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Diego de Morales.-Don Francisco de Figueroa.-Pedro del Castillo Velasco. Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 5 DE ABRIL DE 1619.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en cinco días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor al capitán don Pedro Ordóñez Delgadillo, regidor, vecino más antiguo, el cual lo aceptó y juró de usar como debe y es obligado, la cual eleción se hizo por el tiempo ordinario.

DINERO Á DON JERÓNIMO DE ESCOBEDO.-En este cabildo se mandó al capitán don Diego de Godoy, procurador general de esta ciudad, que los cincuenta patacones que se mandaron enviar á don Jerónimo de Escobedo Altamirano sean ciento y de la parte que los demás, y mandan se le pasen en cuenta.

Y firmaron.-Don Francisco Rodriguez de Ovalle.-Ginés de Lillo. -Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Ginés de Toro Mazote.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Diego de Morales.-Don Francisco de Figueroa. -Pedro del Castillo Velasco.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 12 DE ABRIL DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en doce días de el mes de abril de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acor`daron lo siguiente.

SARGENTO MAYOR.-En este cabildo se presentó el capitán Pedro Salgado con un título de sargento mayor de esta ciudad de el señor presidente y gobernador don Lope de Ulloa y Lemos.

Y visto por Su Señoría, mandaron que use el dicho oficio, como el dicho señor Gobernador manda.

SOBRE LOS SASTRES.-En este cabildo se presentó peticiones por los sastres de esta ciudad, en razón de haberles mandado muestren el examen y licencia que tienen para poner tienda, de pedimiento del procurador de esta ciudad.

Y por no haber en ella maestro examinado, mandaron que al presente, en el ínterin que este Cabildo proyee otra cosa, usen sus oficios y tengan sus tiendas, dando fianzas cada uno abonadas hasta en cantidad de quinientos patacones para la paga de las obras que echaren á perder, y en el ínterin que dan las dichas fianzas no usen los dichos oficios, so las penas puestas.

SOBRE LOS MÉDICOS.-En este cabildo se vieron los títulos que han presentado los cirujanos de esta ciudad, como se les mandó, de pedimiento de el procurador de esta ciudad.

Y habiendo tratado de el mal, abuso y costumbre que hay de que se entremetan á curar los que curan en esta ciudad sin tener facul tad de curar de medicina, y por la necesidad que hay de médico, por no haber ninguno que lo sea graduado; habiendo tratado sobre ello para proveer lo que más convenga en la dicha razón, acordaron y mandaron que en el ínterin que hay médico graduado ó este Cabildo otra cosa provee, este Cabildo, por la espirencia y aprobación que se tiene de Juan Flamenco, que ha servido y curado en el hospital de esta ciudad y en ella con aprobación de todos, y asimismo Francisco Maldonado de Silva, cirujano examinado, mandaron que los dos solos curen al presente de medicina y cirugía, y Francisco López use tan solamente el oficio de cirujano y no de medicina, en el cual arte parece estar examinado, y todos los demás que usan y han usado el dicho oficio de médicos no lo usen, so pena de cien pesos de oro para la cámara de S. M. y gastos de justicia.

Y así lo mandaron, y firmaron.

LICENCIA. En este cabildo se le dió licencia á Diego de Morales, regidor, por veinte días.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Diego de Morales.-Don Francisco de Figueroa.-Pedro del Castillo Velasco.—Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 22 DE ABRIL DE 1619.

SOBRE LA PESTE.-En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y dos días de el mes de abril de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado para tratar de cuánto conviene hacer algunas procesiones y rogativas para que Dios, nuestro señor, se sirva de aplacar el daño general y peste que hay en la ciudad; y

acordaron que los señores Jerónimo Hurtado de Mendoza, contador, y capitán Pedro de el Castillo para que pidan á los señores gobernadores de este obispado se sirvan mandar hacer tres procesiones con la de San Marcos, que de próximo viene, y las demás rogativas que les pareciere; y asimismo lo traten con el Cabildo Eclesiástico.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Don Francisco de Figueroa.-Pedro del Castillo Velasco.-Pasó ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 24 DE ABRIL DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cuatro días de el mes de abrill de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

PLEITOS DE LA CIUDAD.-En este cabildo se acordó, atento á que el capitán don Diego de Godoy, procurador general de esta ciudad, está muy malo y no puede acudir al despacho de los pleitos de esta ciu dad, que por su impedimiento las siga el capitán Pedro de el Castillo, regidor de esta ciudad, acuda á ello, y para ello le dieron poder y comisión en forma, cual de derecho se requiere y es necesario.

TASA AL TRIGO.--En este cabildo se trató acerca de cómo las personas que cogen trigo y las que venden pan, lo han recogido y otros para los revender á los vecinos y moradores desta ciudad, de que reciben notorio daño y perjuicio los pobres y personas que lo compran, para cuyo remedio por este Cabildo se han hecho y procurado hacer algunas diligencias, y al presente han acordado y mandan que niuguna persona, de cualquier condición y calidad que sea, venda el trigo á más precio de á doce reales, puesto en esta ciudad, y fuera della, de tres leguas al rededor, á once reales, hasta la cosecha que viene de seiscientos y veinte, que ha de durar esta tasa, lo cual cumplan y guarden, so pena de perdido el trigo que así vendieren á más precio del referido, en cualquier cantidad que sea, y de cien pesos de plata de á ocho reales, aplicados para la cámara de Su Majestad, juez y denunciador, en que les da por condenados lo contrario haciendo.

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SOBRE EL PAN. Y asimismo mandaron que todas las personas que acostumbran á vender pan y tienen recogido trigo para ello, lo

saquen á vender á la plaza, desde el lunes veinte y nueve deste presente mes, y que den cinco panes de á libra por un real, y no los vendan en sus casas ni fuera de la plaza, so pena de perdido y de diez pesos de plata aplicado para la cámara, juez y denunciador por tercias partes, y se les aperciba que el pan que saque menos, se da por perdido, aplicados para la cárcel y hospital desta ciudad, y que si no sacaren á vender el dicho pan, el trigo que tuvieren recogido para ello se les quitará por el tanto que les costó, y el que lo hubiere recogido á la tasa y repartirá á personas que lo vendan al precio y conforme en este acuerdo contenido.

Y con esto se acabó este cabildo y lo firmaron.-Don Gonzalo de los Ríos.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Teodoro de Araya Berrío. -Don Francisco de Figueroa.-Pedro del Castillo Velasco.-Por ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

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CABILDO DE 9 DE MAYO DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en nueve de mayo de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

SOBRE EL PLEITO DE LOS OFICIALES.-En este cabildo se mandó que el capitán don Diego de Godoy, procurador general de esta ciudad, suplique de lo proveído por los señores de la Real Audiencia en el pleito del asiento de los oficiales y chanciller de la Real Audiencia, y en la dicha causa, hasta la difinitiva, haga todos los autos que judicial y extrajudicialmente convengan de se hacer y que este Cabildo pudiera, que el poder que es necesario se le dan, en forma, para la dicha causa.

Y lo firmaron.

Testigos: Juan Barona y don Juan de Valenzuela.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Teodoro de Araya Berrío.-Diego de Morales.-Don Francisco de Figueroa.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 16 DE MAYO DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en diez y seis días de el mes

de mayo de el año de mil! y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y

Regimiento de esta ciudad se juntaron en şu lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

QUE DON ANDRÉS DE GAMBOA VENGA Á RECIBIRSE DE REGIDOR. En este cabildo se mandó notificar al capitán don Andrés de Gamboa que para el primer cabildo se venga á recibir de regidor de esta ciudad, para que está nombrado, donde nó, se proveerá en su lugar, por remisión, otro regidor.

NOTIFICACIÓN Á GINÉS DE LILLO.-Y asimismo se le escriba al maestre de campo Ginés de Lillo que venga y asista en esta ciudad, so pena de veinte pesos para gastos de este Cabildo.

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor á Diego de Morales, regidor deste Cabildo, por el tiempo ordinario, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, al cual se nombró por ausencia de Teodoro Fernández, regidor más antiguo.

Y con esto se acabó el cabildo y lo firmaron.-Don Gonzalo de los Ríos.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Alonso del Campo Lantadilla.-Don Pedro Ordóñez Delgadillo.-Diego de Morales.-Por ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

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CABILDO DE 23 DE MAYO DE 1619.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y tres de mayo de el año de mill y seiscientos y diez y nueve, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

SOBRE EL TAJAMAR.-En este cabildo se trató acerca de la obra de el tajamar de el río de esta ciudad y de un auto que se notificó en este Cabildo de los señores de la Real Audiencia para que se cobrase la derrama de él y concluyese la obra, como de el auto se contiene; y habiendo tratado sobre ello, nombraron para la cobranza que resta de la dicha derrama al capitán Juan Bautista de Santamaría, teniente de alguacil mayor de corte, para que haga la dicha cobranza con toda la diligencia posible, con mandamiento de el señor general don

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