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provanza, y se hallará muy bastante y aun más que

esto.

TRASLADO DE UNA INFORMACION HECHA POR D. PEDRO DE MENDOZA, GOBERNADOR DE LAS PROVINCIAS DEL RIO DE LA PLATA (1587.) (1).

Este es treslado sacado de una informacion que D. Pedro de Mendoza, ya difunto, dejó á Juan de Ayolas, su lugarteniente de gobernador, al tiempo que el dicho don Pedro se embarcó para España, la cual se halló en el escritorio del dicho D. Pedro, al tiempo que se inventariaron los bienes que venian suyos en la nao, la cual es esta que se sigue.

Lo que Juan de Ayolas, mi lugarteniente, ha de hacer, si place á Dios y acá viene, ó si él no viniere, el capitan Salazar, es llevar toda la gente de arriba, y la de aquí toda la que cupiere en los bergantines; y si pudiere hacer otro camino, pegar fuego á esas naos ó anegallas y llevarse toda la gente arriba. Y esto remito á su parecer, porque si los que están aquí son para trabajar y sembrar, podrán pasar y bastará quedar treinta hombres en las naos. Y en fin, como he dicho, todo lo remito á parecer del dicho Juan de Ayolas; y si le pareciere llevar toda la gente, lleve el pataj en que la lleve toda; y si no pudiere pasar con el pataj de Santispíritus, déjelo alli y la gente

(1) Archivo de Indias.

que no pudiere ir en los bergantines y vuelva por ella otro camino; de manera que toda la gente esté junta donde el dicho Juan de Ayolas viere que conviene. Y si le pareciere pasar derecho á la otra mar, que lo haga; porque siempre deje casa en el Paraguay ó en otra parte que le pareciere, por donde sepamos siempre dél donde está, y la gente que yo le enviáre, lo halle. Y por cuanto yo le dejo poder para quitar capitanes y poner otros, es mi voluntad que los que hasta agora ya tengo fechos, si no ficieren por qué, que no los quite ni mueva, y que si sus alféreces ó lugares tenientes hicieren por qué, que los quite y los castigue, y no quite ni mueva las compañias á los capitanes, sino que ponga otros alféreces ó tenientes en sus nombres de los dichos capitanes que yo tengo nombrados.

Habeis os de guardar de las personas que sabeis que yo me guardaba; y de los que yo me fiaba, bien creo que podeis fiaros.

Recoged todos mis criados y servíos dellos, que son buenos y fiables; principalmente Ortega que se queda, recibidlo por criado luego.

Si Salazar quisiere ir á España á ser mi mayordomo, enviámelo con el capitan Francisco Ruiz, al cual dejo aquí para que me lleve la nueva de lo que, si place á Dios, vos hobiéredes fecho é alguna perla ó joya, si hobiéredes habido para mí; que ya sabeis que no tengo qué comer en España, si no es la facienda que tengo de vender; y toda mi esperanza es en Dios y en vos. Por eso mirá, pues os dejo por hijo y con cargo tan honrado, que no me olvideis, pues me voy con seis ó siete llagas. cuatro en la cabeza y una en la pierna, y otra en la mano, que no me deja escribir ni aun firmar.

Al capitan Francisco Ruiz, tratá bien, porque yo le quiero mucho y es de mi tierra y sabeis que nos criamos juntos, y despachámelo luego, porque si place à Dios, si lleva con qué, os lo tornaré luego á enviar con gente y con bergantines que suba el rio arriba, porque no se detenga.

Estos que se me han quedado acá, que son Antonio de Mendoza y Antonio de Angulo, si os sirvieren bien, hacedles honra, y sino no cures deilos, cada uno sepa que ha de llevar sus partes, sirviendo.

Si de algunos hiciéredes justicia, sea con mucha razon; y si fuere cosa que podais pasalla, pasadla; porque Dios será dello servido, y sino no le justicies sin hacer su proceso primero y bien sustanciado. Y si el caso fuere tal que os toque en traicion, y estoviéredes cierto que es verdad, y no halláredes testigos que basten, empozadlo secretamente de noche ó echarlo donde no parezca ni os pueda hacer daño, pero primero, como os he dicho, se os acuerde de Dios, que aunque sois mozo sois cuerdo y en todas las cosas le poné delante; y os dejo las provisiones y cédulas que tengo del rey; hacedlas guardar para aprovecharos dellas.

Yo dejo ciertas partes señaladas que se den á los oficiales del rey, y á Francisco Ruiz que va conmigo y á mis criados y á los marineros, si Dios algun bien nos diere sacadas mis costas, razon es que hayan algun provecho demás el capitan Francisco Ruiz y estos oficiales del rey.

El contador llevo por no dejaros aquí hombre tan bullicioso, y tambien él quedaba de mala gana. Á su hermano que queda por su lugartepiente, tratá bien y decidme mucho bien de su hermano. Haceos bien quisto

de todos los hombres de bien, y que viéredes que os podeis fiar dellos.

Si entráredes tan dentro que os encontreis con Almagro ó con Pizarro, procurá de haceros su amigo; y si tuviéredes poder para ello, no dejeis pasar en lo vuestro á ninguno; y á más no poder, hacer vuestros requirimientos y siempre procurá tenellos por amigos, y no de manera que se os pase vuestra gente á ellos.

Y si Diego de Almagro quisiere daros porque le renuncie la gobernacion que ahí tengo desa costa y de las islas ciento y cincuenta mil ducados, como dió á Pedro de Alvarado porque se volviese á su tierra, y aunque no sean sino cient mill, hacedlo sino viéredes que hay otra cosa que sea más en mi provecho, no dejándome morir de hambre. Y si lo ficiéredes, por esta firmada de mi nombre, prometo de lo cumplir todo lo que vos ficiéredes y pasar por ello y procurar quel Rey lo pase. Y ha de ser con condicion que os ponga en el puerto á vos y á un criado suyo, y que traigais vos los dineros; ha de ser en el puerto de Panamá. Y á vos os prometo de daros porque vivamos juntos, ocho mil ducados, sin el diezmo de como lo vendiéredes. Y si Dios os diere alguna joya ó alguna piedra, no dejeis de enviármela, porque tenga algun remedio de mis trabajos y de mis llagas. No os envio poder para esto por no descubrillo á nadie, más desta que basta firmada de mi nombre.

Á Tobalina pagué cincuenta ducados, de noventa que dice que le debeis, y tomé su carta de pago. Digolo porque no se los pagueis otra vez.

Y aunque arriba digo que la contratacion que habeis de hacer con Almagro ó Pizarro que sea de las doscientas leguas que tengo de gobernacion en la mar del

Sur ó de las Islas, digo que lo hagais por todo el rio de la Plata tambien, y sea por todo lo que más pudiéredes.

Las cosas de bienes que aquí quedan de difuntos, y ciertos rescates mios y rescates de aleman, os dará Francisco Ruiz. Haced tenedores de bienes á Juan Ramos y á Martin Perez, y mandadles que tengan buen recaudo, mejor de lo que hasta aquí tuvieron, porque todos se han perdido.

Mucho quisiera poder hablaros antes que me partiera, mas mi dolencia y el tiempo no han dado lugar que espere más de lo que he esperado.

Haced de manera que por toda vuestra vida seais Gobernador, acordándoos primeramente de Dios y despues de mí, porque si así no lo hiciéredes, enviaré otro gobernador.

Ahí os dejo dos test amentos cerrados, uno que tenia fecho y otro que enmiendo, y otro queda al escribano, que es el enmendado. Si Dios fuere servido de llevarme, podeis abrirlos y ver lo que hay dentro; y en todo lo demás me remito á vuestro buen parecer.

Fecho en el puerto de Nuestra Señora de Buenos Aires, á veinte é un dias del mes de abril de mil é quinientos é treinta é siete años.

Si Dios fuere servido que hagais algun oro ó plata, sacareis las costas que yo he fecho, que vos las teneis por escrito, y sacareis para mí diez é seis partes, y para vos ocho, y á los capitanes á cuatro, y á esotros segun hobieren servido cada uno, y ponedlo por escrito ante escribano lo que dais á cada uno. La cuenta de lo que habeis gastado no hallo en el escritorio; por amor de mí que la envieis con el capitan Francisco Ruiz, y alguna obliga

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