Las bodas reales en Espana: El futuro de S.A. Historia, critica, legislacion, documentos

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T. Minuesa de los Rios, 1900 - 376 páginas

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Página 338 - Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra Firme del Mar Océano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán, Conde de Aspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona, Señor de Vizcaya y de Molina.
Página 341 - Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra firme del mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán; Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina &c.
Página 356 - Tierra-firme del mar Océano; Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante y de Milán; Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina &c.
Página 291 - El Rey, antes de contraer matrimonio, lo pondrá en conocimiento de las Cortes, á cuya aprobación se someterán los contratos y estipulaciones matrimoniales que deban ser objeto de una ley. Lo mismo se observará respecto del inmediato sucesor á la Corona.
Página 188 - Usando de la prerrogativa que me corresponde por el artículo 32 de la Constitución de la Monarquía, y de acuerdo con mi Consejo de ministros, vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1°.
Página 276 - Ni el Rey ni el inmediato sucesor pueden contraer matrimonio con persona que por la ley esté excluida de la sucesión á la Corona.
Página 239 - Fundado en estas consideraciones, el Ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto.
Página 267 - Infantas, y sus hijos y descendientes que sean subditos del Rey no podrán contraer matrimonio sin su consentimiento y el de las Cortes, bajo la pena de ser excluidos del llamamiento a la corona.
Página 333 - León, de Toledo, de Galicia , de Sevilla , de Córdoba , de Murcia , de Jaén , del Algarbe , de Algecira , é Señor de Vizcaya , é de Molina.
Página 261 - Consejo. 11 Mando asimismo, que se conserve en los Infantes y Grandes la costumbre y obligación de darme cuenta, y á los Reyes mis sucesores, de los contratos matrimoniales que intenten celebrar ellos ó sus hijos é inmediatos sucesores, para obtener mi Real aprobación: y si (lo que no es creible) omitiese alguno el cumplimiento de esta necesaria obligación, casándose sin Real permiso, así los contraventores como su descendencia, por este mero hecho, queden inhábiles para gozar los Títulos,...

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