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dolo imprimir, publicar y circular á quienes corresponda.

Dado en el Salón de sesiones del H. Congreso del Estado, en Monterrey, á 30 de Septiembre de 1885. -Juan J. Barrera, diputado presidente.--H. Maldonado, diputado secretario.- Exiquio Palomo, diputado secretario.»>

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Monterrey, Octubre 2 de 1885.-Canuto García. --Mauro A. Sepúlveda, secretario. ·

GENARO GARZA GARCIA, Gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Nuevo-León, ú todos sus habitantes, hago saber: que el H. Congreso del mismo, ha decretado lo que sigue:

«NUM. 9.--El XXIII Congreso constitucional del Estado, representando al pueblo de Nuevo-Leon, decreta:

Artículo único. Matricúlese en el primer año de Jurisprudencia á los jóvenes José Villaseñor, Agustín Barrón, Rafael Treviño y Jesùs Guerrero, con obligación de sujetarse á examen en Química, Análisis Químico é Historia Natural, antes del tiempo en que conforme á reglainento deba cursarse Medicina Legal.

Lo tendrá entendido el C. Gobernador, mandándolo imprimir, publicar y circular á quienes corresponda.

Dado en el Salón de sesiones del H. Congreso del Estado, en Monterrey, á 30 de Septiembre de 1885. --Juan J. Barrera, diputado presidente.--H. Mal

donado, diputado secretario.--Exiquio Palomo, diputado secretario.>>

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Monterrey, Octubre 6 de 1885.--Genaro Garza García-Mauro A. Sepúlveda, secretario.

Congreso del Estado libre y soberano de NuevoLeón.-Con las formalidades de reglamento se verificó hoy la renovación de oficios de esta H. Cámara para el mes actual y resultaron electos: Presidente, el C. Hermenegildo Maldonado, Vice-presidente, el C. Porfirio Ballesteros, Tesorero, el C. Francisco Valdés Gómez y Secretarios los que suscribimos.

Lo que tenemos la honra de decir á vd. para su conocimiento y demás fines.

Libertad en la Constitución. Monterrey, 2 de Octubre de 1885.-Juan J. Barrera, diputado secretario.-Evaristo Sepúlveda, diputado secretario. -Al Gobernador constitucional del Estado.-Presente.

Congreso del Estado libre y soberano de NuevoLeón.-El XXIII Congreso constitucional del Estado, en sesión ordinaria de hoy, aprobó el siguiente acuerdo:

"Unica. Se aprueba la cuenta presentada por la Tesorería general del Estado, correspondiente al año fiscal de 1884, y á los primeros seis meses del corriente año, recomendándose al Ejecutivo su publicación.>>

Lo que tenemos la honra de trascribir á vd. para su conocimiento y demas fines.

Libertad en la Constitución. Monterrey, 2 de

Octubre de 1885.-Juan J. Barrera, diputado secretario.-Evaristo Sepúlveda, diputado secretario. -Al Gobernador constitucional del Estado.-Presente.

Gobierno constitucional del Estado libre y soberano de Nuevo León.-Sección 2a-Número 3676. -En atención á la aptitud, honradez y demas cualidades que en vd. concurren y en virtud de figurar en primer lugar en la terna propuesta por el Supremo Tribunal de Justicia, este Gobierno tiene á bien nombrar á vd. Juez de Letras de la 6a fracción judicial, restablecido por decreto del H. Congreso del Estado, fecha 30 de Septiembre último, esperando se sirva vd. aceptar tal nombramiento, entrando al desempeño de sus funciones el día 4 del corriente

mes.

Libertad en la Constitución. Monterrey, "Octubre 2 de 1885.-Canuto García.-Una rúbrica.Mauro A. Sepúlveda, secretario.-Una rúbrica.—AI Sr. Lic. Ramón Isla.-Presente.

Impuesto de la atenta comunicación de vd. fecha de hoy, en que se sirve participarme el nombramiento que ese Superior Gobierno ha tenido á bien hacer en mi persona para Juez de Letras de la 6a fracción judicial, esperando que lo acepte y entre al ejercicio de mis funciones el dia 4 del actual; tengo la honra de decir á vd. en debida contestación, que deseando prestar mis pequeños servicios en todo aquello en que se me considere de alguna utilidad para el Estado á que tengo el honor de pertenecer, acepto desde luego el cargo que se me confiere y entraré á desempeñarlo el día que se me prefija; manifestando entre tanto á vd. mi sincero reconoci

miento por la honrosa distinción que se ha servido hacer en mi persona con el nobramiento referido. Libertad y Constitución. Monterrey, Octubre 2 de 1885.-Lic. Ramón Isla.-C. Gobernador constitucional del Estado.-Presente.

Secretaría del Gobierno del Estado libre y soberano de Nuevo León.-Sección 3a-Circular número 1.-Hoy ha tomado posesión del Poder Ejecuti vo del Estado, el Sr. Lic. Genaro Garza García, previas las formalidades de la ley.

Sus propósitos y la conducta que desea observar como Gobernante se comprenderán claramente, ya por sus actos administrativos en las épocas anteriores en que ha desempeñado ese cargo, ya porque su programa de administración principalmente consiste en velar por el cumplimiento de la Constitución Ꭹ las leyes que nos rigen y en procurar el progreso y engrandecimiento del Estado.

Al tener la honra de comunicar á vd. por su acuerdo, su ascenso á la primera magistratura del Estado, le manifiesto que él confía en su cooperación y que la mas eficaz que desde luego puede prestársele es la de instruirlo de las necesidades de esa municipalidad y de cuanto la ilustración de vd. le sugiera como conveniente para el bienestar de NuevoLeón, á efecto de, con conocimiento de sus indicaciones, adoptar las medidas conducentes.

Libertad en la Constitución. Monterrey, Octubre 4 de 1885.-Mauro A. Sepúlveda, secretario.-C...

Tesorería General del Estado libre y soberano de Nuevo León.-Número 675.- En virtud de acuerdo verbal que recibí hoy del Sr. Gobernador y obse

quiando el que me comunicó vd. en oficio número 3,899 de 26 de Marzo del presente año, con esta fecha fueron entregados por esta Tesorería ciento setenta y seis pesos veinticinco centavos, al Sr. Lic. Viviano L. Villarreal, comisionado por el Ministerio de Fomento para recibir la suma de setecientos cuatro pesos ochenta y cuatro centavos, con que contribuirá el Estado para la crección de la estátua del Héroe de México Don Miguel Hidalgo y Costilla, correspondiendo aquella cantidad al segundo semestre que venció el 13 de Septiembre próximo pasado.

Lo digo á vd. para conocimiento del Sr. Gobernador.

Independencia y Libertad. Monterrey, Octubre 2 de 1885.-Ramón G. Chávarri.--C. Secretario del Gobierno del Estado.-Presente.

GENARO GARZA GARCIA, Gobernador constitucional del Estado libre y soberano de Nuevo-León, á todos sus habitantes, hago saber: que el H. Congreso del mismo, ha decretado lo que sigue:

«NUM. 10.--El XXIII Congreso constitucional del Estado, representando al pueblo de Nuevo-Leon, decreta:

Artículo 1o Se concede sin perjuicio de tercero al C. Pedro A. Salazar, merced de un surco de agua de los vertientes que nacen en el arroyo del Naranjo demarcación de Loma Prieta, jurisdicción de Allende, tomándola en el punto denominado de "Los Mezquites.>>

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