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DOCUMENTOS

PARA LA

HISTORIA DE COSTA RICA.

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IMPRENTA PABLO DUPONT

41, CALLE JEAN-JACQUES-ROUSSEAU, 41.

1886

57

SA 400 4.3

NOV 20 1900

ALEKARY,

Privée fund

RESTABLECIMIENTO DE LA AUDIENCIA DE GUATEMALA. — AÑO

DE 1568 (1).

Don Phelipe, etc. Á vos los nuestros governadores y otras justicias y juezes qualesquier de las provincias de Guatimala, Chiapa é Higüeras y cavo de Honduras y la Verapaz y otras qualesquier yslas y provincias que oviere en la costa y paraje de las dichas provincias, hasta la dicha provincia de Nicaragua, y á los consejos, justicias, rregidores, cavalleros, escuderos, officiales y homes buenos de todas las ciudades, villas y lugares de las dichas provincias y tierras de suso declaradas y á cada uno de vos á quien esta nuestra carta fuere mostrada ó su traslado signado de scrivano público ó della supiéredes en qualquier manera, salud y gracia sepades que, para la buena governación desas dichas tierras y administración de nuestra justicia en ellas, avemos acordado de tornar á proveer de nuestra audiencia y chancillería rreal que rresida en esa provincia de Guatimala en la ciudad de Santiago della, para lo qual avemos nonbrado nuestro presidente y oydores que rresidan en la dicha audiencia y usen y exerçan los dichos sus officios; y porque las cossas de nuestro servicio y execución de la nuestra justicia y buena governación de esas partes se hagan como deven y convenga al bien general de la dicha tierra, visto por los del nuestro consejo de las Yndias, fué acordado que devíamos mandar dar esta nuestra carta para vos en la dicha rrazón y nos tovímoslo por bien; por la qual vos mandamos á todos y á cada uno de vos en los dichos vuestros lugares y jurisdiciones como dicho es que en todo lo que por la dicha nuestra audiencia os fuere mandado lo obedezcáis y acatéis y executéis, y hagáis cunplir y executar sus mandamientos en todo y por todo, según y de la manera que por ella vos fuere mandado, y le déis y hagáis dar todo el favor y ayu

(1) - Archivo General de Indias -Estante 100, cajón 1, legajo 1.

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