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fueros y privilegios de Valencia á los poblados á fuero de Aragon que quisiesen aceptarle.

CORTES DE DON ALFONSO III DE ARAGON
(I DE VALENCIA).

Al hablar Boix en su Historia de Valencia de las Córtes de Zaragoza de 1285, dice se hallaron en ellas como represen- 1285. tantes del brazo militar valenciano, Simon Sancho Arradrid y Fernando Sancho Aybar, quienes obtuvieron del rey el nombramiento de un Justicia mayor como el de Aragon, para los poblados á este fuero en Valencia, recayendo el nombramiennto en el caballero aragonés Alfonso Martinez. Esto manifiesta, que á las Córtes de Zaragoza de 1285, solo asistió la parte del brazo militar valenciano poblado en este reino á fuero de Aragon, y no en cuerpo, sino por medio de dos representantes.

En el privilegio II de los pertenecientes á Don Alfonso I, fechado en Burriana el 20 de Setiembre de 1286 y que comprende el juramento que deberian prestar los reyes en las nuevas sucesiones, de observar y guardar los fueros y libertades de Valencia, se dice haber empezado las Córtes de dicho año el 17 de las Kalendas de Octubre (14 de Setiembre) 1286. en la ciudad de Valencia. Segun el mismo privilegio, las Córtes se continuaron en Burriana, donde concluyeron, y asis. tieron por el brazo real, ocho síndicos de Valencia; dos de Játiva; uno por Onteniente y Bocairente; dos por Murviedro; tres por Denia; tres por Algeciras; tres por Concentaina; uno por Castalla; dos por Morella; uno por Corvera; otro por Peñíscola; dos por Alcoy, y otros dos por Alpuente.

CORTES DE DON JAIME II.

Don Alfonso falleció el 18 de Junio de 1291 en Barcelona y entró á reinar su hermano Don Jaime rey de Sicilia. Conforme al fuero vigente, se presentó en Valencia á principios 30

TOMO VII.

1292. de 1292 y celebró Córtes, donde prestó juramento á los fueros, privilegios y libertades del reino el 13 de las Kalendas de Febrero. La Academia omite en su Catálogo esta legislatura, no citando de este rey sino la de 1304; omision notabilisima, puesto que además de ser de fuero el juramento del nuevo monarca dentro de los treinta dias de hallarse en Valencia, existe impresa y debidamente autorizada, el acta de dicho juramento hecho en Córtes, al folio XXXVIII de los privilegios del archivo de Valencia (1).

No aparecen nuevamente reunidas las Córtes hasta el 1301. año 4304 en dicha ciudad, á pesar de hallarse vigente el fuero que prescribia la reunion trienal, lo cual muestra que Don Jaime no fué muy escrupuloso en su cumplimiento. Hiciéronse veinte fueros: los dos primeros sobre inquisicion de oficia~ les reales. Reiterábase en el III, que cada tres años se celebrasen Córtes en Valencia ó en cualquier otro lugar del reino que eligiese el monarca, durante el mes de Enero por la fiesta de la Aparicion, y este precepto constitucional se comunicó por privilegio plomado y sellado á los jurados de Valencia (2). Los siguientes fueros se ocupan de que el rey cele

(1) Pateat universis quod nos Jacobus Dei gratia rex Aragonum, Cicilie, Majoricae et Valentiae, comes Barchinonae etc. Predecessorum nostrorum vestigia inherentes, et constitutiones, ac statuta eorum inviolabiliter observantes, in celebri curia quam in civitate Valentiae duximus celebrandam, postquam suscepimus nostrorum regnorum imperium..... Ideo nos Jacobus rex praefatus, mente deliberata et certa scientia, laudamus, approbamus, confirmamus, concedimus ac donamus vobis praedictis, universis ac singulis civibus ac probis hominibus et omnibus habitatoribus in civitate et regno Valentiae memorati tam presentibus quam futuris, omnes foros vestros etc. Datum Valentiae XIII Kalendas Februarii anno Domini MCCXC secundo, Regnorum nostrorum Aragonum anno primo, Cecilie vero sexto.

(2) Item volem e atorgam e ordenam per hon stament del regne que de tres en tres anys, com es a saber en la festa de Apparici en lo mes de Giner fazam Cort general en la Ciutat de Valencia o en altre loch del regne que a Nos ser avigares, a prelats, religiosos, richs homens, caballers, ciutadans, e homens de les viles del regne.

brase audiencia personal todos los Viernes ó á más tardar el Sábado que no hubiese cárceles privadas: sobre cuentas de administracion que el bayle no impidiese la jurisdicion del almotacen tasacion de derechos del escribano de la corte: que el testimonio de dos cristianos de buena fama hiciese fé completa contra judíos y sarracenos Las demás leyes no tienen gran importancia, y solo la última prohibia á los jueces de la corte cobrar derecho alguno por las sentencias que pronunciasen en los pleitos principales.

Además de estos fueros, consta del privilegio XX de los de este rey, expedido en Valencia el 16 de Febrero de 1303, que en la misma legislatura se le concedieron seiscientos mil suel dos para pagar sus deudas, á razon de ciento cincuenta mil anuales por espacio de cuatro años.

CORTES DE DON ALFONSO IV DE ARAGON
(II DE VALENCIA).

A pesar del fuero que dejamos consignado en la legislatu ra anterior, prescribiendo la obligacion de reunir trienalmente las Córtes, no aparece haberle cumplido Don Jaime, pues solo existen datos de haberlas convocado dos veces durante todo su reinado. Cuando le sucedió su hijo Don Alonso, las reunió este en Valencia el año 1329. Dice la Academia, fundándose 1329. en Zurita, que se celebraron por Junio, y que los fueros hechos en ellas tienen la fecha de 24 de Octubre; pero si bien es cierto lo último, no lo es que las Córtes se reuniesen en Junio; sino que conforme al fuero de nueva sucesion hecho en 1301, lo estaban ya en Enero. Así lo demuestra el privilegio VII de los de este rey, fechado el IV de los Idus de Enero, y en el cual declara Don Alonso, de acuerdo con las Córtes, que los pueblos regidos en Valencia á fuero de Aragon, pudiesen tomar el valenciano en el término de tres meses, participando de todas las gracias, concesiones y privilegios que en aquellas mismas Córtes se habian concedido á los demás. Declara

ba tambien el rey, que no por negarse dichos pueblos á tomar el fuero valenciano, renunciaba él con las Córtes al derecho que tenia para obligarlos á observarle, cuando lo creyesen conveniente (4). Esta cuestion de uniformidad de fuero, que era causa de graves contiendas y discordias con los ricoshombres y caballeros poblados á fuero de Aragon, la sostenian principalmente los infantes Don Pedro y Don Ramon Berenguer. Para resolver y arreglar estas contiendas y disputas se nombró una comision de veinte y seis personas, trece de cada bando, pero no se llegó á resultado alguno definitivo; y aun continuó por mucho tiempo la desavenencia. El privilegio XXX de los de este rey, que está fechado en Valencia el 18 de las Kalendas de Febrero, trata del nombramiento de alcaldes para juzgar á los sarracenos de señorío; y en él se consigna que á la sazon estaban reunidas las Córtes.

Pero segun el privilegio XV debió cerrarse esta primera legislatura de 1329 por Febrero ó Marzo, pues en él consta que las Córtes volvieron à reunirse el 25 de Abril. Contiene dicho documento la confirmacion del fuero de union de los reinos y condados expresando, que en el dia de la fecha, se habian empezado á celebrar nuevamente las Córtes. (Die subscripta qua ipsam curiam incepimus celebrare). Reunidas continuaban el 10 de Mayo segun el privilegio XIII, porque en él dice D. Alfonso, que los concurrentes á ellas, le habian suplicado confirmase los fueros, y á renglon seguido consigna la confirmacion del juramento prestado. Indícanse además en este privilegio, las poblaciones del brazo real que asistieron á las Cortes y los nombres de los síndicos que las representaron, á saber: por Valencia, Raimundo Montaner, Berenguer de Ripoll, Bernardo de Nuez y Salvador Rich, jurados; Barto

(1) Sane cum altissimi gratia largiente in hac generali Curia quam celebramus regnicolis dicti regni, praelati, nobiles, milites, generosi, cives, etc. Datum in ecclessia majori beate Marie sedis civitatis Valentiae. IV Idus Januarii anno Domini MCCCXXIX.

lomé Matoses, Guillermo Mir, Pedro Calvet (jurisconsulto), Domingo de Claramonte (notario), Bartolomé Saranio, Pedro Arnaldo, Romeo Cortes, Pedro Lambert y Domingo Cendrellas, ciudadanos y síndicos; por Játiva, Jacobo Alfredo y Bernardo Sanchez; por Morella, Pedro Tornos y Pedro Ciudadela; por Murviedro, Bonafox de Villalobos y Bonafox de San Félix; por Algeciras, Pedro Iñiguez y Juan Galindo; por Castellon, Lorenzo Perez y Ponce Brusca; por Cullera, Pedro Conesa y Pedro Timor; por Liria, Bartolomé Urgel y Bartolomé La Tallada; por Onteniente, Berenguer March y Adan Castellar, y por Bocayrente, Jaime Vicente y Pedro Sanchez Desperandeu (1). Todos estos síndicos prestaron antes de ser oficialmente admitidos, el acostumbrado juramento, de no recibir gracia alguna del rey interin durasen las Córtes.

Tenemos, pues, que con una corta interrupcion, se hallaron reunidas las Córtes valencianas en 1329, desde principios de Enero, hasta Mayo, y que luego viene la cita de Zurita relativa á Junio. Los privilegios XXV, XXVI y XXVIII tienen todos la fecha de 22 de Octubre, y en los tres manifiesta el rey que á la sazon estaba celebrando Córtes á los valencianos: disponíase en el primero, la variacion del dia en que deberian elegirse los jurados de Valencia: derogábanse en el segundo, las cartas expedidas contra el fuero de Valencia, exceptuando los pueblos que se rigiesen por el aragonés; y en el tercero se trataba de la eleccion de cuatro jurisconsultos para aconsejar á los jueces y jurados de la ciudad.

El cuaderno de fueros tiene la misma fecha, y en él apareque á esta segunda legislatura asistieron, los infantes Don

(1) Premissis tamen negotiis actore domino feliciter expeditis generalem curiam in dicta civitate Valentiae, pro statu pacifico et tranquillo ejusdem civitatis et regni indiximus atque providimus celebrari. In qua quidem curia die subscripta convenientibus praelatis, etc.-Quae acta fuerunt in ecclessia cathedrali sedis Valentiae die celebrationis ipsius Curiae qua legebatur quinto Idus Madii anno Domini MCCCXXIX.

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