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Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, ante quien pareció Diego de Morales, el cual, habiendo aceptado el oficio de regidor de esta ciudad, para que es elegido y nombrado, juró en forma de derecho de lo usar como debe y es obligado, guardando el secreto de este Cabildo; y si así lo hiciere, Dios le ayude, y si no, se lo demande; y con lo dicho le hubieron por recibido.

Y lo firmaron.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Pedro del Castillo Velasco.-Diego de Morales.

LICENCIA-Diósele, licencia á Diego de Morales, de su pedimiento, por treinta días, para ir á su natanza.—Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 11 DE ENERO DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en once días de el mes de enero de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

SOBRE LOS ASIENTOS.-En este cabildo se trató de el asiento y lugar que en este Cabildo han de gozar el capitán Pedro del Castillo y el capitán don Francisco de Figueroa; y habiendo votado y tratado sobre ello de pedimiento de las partes y salidose fuera los interesados, [y] se votó sobre ello por los señores capitulares, habiendo visto algunos acuerdos y respuesta á ciertas preguntas fechas al gobernador don Pedro de Valdivia, votaron y mandaron que prefiera el capitán Pedro del Castillo, como regidor que se presentó y recibió primero, lo cual notifiqué á los susodichos litigantes, á lo cual el dicho capitán don Francisco de Figueroa lo pidió por testimonio; en cuyo estado, el dicho capitán Pedro de el Castillo dijo que de su consentimiento y por la mayor edad de el dicho capitán don Francisco de Figueroa, consiente que se asiente y firme primero, conque en los demás actos de el Cabildo haya de gozar de su antigüedad.

PROCURADOR GENERAL.-En este cabildo, de común acuerdo, habiendo votado sobre la persona que ha de ser procurador general y mayordomo de la ciudad, se eligió por tal al capitán don Diego de Godoy, vecino morador de ella; y mandaron parezca y lo acepte, y, fecho, se le dará poder en forma para lo usar.

PROCURADOR EN INTERIN.-En este cabildo se nombró por procurador general y mayordomo de esta ciudad al capitán Pedro del Cas

tillo, regidor de esta ciudad, para que use el dicho oficio en el ínterin que se recibe el capitán don Diego de Godoy, nombrado, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, y se le dió poder en forma para usar el dicho oficio en todo lo que de derecho pueden. QUE EL CABILDO VISITE EL HOSPITAL.-Este cabildo acordó que se vaya á visitar el hospital por todo este Cabildo, del cual salieron para ir á él.

Y lo firmaron.-Don Gonzalo de los Ríos.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Don Pedro Ordonez Delgadillo. -Teodoro de Araya Berrío.-Don Francisco de Figueroa.-Pedro del Castillo Velasco.- Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 18 DE ENERO DE 1619.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en diez y ocho días de el mes de enero de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento desta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

TÍTULO DE TENIENTE DE CORREGIDOR.-En este cabildo el señor don Francisco de Ovalle, alcalde por S. M., presentó un título de teniente de capitán general y de corregidor desta ciudad, por nombramiento del general don Gonzalo de los Ríos; y pidió ser recibido; su tenor del cual título es como se sigue:

El general don Gonzalo de los Ríos, teniente de capitán general, corregidor y justicia mayor de la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille y su juridición por S. M. Por cuanto voy fuera desta ciudad á negocios tocantes al servicio de S. M. y conviene que en mi ausencia en ésta y las demás que hiciere haya persona que use los dichos cargos, y porque todas las buenas partes necesarias concurren en la del capitán don Francisco Rodríguez de Ovalle, alcalde ordinario de la dicha ciudad, usando de la facultad que tengo, le elijo nombro y señalo por mi lugar-teniente, para que, como tal, use y ejerza los dichos oficios y cargos en todo lo á ello anejo y dependiente, prosiguiendo las causas que están ante mí comenzadas y las que adelante se ofrecieren, administrando justicia, civil ó criminalmente, de oficio y á pedimiento de parte, continuándolas y determinándolas, y ejecu. tando sus sentencias en lo que no hubiere lugar otorgar el apellación,

para lo cual pueda usar, como yo pudiera, de las comisiones que tengo para usar y ejercer los dichos cargos, los cuales le sostituyo y doy entero poder y comisión para ello, según de derecho se requiere y es necesario.

Y con este título se presentará ante el Cabildo, Justicia y Regimiento desta ciudad y hará el juramento que se acostumbra de usar el dicho oficio como debe y es obligado.

Y mando á todas y cualesquier personas de cualquier calidad y condición que sean, le respeten y tengan por tal mi lugar-teniente y cumplan sus ordenes y llamamientos, so las penas que les pusiere, las cuales pueda ejecutar en los inobedientes.

En Santiago de Chille, á catorce de enero de mill y seiscientos y diez y nueve.-Don Gonzalo de los Ríos.-Por ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

JURAMENTO.-El cual, habiendo fecho ante su señoría del dicho Cabildo, Justicia y Regimiento el juramento ques obligado y solenidad dél de que bien y fielmente usará los oficios para ques nombrado, sin que en manera alguna llevará cohechos ni derechos demasiados sinó los permitidos por el arancel real, y que guardará justicia en las causas pendientes y que pendieren adelante, sin pasión ni afición. otorgando las apelaciones donde y como hubiere lugar de derecho; á la conclusión de él dijo: sí, juro, y amén, según dicho es.

Y habiendo jurado á Dios y á la cruz de usar el dicho oficio como debe y es obligado en forma de derecho, su señoría de el dicho Cabildo le recibió al uso y ejercicio de el dicho oficio, como en su título se le manda.

CAPITÁN DON JOÁN DE VALENZUELA.-En este cabildo don Joán de Valenzuela, vecino morador desta dicha ciudad, presentó una patente firmada del señor presidente y gobernador deste reino don Lope Ulloa, en que le nombra por capitán de infantería española de una de las de la guarda de esta ciudad, y de Pedro Ugartede la Hermosa, su secretario, su fecha en la Concepción, á diez y nueve de otubre de el año pasado de seiscientos y diez ocho, ques la que servía el capitán don Andrés de Gamboa; y pidió ser rescibido á el dicho oficio como Su Señoría lo manda, y [pidió] por testimonio.

Y Su Señoría mandó á mí el escribano le leyese, y, habiéndolo fecho como en ella se contiene, Su Señoría le hubieron por recibido al uso y ejercicio de el dicho oficio.

Y lo firmaron.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Ginés de Lillo.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo,

-Teodoro de Araya Berrío.-Pedro del Castillo Velasco.-Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 25 DE ENERO DE 1619.

QUE EL PROCURADOR SALGA Á LA DEFENSA DE UNA CAUSA.En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cinco días de el mes de enero de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron que el capitán Pedro de el Castillo saliese, como procurador general de esta ciudad, á la causa que se sigue con el alguacil mayor de corte sobre el asiento y lugar que pretende de preferir á las justicias, y que sobre ello haga todas las diligencias necesarias, para lo cual le dierou poder en forma.-D. Francisco Rodríguez de Ovalle.Ginés de Lillo.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Ginés de Toro Mazote.-Pedro del Castillo Velasco.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 28 DE ENERO DE 1619.

SOBRE LA PUENTE.-En la noble y muy leal, ciudad de Santiago de Chille, en veinte y ocho días de el mes de enero de el año de mill y seiscientos y diez y ocho (sic), la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado á tratar acerca de la puente de Maipo y lo pedido por el capitán Pedro de Miranda.

Y habiendo tratado sobre ello, mandaron que el procurador de la ciudad lleve todos los papeles y derrama, para que, informado, informe á este Cabildo.

SOBRE LA VENTA DE EL SOLAR.-En este cabildo se remitió el remate de la venta de el solar y medio que está detrás de el cerro de Santa Lucía á los señores alcaldes y que en razón de que se efetúe hagan todas las diligencias necesarias, y les dieron poder en forma; y lo firmaron.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Ginés de Lillo.Jerónimo Zapata de Mayorga.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Pedro del Castillo Velasco-Paso ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 1.0 DE FEBRERO DE 1619.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, viernes primero de hebrero de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de la dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

REGIDOR EL TESORERO JERÓNIMO HURTADO DE MENDOZA.-En este cabildo paresció Jerónimo Hurtado de Mendoza y presentó una cédula de S. M. en que pidió ser recibido al oficio de regidor desta ciudad, como S. M. lo manda, que está presto hacer el juramento que se le manda, su tenor del cual es como se sigue:

Don Felipe, por la gracia de Dios, rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Ocidentales, islas y Tierra-firme del Mar Océano, archiduque de Austria, duque de Borgoña, de Brabante y Milán, conde de Abspurg, de Flandes y de Tirol y Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.

Por cuanto yo he proveído á vos Jerónimo Hurtado de Mendoza por tesorero de mi real hacienda de las provincias de Chille y mi voluntad es que todo el tiempo que me sirviéredes en el dicho oficio seáis regidor de la ciudad de Santiago, donde reside mi Real Audiencia y está la caja de mi real hacienda de las dichas provincias; por la presente os nombro por regidor della y quiero que, como tal, podáis usar el dicho oficio en los casos y cosas á él anejas y concernientes, según y como le usan, pueden y deben usar los otros regidores de la dicha ciudad.

Y por esta mi carta ó por su treslado signado describano público, mando á el Consejo, Justicia y Regimiento della que, juntos en su cabildo y ayuntamiento, según lo han de uso y costumbre, tomen y reciban de vos el dicho Jerónimo Hurtado de Mendoza, el juramento y solenidad que en tal caso se requiere y debéis hacer, y, habiéndole hecho, ellos y todos los caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de la dicha ciudad, os hayan, resciban y tengan por tal regidor della, y usen con vos el dicho oficio el tiempo que me sirviéredes en el de tesorero, como dicho es, y os guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, franquezas, libertades, preeminencias,

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