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1842. El ministerio Calatrava reforma á su modo la ley de dotacion de culto y clero. (S CDI).

El Promotor fiscal de Lugo pide pena capital contra varios indivíduos del Cabildo por haber hecho una exposicion reservada al Regente. (S CDII).

À la muerte del Sr. Vallejo es nombrado vicario capitular de Toledo el Sr. Golfanguer. (S CDII).

Prohíbese dar curso á las preces dirigidas á Roma. (Párrafo CDIV).

La Colecturía de espolios y vacantes queda constituida en seccion aparte de la de Cruzada. (§ CDIV).

Véndense en pública almoneda las alhajas de las iglesias á precios ínfimos y con poca utilidad del Tesoro. (Párrafo CDI).

El ministerio de Gobernacion hace una contrata con unos extranjeros para quemar los altares y extraer el oro de ellos. (S CDI).

Es deportado el señor Obispo de Menorca, anciano y ciego,
por supuestos delitos. (S CDII).

Real órden de 31 de julio agregando á Cruzada los fondos
de la Obra pia de Jerusalen la caja española en Jerusa-
len queda completamente exhausta, y perdido el patro-
nato de la Corona de España. Los extranjeros adquieren
allí la importancia que pierde España. (§ CDI).
El papa Gregorio XVI da su célebre Encíclica en 22 de
enero sobre los padecimientos de la Iglesia de España, y
pidiendo para ella las oraciones de todo el orbe cristiano.
(S CDIII).

1843. Supresion de los colegios que aun estaban existentes en Alcalá de Henares, hecha por el ministro Caballero, que habia sido colegial en uno de ellos. (S CCCLX).

El Clero de España no toma parte en la derrota de Espartero, aunque se congratula de su caida, esperando otra política mas tolerante para la Iglesia. (§ CDIII y CDIV). 1844. Balmes publica su célebre obra sobre el Protestantismo. (S CDIII).

Ábrese el tribunal de la Rota (20 de febrero), permítese á

los Prelados abrir concursos, y se autoriza la remision de preces á Roma. (S CDIV).

1845. Mueren en París el ex-inquisidor Arce y Reinoso emigrado en Francia desdo 1814 (S CCCXCIV), y en Madrid el P. La Canal, continuador de la España sagrada. Regresan de su destierro el Sr. Echanobe, arzobispo de Tarragona, y otros prelados.

1846. Los benedictinos españoles, PP. Serra y Salvado, plantean una mision en la Nueva-Holanda.

Muerte de Gregorio XVI. El Gobierno español trata de interponer la exclusiva contra Mons. Lambruschini; pero antes de ello queda elegido Pio IX. (§ CDV).

1847. Mons. Brunelli delegado de Su Santidad entra en Madrid (30 de mayo). (S CDV).

Provéense veinte y cuatro sillas episcopales vacantes, siendo ministro de Gracia y Justicia D. Florencio Rodriguez Vahamonde. (S CDV).

Fallece en Madrid el Sr. D. Félix Amat, obispo de Astorga, el dia 28 de diciembre despues de haber remitido al Gobierno una acta de la sumision á la Santa Sede y retractacion. (Véase el § VII de este tomo).

1848. Fallecimiento de D. Jaime Balmes en Vich, su patria. Fallece en Sevilla el venerable P. Fagundez. (S CDVIII). Atentado de los demagogos de Roma contra Su Santidad el papa Pio IX: España toma la iniciativa en el pensamiento de la intervencion armada. (S CDV).

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Toma posesion del arzobispado de Toledo el Sr. Bonel y
Orbe, habiendo estado aquel vacante, por muerte del se-
ñor Inguanzo, trece años.

El Excmo. Sr. Claret plantea la obra de la LIBRERÍA RELI-
GIOSA. (S CDIX).

Muere en la república de Bogotá el jesuita español Laynez, evangelizando á los salvajes del Caquetá. (S CDVIII). 1849. El ejército español desembarca en Gaeta para defender al Santo Padre. (S CDVI).

Ley autorizando al Gobierno para estipular un Concordato con la Santa Sede.

Mons. Brunelli presenta á S. M. los poderes de nuncio y embajador; con lo cual quedan completamente reanudadas las relaciones con la Santa Sede, al cabo de catorce años de interrupcion. (S CDV).

1850. Vuelto á Roma el papa Pio IX da gracias á la nacion española en el consistorio de 13 de abril por su leal cooperacion para su restablecimiento en el trono pontificio. (S CDVI).

1851. Firmase el Concordato en 16 de marzo. (S CDVI). Supresion de la Comisaría general de Cruzada. (§ CDVI). Restablecimiento de la Agencia de preces por Real órden de 26 de setiembre. (§ CDVII).

Supresion de la Colecturía general de espolios y vacantes. (S CDVI).

1852. Suprímense cási todas las iglesias colegiatas de España. (S CDVI).

Supresion de las facultades de teología de las Universidades, y creacion de cuatro Seminarios centrales. (Párrafo CDVI).

Beatificacion del venerable Pedro Claver, jesuita español. Breve de la Santa Sede para continuar la causa de la beatificacion de Palafox. (S CCCLXXVII).

1853. Supresion de la colegiata del Santo Sepulcro de Calatayud, último resto de la Órden de Caballeros del Santo Sepulcro. (S CXCVI).

1854. Pronunciamiento de julio.

Expulsion de los Jesuitas de Loyola, y de otros varios puntos de España, donde estaban como particulares. (Párrafo CCCLXXVII).

Las Cortes constituyentes se ponen en pugna con la Santa Sede y con la Iglesia de España. (§ CDXI). Vuélvese á cerrar la Nunciatura.

La declaracion dogmática del misterio de la Inmaculada Concepcion es acogida con gran júbilo por el pueblo español. (S CDXI).

CONTESTACION Á LOS ÚLTIMOS ARTÍCULOS

PUBLICADOS EN OCTUBRE DE ESTE PRÉSENTE AÑO DE 1858

por el Sr. Hevia,

SOBRE EL TRIBUTO DE LAS CIEN DONCELLAS.

Impresa ya gran parte de este tomo IV, llegan á mis manos los artículos publicados por el Sr. Hevia en el periódico de Sevilla titulado La Cruz, tratando de probar el tributo de las cien doncellas.

El estilo empleado en ellos y los medios á que recurre el Sr. Hevia para hacer efecto, me dispensaban de contestarle, pues falta en sus escritos hasta la dignidad que debe haber en esta clase de polémicas. Habla de Masdeu como si hablara de algun hereje calificado por la Iglesia, y como si solo fuera Masdeu quien ha impugnado el diploma de Ramiro I. Pues qué, ¿no hay centenares de católicos tan' buenos ó mejores que el Sr. Hevia, que han impugnado el disparatado diploma de Ramiro I plagado de anacronismos, nombres equívocados y otras ridiculeces que ya notó el P. Perez? ¿No era tan católico, ó mas, que el Sr. Hevia el célebre P. Perez, catedrático de Prima de la universidad de Salamanca, esclarecido benedictino, crítico profundo y entendido, que en el siglo XVII mostró ya los absurdos que contenia el llamado diploma de Ramiro I?

. ¿Por qué citar á Masdeu y no citar al P. Perez? Y ¿no es chocante que ponga el Sr. Hevia por epígrafe de sus artículos un texto del P. Perez sobre las tradiciones, cuando el mismo P. Perez niega la autenticidad del diploma? Avenga el Sr. Hevia al P. Perez con el P. Perez.

En un arrebato llega el Sr. Hevia á recetar gotas de acebo (garrotazos) á los que níegán las tradiciones. Una pequeña observacion al Sr. Hevia, despues de reprimir la pluma para guardar la dignidad que debemos tener como escritores, aunque se falte á ella con

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TOMO IV.

nosotros. El cardenal Baronio y todos los extranjeros que niegan la venida de Santiago á España, niegan en el hecho mismo la autenticidad del diploma de Ramiro I; y así es que aquel célebre Cardenal trabajó porque se reformara lo relativo al rezo de Santiago.

Pues bien, segun la receta del Sr. Hevia, debiera haberse dado de garrotazos (gotas de acebo) al venerable cardenal Baronio, mas católico y mejor católico que el Sr. Hevia, puesto que tiene pendiente su causa de beatificacion. Por de pronto no es costumbre entre buenos católicos recetar gotas de acebo.

Si hubiéramos de contestar extensamente al Sr. Hevia, tendríamos que gastar mas tiempo y espacio del que merece tan desacreditado asunto.

Para probar la inocencia de los Templarios echó mano el Sr. Hevia de la novela titulada el Conde de Bembibre: para el tributo de las cien doncellas echa mano de un artículo de imaginacion, publicado en el folletin de La Esperanza y que como tal no puede tener importancia de monumento histórico. Redúcese á decir que los de Betanzos derrotaron con palos de higuera á los moros que fueron allá á cobrar el tributo de doncellas, de donde traen su orígen los Figueroas. Hay allí puñaladas de un padre á una hija, lamentos del novio, diálogos de vecindad, copiados sin duda por taquígrafo, y todos los adornos que los poetas y novelistas usan en tales casos para realzar sus composiciones. ¿Y son estas comprobantes á propósito para tratar un punto histórico? Esto no merece contestacion séria, y el impugnarla con el ridículo no lo permite la seriedad de la obra.

Es mas, los de Carrion enseñan, segun el Sr. Hevia, hasta la casa donde se albergaban las doncellas, cuando las llevaban á Córdoba: lo mismo enseñan en otros pueblos la cueva de la mora encantada, ó cosa tal: que enseñen dicha casa los de Carrion yo no lo extraño; lo que sí extrañaré que haya gentes de talento que crean tales disparates.

Á fines del siglo X fue destruida la ciudad de Leon por Almanzor, y todas las poblaciones de alguna importancia en aquel reino sufrie ron igual suerte. Así es que un siglo despues estaban aun repoblándose las principales ciudades de Castilla y del antiguo reino de Leon, y para ello no hay mas que ver las historias verídicas de Valladolid, Salamanca, Palencia, Zamora, Ávila, Toro y otras. Lo mismo su

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