y siervo de caciques que lo convierten en instrumento y pedestal de su personal engrandecimiento. Los hombres públicos no tienen otra importancia que la que les dan los principios que representan. Cuando los abandonan pierden los títulos en que descansa su consideración y su influjo.

>>En este caso se encuentra la comisión autora del proyecto de ley electoral.

>>El partido liberal no puede, sin menoscabo de sí mismo, prohijar como suyos los principios electorales sentados por aquélla, porque sería desconocer lo que la enseñanza de los pueblos libres y los progresos de la ciencia política han demostrado ser lo más conveniente y provechoso. La circunstancia de que votos que hemos solido encontrar opuestos al franco desarrollo del régimen representativo hayan contribuído á desechar el sistema del sufragio indirecto, no es circunstancia que deba amenguar el triunfo del principio que defendemos, antes debe ser considerado como una prueba del ascendiente de las sanas doctrinas, como un tributo de adhesión á la causa popular.

>>Reasumiendo el estado de la cuestión, concluiremos exhortando al

gobierno á que evite mayores males, apresurándose á presentar al Estamento una combinación que se sustituya al dictamen de la comisión, en el caso probable de que ésta lo retire. El primitivo proyecto del gobierno había sido aprobado en su totalidad, y bastará, adicionándolo en términos convenientes, para que no se interrumpa la discusión de una ley cuya adopción no puede diferirse sin exponerse á difundir el descontento y la desconfianza en la nación.>>

El gabinete, todavía incompleto por no haberse provisto la cartera de Estado y por hallarse ausente el ministro de la Guerra, lo formaban con Mendizabal que lo presidía, y que despachaba tres ministerios, el de Estado, el de Hacienda y el de la Guerra, don Álvaro Gómez Becerra y don Martín de los Heros. Aunque el primero simpatizaba con la doctrina electoral sustentada por El Español y se habría inclinado á términos de avenencia, no podía desentenderse de sus antiguas é íntimas relaciones con Argüelles, Galiano, Gil de la Guardia y el grupo de Ministas y Masones, con los que se hallaba estrechísimamente unido hacía veinte años, intimidad de relaciones todavía, si cabe, más estrecha entre aquellos hombres y Gómez Becerra y Heros, cuya ortodoxia progresista no conocía rival.

Hizo el ministerio cuanto de su parte podía temerse en la embarazosísima situación en que se había colocado, no declarándose contrario á las exigencias de sus amigos, y aun hizo más, pues llegado que fué el momento de votar el artículo 4.o, el ministro de la Gobernación, Heros, único que se encontraba en el salón, votó con la mayoría en favor del sufragio directo.

Mas como era de presumir no se hizo esperar el inde ira de Argüelles, de Calatrava, de Galiano, de Istúriz, del duque de Rivas y demás notabilidades de la emigración liberal, los que exasperados del abandono en que el gobierno había dejado á la comisión, cayeron sobre Mendizábal con tal avalancha de recriminaciones y de amenazas, que aquel hombre que nada tenía de pusilánime, llegó á intimidarse, conociendo que sólo era tolerado por los moderados, y que si lo abandonaban los progresistas, socavaría el cimiento en que descansaba su poder, enteramente pendiente del apoyo que le prestaba la opinión liberal.

Traído contra su deseo á sucumbir á las exigencias de sus amigos políticos, é irritados éstos de que no hubiese el gobierno marchado de acuerdo con la comisión en todos los trámites del debate, consintió Mendizábal en declarar, como al día siguiente lo verificó en el Estamento, que adoptaba el gobierno como suyos los artículos del dictamen de la comisión aun por discutir.

En ejecución de este acuerdo y desconcertadas ya tanto la mayoría como la minoría, se procedió á la votación del artículo 5.° que admitía un número fijo de mayores contribuyentes, quedando por consiguiente descartado el más lógico y popular principio de extender el derecho electoral de cuota fija. y engreídos por este triunfo los que del sistema de la comisión habían hecho un arma de partido, agitaron fuertemente la opinión en contra de cuantos pudieran oponerse al logro del premeditado propósito de convertir una cuestión esencialmente constitucional

y de principios, como era la cuestión del sufragio, en una imposición de partido.

Siguió lánguida por parte de la mayoría, y provocativa y amenazadora por la de los sostenedores de la comisión, la discusión de los restantes artículos hasta llegar al 17, que debía decidir si la elección se verificaría por provincias ó por distritos.

Aunque abandonada por el gobierno que había votado con ella el artículo 4., la mayoría moderada reclutó todas sus fuerzas para el último trámite de la discusión, y llevada más bien por el despecho que aconsejada por la prudencia, se resolvió á aceptar un combate en el que debía salir perdiendo, aunque quedase vencedora en la votación. Fiaban los jefes de la mayoría en el hecho de haber Mendizábal declarado solemnemente que no usaría del derecho de acudir á la corona en demanda del decreto de disolución y que antes bien se retiraría si no seguía contando con el apoyo del Estamento, declaración á la que añadió un nuevo peso el ministro de la Gobernación con haber votado con la mayoría en favor del principio de la elección directa; estas consideraciones influyeron poderosamente en el ánimo de los prohombres del partido moderado, y los condujeron á abrigar la esperanza de que el ministerio no llegaría hasta la disolución, toda vez que el decretarla arrastraba el sacrificio de una ley de tanta importancia y tan vivamente deseada.

La sesión del 24 fué la Farsalia legislativa del Estamento elegido bajo el influjo de los autores del Estatuto, asamblea de la que partió la señal de sus propios funerales. Setenta votos se pronunciaron en favor del sistema de la elección por distritos, y sesenta y seis votaron el escrutinio de lista por provincias.

Como dato histórico curioso figuran en la nota al pie los nombres de los procuradores que tomaron parte en la votación (1).

(1)

Lista de la mayoría de señores procuradores que votaron en contra
del artículo 17 de la ley y 34 de la comisión

Ortazu, Rodríguez Paterna, Belda, Victoria, Mena, Villanueva y Alor, Samponts, Barata, La Riva, Rivaherrera, marqués de Villacampo, Domecq, Vázquez Queipo, Jontaguel Gargollo, marqués de la Gándara, Pérez Jaramillo, Carrillo de Albornoz, Alcántara Navarro, Gálwey, marqués de Espinardo, Puche, marqués de Montesa, Marichalar, marqués de Valladares, Ulloa, Miguel Polo, Medrano, Baillo, Cabanillas, Bermúdez del Villar, Vázquez Moscoso, Pardiñas, Viñals, Bonet, Martínez de la Rosa, Romo, Izaga, González (don J. Gualberto), marqués de Falces, Díez González, Mantilla, Navia Osorio, conde de Toreno, Menéndez Luarca, Orense, Llorente, Villalar, Agreda, González Pérez, López del Baño, San Clemente, González Nieto, Perpiñá, Campillo, Anaya, Latorre, Ciscar y Oriola, conde de Adanero, Fleyx, Ciscar, Ruiz de Bucesta, marqués de Someruelos, Moscoso de Altamira, Vega y Río, Garay, Polo y Monge, Del Rey, Joven de Salas, Arango, Camba.

Lista de la minoría

Cano Manuel, Rodríguez Vera, Abarques, López, Osca, Chacón, Somosa, Ciaros, Acuña, marqués de Montevirgen, Becerra, Calderón de la Barca, Martel, Domínguez, León Bendicho, Calderón Collantes, Marín, Llano Chavarri, Torréns y Miralda, García

El verdadero derrotado de resultas del conflicto creado por aquella célebre sesión lo fué Mendizábal, para quien desaparecía la envidiable perspectiva de haber sido el fundador de un orden de cosas á la vez conservador y liberal, que hubiese dotado al país de instituciones populares exentas de las exageraciones á que todavía repugnaba una parte muy crecida de la nación En medio del disgusto que le produjo un desenlace que estuvo en su mano haber evitado, pensó Mendizábal en presentar su dimisión. Pero desistió de ello en presencia de la dificultad que la corona encontraría en formar un nuevo ministerio, al que no era posible fuesen llamados los moderados, sin correr el inminente riesgo de un nuevo alzamiento de las provincias, é influído por esta consideración de patriotismo no ajeno tampoco á estímulos de amor propio, creyó atenuar la responsabilidad que contraía acudiendo á la reina en demanda del decreto de disolución, habiendo consultado sobre tan grave asunto al Consejo de gobierno nombrado por Fernando VII, rueda ya gastada y casi anulada de hecho desde la caída del gabinete Toreno.

No componían aquel cuerpo hombres de un temple que les estimulase á imitar el ejemplo de los senadores romanos que sentados en sus sillas curules esperaron impávidos la muerte de manos de los galos vencedores. No se hallaban dispuestos aquellos consejeros á arrostrar las iras de la propaganda progresista, ansiosa por arrollar á cuantos pudiesen poner obstáculos á su triunfo; y tanto el Consejo de gobierno como el de las órdenes, expresaron su opinión contraria á que se retirase Mendizábal y favorable á la disolución, cuyo decreto leído en el Estamento de procuradores el 27, fijaba para igual día del siguiente mes de febrero las elecciones que debían verificarse con arreglo al sistema del Estatuto, sistema que reducía el cuerpo electoral á la docena ó poco más de individuos que componían en cada distrito el municipio y á los que se agregaba igual número de mayores contribuyentes.

No podía ser más palpable la negación de principios en que incurría una situación que, pretendiendo ser liberal por excelencia, para reemplazar una mayoría estatutista daba la preferencia al elemento restringido de una elección casi oficial, único resultado á que podía conducir el sistema electoral de 1834, sustituído al amplio sufragio propuesto por los sostenedores del sistema recomendado por El Español.

Carrasco, Ontiveros, Alcalá Galiano, Istúriz, Cuevas, Alcalá Zamora, López de Pedrajas, conde de las Navas, Sánchez Toscano, Espinosa, Flores, Belmonte, Caballero, Acebedo, Flores Estrada, Argüelles, marqués de Villagarcía, Pardo Bazán, Orús, conde de Huts, Parejo, De Pedro, Cortés, Crespo de Tejada, Ochoa, Fuster, Ruiz de Carrión, Ayarza, Álvarez García, Aguirre Solarte, Cano Manuel y Chacón, Serrano (don Ginés), Carrillo Manrique, Ferrer, Pizarro, Santafé, Torres y Solanot, Aranda, Eros, Villachica, Laborda, Ortiz de Velasco, Kindelán, Mojarrieta, Ayala, San Just, García de Atocha.

Se abstuvieron de votar

Montes de Oca, Tosquella, Cézar, Heredia, Vallarino, Álvarez Pestaña, Jalón y Jalón, Cáceres, Crespo Rascón, marqués de Torremejía, Martí, Boneo, San Simón, Quintana.

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