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raquemada.-El licenciado Escobar Villarroel.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 30 DE AGOSTO DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, en treinta de agosto de seiscientos y diez y siete, se juntaron á cabildo la Justicia y Regimiento desta ciudad para tratar de cosas convinientes al servicio de Dios y su república; y lo que se acordó es lo siguiente.

ADMINISTRADOR DE RAPEL GASPAR DE RIBERO.-En este cabildo paresció Gaspar de Ribero y presentó ante Su Señoría un título de su señoría del gobernador deste reino licenciado Fernando Talaverano Gallegos, por el cual le nombra por administrador de el pueblo de Rapel y sus anejos; y pidió ser recibido.

Y visto por Su Señoría, le hubieron por recibido, dando las fianzas que se le manda.

JURAMENTO.-El cual juró por Dios y la cruz, en forma de derecho, de usar el dicho oficio á todo su saber y entender, y tendrá libro de cuenta y razón y la dará cada y cuando que le fuere mandado, y pagará todo aquello que le fuere mandado, y defenderá á los indios como debe y es obligado y todo lo que tiene obligación; y se le mandó dé fianzas á contento de el protetor; con lo cual quedó recibido; y lo firmaron de sus nombres los que se hallaron en él; y su fecha del dicho título es en la Concepción, á cuatro de agosto deste presente año.-Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 1.0 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, á primero día de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y diez y siete años, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

PESOS EN EL PUERTO.-En este cabildo se leyó una petición, entre otras, del procurador general de la ciudad, acerca de lo que tiene pedido en razón de el peso que se debe poner en el puerto para lo que se ha de entregar y recibir en él y los de esta ciudad, por el engaño

que hay en las romanas y falsedad de ellas; y habiendo tratado sobre ello y la necesidad que esta ciudad tiene de propios, y habiendo tratado sobre lo susodicho, concedieron licencia al procurador de esta ciudad para que mande hacer el peso de balanzas y que se ponga en el dicho puerto para propios de esta ciudad, y que de cada seis arrobas que pesaren pague medio real el dueño de la dicha carga que así pesaren, y ninguna persona reciba ni entregue con romana, so pena de perdida la romana y de diez pesos de plata aplicados para los dichos propios y denunciador; y en lo que toca á la ropa que viene de Lima, pague la mitad el dueño y la otra mitad el carretero, por el interés que se le sigue, y que las pesas sean de hierro y selladas por el contraste.

Y con esto se acabó el cabildo, y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Antonio de Azoca.Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Don Diego González Montero.-Blas Pérez Desquivias.—Ante mí.—Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

ADMINISTRACIÓN DE LLUPEO Y PELVÍN EN RODRIGO HERNÁNDEZ.-En la ciudad de Santiago de Chille, en seis días del mes de septiembre de mill y seiscientos y diez y siete, estando la Justicia y Regimiento desta ciudad en su cabildo, en su lugar acostumbrado, paresció Rodrigo Hernández y presentó un título en que su señoría del Gobernador deste reino le nombra por administrador de Llupeo y Pelvín y sus anejos, su fecha en primero de agosto de seiscientos y diez y siete; y pidió ser recibido.

FIANZA Y JURAMENTO.-El cual ofreció fiador y juró por Dios y la cruz, en forma de derecho, de usar el dicho oficio á su saber y entender, y tener libro de cuenta y razón de los bienes que en su poder entraren de los dichos bienes, y dará cuenta con pago dellos y hará todo aquello que debe y es obligado, procurando el bien y aumento de los bienes (sic) y sus haciendas, y está presto de dar residencia cada y cuando que le fuere mandado; y á la conclusión del juramento, dijo: sí, juro, y amén.

RECIBIMIENTO.-Y Su Señoría le recibió, visto el dicho título, y que dé fianza á contento del protetor de los naturales.

Con lo cual fue recibido y Su Señoría lo firmó de su nombre.

Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Rodrigo Hernández.-Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, en once días del mes de septiembre del año de mill y seiscientos y diez y siete, se juntaron á su cabildo y ayuntamiento la Justicia y Regimiento desta ciudad de Santiago, como lo han de uso y costumbre, al bien y pro desta ciudad; y lo que se acordó fué lo siguiente.

COPITÁN DE INFANTERÍA DIEGO RUIZ.-En este cabildo paresció Diego Ruiz é hizo presentación ante su señoría del dicho Cabildo [de] un título de capitán de infantería de que está haciendo leva y levantando el capitán San Joán de Ondarza, despachado por su señoría del sefor gobernador deste reino licenciado Talaverano Gallegos, su fecha en la Concepción, á veinte y dos de agosto deste presente año, de que pidió ser recibido, según y como su señoría de el dicho Gobernador lo manda.

Y habiéndose leído por mí el escribano, questaba sellado, porque pidió sea recibido al uso del dicho oficio; y habiendo tratado sobre ello, por constar haber despachado su señoría de el dicho señor Gobernador la dicha patente con siniestra relación que se le hizo, por no estar el dicho San Juan de Ondarza impedido sinó dispuesto á ir con su compañía á servir á S. M., mandaron suspender el dicho recibimiento hasta que Su Señoría sea avisado y mande lo que se ha de hacer, y, si quisiere, se le dé por testimonio, y que las causas que Su Señoría da por cartas es haberse casado el dicho San Juan de Ondarza, no siendo ansí.

Fecho ut supra.

FIEL EJECUTOR.-En este día se entregó la vara de fiel ejecutor al sargento mayor Hernando de Castroverde Valiente, á quien se nombró por fiel ejecutor, é hizo el juramento en forma.-Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Antonio de Azoca. -Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Don Diego Xaraquemada.-Hernando de Castroverde Valiente.-Aute mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

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CABILDO DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, á quince de septiembre de mill y seiscientos y diez y siete años, en viernes, la Justicia y Regimiento desta dicha ciudad se juntaron en su cabildo, como lo tienen de costumbre, y trataron y acordaron lo siguiente.

SOBRE EL HERIDO DE MOLINO.-Habiendo visto lo pedido por el general Juan de Ugalde sobre el herido de molino de que le estaba fecha merced, á que se le había puesto contradición por parte de el hospital real y que se vino desistiendo por la utilidad que dijo se seguía á la ciudad y poco daño al hospital, sin embargo de la contradición de Alonso Bueso, Su Señoría confirmaron la dicha merced al dicho general Juan de Ugalde para que use de ella libremente, agora y perpetuamente, de que, siendo nescesario, se la hacen de nuevo, y se le dé testimonio por título en la forma ordinaria.

Y con esto se acabó el dicho cabildo, y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi.-Joún de Azoca.-Santiago de Uriona.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-Don Diego González Montero.-Hernando de Castroverde Valiente.-Ante mi.-Diego Rutal, escribano público.

CABILDO DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, á veinte y dos días del mes de septiembre de mill y seiscientos y diez y siete, en viernes, la Justicia é Regimiento desta dicha ciudad se juntaron en su cabildo, como lo tienen de costumbre, y trataron y acordaron lo siguiente.

AUSENCIA DEL CORREGIDOR.-En este cabildo se halló el general Juan Pérez de Urasandi, corregidor é justicia mayor de esta ciudad, é informó cómo hacía ausencia della, despidiéndose; é pidió le admitiesen por su teniente al licenciado Andres de Toro Mazote, á quien tie ne nombrado y lo ha sido otras veces.

Y su señoría del dicho Justicia y Regimiento le hubieron por nonbrado al dicho Licenciado Toro y admitieron por teniente de corregidor é justicia mayor desta dicha ciudad en lugar del dicho general y corregidor, en el entretanto que dura su ausencia, para que adminis tre el dicho cargo como puede y debe en justicia y gobierno y para ello alce vara de justicia, usando del título que le está dado debajo de la solemnidad de juramento que tiene fecho.

Con lo cual se acabó el dicho cabildo, y lo firmaron.-Juan Pérez de Urasandi.-Joán de Azoca.-Santiago de Uriona.-Antonio de Azoca.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.Don Diego Xaraquemada.-Miguel de Amezquita.-Ante mí.-Diego Rutal, escribano público.

CABILDO DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y siete días del mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y diez y siete años, se juntarou á cabildo la Justicia y Regimiento desta ciudad, en su lu gar acostumbrado, como lo han de uso y costumbre, para tratar de cosas convenientes al servicio de Dios y de S. M., pro y aumento de su república; y lo que se acordó fué lo siguiente.

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TENIENTE DE CABALLERÍA.-En este cabildo paresció Cristóbal de Oña y presentó ante Su Señoría un título despachado por su señoría del gobernador deste reino licenciado Fernando Talaverano Gallegos en la ciudad de la Concepción, en primero de agosto deste presente año, y refrendado de Domingo Hernández Durán, su secretario, por el cual Su Señoría le nombra por teniente de la compañía de caballos ligeros que en esta ciudad sirve el capitán don Diego González Montero, en lugar del teniente Simón Vicencio Justiniano; y pidió ser recibido como Su Señoría lo manda.

Y habiéndole visto y leído por mí el escribano á su señoría del dicho Cabildo, le hubieron por rescibido al uso del dicho oficio para ques nombrado por su señoría del señor Gobernador deste reino.

Con lo cual se acabó este cabildo, y lo firmaron.-Joán de Azoca. -Santiago de Uriona.-Hernando de Castroverde Valiente.-Antonio de Aroca.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 1617.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y ocho días de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y diez y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad, estando juntos los que abajo firmarán sus nombres, pareció el capitán Andrés de Mendoza y presentó un título de el tenor siguiente:

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