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de Fuenzalida Guzmán.-Don Francisco de Gálvez Balcárcel.-Don Florián Girón.-Don Diego de Godoy.-El licenciado Escobar Villarroel. -Don Diego González Montero.- Gregorio Liñán de Vera.- Don Roque de Ahumada. -Fernando de Castroverde Valiente.-Don Alvaro de Quiroga y Losada.-Blas Pérez Desquivias.-Gonzalo Becerra.Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 31 DE AGOSTO DE 1618.

En la ciudad de Santiago de Chille, en treinta y un días del mes de agosto del año de mill y seiscientos y diez y ocho, la Justicia y Regimiento desta ciudad se juntaron á cabildo, en su lugar acostumbrado, á tratar de cosas convinientes al servicio de Dios y de Su Majestad, pro y aumento de su república; y lo que sé acordó fué lo siguiente.

ADMINISTRADOR DE LORA.-En este cabildo paresció el sarjento mayor Grabiel Hernández de Soto y presentó ante Su Señoría un título y nombramiento de administrador de el pueblo de Lora y sus anejos, en él fecho por su señoría de el señor gobernador don Lope de Ulloa, su fecha en Teno, á veinte y dos de agosto de mill y seiscientos y diez y ocho años; y pidió ser recibido.

JURAMENTO.-El cual juró por Dios y la cruz usar el dicho oficio como debe y es obligado; y á la conclusión del juramento, dijo: sí juro, y amén.

Con lo cual quedó rescibido por su señoría de el dicho Cabildo, dando ante todas cosas fianzas á contento del protetor de los naturales.-Gabriel Hernández de Soto.

SOBBE LO QUE SE HA DE PEDIR EN LA CIUDAD.-En este cabildo se acordó que, atento que por algunas causas justas, sin embargo de lo acordado por el cabildo abierto en razón de echar la derrama, se ha acordado por este Cabildo no se eche sinó que graciosamente se pida á todos los vecinos y moradores de esta ciudad ayuden para que se acuda al socorro de las necesidades propuestas en el dicho Cabildo; y nombraron por comisarios para el dicho efeto á los seño. res alcaldes ordinarios para que pidan á los dichos vecinos y de lo que mandaren en géneros de lo que tuvieren de los propuestos saquen cédulas, para que, siendo de consideración lo que mandaren, se acuda á lo que se pretende; y para los corregimientos de esta ciu

dad se escriba á los corregidores que acudan á pedir á los vecinos de su juridición en la forma dicha y á los demás que convengan.

LICENCIA PARA UNA PULPERÍA.-En este cabildo se le dió licencia á Juan Rodríguez para que ponga una pulpería, dando fianzas, conque sea cerca de la plaza.

Y con esto se acabó, y lo firmaron.-Don Gonzalo de los Ríos.-Rodrigo de Araya Berrío.-Don Melchior Jufré del Aguila.-Alonso del Campo Lantadilla.-Juan de Ugalde.-Pedro Gómez Pardo.-Don Francisco de Solórzano.-Alvaro Rodríguez.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 4 DE SEPTIEMBRE DE 1618.

ADMINISTRADOR DE PETEROA.-En la ciudad de Santiago de Chille, en cuatro de septiembre de mill y seiscientos y diez y ocho, estando en su cabildo y ayuntamiento, como lo han de uso y costumbre, para tratar de cosas convinientes al real servicio, se presentó ante el dicho cabildo don Fernando Canales, y presentó un título en que su señoría del señor gobernador don Lope de Ulloa, su fecha á diez y ocho de agosto deste año, en que le nombra por administrador del pueblo de Peteroa y sus anejos; y pidió ser rescibido al uso de el dicho oficio.

JURAMENTO. Y juró á Dios y á la cruz, en forma de derecho, de usar el dicho oficio de tal administrador, y dará cuenta con pago de todos los bienes que en cualquier manera entraren en su poder de los dichos indios, y pagará todo aquello en que fuere juzgado y sentenciado.

Y ofresció fiador á contento del protetor.

Y habiéndole visto Su Señoría, le hubieron por rescibido al uso del dicho oficio, dando la dicha fianza.

Con lo cual quedó recibido, y Su Señoría lo firmó.-Rodrigo de Araya Berrio.-Don Melchior Jufré de el Aguila.-Ginés de Toro Mazote.-Joán de Ugalde.-Don Francisco de Solórzano.-Pasó ante mí. -Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 1618.

En la ciudad de Santiago de Chille, en siete días del mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, el Cabildo, Jus

ticia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

TENIENTES DE ALGUACIL MAYOR.-En este cabildo se nombró por alguacil, digo teniente de alguacil mayor de esta ciudad, el capitán Alonso de el Campo Lantadilla, alguacil mayor, y pidió lo reciban; y visto por Su Señoría, lo recibieron por tal. Y el dicho Manuel Leitón juró de lo usar como debe y es obligado.

Asimismo nombró el dicho alguacil mayor por su teniente á Luis de Evia, el cual lo aceptó, y juró de lo usar como debe y es obligado.

Y Su Señoría los recibió al uso de el dicho oficio y se les entregó la vara de la real justicia.

PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo el capitán don Francisco Rodríguez de Ovalle, procurador general de esta ciudad, propuso en este cabildo cuanto importaba nombrar la persona que ha de ir á la ciudad de los Reyes por procurador general de esta ciudad, para que los vecinos de esta ciudad se animen á mandar como se les pide para el dicho efeto y otras causas que propuso.

Y habiéndolas tratado y conferido, acordaron se votase la persona que ha de ir y cuánto sería bueno se le diese para ayuda de costa de la mucha que ha de tener, habiendo primero y ante todas cosas de lo que se juntare de las mandas sacado mill pesos de plata de á ocho reales para enviar al padre fray Pedro [de Sosa] á España, para los muchos gastos que ha fecho y ha de hacer; y, habiéndolo votado, de un acuerdo y conformidad, nombraron por tal procurador general de este reino por esta ciudad y en nombre de las demás, por quien prestan voz y caución de rato que estarán y pasarán por lo que este Cabildo ha fecho y hiciere, al general don Pedro Lisperguer, vecino de esta ciudad, para que vaya á la ciudad de los Reyes y ante Su Excelencia y donde convenga en razón de la tasa y de las demás cosas que este Cabildo le diere por instrución, haga todas las diligencias que convengan, y para ello se le despache poder en forma; y habiendo sacado de las mandas que en esta ciudad y su juridición se hicieren y de lo que ayudaren las ciudades de la Serena, la Concepción y Chillán mill pesos de plata para el dicho fray Pedro de Sosa, y trescientos patacones para el general Juan de Ogalde, que gaste en las informaciones que ha de ir á hacer, se le dé al dicho general don Pedro todo lo demás que se juntare, y le asegura este Cabildo en las dichas mandas cuatro mill pesos de plata de á ocho reales, y asimismo todo lo que más mandaren en cualquier cantidad

que sea, sin le asegurar más de los dichos cuatro mill pesos de la dicha plata en las dichas mandas; en cuyo estado Su Señoría le man dó llamar, y habiendo propuesto muchas dificultades en razón de la cos. ta y otras tocantes al caso, aceptó el dicho nombramiento con el seguro de los dichos cuatro mill pesos y lo que más montaren las mandas, y de un acuerdo quedaron se despachen y hagan todas las diligencias que convengan; con lo cual quedó recibido por procurador general de este reino, con calidad que si las mandas fueren muchas, lo que se le diere y quedare para el dicho general don Pedro Lisperguer, no se le han de dar más dello de seis mill pesos de plata de á ocho reales, remitiéndosele en las mismas mandas, en que siempre el Cabildo ha de ser dueño de la cobranza, y lo que más montare se ha de hacer lo que este Cabildo tiene tratado.

Y lo que se ha de hacer es conforme está tratado entre los señores alcaldes, contador y depositario general y el señor corregidor y el procurador de esta ciudad.

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor al capitán don Francisco de Solórzano, el cual lo aceptó y juró de usar como debe.

NOMBRAMIENTO DE CONTRASTE.-En este cabildo se nombró por fiel y contraste de esta ciudad á Bartolomé Calvacho, atento á haberse desistido Andrés Anríquez de el dicho oficio, por su vejez, el cual parezca á hacer el juramento que es obligado ante mí el escribano.

En catorce de septiembre de el dicho año, juró, en forma, de lo usar como debe y es obligado.-Bartolomé Calvacho.-Ante mí.-Manuel de Toro.

ADMINISTRADOR DE NANCAGUA Y COLCHAGUA-En este cabildo pareció el capitán don Francisco de Solórzano, y pidió á Su Señoría ser rescibido al uso y ejercicio de administrador de los pueblos de Nancagua y Colchagua, de que ha sido nombrado por su señoría de el señor Gobernador, deste reino, como consta por un título que mostró, su fecha en Peomo, á diez y ocho de agosto deste año, refrendado de Pedro Ugarte de la Hermosa.

JURAMENTO.-El cual juró por Dios y la cruz usar los oficios de los dichos pueblos como debe y es obligado, y dará cuenta con pago de todos y cualesquier bienes que en cualquier manera entraren en en su poder de los dichos indios, y pagará todo aquello en que fuere juzgado y sentenciedo, y dará fiador á contento de el protetor; y á la conclusión de el juramento, dijo: sí, juro, y amén.

Y por su señoría de el dicho Cabildo visto el dicho título, según

dicho es, y juramento, hubieron por recibido al dicho oficio al dicho capitán don Francisco de Solórzano.

Y lo firmaron de sus nombres y los recibidos.-Rodrigo de Araya Berrío.-Don Melchior Jufré del Aguila.-Antonio de Azoca.-Ginés de Toro Mazote.-Juan de Ugalde.-Pedro Gómez Pardo.-Don Francisco de Solórzano.-Don Pedro Lisperguer.-Luis Oliva.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1618.

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En la ciudad de Santiago de Chille, en quince días del mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y diez y ocho, se juntaron á cabildo la Justicia y Regimiento desta ciudad á tratar de cosas convinientes al real servicio, pro y aumento de su república; y lo que se trató fué lo siguiente.

TÍTULO DE CORREGIDOR Y JUSTICIA MAYOR DE BERNARDINO DE QUIROGA.-En este cabildo el capitán don Bernardino de Quiroga presentó un título é nombramiento de corregidor é justicia mayor de el partido de Colchagua y sus anejos, y pidió ser recibido; su tenor de el cual dicho título es como se sigue:

Don Lope de Ulloa, del Consejo de S. M., capitán de los gentileshombres lanzas de la guarda del Perú, gobernador y capitán general en este reino y provincias de Chille y presidente de la Real Audiencia que en él reside, etc.

Atendiendo á lo mucho y bien que vos el capitán don Bernardino de Quiroga habéis servido á Su Majestad en oficios de justicia y guerra en estas dichas provincias, y que dello y de todo lo demás que se os ha encomendado habéis dado buena cuenta y confío la daréis de lo que de aquí adelante de su real servicio se os ordenare y encargare; y por la satisfación que tengo de vuestra persona, he acordado de proveer, como por la presente, en nombre de el Rey, nuestro señor, y en virtud de sus reales poderes que para ello tengo, proveo à vos el dicho capitán don Bernardino de Quiroga por corregidor del partido de Colchagua y sus anejos, en lugar de el capitán don Alvaro de Navia y Roenes, por tiempo de un año, más o menos, lo que mi vo. luntad fuere, y os doy poder y comisión para que con vara alta de la real justicia la administréis, manteniendo en ella la gente española y los naturales de los repartimientos de aquel partido y las demás per

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