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1842.

no parece que tal legislatura se celebrase hasta el año de 1342. Nos fundamos para ello en la crónica del mismo rey Don Pedro. El objeto de esta legislatura lo expresa el rey bien clara y terminantemente, y no era otro, que hacer incurrir en falta á Don Jaime, para tener un pretexto de formarle el proceso en que se apoyó luego para desposeerle del trono. Aparentando el rey de Aragon ligarse con el de Mallorca contra el de Francia, pero con la oculta mira de hostilizar á Don Jaime, contestó á un requerimiento de este para que se reuniesen el 25 de Abril de 1342, que habia citado Córtes para Barcelona el 25 de Marzo, y que debiendo el mallorquin asistir á ellas como feudatario del rey de Aragon, allí se verian. Muy bien sabia Don Pedro, que el rey de Mallorca no podria asistir á las Córtes de Barcelona, por hallarse en el Rosellon previniendo la agresion francesa, y de aquí provino, que reunidas en efecto las Córtes en Barcelona el 25 de Marzo de 1342, no compareciese el de Mallorca, y se cumpliesen los cálculos de Don Pedro, teniendo el pretexto que buscaba para formarle proceso conforme á los usages. Las mismas palabras de la crónica no dejan duda alguna acerca de estos hechos. Cuando el monarca recibió el requerimiento de Don Jaime se hallaba en Valencia, convocó su consejo, «no para deliberar sobre el objeto del mensaje, sino para buscar el modo como mas ra zonable y debidamente poder se excusar.» Despues de discutirse mucho en el consejo, se resolvió seguir la opinion del monarca, que segun él mismo expresa fué la siguiente: «lo mejor es que vayamos á Barcelona, á convocar Córtes á los catalanes y llamemos al de Mallorca para que acuda á las mismas el dia 25 de Marzo, à lo cual está obligado como cualquier otro baron del país. De este modo, aunque Nos estamos requerido por él para el 25 de Abril, él será llamado para el 25 de Marzo, y por consiguiente antes tendrá que estar él con Nos, que Nos con él, de lo que habrá de resultar que vendrá ó no vendrá. Si comparece hará lo que debe, y en este caso Nos le cumplimos asimismo aquello que tenemos obligacion de cum

plir, mas si no acude, entonces nos habrá roto el convenio, y ninguna obligacion tenemos ya de ayudarle ni de meternos en guerra por él con el rey de Francia. » Convocadas pues, estas Córtes desde Valencia, Don Jaime, que no sospechaba la torcida intencion de su cuñado, le escribió en 4 de Febrero manifestando la imposibilidad de acudir á ellas, instándole nuevamente para que acudiese á la cita que le tenia dada en Perpiñan el 25 de Abril. Pero Don Pedro esperó á que el mallorquin faltase á las Córtes, y entonces mandó empezar el proceso por su no asistencia, acusándole además de batir moneda aragonesa en los estados del Rosellon y Cerdaña, permitiendo la circulacion de las de Francia.

Se vé pues, que no existia en 1344 la causa en que se funda Feliú para la celebracion de unas Córtes en Barcelona, puesto que el escritor mas autentico en este caso, que es el mismo Don Pedro IV, manifiesta, que la causa del proceso no surgió hasta el año siguiente de 1342, siendo de advertir, que la historia de Languedoc está enteramente conforme en las fechas con la crónica de Don Pedro. Nos parece por tanto, que la legislatura de 1331 que consta en el catálogo de la Academia, debe fijarse en Marzo de 1342.

La destitucion del rey de Mallorca dió aun motivo, si se― guimos á Zurita (libro VII, cap. LXVI), para otras Córtes generales en 1343, pasado el mes de Abril: «Tuvo, dice, des- 1313. pues el rey parlamento con los barones, y caballeros, y síndicos de las Universidades de sus reynos etc. » Estas palabras del exacto analista, no dejan duda acerca de un hecho que se presenta lógico en el estado de la cuestion política con el mallorquin; y es muy de extrañar que la Academia haya omitido esta legislatura en su catálogo.

Es general la idea entre todos los historiadores, incluso Zurita, que el año 1344 se convocaron Córtes para los catalanes 1344. en Lérida, y que no habiendo podido celebrarse en este punto se prorogaron á Barcelona, donde al fin se reunieron el 7 de Octubre. Así es la verdad, pero no lo es menos, que las Cortes

de Cataluña estaban reunidas en Barcelona por Marzo y Abril del mismo año, reunion que no hemos visto consignada en ningun escritor y de que tampoco nos habla la Academia. No abrigamos la menor duda acerca de esta legislatura, al ver la pragmática expedida por Don Pedro en 14 de Abril del mismo año, inserta en el libro IV, tít. IX de las pragmáticas y otros derechos de Cataluña. Está dirigida al gobernador y oficiales de Valencia, para que no cobrasen cierto tributo que habian impuesto á las mercaderías catalanas, y en ella se expresa haber sido pedida en las Córtes reunidas á la sazon en Barcelona (1). Consta por otra parte, que Don Pedro se hallaba el 29 de Marzo en Barcelona, porque la pragmática declarando reincorporados á la corona los estados del rey de Mallorca, está expedida en dicha ciudad el 28 de aquel mes. Tambien nos dicen las historias, que Don Pedro no salió de Barcelona para invadir el Rosellon, hasta principio de Mayo, despues que supo hallarse reunido el ejército en Gerona. De modo, que durante la estancia del rey en Barcelona por Abril de 1344, es parà nosotros inconcuso haberse celebrado una reunion de Córtes.

Invadió, como acabamos de indicar, Don Pedro, los estados del Rosellon por Mayo, y el 16 de Julio, entró ya en Perpiñan, y segun Zurita (libro VII, cap. LXXVIII), «< mandó convocar parlamento de los perlados, barones y caballeros y personas generosas de aquellos estados para la villa de Perpiñan para el 4. de Agosto (2). » Es decir, que concluidas las Cortes de Barcelona, invadió y conquistó el Rosellon, y celebró Córtes en Perpiñan; que solo debieron durar hasta

(1) Ex parte totius generalis civitatum et villarum nostrarum Cathaloniæ, nunc de mandato nostro congregati in civitate Barchinonæ, fuit nobis expositum cum querella, etc.

(2) En el catálogo de la Academia se han omitido tambien estas Córtes de Perpiñan.

principios de Setiembre, pues en estos dias se trasladó el rey á Puigcerdá, cabeza del condado de Cerdaña, para publicar la pragmática de union de este condado á Cataluña.

El 10 de Setiembre entró ya de vuelta en Barcelona á celebrar las Córtes convocadas para Lérida y que no pudieron reunirse en este punto. No existe la menor dificultad en que esta segunda legislatura de Barcelona, se abriese el 7 de Octubre. Destronado estaba ya el rey de Mallorca cuya suerte se iba á decidir en estas Córtes. Propúsose en ellas lo que deberia hacerse de aquel infortunado personaje, y contra toda costumbre y práctica anterior se acordó, que cada asistente introdujese por escrito su dictámen en una urna, pero sin firmarle. Del escrutinio de esta votacion secreta resultó, que al ex-rey de Mallorca se le asignasen diez mil libras de renta anual, hasta que se le diesen poblaciones suficientes á su manutencion: se le dejaban además otros arbitrios y derechos, pero se le exigia el compromiso de que nunca él y los suyos pudiesen reclamar contra este acuerdo. Don Jaime le rechazó: tomó las armas y murió con ellas en la mano, defendiendo sus legítimos derechos al trono de Mallorca. Dice Zurita, que á esta legislatura de Barcelona asistieron síndicos de Zaragoza, Valencia, Barcelona, Lérida, Gerona y Perpiñan.

De cuanto acabamos de decir relativo al año 1344 resulta, que por Abril estaban reunidas las Córtes en Barcelona para los catalanes: por Agosto en Perpiñan para los roselloneses; y por Octubre una segunda legislatura en Barcelona, á que asistieron algunos síndicos de los otros reinos, para decidir sobre la suerte de Don Jaime de Mallorca.

Escribe el mismo rey Don Pedro, que celebró Córtes á los catalanes en Barcelona el año 1347, porque si bien las habia 1347. convocado para Lérida no quiso abrirlas en este punto, por los muchos bienes que en él poseia el infante Don Jaime, temiendo que por su causa se promoviese algun tumulto. El objeto de la reunion fué pedir gente y dinero, contra las uniones de Aragon y Valencia, y ayudar con estos recursos á Don 3

TOMO VII.

Pedro de Egerica, que sostenia allí su causa. Zurita dice, que prorogó las Córtes hasta la quincuagésima y que salió precipitadamente para Zaragoza en fin de Diciembre.

Sin el carácter de Córtes hubo una congregacion de nobles, barones y caballeros en San Pedro de Orós el año 1348, despues que el rey pudo salir de Valencia pretestando la epidemia. La nobleza en dicho punto, acordó auxiliar á Don Pedro con todas sus fuerzas, contra las dos uniones aragonesa y valenciana.

Célebres fueron las Córtes de Perpiñan que empezaron por 1350. Setiembre de 1350 y concluyeron en 14 de Marzo del siguiente. Hiciéronse en ellas las primeras treinta y nueve constituciones de Don Pedro en que se legisló para toda Cataluña, existiendo algunas muy importantes así en el órden civil como político. Se trató primeramente de la provision de veguerías, escribanías de tribunales y derechos de los vegueres en los pleitos y particiones, señalando los que debian cobrar. Aunque los notarios fuesen vitalicios, quedarian suspensos del oficio, ínterin sufriesen la residencia; y tambien sobre la de los demás oficiales reales se adoptaron algunas disposiciones: se designó al mismo tiempo el salario de los inquisidores encargados de la residencia. Quedó consignada la incompatibilidad del cargo de veguer y el de notario; y se dieron reglas sobre el modo de llevar los registros de los escribanos, anotando todos las escrituras sin falta alguna, á los dos meses de puestas en ellas las firmas de los otorgantes, y declarando algunas formalidades para el otorgamiento de testamentos.= Se confirmó la ley de Don Jaime sobre que los vegueres y oficiales no pudiesen cobrar salario alguno por lo que estuviese secuestrado ó depositado en su poder. Antes de hacer los tutores inventario de los bienes de los pupilos, prestarian el debido juramento de administrar en provecho del menor.= Se declararon nulas todas las donaciones de pupilos y menores de veinte años á favor de sus tutores ó curadores, á no que mediase el asentimiento de los tres parientes mas cerca→

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