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Zappiro. El conde Torremuzquiz, cano del Consejo de Indias. = El coronel José María Bonicelli. El teniente general Luis Alejandro Bassecourt.= El coronel José Villamil. — El oficial de la secretaría de Guerra Manuel de Ubiria. El coronel José María Beza. = El oficial de la secretaría de Guerra Manuel Sapz. El brigadier Luis Antonio de Rueda. El oficial de la secretaría de Guerra Luis José de Urbistondo. = Ignacio Omulrian, ministro de Indias. El oficial de la secretaría de la Guerra Francisco Franco. = Maestro Fr. Albito Villar, abad y cura de San Martin de Madrid. El marques de las Hormazas, consejero de Estado. = Rafael Morant, oficial de la secretaría del despacho de Hacienda. = El secretario del rey nuestro sefor Santiago Gomez de Negrete, &c., &c., &c. = Siguen muchas firmas mas.

Núm. 10. Copiaremos algunos párrafos de la esposicion del conde de Cartagena al duque de Angulema.

«Serenisimo señor. El deseo de ser útil á mi patria, único móvil de mis acciones, me obliga á tomarme_la libertad de dirigirme á V. A. R. Las adjuntas copias de mis proclamas y de mi correspondencia con el teniente general Bourk instruirán á V. A. R. de los motivos que he tenido para separarme del gobierno de Sevilla y unirme á las tropas francesas, como tambien de las condiciones que he puesto, y que me han sido concedidas, conforme á las promesas que V. A. R. ha hecho á los españoles. Ruego á V. A. R. que tome en consideracion los documentos citados, y me concretaría á formar su estracto sino creyese conveniente que V. A. R. los lea integros para que se forme una idea exacta de mi posicion.>> el

«Estoy enteramente unido con general Bourk, y le he ofrecido todos los esfuerzos posibles por mi parte y por parte de las tropas que estan bajo mis órdenes para obtener la libertad del rey y la completa pacificacion del pais. Los socorros que puedo prestar al ejército francés, aunque menores de lo que desco, son de alguna importancia, porque podré contener los pueblos en los límites del orden Y evitar muchos males. Mi conducta siempre franca y leal, y el interes que constantemente he manifestado á sus habitantes, me han procurado cierto crédito que em

plearé desde luego en provecho de estas provincias. Jamas hablaria de mí en estos términos á V. A. R. si no creyese que cuando se trata del bien público no debe callarse cosa alguna.»

« Mientras que las tropas que man-` do trabajaban en poner un término á los males de la guerra y en contribuir tanto cuanto les era posible á la libertad del rey, por la que suspiran todos los buenos españoles, se nos ha dado el título de revolucionarios en un escrito publicado en Madrid, y no se nos hubiera prodigado esta injuria sin el consentimiento del gobierno, puesto que la Gaceta está sujeta á su censura. Presumo, serenisimo señor, que me han tratado con tanta ligereza de revolucionario porque en vez de conciliar los espíritus y de atraerlos se procura exasperarlos; porque no me he dirigido directamente á la regencia de Madrid. Esto me obliga á hablar francamente á V. A. R. de los motivos que he tenido, y que todavía tengo, para no entenderme con la regencia de Madrid.»

«Este gobierno no ha correspondido, á mi entender, á las esperanzas de V. A. R.; y los españoles que piensan, que desean la estabilidad del trono, la prosperidad del pueblo, no encuentran en su marcha ni la firmeza ni la decision que podrian salvarnos. En cuanto á sus decretos, puede decirse que no ha dado uno solo fundado en los verdaderos principios de conciliacion; podemos considerarlos mas como las reglas que se impone un partido triunfante, que como las que deben seguirse para conseguir la union y la paz. Si atendemos á los hechos hallaremos una apariencia aun menos favorable por lo que mira á la capacidad del gobierno actual. Por todas partes se oye hablar de desórdenes de encarcelamientos arbitrarios, de insultos permitidos al pueblo, de exacciones violentas: en fin, se olvida el respeto debido á las leyes, y la anarquía no cesa de afligir á la desventurada España.»

«Este cuadro no está exagerado, serenísimo señor; y los hombres mas sensatos de todas las provincias se desesperan al ver las riendas del gobierno flotantes, las autoridades procediendo una arbitrariedad escandalosa, y el populacho desencadenado, halagado en vez de ser reprimido; al ver, en fin, que no se observan las leyes. » «Tal es la verdadera situacion de

con

muchas provincias; y no creo que ni las felicitaciones recibidas por la regencia, ni los regocijos desordenados de las poblaciones á la entrada de las tropas francesas ó de los realistas españoles, causen ilusion á algunos hasta el punto de persuadirse que no queda otra cosa que desear, y que la marcha del gobierno es buena y acertada. Mientras que el populacho recorre las calles despedaza las lápidas de la Constitucion, insultando á cada paso á las personas mas respetables, profiriendo gritos furiosos de muera y entonando canciones de sangre y de desolacion, los hombres de bien lloran amargamente sobre la suerte de un pais cuyo destino parece ser el caer siempre en las manos de gobernantes que le arrojan de estremo en estremo. Los españoles ilustrados y celosos del honor de su patria conciben muy bien que existen ciertos momentos en que no se puede reprimir á la muchedumbre; pero qué juicio deberán formarse del estado de los negocios cuando estos momentos que deberian ser pasageros se prolongan semanas y nieses enteros? >>

«Pues los hombres que esperimentan ahora tanto disgusto son precisamente los que han derribado al gobierno anterior. Sí, serenísimo señor, no cabe duda alguna. Las Cortes, despojando á los propietarios de sus bienes, distribuyendo los del clero secular y regular, predicando y tolerando el desorden, hubieran arrastrado á la muchedumbre, , y V. A. R. hubiera encontrado sobre los Pirineos numerosos ejércitos de patriotas que se hubieran formado, como aconteció en Francia en iguales circunstancias; porque el pueblo español no es ni menos ilustrado ni menos afecto á su pais que lo era el pueblo francés en la época de 1789. Mas los hombres de luces de probidad, amaestrados por la revolucion francesa, han opuesto un dique al torrente de la anarquía: el resultado de sus esfuerzos no ha sido rápido, pero sí seguro han conseguido formar esa opinion que ha desacreditado completamente á la demagogia, que ha sido causa de que ni el estímulo del desorden ni el imperio del terror hayan podido armar al pueblo en defensa de la Constitucion. Ahora solo se presta oidos á la voz confusa de la multitud; pero la calma sucederá á la efervescencia, y la verdadera opinion ocupará su lu

gar; y entonces, ¡desgraciados de nosotros si el gobierno no la ha consultado!»>

Núm. 11. CARTA DIRIGIDA POR EL

GENERAL MORILLO DESDE LUGO CON FE-
CHA 28 DE JUNIO DE 1823 al general
QUIROGA.

Mi querido Quiroga. - Has hecho una locura impidiendo el paso al oficial que de mi orden conducia pliegos para las autoridades de la Coruña, en que les participa ba las ocurrencias acaccidas en esta ciudad en el dia 26 del corriente, y permitiendo que las personas que te acompañan alteren los sucesos y pinten mi conducta como la de un traidor á mi patria. Tú sabes bien, pues que lo has presenciado, que mi de claracion de no reconocer la regencia, que con despojo de la autoridad del rey se ha formado en Sevilla en 11 de este mes, procede de los mismos principios que me obligaron á aceptar el mando de este ejército, decidido á emplear todo género de sacrificios para repeler la invasion estrangera y defender la Constitucion política de la monarquía. He visto atacada esta en los fundamentos que la sostienen, y no puedo reconocer un acto que detestan los pueblos y la tropa. Tú has sido testigo de la opinion que generalmente han emitido las diferentes personas que he reunido para proceder con acierto en asunto tan delicado.

Tú mismo, conviniendo en los principios que los dirigieron, y dudando únicamente de la autenticidad del papel que ha servido á todos para persuadirse del hecho, y de las noticias que por separado lo confirmaban, solo reconociste la regencia condicionalmente. Convencido de todo te has decidido á poner en seguridad tu persona, y me pediste con este objeto auxilios, que te facilité gustosamente, quedándome el sentimiento de que el estado de los fondos, que solo ascendian á 70,000 reales, no me permitiese franquearte mas que 40,000, aunque te prometí librar á tu favor en lo sucesivo, de mi propio caudal, mayor cantidad. ¿Qué es pues lo que esperas? ¿ Cometerás la bajeza de ser tú el traidor á las promesas que has hecho voluntariamente á tu salida, sin que yo las exigiese de tí, y añadirás á esta mancha sobre tu honor la de mancillar el mio, permitiendo las falsas

noticias que los que te acompañan procuran esparcir acerca de mi conducta? Tengo formado tal juicio de tu honradez que me decido á descansar en ella, prometiéndome que abrazarás el único partido que te queda, reconociendo el estravío á que te han conducido. El que en la Isla dió de buena fé el grito de libertad no podrá nunca dejar de proponerse, como único objeto de todos sus esfuerzos, la felicidad de su patria; y tú, nacido ademas en la hermosa Galicia, estás dispuesto seguramente á sacrificar tus opiniones y tu vida por librarla de los males que la amenazan. Los franceses parece que ya invadieron á Asturias, y que el 24 de este mes se hallaban en Oviedo. Numerosas fuerzas se reunen sobre Leon, y la invasion de Galicia puede temerse como muy pró xima. En este estado de cosas me habia propuesto resistir esforzadamente la invasion, si los franceses no acceden á la proposicion que hice al general Bourk para suspender las hostilidades y conseguir despues un armisticio, durante el cual debe quedar Galicia y las demas provincias libres, de la comprension del ejército de mi mando, gobernadas por las autoridades constitucionales, esperando tranquilas el momonto feliz en que el rey y la nacion adopten la forma de gobierno que mas convenga. ¿Pero cómo podré resistir la invasion si te esfuerzas á dividir la opinion de la fuerza con que debo contar? Reflexiona los males á que te precipita la inconsideracion de los que te rodean; repara que no llevan por objeto el bien público ni tus glorias, y que en su demencia te conducen á clavar el puñal en el corazon de la misma patria que tanto amas.

Mi amistad hácia tí, y el reconocimiento de la que tú mismo siempre me has manifestado, no puede contentarse con solo consejos, y me pone en el deber de ofrecerte cuantos auxilios esten á mi alcance para la seguridad de tu persona. Créeme, Quiroga, tus impotentes esfuerzos solo producirán conmociones populares, obligando á estos á que para su auxilio invoquen el ejér

cito invasor, y que éste entonces estará dando la ley á unas provincias cuya tranquilidad me propongo conservar. Decidete pues separar de tu lado á los que te aconsejan tan imprudentemente, cumple las promesas que de tu propia voluntad has hecho, sigue dando á tu triste patria pruebas de que la amas, y cuenta siempre con la amistad franca y sincera de tu amigo Q. L. T. M. El conde de Cartagena. Excmo. señor don Antonio Quiroga. Miraflores ya citado, tomo 3.o, pág. 303 y 304.

Núm. 12. El vizconde de Chateaubriand en el Congreso de Verona, guerra de España &c.

Núm. 13. Diputados que acudieron á esta memorable sesion. = Gener, Isturiz, Soria, Llorente, Valdés, Velasco, Buruaga, Muro, Canga, Navarro Tegeiro, Moure, Rico, Surrá, Alvear, Argüelles, Cuadra, Alava, Rojo, Valdés, Bustos, Alvarez (don Elías), Murfi, duque del Parque, Beltran de Lis, Reillo, Gil Orduña, Vaigues, Villanueva, Busaña, Trujillo, Lillo, Nuñez Falcon, Seoane, Roset, Adanero, Montesinos, Sierra, Silva, Belmonte, Vizmanos, Domenech, Neira, Garmendia, Ojero, Soberon, Moreno, Blake, Pedralvez, Rey, Taboada, Bauzá, Torres, Herrera Bustamante, Saravia, Fernandez Cid, Alix, Zulueta, Saavedra, Galiano, Serrano, Gonzalez AlonSO Salvato, Marau, Sotos, Tomas, Buey, Adam, Calderon, Gomez (don Manuel), Posada, Santafé, Luque, Meca, Torre, Alfonso, Bartolomé, Sequera, Sedeño, Abreu, Garoz, Oliver, Ruiz de la Vega, Atienza, Gonzalez Aguirre, Nuñez (don Toribio), Munarriz, Escudero, Salvá, Septien, Melendez, Varela, Gonzalez (don Manuel), Rodriguez Paterna, Larrea, Lagasca, Villavieja, Ramirez Arellano, Castejon, Benito, Lopez del Baño, Aillon, Pacheco, Santos Suarez, Ovalle, Belda, Quiñones, Gisbert, Lopez Cuevas, Gimenez Valdés (don Cayetano).

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LIBRO DUODECIMO.

Número 1. Don Gabriel Ciscar es autor de varias obras de matemáticas y de un poema sobre la náutica. Hemos visto una representacion suya al rey en los amargos dias de su desgracia llena de energía y de dignidad, en que hace mérito de varias circunstancias que, hemos referido en el texto.

Núm. 2. Congreso de Verona &c.

Núm. 3. Essai historique sur la revolution d'Espagne et sur la intervention de 1823, par M. le Vicomte de Martignac. Tomo 1.° París, 1823. Pági

na 127.

Núm. 4. Véase la tantas veces citada obra de Chateaubriand, Congreso de Verona, tomo 2.°

Núm. 5. Esposicion que de su puño letra escribió don Rafael del Riego la víspera de sufrir el último suplicio, y de que por orden del rey se ha sacado un fac símile.

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Yo, don Rafael del Riego, preso y estando en la capilla de la real carcel de corte, hallándome en mi cabal juicio, memoria, entendimiento y voluntad, cual su Divina Magestad se ha servido darme, creyendo, como firmemente creo todos los misterios de nuestra santa fé propuestos por nuestra madre la Iglesia, en cuyo seno deseo morir, movido imperiosamente de los avisos de mi conciencia, que por espacio de mas de quince dias han obrado vivamente en mi interior; antes de separarme de mis semejantes, quiero manifestar á todas las partes donde haya podido llegar mi memoria, que muero resignado en las disposiciones de la soberana Providencia, cuya justicia adoro y venero, pues conozco los delitos que me hacen merecedor de la muerte. »

<< Asimismo publico el sentimiento que me asiste por la parte que he tenido en el sistema llamado sistema constitucional, en la revolucion y en sus fatales consecuencias; por todo lo cual asi como he pedido y pido perdon á Dios de todos mis crímines, igualmen

te imploro la clemencia de mi santa religion, de mi rey y de todos los pueblos é individuos de la nacion á quienes haya ofendido en vida, honra y hacienda, suplicando, como suplico, á la Iglesia, al trono y á todos los españoles, no se acuerden tanto de mis escesos como de esta esposicion sucinta y verdadera, que por las circunstancias aun no corresponde á mis deseos, con los cuales solicito por último los auxilios de la caridad española para mi alma.»

>> Esta manifestacion que hago de mi libre y espontánea voluntad, es mi deseo que por la superioridad de la sala de señores alcaldes de la real Casa y Corte de S. M. se le dé la publicidad necesaria, y al efecto la escribo de mi puño y letra, y la firmo ante el pre

sente escribano de S. M. en la real carcel de corte y capilla de sentenciados á las 8 de la noche del dia 6 de Noviembre de 1823. Sistema entre lineas valga. Rafael del Ricgo. Presente fuí de orden verbal del señor gobernador de la sala. = Julian García Huerta.»

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Gaceta de Madrid de 27 de Diciembre de 1823.

Núm. 6. En la Gaceta de Madrid de 1.o de Noviembre de 1823 se lee lo siguiente: «El ayuntamiento de Sevilla ha nombrado una diputacion de su seno para que acompañe á SS. MM. y AA. hasta la corte; y proveerá á cuantas urgencias, necesidades, gustos ó deseos puedan tener el rey y su familia. S. M. le ha concedido el permiso de que continúe y se presente todos los dias, como han suplicado los comisionados.»

Núm. 7. Véanse las Pastorales de don Simon Lopez de 16 de Octubre de 1825 de Enguera, de 3 de Agosto de 1826 de Puzol.

Núm. 8. Bando de 3 de Abril de 1824, del superintendente general de policía don José Manuel de Arjona.

« La policía está segura de penetrar en las guaridas del crimen y arrancar

alli á los discolos la máscara con que se ocultan. Entre las maquinaciones de estos dias, se distingue una por su perfidia y por su estupidez. Consiste en dirigir circulares á los comandantes de voluntarios realistas de las provincias, insertándoles una pretendida real orden en que se asegura que la voluntad del rey nuestro señor es que los voluntarios resistan la ejecucion del reglamento de estos cuerpos aprobado por S. M. En dicha circular se calumnia al rey nuestro señor, á nuestros beneméritos aliados los franceses, y por último al general comandante de los voluntarios realistas de Madrid, cuyo firma suplantada se estampa al pie de la circular. »

Núm. 9. El manifiesto del general don José Aymerich, coronel de los voluntarios realistas de Madrid, concluía de este modo: «Asi os lo afirma decidido á sacrificarse por nuestro idolatrado Fernando, rey absoluto, y su augusta real familia, como lo exige felizmente la religion que profesamos, identificada con la soberanía de S. M. y nuestra unánime voluntad, que es la de toda la monarquía.»

Núm. 10. El artículo nono del decreto de 21 de Julio sobre purificacion de Universidades, decia asi:

Articulo 9. Serán admitidos en las Universidades y demas establecimientos literarios, prévio el juicio de purificacion ante las mismas juntas que quedan establecidas para los catedráticos, los estudiantes que hubiesen sido milicianos nacionales voluntarios; debiendo tener presente aquellas la época del alistamiento, para apurar si son de los que fueron conducidos por la fogosidad y la vehemencia con que generalmente abrazaron, estendieron y apoyaron las ideas revolucionarias, ó de los que solo se alistaron por la indiscrecion de su edad, ó por disfrutar de los beneficios que se les concedian en los sorteos; pero aun en el caso de quedar habilitados para continuar su carrera, serán muy celados por sus catedráticos y demas superiores académicos.

Núm. 11. Los que duden del hecho hallarán el decreto en la Gaceta de Madrid de 1.° de Febrero de 1825.

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Núm. 12.

DECRETO DE amnistia. Artículo 1.° Concedo indulto y perdon general, con relevacion de las penas corporales ó pecuniarias en que hayan podido incurrir, á todas y cada una de de las personas que desde principios del año 1820 hasta el dia i.° de Octubre de 1823, en que fuí reintegrado en la plenitud de los derechos de mi legitima soberanía, hayan tenido parte en los disturbios, escesos desórdenes ocurridos en estos reinos con el objeto de sostener y conservar la pretendida Constitucion política de la monarquía, con tal que no sean de los que se mencionan en el artículo siguiente.

Articulo 2.° Quedan eseeptuados de este indulto y perdon, y por consiguiente deberán ser oidos, juzgados y sentenciados con arreglo á las leyes, los comprendidos en alguna de las clases que á continuacion se espresan.

I. a Los autores principales de las rebeliones militares de las Cabezas, de la isla de Leon, Coruña, Zaragoza, Oviedo y Barcelona, donde se proclamó la Constitucion de Cádiz antes de haberse recibido el real decreto de 7 de Marzo de 1820, como tambien los gefes civiles y militares que continuaron mandando á los sublevados, ó tomaron el mando de ellos con el objeto de trastornar las leyes fundamentales del rcino.

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