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1824.

destila sangre.

Fernando, "violentando su natural sensibilidad,” como dice el decreto, determinó en 9 de Octubre: 1.° Que eran reos de lesa magestad, y queDecreto que daban condenados al patíbulo, los que se declarasen contra los derechos del rey ó á favor de la Constitucion. 2.° Que la misma pena de la vida se aplicase á los escritores de papeles ó pasquines que tendiesen á aquel objeto. 3.° Que se destinase á cuatro ó diez años de presidio á los que hablasen en sitios públicos contra la soberanía real, aunque nada resultase, y fuese efecto su dicho de una imaginacion ardiente y exaltada. 4.° Que la pena capital comprendia tambien á los que procurasen seducir á otro para levantar una partida. 5.0 Que eran reos de lesa magestad, y deudores de su sangre, los que promoviesen alborotos dirigidos á cambiar la forma de gobierno; mas si el tumulto nacia de otra causa, de dos hasta cuatro años de presidio. 6.° Que la embriaguez no era obstáculo. 7.° Que la fuerza de las pruebas en favor ó en contra del acusado, se dejaba á la prudencia é imparcialidad de los jueces. 8.° Que el grito de muera el rey se castigase con la muerte. 9.° Que los masones y comuneros subiesen igualmente al cadalso, escepto los marcados en la orden del 1.° de Octubre, esto es, los espontaneados. 10.° Que ante las comisiones militares no valian fueros. 11.° Que se castigase con el último suplicio á los que gritasen viva la Constitucion: mueran los (Ap. lib. 12. serviles: mueran los tiranos: viva la libertad (*). núm. 16.)

Pasmados de su propia crueldad los autores de este bárbaro decreto, y temerosos de revelar á la Europa la cruenta sed que atosigaba su corazon, no lo insertaron en la Gaceta del gobierno, pero fijáronlo en las plazas públicas, y lo que es peor, lo tiñeron con sangre inocente. Abrióse una nueva era de barbarie: vaciáronse los

calobazos y llenáronse los sepulcros: el dogal del verdugo ahogó las maldiciones al despotismo: en el recinto mas escondido de su casa temblaba el ciudadano de que una frase oscura, una mirada, un gesto, un movimiento de los labios fuese mal interpretado por los espías secretos de la policía, y en pocas horas le llevasen atraillado al suplicio. Las pruebas legales que garantizan la existencia del inocente se dejaban en el artículo séptimo al arbitrio de los jueces, no en su justo precio, sancionando asi con la real aprobacion lós asesinatos jurídicos; y en el undécimo, por primera vez en el mundo se hacia la apología de los tiranos gloriándose de serlo el príncipe, puesto que castigaba con la muerte á los que no amaban la tiranía. En una circular reservada de 4 del mismo Octubre el superintendente de policía mandó á los encargados del ramo en las provincias, que para clasificar á los sospechosos formasen dos estados, uno de hombres, y otro de mugeres, de todas las personas que en su distrito tuviesen alguna de estas notas, de cualquier edad, sexo ó condicion que fuesen: 1.3 Adicto al sistema constitucional. 2.a Voluntario nacional de caballería ó infantería. 3. Individuo de una compañía ó batallon sagrado. 4. Reputado por mason. 5. Tenido por comunero. 6.a Liberal exaltado ó moderado. 7. Comprador de bienes nacionales. 8. Secularizado. Este catálogo, que comprendia miles y miles de individuos, sirvió desde entonces á la junta secreta de Estado y á la policía para vigilar á los inscritos, prenderlos con el menor pretesto, y entregarlos á las comisiones militares para que á su voluntad los inmolasen á la venganza. Fáltanos referir dos hechos que pintarán mejor que nuestras palabras la energía del pais y las opiniones del gobierno. Los oficiales

a

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1824.

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franceses usaban una especie de gorras que tomaron el nombre de cachuchas, y el 14 de Octubre, dia destinado en Santander para la bendicion de la bandera de los realistas, presentáronse en las calles varios paisanos con cachuchas. Al momento arrojáronse sobre ellos los voluntarios, despedazaron las gorras, hirieron y apalearon á los indefensos, y la fiesta se convirtió en una pelea, donde los verdugos saciaron su rabia en los indefensos ciudadanos; y el ministerio, en vez de castigar á los apaleadores, aprobó su conducta tácitamente prohibiendo en 2 de Enero siguiente el uso de las caProhibicion chuchas en todo el reino.

de gorras.

Valíanse los frailes del púlpito y del confesonario, no solo para enconar y dirigir las rencorosas pasiones del vulgo, sino tambien para aterrar á los liberales tímidos, á quienes perseguian con el anatema divino. Entre cien casos que recordamos con amargura, daremos la preferencia al energúmeno ecónomo de la villa de Blanes en Cataluña, que estando moribundo un vecino que habia sido El diablo en miliciano voluntario se disfrazó de demonio, y presentándose al desgraciado en las agonías de la muerte, emponzoñó sus últimos instantes anunciándole que iba á tragárselo el infierno. Divulgado el caso por todo el Principado, el ecónomo dió á luz un escrito en los papeles públicos de Barcelona vindicándose y desmintiendo el hecho; mas sabemos por personas dignas de fé la verdad de

Blanes.

nuestro relato.

En medio de su omnipotencia, Fernando no era feliz; porque el cielo es justo, y cuando la virtud no presta al alma su tranquilidad, su dulce contentamiento, nacen las espinas del desasosiego, de los recelos, del hastío, y muertos el amor y los suaves sentimientos que embalsaman la existencia, desaparece poco á poco la ventura. Sembró

Dios en el corazon del hombre un grano de felicidad que solo crece con el rocío de la virtud, se marchita con el calor de ardientes pasiones, y se seca abrasado por el vicio. Fernando, aislado, sin cariño á su familia, y reconcentrando sus pensamientos en el frio egoismo de vivir y mandar, no gozaba las dulzuras de la sociedad. Sus males fisicos se agravaban; un nuevo ataque de gota en pies y manos le atormentó á mediados de Noviembre; y su vida, trabajada por los padecimientos y por la imaginacion, no debia ser larga.

El príncipe Maximiliano de Sajonia, padre de la reina, y su hija Amalia, llegaron el 3 de Diciembre á San Lorenzo, siendo recibidos por los reyes: el 13 entraron en Madrid todos juntos en medio del estruendo de los realistas y de las inanolas, que los saludaron con sus panderos. Al otro dia las tropas y los voluntarios desfilaron por delante del palacio, en cuyos balcones se descubria á los reyes, á sus augustos huéspedes, y á los infantes. Acompañado de SS. MM. visitó el de Sajonia los establecimientos públicos de Madrid, la Academia de San Fernando, las pinturas, esculturas, Historia Natural, y cuanto hay digno de examen en la capital de la monarquía, distinguiéndose principalmente en los templos, y dando pruebas repetidas de su exaltado celo por la religion y por el despotismo. Asi acabó entre las lágrimas del esclavizado pueblo y los regocijos de la familia real el año 1824, en el que tan funesto signo lució para España, y cuya fúnebre memoria conservará la posteridad, compadecida de los que entonces presenciamos sus tragedias.

Las tropas francesas que ocupaban España quedaron reducidas desde 1.0 de Enero de 1825, en virtud de un nuevo convenio, á veinte y dos mil hombres, que guarnecian las plazas de Cádiz,

1824.

Maximiliano de Sajonia en Madrid.

1825.

isla de Leon, Barcelona, San Sebastian, Pamplona, Jaca, la Seo de Urgél y Figueras: por una adicion al tratado recibieron todavía mayor aumento. El nuevo monarca de Francia, Carlos X, abrió por vez primera las Cámaras, ofreciendo solemnemente el cumplimiento de los deberes que le imponia el código de las leyes políticas cuya observancia habia jurado: sin duda presentía desde entonces su corazon que al quebrantarlas se despeñaria del alto asiento que ocupaba. En Nápoles descendió al sepulcro en 4 de Enero Fernando I, que en los pasados disturbios habia sembrado el terror y las proscripciones por todo el reino; no apareció su hijo mas humano en su advenimiento al trono.

Las comisiones militares, imitando á los tribunales de salud pública de la sangrienta revolucion de Francia, no dejaban enfriar el suelo de los calabozos, pues aun conservaba el calor del desgraciado que salia para los presidios africanos ó para el suplicio, cuando nuevos presos ocupaban el lugar del condenado. Despues de muchos meses de carcel, y cediendo las mas veces al esplendor del oro, solian declarar la inocencia de los presos, que brillaba tan pura, que ni una leve mancha encontraban para empañarla; y al observar el inmenso nú mero de los que en las sentencias dadas á luz en los papeles públicos son pregonados inocentes, gime el corazon compadecido de sus no merecidos martirios. Para muestra de lo puro que debian considerar aquellos verdugos la conciencia del acusado para proclamarle libre de la delacion citaremos á Manuel Escalera, sargento indefinido, á quien la Sentencias de comision ejecutiva de Murcia sentenció á dos años las comisiones de presidio por espresiones ambiguas, dice la Gaceta. El jóven José Rodriguez, que frisaba en los 19 años, granadero del regimiento de Borbon, por haber elogiado simplemente el código de 1812,

militares.

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