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no habiendo otro motivo justo segun las leyes, sean inmediatamente puestos en libertad. Que así es mi voluntad, por exigirlo todo asi el bien y felicidad de la nacion.

Dado en Valencia á 4 de mayo de 1814.

YO EL REY.

Como secretario del rey con ejercicio de decretos y habilitado especialmente para éste.

XI.

PEDRO DE MACANAZ.

ORDENES QUE MEDIARON PARA LAS PRISIONES DE LOS DIPUTADOS.

Real orden del señor don Pedro Macánáz al señor don Francisco Leiva.

El rey, al mismo tiempo que se ha servido nombrar al teniente general don Francisco Eguía gobernador militar y político de Madrid, capitan general de Castilla la Nueva, y encargado por ahora del gobierno politico de toda la provincia, ha resuelto se proceda al arresto de varias personas, cuya lista se ha dirigido a dicho general. Y confiando Su Magestad del celo y prudencia de V. S. que en tal ocasion, de tanto interés para su servicio y bien de la nacion, desempeñará V. S. esta confianza con la actividad que tiene acreditada, quiere que presentándose á aquel general para ponerse de acuerdo acerca de la ejecucion en esta parte del real decreto que se le comunicó, lo ejecute V.S. con arreglo á lo que se previene en él.

De real órden lo comunico á V. S. para su cumplimiento.-Dios guarde á V. S. muchos años.—Valencia 4 de mayo de 1844.—Pedro Macanáz.—Señor don Francisco de Leiva.

Oficio del señor capitan general don Francisco Eguia al mismo señor Leiva.

Con fecha 4 del corriente, el señor don Pedro Macanáz, de órden del rey, me dice entre otras cosas lo siguiente:

«Disponga V. E. con la mayor actividad, y sin pérdida de tiempo ni de diligencia, que sean arrestados simultáneamente y puestos sin comunicacion los sugetos cuya lista acompaño. Y como para esto sea necesario se valga V. E. de personas de toda confianza, nombra S. M. á los ministros togados don José María Puig, don Jaime Alvarez Mendieta, don Ignacio Martinez de Villela, don Francisco Leiva y don Antonio Galiano, para que procedan al arresto de to

das las personas y al recogimiento de sus papeles, á saber, de aquellos que se crean á propósito para calificar después su conducta política. Però es el ánimo de Su Magestad que en este procedimiento, además del buen tratamiento de las personas, se guarde lo que las leyes previenen; y por esto manda, que arrestados que sean, y quedando centinelas en sus respectivas habitaciones interiores, cuya llave ó llaves recojan los mismos interesados, se haga entender á éstos nombren persona de confianza para que asista al reconocimiento de papeles, y rubrique con el escribano que asista á la diligencia aquellos que se separen con el espresado fin.

>>El cuartel de guardias de Corps y la cárcel de la Corona son lugares apropósito para la custodia de los mas señalados. Y respecto hay entre ellos algunos eclesiásticos se impartirá el auxilio del vicario de Madrid; y en todo caso por nada se suspenderá el arresto. Conviene, pues, para que no se frustre tan importante diligencia, que se ponga V. E. de antemano de acuerdo con los espresados ministros, á quienes se dirigen los adjuntos oficios, procurando evitar se trasluzca su comision, para lo cual se tomarán las convenientes precauciones.»-Lo que comunico á V. S. para su inteligencia y cumplimiento, incluyéndole una lista de los que deben ser arrestados.

Dios guarde á V. S. muchos años.-Madrid 9 de mayo de 1814,-Francisco Eguia.-Señor don Francisco de Leiva.

Lista primera de los que debian ser presos segun el anterior oficio.

Don Bartolomé Gallardo, calle del Príncipe.-Don Manuel Quintana.Don Agustin Argüelles, calle de la Reina.—Conde de Toreno, dicen que marchó.-Don Isidoro Antillon, marchó segun dicen á Aragon.-Conde de Noblejas y hermano.-Don José María Calatrava.-Don Juan Corradi.-Don Juan Nicasio Gallego, dicen que marchó á Murcia.-Don Nicolás García Page, calle de Hita, número 5, cuarto principal.-Don Manuel Lopez Cepero, calle de San José, casa de la imprenta.-Don Francisco Martinez de la Rosa, idem idem. Don Antonio Larrazabal, calle de Jacometrezo, casa de Villadarias.— Don José Miguel Ramos Arispe.-Don Tomás Isturiz, calle de Alcalá, frente á las Calatravas, desde el esquinazo de la calle de Cedaceros hacia el Prado, segundo portal.-Don Ramon Feliú.-Don Joaquin Lorenzo Villanueva.Don Antonio Oliveros.-Don Diego Muñoz Torrero.-Don Antonio Cano Manuel, calle de Alcalá, junto á las Calatravas.-Don Manuel García Herreros, en la plazuela de Celenque, en la imprenta.-Don Juan Alvarez Guerra.Don Juan O'Donojú.-Don José Canga Argüelles, calle del Príncipe, casa de San Ignacio, cuarto segundo.-Don Miguel Antonio Zumalacárregui.-Don José María Gutierrez de Terán.-Maiquez y Bernardo Gil, cómicos.-El Conciso y Redactor general.-F. Beltran y un hermano suyo.-Don Dionisio Capaz.-Don Antonio Cuartero.-Don Santiago Aldama.-Don Manuel Pereira.-Don José Zorraquin, calle Mayor, frente á la fábrica de Tala、 vera, que tambien es fábrica de sedas.-Don Joaquin Diaz Caneja.-El cojo de Málaga.

Copia del borrador del señor general don Francisco Eguia al auditor de Guerra don Vicente María Patiño.

A don Vicente María Patiño. Remito á V. S. un ejemplar del soberano decreto de S. M. don Fernando VII., dado en Valencia á 4 del corriente, con

el adjunto pliego apertorio para el señor presidente de las Córtes ordinarias, á fin de que enterado V. S. de todo lo que el rey tuvo á bien decretar, con respecto al particular de Córtes y demás á ellas referente, pase V. S. desde luego á entregar en persona al referido señor presidente el espresado pliego, y en seguida a poner en ejecucion todo lo prevenido por S. M. sobre este punto, prometiendome de su celo y amor al servicio del rey, desempeñará esta delicada comision con toda exactitud, conforme á las reales intenciones de S. M., dándome aviso de quedar enterado; y avistándose conmigo en caso de contemplarlo útil para el mejor desempeño del encargo que dejo á su cuidado. Dios guarde á V. S. muchos años.-Madrid 10 de mayo de 1814.

Copia de la contestacion original del señor Patiño gl señor general Eyula.

Excmo. señor: En seguida de haberme separado de V. E. despues de haberle acompañado en el real palacio, pasé sin perder momento á la casa habitacion del señor presidente de las Córtes cesantes, y le entregué su pliego, que al simple anuncio de que incluia un soberano decreto de S. M. lo recibio con todo el debido acatamiento, y enterado de su contenido, espresó obedecería desde luego cuanto S. M. tenia á bien ordenar, y que estaba pronto por su parte á ejecutarlo y hacer que se ejecutase: mas siendo ya las dos y media de la madrugada, y casi imposible conseguir se reuniesen los secretarios de Córtes, hemos acordado que desde luego me fuese yo á la casa de doña María de Aragon y tomase todas las medidas oportunas para poner en debida custodia los papeles de la secretaría, segun me estaba mandado. En efecto, con el auxilio del comandante de la guardia reconocí todo el edificio, recogí las llaves, no solo las que tenian en su poder los porteros, mas si tambien la maestra que estaba á cargo del ingeniero del mismo edificio, y dejando colocadas las centinelas que creí necesarias me retiré. El espresado señor presidente quedó conmigo en que contestaría á V. E. esta mañana. Todo lo que participo á V. E. para su inteligencia y demás fines que convenga.

Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 44 de mayo de 1814.—Excmo. señor.-Vicente María Patiño.-Excmo. señor don Francisco Eguía.

Copia de la contestacion original del señor don Antonio Joaquin Perez, presidente de las Cortes ordinarias, al señor general Eguia.

Excino. señor: Antes de las tres de esta mañana ha puesto en mis manos el auditor de guerra don Vicente María de Patiño el oficio que V. E. se ha servido pasarme como á presidente de Córtes, con el real decreto de 4 del corriente, por el que S. M. el señor don Fernando VII., nuestro soberano, que Dios guarde, se ha servido disolver las Córtes y mandar lo demás que en el mismo decreto se previene. En su puntual y debido cumplimiento, no solamente me abstendré de reunir en adelante las Córtes, sino que doy por fenecidas desde este momento, asi mis funciones de presidente, como mi calidad de diputado en un congreso que ya no existe. Con la anticipacion que me ha side posible tengo distribuido á los secretarios de Córtes los cuatro ejemplares del mencionado real decreto, que con aquel fin se sirvió V. E. acompañarme; y habiendo significado al auditor comisionado mi pronta disposicion á auxiliarle, sin reserva de personalidad, de hora, ni de trabajo, tengo el honor de ratificarla á V. E. para cuanto sea de su mayor agrado.

Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid á 11 de mayo de 1814.-Exce

lentísimo señor.-Antonio Joaquin Perez.-Excmo. señor don Francisco de Eguía.

Copia de otro oficio original de don Vicente Maria Patiño al señor general Eguía.

Excmo. señor: En la mañana de hoy quedó depositado en las casas consistoriales de esta villa y en la Biblioteca Real todo lo perteneciente a las estinguidas Córtes, su secretrría, archivo y biblioteca, que existia en la casa de don Manuel Godoy, y entregué al comisionado del intendente de esta provincia las llaves del mismo edificio, quedando en mi poder la der salon de las mismas, donde existe el dosel, sitial, tapete y almohadon, los bancos, catorce arañas de cristal, y las mesas y sillas de la misma pieza con sus alfom' ras; cuyos muebles Juzgo deben permanecer en el mismo sitio hasta que S. M. tenga á bien resolver otra cosa, y señalar á dónde deban colocarse.

Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 22 de mayo de 1814-Ex^mo. señor.-Vicente María Patiño.-Excmo. señor capitan general de Castilla la Nueva.

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