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selleres facultad para poder formar ordenanzas y publicar bandos, haciéndolos obedecer bajo pena de todo suplicio y mutilaciones hasta la decapitacion, no solo en la ciudad sino doce leguas tierra dentro; y en los códigos de Cataluña se encuentran recopiladas como leyes, ordenanzas y disposiciones de los conselleres y prohombres de Barcelona.

En los tiempos de Don Juan 1, gran protector de las libertades municipales, se varió el sistema de eleccion de conselleres, sacándole del consejo de Ciento y traspasando el nombramiento á las tres clases de ciudadanos, menestrales y mercaderes.

En las secciones anteriores hemos cuidado de ir anotando las atribuciones y facultades de esta corporacion y el que quiera tener un conocimiento exacto de todas ellas, puede consultar las Memorias históricas de Capmany ó los Apéndices al libro IV de la Historia de Balaguer. Pero entre todas sus funciones era sin duda la mas importante, cobrar los impuestos de la ciudad y conocer de todo lo relativo á esta clase de causas sin apelacion; derecho siempre reconocido por las Córtes, y mas terminantemente en las de 4533, donde despues de reiterar todas las disposiciones legales para que las causas sobre impuestos fuesen del exclusivo conocimiento de las autoridades municipales, se declaró no eran de ningun modo evocables á la Real Audiencia ni á ningun otro tribunal.

Conocida es la firmeza con que el conseller en cap Juan Fivaller sostuvo contra Don Fernando I los derechos de la ciudad de Barcelona, para cobrar hasta del mismo rey los impuestos municipales. En las Córtes de 1469 se reiteró la facultad de los conselleres, procuradores, paheres y jurados de las poblaciones, á cobrar los impuestos, y que nunca pudiesen hacerlo los oficiales reales. El Católico declaró en 1510, que conforme á la ordenanza de impuestos formada por su padre Don Juan II, las causas sobre exencion de tributos no se evocasen de ninguna manera y por ningun motivo á la Real Audiencia, sino que conociesen de ellas los oficiales com

petentes de las universidades, y en Barcelona los conselleres. Estos mismos derechos reconocieron las Casas, de Austria, en las Córtes de 4533, y de Borbon en las de 1702.

Además de ser amplia en los conselleres la jurisdicion sobre impuestos y de formar ordenanzas para hacerse obedecer en todo lo relativo al régimen y gobierno de la ciudad, Don Pablo Piferrer en el tomo segundo de su Cataluña, ha publicado un apéndice del cual se deduce otra prerogativa de los conselleres, ganada por costumbre, que les daba derecho para reunir en casos urgentes á los primeros ciudadanos que encontrasen, y hacerles representar el consejo de Ciento. Refiere con este motivo Piferrer, una cuestion que los conselleres sostuvieron con los inquisidores del Santo oficio el domingo 23 de Mayo de 1561. Parece que estos mandaron poner en el altar mayor de la Catedral dos sillones y una alfombra al lado de la epístola, para oir misa antes de la procesion, colocándolos en el mismo sitio y forma que se acostumbraba hacer para los reyes. Indicaron los conselleres se quitasen los sillones de aquel sitio, reservado únicamente al monarca: negá– ronse los inquisidores, y antes de trabar la lucha en el mismo recinto de la iglesia, mandaron los conselleres á sus maceros convocasen á los primeros ciudadanos que encontrasen en el templo, con objeto de formar consejo que supliese al de Ciento, y en representacion suya. Así sucedió en efecto: los conselleres celebraron consejo con los primeros ciudadanos que hallaron los maceros, y en él se decidió, que los dos ciudadanos Mossen Fadrique Lull y Mossen Valentin de Ferrera, intimasen á los inquisidores se levantasen de los sillones: no queriendo estos obedecer, se los arrojó á la fuerza, se quemaron los sillones, y se recogió la alfombra. Este hecho demuestra, que en casos apurados y urgentísimos, los conselleres podian reunir los pri- meros ciudadanos que encontrasen á mano, y deliberar con ellos, en representacion del consejo de Ciento.

Estas grandes prerogativas rodearon la institucion, de un prestigio é influencia, que no tuvo ninguna otra autoridad de

Cataluña, y que puede decirse rivalizaba en ciertos casos con la del Justicia en Aragon. Los reyes y los pueblos distinguian siempre y en todas partes á los conselleres de Barcelona, y allí donde aparecia uno de ellos, se le consideraba como el mayor personaje. Cuando el emperador entró en aquella ciudad el año 1535, lo hizo, teniendo á la derecha al conseller en cap, y á la izquierda el duque de Cardona representante de la nobleza; y cuando el 27 de Mayo del mismo año asistió á la procesion del Corpus, llevó una vara del palio, y las otras tres los conselleres. Mucho tiempo pretendió la ciudad de Barcelona que sus conselleres debian estar cubiertos delante del rey; y habiendo surgido disensiones en las Córtes de 1631, sobre si debian ó no estar cubiertos, presentó la ciudad al príncipe un difuso y muy erudito alegato, demostrando, que siempre con los reyes anteriores se le habia respetado este derecho y usádole: sin embargo, la Casa de Austria se empeñó en abolirle y quedó abolido.

La importancia, decoro y respeto á los conselleres, no se limitaba al recinto de Barcelona, sino á todo Cataluña, y aun á todo España; pues tenian entre otras, la gran prerogativa de que los precediesen sus maceros con las mazas altas. Acaeció en 1588, que teniendo la ciudad varias quejas contra el virey, acordó se presentase en la corte para exponerlas al monarca, el conseller Galcerán de Navel. Revestido el conseller con su gramalla de gala y precedido de mazas altas, atravesó por todas las poblaciones de España inclusas Zaragoza y Valencia: pero Tortosa se negó á que atravesase de esta manera la poblacion alegando, que Tortosa nada debia ni valia menos que Barcelona; y que era por el contrario primero que ella. El conseller se detuvo y alojó en una posada extra-muros, dando cuenta á Barcelona de su detencion y las causas que la motivaban. Alborotóse la ciudad; y como sucedia en los momentos mas supremos, sacó la bandera de Santa Eulalia, formó las huestes municipales; nombró capitanes para un verdadero ejército, y dispuso marchar sobre Tortosa, dando la órden de

arrasarla; pero mejor aconsejados los tortosinos y viendo el nublado que se les venia encima, dieron al conseller toda clase de escusas, abrieron las puertas, le recibieron con la mayor solemnidad y penetró y pasó por la ciudad con las mazas altas.

Como muestra del sistema últimamente seguido para el sorteo de los conselleres, presentamos el método establecido por Real cédula de Don Fernando el Católico desde Monzon el año 1510, para formar las bolsas de insaculacion, segun se encuentra en el libro titulado «Ceremonial dels magnifichs concellers.» En la bolsa destinada para el empleo de conceller primero, se insacularon catorce caballeros y veinte ciudadanos honrados; en la de conceller segundo once caballeros y trece ciudadanos; en la de conceller tercero doce caballeros y trece ciudadanos; en la de conceller cuarto, veinticinco comerciantes, y en la de conceller quinto se insacularon cuarenta y seis personas en esta forma: diez y ocho notarios públicos, cuatro notarios reales, trece boticarios, dos candeleros de cera y nueve cirujanos; y noventa y cuatro menestrales; cuyos nombres de oficios y distribuciones de plazas son los siguientes: siete plateros, dos freneros, tres sastres, cuatro herreros. dos esparteros, un vidriero, tres algodoneros, dos tintoreros, seis curtidores, doce pelaires, dos tejedores de lino, un tejedor de lana, tres guanteros, tres sastres ropavejeros, nueve zapateros, tres marineros, un tejero, un alfarero, un candelero de sebo, cinco carpinteros de obra prima, tres carpinteros bosqueros, dos manteros, nueve zurradores, un calsatero, dos albañiles, dos botoneros, un mercero, tres pellejeros, tres manguiteros y cuatro pescadores.

Creáronse tambien en las grandes poblaciones, consejos de eleccion popular con el nombre de jurados, paheres ó prohombres, y es muy célebre entre estos consejos el de Barcelona, conocido generalmente por Consejo de Ciento. Semejante corporacion se creó por Don Jaime I en 1257, mandando constase de doscientos vecinos y hombres buenos de Barce

lona, elegidos por los conselleres, para ayudar á estos y al gobernador general en las deliberaciones á que fuesen llamados. Cuando en 1265 se redujo á cuatro el número de los ocho conselleres, se redujo tambien el consejo á cien individuos elegidos primero por los conselleres y luego por la ciudad, hasta que en 1498 se introdujo el sorteo por insaculacion. Numerosos datos existen que acreditan el modo de componer este famoso consejo, y las plazas que respectivamente tuvieron en él las clases y oficios de la ciudad. Don Alonso V le formó en 1455 de ciento veintiocho miembros, á saber: treinta y dos ciudadanos honrados, incluyendo doctores en derecho y medicina; treinta y dos comerciantes, treinta y dos artistas, entre quienes se contaban catorce notarios, diez entre tenderos de paños, drogueros y boticarios, dos candeleros de cera y seis cirujanos, y treinta y dos menestrales en esta forma: dos plateros, dos sastres, dos freneros, dos zapateros, dos herreros, un carpintero, dos pelaires, un tejedor de lana, un tejedor de lino, un curtidor, un algodonero, un zurrador, un espadero, un tonelero, un ballestero, un guantero, dos roperos, un corredor de encante, un hortelano, un carnicero, un barquero, un colchonero, un fabricante de fustanes, un alfarero y un

cantero.

El consejo de Ciento solo se reunia para asuntos muy árduos ó generales y extraordinarios, cuando los conselleres ó el gobernador general consideraban necesaria su reunion. Se dividia en cuatro secciones y cada una servia por un trimestre, llamándose consejo ordinario; pero cuando este pequeño consejo ó los conselleres creian debia reunirse toda la corporacion, se convocaba y citaba á los Ciento. Capmany en sus Memorias históricas da á conocer en todos sus detalles la organizacion y extensas atribuciones del consejo centumviral. Desde que Don Jaime formó este Consejo se juntaba para todos sus actos en las gradas del Palacio Real; despues en los conventos de Santa Catalina y San Francisco; hasta que construidas las casas consistoriales de Barcelona en 1369, celebró su

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