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interrumpida crueldad que hacia tantos años se ejercia con el conde de Urgel y las personas de su familia. Créese que estas Córtes de Tortosa se trasladaron á Cervera por Mayo de 1430 y que allí se disolvieron.

Algo reconciliado el rey con los catalanes, llamó las Córtes para Barcelona en Agosto de 1431, abriéndolas el 18, si bien la Academia dice el 26. Su discurso de apertura le grangeó muchas simpatías, por la moderacion y buenos deseos que en él manifestó. Decia entre otras cosas: «Y como los miembros dependan de la cabeza y deben tomar ejemplo de ella, Nos queremos empezar la justicia por Nos primeramente. Por tanto, si algunos se tienen por agraviados de Nos por inadvertencia, ó de nuestros ministros por ignorancia ó malicia, pues de Nos estamos ciertos que no hemos obrado con malicia y de ellos lo ignoramos, hasta que de otro modo estemos bien informados, en ta caso estamos prontos y os ofrecemos hacer justicia de Nos y de ellos, lo cual entendemos ejecutar tan cumplida y plenamente como no podriamos al presente explicar.>>

Se ven efectivamente algunas disposiciones en los trabajos legislativos de estas Córtes, dirigidas á consignar nuevamente los derechos de los nobles sobre los bienes de los villanos, y otras de interés general, principalmente relativas al modo de arbitrar y cobrar las rentas públicas. El cuaderno legal comprende veinticinco constituciones que versaban sobre los negocios de pupilos, viudas, pobres y otras personas miserables, que se hubiesen comenzado en el tribunal del rey, declarando quiénes y cómo deberian entender en ellos, cuando el monarca se ausentase del principado.-Reiteróse la pragmática de Don Pedro II acerca de los derechos de los señores sobre los bienes de los villanos que variaban de domicilio, añadiendo algunas otras disposiciones, sobre venta de inmuebles del villano, que no se podria hacer hasta pasado el año de su salida; y estableciendo notables diferencias entre los hombres que podian ó no rescatarse, y cuyos bienes deberian pasar al señor, en cuanto se ausentaban de su territorio y se negaban á volver. Cuando

1131.

1435.

fuese necesario poner en armas el principado de Cataluña conforme á los usages y constituciones, el rey no podria proceder contra los que faltasen, aunque fuesen sus feudatarios, sin citacion, conocimiento de causa y amplia defensa, á la que siguiese sentencia definitiva; y solo de este modo podria procederse á la ejecucion de la pena impuesta.Hiciéronse por último diez y ocho leyes, sobre conservacion de censales del general de Cataluña, poco importantes hoy para nosotros, aunque de interés para conocer uno de los principales recursos de las rentas públicas. Hállanse todas correlativamente en el libro VII, título X de las compilaciones impresas.

Las anteriores constituciones están fechadas en Barcelona el año 1432, lo cual supone hallarse á la sazon el rey en aquella ciudad. Así lo consignan Zurita, Feliú y casi todos los cronistas é historiadores, que fijan en este año el embarque del rey á la expedicion de Gerves; sin embargo, los dietarios de Barcelona dicen, que el 6 de Setiembre de 1434 se enarboló el estandarte real en dicha ciudad, embarcándose el rey; y parecen confirmarlo así, los anales de Sicilia, pues la pragmática El rito de Sicilia, vigente aun en aquella isla, está promulgada por el rey en 1431. De poca importancia es para nosotros la investigacion de esta pequeña diferencia de fechas, y solo nos toca consignar, que en los códigos, el cuaderno legal tiene la de 1432. Parece que estas Córtes duraron hasta 1434, á pesar de la ausencia del rey: esto al menos asegura la Academia, si bien no aduce el indispensable nombramiento de lugarteniente.

El 5 de Agosto de 1435, la escuadra genovesa consiguió un brillante triunfo sobre las armas aragonesas en las aguas del Ponza, quedando prisionero el rey Don Alfonso. Cuando la noticia llegó á Cataluña, la reina Doña María convocó Córtes generales de aragoneses, catalanes, valencianos y mallorquines para Monzon, y cuando todos los estados del reino se preparaban á los mayores sacrificios con objeto de salvar al rey, se supo haber recobrado la libertad por mediacion del duque de Milan. En esta reunion protestaron los estamentos que solo por

aquella vez, y en atencion á lo extraordinario de las circunstancias se allanaban á ser convocados por la reina, porque segun fuero nadie sino el rey podia celebrar Córtes.

Don Alfonso mandó desde Italia á su hermano Don Juan, rey de Navarra, como lugarteniente de Aragon y Valencia, dejando á la reina Doña María la lugartenencia de Cataluña. Resultado de esta medida política fué la disolucion de las Córtes generales de Monzon, y la convocatoria de particulares para los aragoneses en Alcañiz, los valencianos en Morella y los catalanes en Tortosa. Pero no parece que los últimos se reuniesen en dicho punto sino en Barcelona, donde segun Zurita se hallaban por Enero de 1437: acordándose la formacion de una 1437. escuadra destinada á resistir á los genoveses, siempre que el almirante fuese Don Bernardo de Cabrera, conde de Modica.

La guerra con Francia durante la ausencia del monarca, obligó á la lugarteniente Doña María á convocar las Córtes para Barcelona en 1438 y tratar de la defensa de Cataluña amena- 1438. zada por los franceses.

Tiénese además noticia de otras Córtes celebradas en Lérida

el año 1440 por la misma reina Doña María; así como de otras 1440. dos legislaturas en Uldecona, Tortosa y Barcelona, desde los años 4442 á 1448, dirigidas á pedir recursos con que auxiliar 1442 y 1448. al rey que se hallaba en las guerras de Italia. Todas fueron convocadas por la reina; pero á nosotros basta dar esta noticia, puesto que en ellas no aparecen hechos trabajos legislativos.

Las de 1450 á 1453 que se reunieron sucesivamente en 1550. Perpiñan, Villafranca del Panadés y Barcelona, tuvieron como siempre el objeto, de proporcionar recursos para la guerra que á la sazon habia declarado Don Alfonso á la república de Florencia. Pero ya el reino se habia cansado de hacer sacrificios completamente inútiles á la corona de Aragon, manifestándose á las claras la voluntad en el monarca, de que los países ganados con la sangre y tesoros de su reino, perteneciesen á un hijo bastardo. Hacia mas de veinte años que el rey no pisaba sus estados de Aragon, teniendo en el mayor abandono á su esposa

Doña María muy querida de los catalanes, y para nadie era un secreto, que la verdadera reina de Nápoles y del rey era Doña Lucrecia de Alanyó. No se atrevieron sin embargo las Córtes á una negativa terminante, y ofrecieron á Don Alonso para la guerra contra Florencia, la suma de cuatrocientos mil florines pagaderos á los dos meses despues que el rey se presentase en el principado, dándole conocimiento de esta resolucion por medio del abad de Ripoll Fray Beltran Samaso y el ciudadano Francisco Dezplá. Ya hemos visto que las Córtes de Zaragoza de 1451 ofrecieron tambien á Don Alonso una crecida cantidad con igual condicion. El rey no se presentó en los plazos marcados por las Córtes, y tanto Aragon como Cataluña se libraron de pagar las cantidades ofrecidas.

Las intrigas del lugarteniente Don Juan para comprometer al reino en sus desavenencias contra Castilla, aconsejaron á Don Alonso quitarle la lugartenencia de Aragon y Valencia, y darle la de Cataluña. Convocó Don Juan las Cortes para Bar1454. celona en Agosto de 1454 y las reunió en Octubre. Insistió allí nuevamente para que se hiciese efectiva la suma de los cuatrocientos mil florines ofrecida en la legislatura anterior; pero como no se habia cumplido la condicion impuesta, los catalanes insistieron á su vez en la negativa. Estas Córtes se prorogaron á consecuencia de los conflictos creados por los partidos políticos de la Biga y de la Busca, que se ingirieron en ellas con el pretexto de negar á los procuradores de Barcelona el derecho de asistencia, por ser al mismo tiempo conselleres.

Tanto por la circunstancia de hallarse ausente el rey, como por los conflictos que surgieron en el brazo de las universidades y que trajeron divididos á los tres estamentos, los trabajos de estas Córtes debieron ser muy escasos y no consta se hiciesen otras constituciones que las insertas en las compilaciones impresas, y fechadas en 1456.-Disponíase en ellas, que conforme á la declaracion hecha por el Concilio de Basilea, nadie, bajo pena de perpétuo destierro, se atreviese á predicar, dogmatizar, afirmar ó disputar públicamente, que la sacratisi

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ma Virgen María en su Santa Concepcion hubiese sido manchada con pecado original. El dia de San Jorge sería festivo en adelante, por los muchos beneficios que el reino de Aragon debia á este Santo, y su intervencion personal en las batallas de los aragoneses con los moros: Se reiteró la constitucion de Don Alfonso III en las Córtes de Montblanch, sobre el tiempo de la veda de caza.--Los vestidos de luto no deberian arrastrar por el suelo. Se legisló sobre salarios y derechos procesales, imponiendo penas á los contraventores. En lo sucesivo no podria desempeñar el oficio de alguacil quien no fuese noble, caballero, hombre de paratge, ciudadano ó burgués honrado. Se elevó á capítulo de corte la concordia hecha entre el cardenal Mormen, legado del Papa Nicolás V Y el rey Alonso, sobre las diferencias que habia con algunas iglesias del principado.

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Don

En cuanto á la conclusion de estas Córtes, últimas de Don Alonso V., la Academia opina debieron cerrarse en 17 de Marzo de 1458.

CORTES DE DON JUAN II.

A la muerte de Don Alonso V acaecida el 27 de Junio de 1458, se hallaba el rey Don Juan de Navarra en Tudela, de donde pasó inmediatamente á Zaragoza, siendo allí reconocido y jurado monarca por los estados de Aragon el 25 de Julio. 1458. Poco despues se trasladó á Barcelona el 22 de Noviembre, jurando el 29 del mismo en las Córtes allí reunidas. Así lo consigna Zurita: «<Entró el rey en la ciudad de Barcelona á veynte y dos del mes de Noviembre, adonde fué recibido con la fiesta y aparato real que se acostumbra recibir á los reyes en su nueva entrada: y en las Córtes que celebró en el principio de su reinado á los del principado de Cataluña, hizo el juramento que acostumbran los reyes: quando entran á reynar: con la solemnidad acostumbrada estando juntos los estados dél en la sala del palacio mayor, á veynte y nueve del mes de

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