Ley de orden público de 23 de abril de 1870: Publicada en la "Gaceta de la Habana" el día 28 de septiembre de 1879

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Rambla y Bouza, 1906 - 28 páginas
 

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Pasajes populares

Página 28 - Por tanto: Mandamos á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, asi civiles como militares y eclesiásticas...
Página 12 - ... ajustarse. En su consecuencia, si instruidas las diligencias sumarias por mandato de la Autoridad militar apareciesen complicados como reos de los expresados delitos personas no comprendidas en los tres precedentes artículos, los Fiscales de las causas harán expedir inmediatamente los oportunos testimonios del tanto de culpa, y los remitirán al Juez de primera instancia que corresponda por conducto de la Autoridad militar superior, la que con toda seguridad pondrá los presuntos reos á disposición...
Página 21 - ... extremos por otrosíes en sus escritos de acusación y defensa, habrá el Juez por conclusa la causa desde luego, y sin otro trámite mandará llevar los autos á la vista, con citación de las partes, para sentencia. En otro caso, recibirá la causa á prueba con calidad de todos cargos por un término breve, que, aunque se prorrogue, no podrá exceder de treinta días, admitiendo de las pruebas propuestas solamente las que estime pertinentes y de notoria influencia en el resultado del proceso.
Página 12 - ... sus veces. Si el Juez de paz no fuere letrado, le reemplazará según el número de orden el suplente que lo sea; si no lo hubiere, asistirá al consejo el Juez de paz ó suplente letrado del año ó años anteriores, y no habiéndole tampoco, el Abogado más antiguo del pueblo donde se celebre. Será Presidente del consejo el vocal que según las leyes civiles y militares fuere de mayor categoría. Y si sobre esto ocurriera duda, el que disfrute más sueldo por razón de su empleo, disfrutante...
Página 10 - ... escondidos, después de haber estado con los rebeldes ó sediciosos. Los habitantes de las casas en que se hubiesen hecho fuertes los rebeldes ó sediciosos no serán considerados presuntos criminales por el solo hecho de encontrarse en ellas. Pero si resultase haber tenido participación en los delitos á que se refiere esta ley, sufrirán la pena correspondiente. Se esceptuan de lo dispuesto en el párrafo segundo de este artículo los individuos de las asociaciones filantrópicas legalmente...
Página 3 - Don Francisco Serrano y Domínguez, Regente del Reino por la voluntad de las Cortes Soberanas ; á todos los que las presentes vieren y entendieren, salud : las Cortes Constituyentes de la Nación española, en uso de su soberanía, decretan y sancionan lo siguiente : Artículo 1.°...
Página 9 - Publicado el bando y terminado el plazo que en él se señale, serán disueltos á todo trance los grupos que se hubieren formado, empleando la fuerza, si fuere necesario, hasta reducirlos á la obediencia, prendiendo á los que no se entreguen, y poniéndolos á disposición de la autoridad judicial cuando deban ser juzgados por ella en la forma que se expresa en el tít.
Página 6 - Pero nada de esto podrá verificarse sino por la misma autoridad ó por un delegado suyo provisto de orden formal y escrita. En uno y otro caso, el reconocimiento de la casa, papeles y efectos, tendrá...
Página 5 - La autoridad civil, en este estado, podrá detener y detendrá á cualquiera persona, si lo considerase necesario para la conservación del orden. Los detenidos en esta forma no deberán confundirse con los presos y detenidos por delitos comunes.
Página 20 - ... por escrito siempre que el Juez lo estime, y lo será necesariamente para acordar lo que se ordena en el artículo anterior. Art. 58. Concluido el sumario, se pasará la causa al Promotor fiscal para que formalice su acusación en un término breve, que no podrá exceder de cinco días.

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