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CABILDO DE 26 DE NOVIEMBRE DE 1621.

En la noble y leal ciudad de Santiago del reino de Chile, en veinte y seis días del mes de noviembre de mill y seiscientos y veinte y un años, la Justicia y Regimiento de la dicha ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

COBRANZA DE DON AGUSTÍN RAMÍREZ DE LA DERRAMA DE EL TAJAMAR.-En este cabildo se trató de la cobranza que tiene á su cargo el capitán don Augustín de la derrama que se echó para el tajamar y demás obras y las cuentas que se le han tomado de la dicha cobranza y de la prorrogación que se le hizo al susodicho de término para la cobranza de la derrama en el cabildo pasado por haber dicho estuvo ocupado en servicio de S, M. en la guerra y no haber podido acudir á él como estaba obligado, y decretaron los más de los capitulares que, atento à que no se hallaron juntos todos y los que se hallaron los más dellos no tuvieron noticia de la obligación del capitán don Augustín Ramírez, por ser su fecha del año pasado, y para mejor acierto, dijeron: que en cuanto al término prorrogado, por ser en perjuicio desta ciudad, lo revocaron y mandaron se cobre del dicho capitán don Augustín todo lo ques á su cargo de la dicha cobranza, y el procurador de la ciudad lo pidió y se le mandó hiciese las diligencias convenientes, y se comete las diligencias que en razón de lo susodicho se ha de hacer á el general don Pedro Luisperguer, corre. gidor desta ciudad, para que les oiga de justicia.

MAESTRO DE ESCUELA.-En este cabildo el procurador de la ciudad dió petición pidiendo se nombre persona que tenga escuela en ella para enseñar á leer y escrebir á los muchachos.

Y habiéndose tratado y conferido, se remitió al general don Pedro Luisperguer, corregidor della, y al capitán Alonso Zapata de Mayor ga, alcalde ordinario, para que provean del remedio nescesario.

ACUERDO SOBRE ACEQUIAS.-En este cabildo se propuso y trató acerca de las acequias que están mal aderezadas, de que resulta gran daño á la república por derramarse el agua: lo remitieron al fiel ejecutor que al presente es.

SOBRE TAPIAS.-En este cabildo, á pedimiento del procurador general y por su petición, se trató acerca de que no prosiguiese con las tapias que iba haciendo el sargento mayor Zárate en la Cañada.

PUENTE DE MAIPO.-En este cabildo, ansimismo á pedimiento del procurador general y por su petición, se trató de que la puente del

río de Maipo está maltratada y que se provea de remedio, y que uno de los capitulares la fuera á ver para informar: proveyeron que el dicho procurador de la ciudad la vaya a ver, y si fuere nescesario gastar doce pesos, lo haga, que se le pagarán.

COBRANZA DE LA PUENTE.-En este cabildo por otrosí por petición del dicho procurador general se trató de la cobranza de la derrama de la puente para pagar los jornales de los indios y los demás gastos.

CAL DEL TAJAMAR.-En este cabildo se trató, á pedimiento del procurador por un otrosi de su petición, de que se nombre persona que vaya con un escribano á la calera de el capitán Joán de Barrios para que dé por fee el escribano la cal que tuviere: acordaron que un alguacil y escribano vaya con el procurador general y dé por fee la cal que se hallare en la calera.

SOBRE EL VINO.--En este cabildo por petición que los pulperos desta ciudad dieron en razón de que el vino les cuesta muy caro y no pueden tener ganancia en ello conforme les está mandado vender y que se provea de remedio, se trató y confirió y proveyeron que no ha lugar por agora, y para el remedio dello nombraron af general don Pedro Luisperguer, corregidor desta ciudad.

QUE NO SALGAN DE LA CIUDAD LAS JUSTICIAS.-En este cabildo se trató acerca del auto proveído por la Real Audiencia de que ningún alcalde ni regidor salga desta ciudad, con pena que para ello se puso, y es necesario nombrar persona que vaya á la ciudad de la Concepción á dar la bienvenida al señor gobernador don Pedro Osórez de Ulloa y tratar los negocios desta república; y en este estado se quedó el dicho cabildo, y lo firmaron, y lo remitieron para lo determinar para el primer cabildo.-Don Pedro Lisperguer.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Antonio de Azoca.-Jerónimo Hurtado de Mendoza.-Alonso del Campo Lantadilla.-Don Francisco de Eraso.Ginés de Toro Mazote.-El Doctor Molina.-Rodrigo de Araya Berrío. -Miguel de Zamora Ambulodi.-Don Fernando Bravo.-Don Francisco de Gaete Jufré.-Ante mí.--Antonio de Bocanegra, escribano de S. M.

CABILDO DE 3 DE DICIEMBRE DE 1621.

En la noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en tres días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, la

Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

SOBRE EL VINO.-En este cabildo se trató acerca de la carestía que hay en la ciudad de vino y lo que se debe temer la que adelante habrá y cómo se podrá tratar de remedio de ello; y habiendo dado algunos arbitrios se acordó que por cuenta de esta ciudad se busquen dos mill botijas de vino de las mejores bodegas y más seguro que hubiere, para que esta cantidad se reparta por menudo á todos los de la ciudad, como no sea persona prohibida, en dos pulperías que se pongan en la plaza, el cual han de comprar más barato que pudieren y se ha de vender hasta la cosecha que viene, desde agora, á tres patacones y medio y no á más precio; y el comprar el vino y señalar los pulperos y prevenir todo lo necesario, se remite al señor depositario general y al señor capitán don Fernando Bravo, y para ello les dan comisión en forma y para ordenar todo lo que más convenga en razón de que por este año esté prevenido para que no se suba á más precio el vino.-Don Pedro Lisperguer.-Don Diego González Montero.-Jerónimo Zapata de Mayorga.-Jerónimo Hurtado de Mendoza. --Alonso del Campo Lantadilla.--Don Francisco de Eraso.--Ginés de Toro Mazote. El Doctor Molina. - Don Diego Xaraquemada.-Don Fernando Bravo.-Miguel de Zamora Ambulodi.-Don Francisco de Gaete Jufré.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano públi co y de cabildo.

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CABILDO DE 10 DE DICIEMBRE DE 1621.

En la noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en diez días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue.

SOBRE PAGO DE JORNALES DE LOS INDIOS DEL TAJAMAR.-En este cabildo pareció el sargento mayor Gonzalo Becerra y pidió se le manden pagar los jornales que se deben á los indios de la provincia de Cuyo que han trabajado en el tajamar.

Y habiéndolo tratado, mandaron que se justifiquen las cuentas con asistencia de el señor general don Pedro Lisperguer, corregidor de esta ciudad, y con su acuerdo y libranza se pague de la cantidad de pesos que pagó el capitán don Agustín Ramírez.

SOBRE LA OBRA DEL CABILDO.-En este cabildo se mandó al pro

curador de la ciudad capitán Miguel de Zamora, verifique la cantidad de madera, teja y adobes que se ha sacado de las casas de Cabildo y cárcel, para que haya cuenta y razón de ello cuando convenga. CUENTAS DE DON FRANCISCO LAREZ.-En este cabildo se acordó y mandó que el señor tesorero Jerónimo Hurtado de Mendoza tome cuentas a don Francisco Larez y Deza, del dinero que fué á su cargo de esta ciudad y sus propios y obras públicas y del dinero que debiere ó estuviere en poder de el depositario general, no teniéndolo el dicho don Francisco, se entere á la derrama de el tajamar sesenta y dos patacones y medio, que recibió el dicho don Francisco Larez de Juan Rodrigo de Guzmán, que está para el dicho tajamar y puente de Maipo, de que ha dado recibo el señor contador Antonio de Azoca.

SALARIO DEL PORTERO.-En este cabildo se le libraron de su pedimiento á Juan Ramírez de Arellano diez patacones que se le libran de resto de su salario este presente año, los cuales mandaron se le paguen de los propios de esta ciudad, excepto el señor Dotor Molina que fué de parecer de que se le pagase, pero no de propios de la ciudad sinó de otros bienes que no sean propios.

DIPUTADOS DEL HOSPITAL.-En este cabildo se nombró por di putados del hospital al señor capitán Jerónimo Zapata y á los señores don Francisco de Eraso y don Francisco de Gaete para que lo visiten.-Don Diego González Montero.—Jerónimo Zapata de Mayorga. -Don Francisco de Eraso.--El Doctor Molina.-Don Fernando Bravo.--Ginés de Toro Mazote.--Miguel de Zamora Ambulodi.--Don Francisco de Gaete Jufré.--Anto mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 14 DE DICIEMBRE DE 1621.

En la noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en catorce días de el mes de diciembre de el año de mill y seiscientos y veinte y uno, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo siguiente.

LECTURA DE CARTAS.-En este cabildo se leyeron algunas cartas recibidas del señor don Pedro Sores de Ulloa y del señor Arzobispo y del corregidor de Cuyo y don Alonso de Cepeda.

LICENCIA AL ESCRIBANO.-En este cabildo se me dió licencia á mí el escribano para hacer ausencia de la ciudad por veinte días, dejando quien asista al Cabildo, escribano.

TÍTULO DE CORREGIDOR DE EL GENERAL DON PEDRO LISPERguer. -En este cabildo el señor general don Pedro Lisperguer presentó un título de el tenor siguiente:

Don Pedro Osórez de Ulloa, caballero del hábito de Alcántara, del Consejo de S. M., gobernador y capitán general deste reino de Chille, presidente de la Real Audiencia que reside en la ciudad de Santiago, etc.

Por cuanto al servicio de S. M., buena conservación, aumento, perpetuidad de la ciudad de Sanctiago, sus vecinos y moradores y pueblos de los indios de su distrito y juridición, conviene elegir y nombrar persona de las partes y calidades convinientes que sea corregi. dor della y de los indios naturales que les administre y mantenga en justicia, y porque en la del general don Pedro Lisperguer concurren todas las que se pueden desear para el uso y administración del dicho cargo, y por la buena cuenta que ha dado de todos los que ha tenido al suyo, que confío lo continuará y acudirá al buen acierto y ejecución de la real justicia; en cuya atención y á lo mucho y bien que ha servido à S. M., en su real nombre y en virtud de sus reales poderes que para ello tengo, elijo, nombro y proveo á vos el dicho don Pedro Lispesguer por corregidor y justicia mayor de la dicha ciudad de Santiago, sus términos y juridición y de los naturales de los pueblos y repartimientos de ellos, y os doy poder y facultad para que, como tal, con vara alta de la real justicia la administréis y la uséis y ejerzais tiempo de un año y más lo que fuere mi voluntad, y conozcáis de los pleitos y chusas ceviles y criminales que están pendientes ante vuestro antecesor y que de aquí adelante se ofrecieren y causaren, procediendo ansí de oficio de justicia como de pedimiento de partes entre cualesquier personas, conociendo y procediendo en ellas, guardando los términos del derecho, haciendo justicia á las partes, determinándolas y sentenciándolas conforme á las leyes reales; y de las sentencias que diéredes otorgaréis las apelaciones conforme á derecho, ejecutando las que os paresciere convenir á la buena administración de justicia, haciéndola y manteniéndola de manera que vivan los vecinos habitantes y los dichos naturales en paz y quietud, evitando los escándalos, excesos y pecados públicos en deservicio de Dios, nuestro señor, defendiendo en todo la juridición real y haciendo que los indios sean bien tratados, amparándolos y defendiéndolos, procurando sean industriados en nuestra santa fee católica, ley natural y buena pulicía, guardando y cumpliendo en todo lo dispuesto y ordenado por leyes y premáticas, ordenanzas, provisiones y cédulas

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