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guardando en ello enteramente las ordenanzas que por nuestro mandado vos serán dadas, é irán incorporadas en la carta que para la ejecucion y cumplimiento de lo contenido en este capítulo vos será entregada.

Otrosí, haremos y por la presente hacemos merced de consentimiento vuestro y de los primeros pobladores que con vos fueren á la dicha tierra, de los derechos de la escobilla y relabes de las fundaciones que en ella se hicieren, para el hospital de pobres que en la dicha tierra hobiere.

Item, defendemos que ninguna persona de las prohibidas para pasar á las Indias, no pasen á las tierras de vuestra gobernacion ni letrado ni procurador, para usar ni usen de sus oficios sin nuestra licencia y espreso mandato.

Item, si demás de las mercedes en esta capitulacion declaradas, hobiere de presente algunas concedidas á la isla Española que sean convenientes á los moradores en las tierras de vuestra gobernacion y no perjudiciales á nuestro servicio, se las mandaremos conceder.

Y cumpliendo vos el dicho Simon de Alcazaba lo contenido en este asiento en todo lo que á vos toca é incumbe de guardar y cumplir, prometemos y vos aseguramos por nuestra palabra real, agora é de aquí adelante vos mandaremos guardar y vos será guardado todo lo que ansí vos concedemos é hacemos merced á vos y á los pobladores y tratantes en la dicha tierra; é para ejecucion y cumplimiento dello, vos mandaremos dar nuestras cartas y provisiones particulares que convengan y menester sean, obligándoos vos el dicho Simon de Alcazaba primeramente ante escribano público, de guardar y cumplir lo contenido en este asiento que á vos toca como

dicho es. Fecha en Toledo á 26 dias del mes de Julio de 1529 años. Yo la Reina.-Hay una rúbrica.-Por mandado de su Magestad, Juan Vazquez.-Entre dos rúbricas. El asiento que vuestra Magestad mandó tomar con Simon de Alcazaba sobre las tierras que ha asentado de descubrir y poblar.

S. C. C. M.-Dice Simon de Alcazaba, que entre las mercedes que vuestra Magestad le hace para el descubrimiento que ha de hacer, le hace merced de docientas leguas de tierra, con que señale luego los límites y donde han de empezar; dice que el dicho viaje que se ha de hacer es á cosa no sabida, y que hasta agora no hay ninguno que dello tenga noticia, é que por tanto no se pueden nombrar los límites ni ponerle nombre.

Suplica á vuestra Magestad que le haga merced y haya por su servicio, que él descubra de la salida del estrecho de Magallanes hasta donde llegó Pizarro, que serán seiscien tas ó setecientas leguas, de las cuales tomará las dichas docientas, porque de otra manera es muy incierto el dicho viaje, porque lo más de la tierra que se halla en aquellas partes, no es toda poblada y buena, y para eso véase lo que Pizarro descubrió, que fueron bien seiscientas leguas y no halló bueno más que Tundex y su tierra, que podrá ser hasta ciento y cincuenta leguas, en lo que recibirá merced.

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S. C. C. M.-Dice Simon de Alcazaba, que vuestra Magestad le tiene hecho merced que descubra desde el

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estrecho de Magallanes hasta, el lugar de Chinche, como está decretado por una peticion que con esta presenta, y que despues se ha tornado acordar que señale luego las docientas leguas de que le haze merced, porque se presume que no será su servicio descobrir así como está concedido, suplica á vuestra Magestad que haya por su servicio quél descubra, así como le está concedido, porde otra manera es aventurar su persona y que hacienda que se en ello gastare muy incierta, porque en el dicho descubrimiento no hará daño ni perjuicio en la tierra, más que solamente pasar á vista della; y si le paresciere que es tierra poblada, llegarse há á ella á saber qué calidad tienen y qué gente y costumbres y haciendas, sin salir á tierra más gente que hasta cuatro personas para se informar della y que no contratarán con ellos cosa alguna ni se hará más que saber sus calidades para dar noticia dellas á vuestra Magestad; y que la tierra que les paresciere que es para poblarse y asentar en ella, lo hará, y allí tomará la cuenta de las docientas leguas, é servirá en ello como vuestra Magestad manda; las cuales condiciones él holgará que vuestra Magestad las mande asentar y poner con él, con aquellas penas y fuerzas que cumphere á su servicio para que se guarden.-Y así suplica á vuestra Magestad que mande señalar el tiempo, y al secretario que haga las provisiones, en lo que recibirá mucha merced.

ESTE ES UN TRASLADO BIEN É FIELMENTE SACADO DE UNA CARTA MISIVA DADA Á LOS SEÑORES JUSTICIA É REGIMIENTO DE LA CIUDAD DE Panamá, QUE POR ELLA PARESCIA ENVIALLA EL GOBERNADOR É OFICIALES DE SU MAGESTAD DE LAS PROVINCIAS DE LA NUEVA CASTILLA, CUYO TENOR ES EL

SIGUIENTE:

Manífico Señor y muy nobles Señores:-Si en alguna manera hobiera habido dispusicion y tiempo para poder escrebir á vuestra Señoría y mercedes y á cada uno en particular como á vasallos y servidores de su Magestad, lo que en su real servicio se ha hecho despues que desde Caxamalca se partió Hernando Piçarro, y las otras personas de quien serian informados de lo que hasta allí se hizo, hobiéramoslo hecho, porque juntamente con sabello, vuestra Señoría y mercedes proveyeran en cosas que al servicio de su Magestad é al bien de sus reinos convenían, siendo asímismo de ello avisados; pero el mucho trabajo y cuidado que en la guerra é conquista se nos ha ofrecido y cada dia se nos ofrece, y la falta de mensajeros que, por la tierra en estar tan adentro della, y por la mar en ser tan mala la navegacion, ha habido, ha dado causa y estorbo á lo que arriba habemos dicho de dar aviso de todo lo que pasaba, y teniendo por cierto que vuestra Señoría y mercedes ternian, en lo que al servicio de su Magestad tocase, el cuidado é aviso muy delantero, como personas quel servicio de su Magestad

siempre desean, con alguna oportunidad de tiempo, aunque no por falta de negocios, se acordó escrebir esta á vuestra Señoría y mercedes, en que daremos cuenta especial de las cosas de la guerra y de otras que abajo diremos, aunque no por tan estenso como es nuestra voluntad, porque siempre de aquí adelante habiendo más lugar serán ciertos facérseles saber todo lo que subcediere.

Como el descubrimiento, conquista y pacificacion desta tierra haya sido é se haya por parte desa ciudad y reino, y así esperamos será en la poblacion que se hace al presente, y el provecho que todos los conquistadores aquí han habido y lo mucho que han trabajado redundará en el sostenimiento y ennoblecimiento desa ciudad y reino, tenemos por cierto, y así lo deben vuestra Señoría y mercedes tener y creer, ser todo una misma cosa, la una procedida de la otra, y entrambas juntas en un mamparo y pró y en servicio de su Magestad, y por tales se deben conservar en concordia y paz, mirando lo que á su bien tocare, como serán ciertos lo haremos con confianza que siempre habemos tenido de vuestra Señomercedes, que como miembros desa república ternán el mismo cuidado.

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Cerca de lo quel adelantado Pedro de Albarado ha hecho, daremos cuenta á vuestra Señoría y mercedes, no tan complida como ello ha pasado, porque de mucha parte dello ó de todo, ya Señores estarán avisados, que como estamos la tierra adentro y tan desviados de donde los navíos llegan á dar su descarga en esta gobernacion, las cosas que acá tenemos por nuevas, serán en esa ciudad muy viejas, por la mucha tardanza que para allegar aquí se causa. En fin de Marzo pasado llegó al puerto de

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