Ley de enjuiciamiento civilImp. del Ministerio de Gracia y Justicia, 1855 - 282 páginas |
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Términos y frases comunes
ab-intestato acreedores actor acumulacion administracion admitida ambos efectos apelable en ambos apelante árbitros arreglo Audiencia autos al Tribunal avalúo causa certificacion cion citacion competente conciliacion concurso condena conformidad contestacion créditos deberá declaracion declarado decretar demanda demandante demas depósito derecho despues deudor dias siguientes dictará sentencia dictare diligencia documentos domicilio edictos ejecucion ejecutoria emplazamiento entrega esceder escepciones Escribano espediente espresadas establecida estenderá estime estuviere fianza Fiscal fuere Gaceta de Madrid hará herederos hiciere hubiere interdicto interesados Jueces Juez de paz Juez de primera juicio ordinario juicio verbal juzgado liquidacion litigantes litigar mandará muger necesario nombramiento otorgando peritos perjuicio persona pidiere podrá podrán presentaren presente prevenida prévia primera instancia procederá procedimiento de apremio Promotor promovido proroga providencia prueba recurso de Casacion recurso de fuerza recusacion remitirán los autos SECCION sentencia definitiva señalado sicion Síndicos subasta sustanciacion sustanciará tambien tercero término testamentaría testigos tículo TITULO Trascurridos Tribunal Superior Tribunal Supremo tutor ó curador tuviere
Pasajes populares
Página ii - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página i - Doña Isabel II , por la gracia de Dios y la Constitución de la monarquía española, Reina de las Españas: á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 1.°...
Página 61 - II.- Los documentos auténticos expedidos por funcionarios que desempeñen cargo público en lo que se refiere al ejercicio de sus funciones; III.- Los documentos auténticos, libros de actas, estatutos, registros y catastros que se hallen en los archivos públicos, o dependientes del Gobierno Federal o de los Estados, de los Ayuntamientos y delegaciones del Distrito o Territorios Federales...
Página 22 - Art. 82. Las cuestiones de competencia pueden promoverse por inhibitoria ó por declinatoria. La inhibitoria se intentará ante el Juez que se crea competente, pidiéndole que dirija oficio al que estime no serlo, para que se inhiba y remita los autos.
Página i - Adoptar las medidas mas rigorosas para que en la sustanciacion de los juicios no haya dilaciones que no sean absolutamente necesarias para la defensa de los litigantes y el acierto en los fallos.
Página 10 - Si ésta no supiere ó no pudiere firmar, lo hará á su ruego un testigo. Si no quisiere firmar ó presentar testigo que lo haga por ella en su caso, firmarán dos ¡testigos requeridos al efecto por el actuario.
Página 39 - Los que vivan sólo del ejercicio de una industria ó de los productos de cualquier comercio por los cuales paguen de contribución una suma inferior á la fijada en la siguiente escala: En las capitales de provincia de primera clase, 65 pesetas.
Página 41 - El litigante que no se haya defendido por pobre en la primera instancia, si pretende gozar de este beneficio en la segunda , deberá justificar , que con posterioridad ha venido á ser pobre con efecto. No justificándolo cumplidamente, no se le otorgará la defensa gratuita.
Página 78 - A nombrar un albacea dativo que se encargue de disponer el entierro y de lo demás propio de este cargo con arreglo á las leyes. 2.°...
Página 136 - ... con la persona que esté encargada en su nombre del cuidado de la finca; y si tampoco la hubiere, se librará el oportuno exhorto ú orden para citarlo al Juez del pueblo de su domicilio ó residencia. En este último caso, el Juez señalará el término suficiente, atendidas las distancias y dificultades de las comunicaciones, para la comparecencia al juicio verbal.