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rasgo de clemencia con que el magnánimo corazon de nuestra escelsa Reina concedió la amnistía. V. E. ha dado una nueva prueba de la generosidad y elevacion de sus nobles sentimientos, prueba que no necesitaba el Ayuntamiento para comprenderlos y aplaudirlos.-Este rasgo hará caer la venda de los ojos, si todavía existiera algun iluso que conservara errores, y será un nuevo vínculo de union y de paz, y de felicidad, un nuevo orígen de ventura para el país que tiene la dicha de estar bajo la égida de Isabel II y el gobierno del marqués de la Pezuela.-Reciba V. E. las cordiales felicitaciones del Ayuntamiento.-Dios guarde á V. E. muchos años.- Habana y abril 25 de 1854. -Excmo. Sr. José Manuel Espelius.-Simon de Cárdenas.-El conde de O-Reily. Joaquin Fernandez de Velasco.-El marqués de AguasClaras-Manuel Gonzalez del Valle.-Ramon de Montalvo y Calvo.Ignacio Crespo y Ponce de Leon.-José Cintra.Francisco Javier de la Cruz.-Miguel Estorch.

Secretaría de Gobierno.-El Excmo. Sr. Comandante general de Santiago de Cuba, y el Teniente Gobernador de Pinar del Rio han dirigido al Excmo. Sr. Gobernador capitan general, los siguientes documentos:

SEÑORA LOS habitantes de Santiago de Cuba, al instruirse de la amnistía concedida por V. M. en su Real decreto de veinte y dos de marzo último á los reos políticos de esta isla, han derramado lágrimas de gratitud y de ternura filial; y el Ayuntamiento, como su órgano, ha creido de su deber manifestarlo respetuosamente á V. M. por conducto del digno jefe de la misma isla.

El Ayuntamiento no puede espresar con palabras el respecto y admiracion que les inspira ese rasgo de maternal generosidad; convencido de que el corazon magnánimo que lo ha tenido los comprenderá como son en sí, hace intérprete de ellos á V. M. misma, pero no puede dejar de ofrecer á V. M. la seguridad de que los mismos que han necesitado de él para recobrar su libertad, contribuirán á que no haya otros que se separen de la senda que han seguido siempre sus conciudadanos, agradecidos de ese bien que solo podrian recibir de la mejor de las reinas, y fieles al deber que les impone.

Estos son, Señora, los sentimientos y los deseos de todos los cubanos. Dígnese V. M. acogerlos con agrado, como el mejor testimonio de su gratitud y adhesion. Santiago de Cuba, 6 de mayo de 1854.-Señora.—A. L. R. P. D. V. M.-El Marqués de España.-Joaquin Ferrer. --José L. Domiguez.-Andrés Duany V.-Rafael Portuondo.—Ru— perto Ulecia Ledesma.-José Vivar.-Antonio Herrera del Castillo.

-Francisco de Salazar.-Rafael Tamayo Fleites.-José Jacas.-José Gorgas. Fernando de las Cuevas.—Miguel Rodriguez.

Excmo. Sr. Los habitantes de Santiago de Cuba, al leer la amplia, cion de V. E. al art. 4.o del Real decreto de veinte y dos de marzo último, en que se dignó S. M. conceder amnistía á los desgraciados hijos de este país que olvidaron por un momento sus imprescriptibles derechos, han comprendido no solo la singular clemencia de aquella determinacion, sino la honra que han merecido todos los habitantes de la isla por la confianza que le dispensa su primera autoridad encargada de su bienestar y responsable de su seguridad. Su gratitud es proporcionada al tamaño de los beneficios, y el Ayuntamiento, fiel intérprete de aquellos sentimientos, los trasmite á V. E. por conducto de su digno Presidente, esperando acepte esta efusion de sus corazones, como la mejor garantía de su inalterable lealtad y adhesion al trono y á V. E. como su digno y magnánimo representante en esta isla. Santiago de Cuba, 6 de mayo de 1854.-Excmo. Sr.-El Marqués de España.-Joaquin Ferrer. José L. Dominguez.-Andrés Duany V. Rafael Portuondo.-José Vivar.-Ruperto Ulecia Ledesma. Antonio Herrera del Castillo.-Francisco de Salazar.-Rafael Tamayo Fleites.—José Jacas.—Fernando de las Cuevas.-José Gorgas.-Miguel Rodriguez.

Excmo. Sr. La amnistía general concedida por S. M. la Reina nuestra señora (Q. D. G. ) en veinte y dos de marzo último á todos los que estraviados un dia por errores funestos tomaron parte en conspiracio→ nes ó cualquiera otro delito político en la isla de Cuba, ha colmado de júbilo y contento á los habitantes de la Nueva Filipina, que ven en su excelsa Reina la amorosa madre de los españoles.

V. E., que tambien interpreta los magnánimos sentimientos de nuestra Reina, no ha creido necesario impedir el regreso de indivíduo alguno al seno de su familia, haciendo cesar de este modo le llanto de las afligidas madres y esposas. La Junta municipal del Pinar ⚫del Rio, desearia merecer de V. E. que hiciese llegar al Trono de su Reina y Señora la viva gratitud con que ha acogido este grandioso acto de su bondad, tan propio de sus virtudes y de su amor á los españoles, dignándose V. E. al propio tiempo recibir con agrado la mas sincera felicitacion que le tributa esta Junta municipal. Pinar del Rio, mayo 12 de 1854.-Excmo. Sr.-Rafael Lopez Ballesteros.-Manuel Pondal.―Licenciado, Joaquin Quilez.-Juan Ortiz.-José P. Castañeda.

Lo que de órden de S. E. se inserta en la Gaceta del Gobierno,

para general conocimiento.-Habana, 3 de junio de 1854.—José Estéban.

NÚM. 25.

Secretaría de Gobierno.-Circular núm. 31.-Seccion sétima.Entre los indivíduos á quienes la inagotable bondad de la Reina ha concedido amnistía y regreso á la patria, los hay jóvenes de pobres familias á quienes la pobreza misma, á la que sigue tan de cerca la desaplicacion al trabajo, habrá precipitado á la culpa, y podrá esponerlos de nuevo si no se proveyera á abrirles para en adelante camino de ganarse la subsistencia, siendo miembros útiles á la sociedad y á sí mismos.

*

Con este fin y el de facilitar algunos recursos á los condenados en presidios, que por carecer de ellos no pudieran desde luego venir á disfrutar de la Real gracia, he dispuesto que se autorice á los ayuntamientos de esta isla, impulsados por la autoridad superior local, á abrir una suscricion voluntaria entre los vecinos para formar un fondo de socorro de emigrados, con el que se atienda al objeto indicado, bajo las bases que convenientemente se me propongan.-Dios guarde á V. muchos años.—Habana, 25 de abril de 1853.-El marqués de la Pezuela.-Sres. gobernadores y tenientes gobernadores de esta Isla.

Como secretario por S. M. de este Gobierno superior, Certifico: que la precedente circular ha sido espedida en la fecha citada, disponiendo S. E. que se inserte en la Gaceta, para conocimiento y cumplimiento de quienes corresponda.—Habana, 25 de abril de 1854. -José Esteban.

En el cabildo estraordinario que el Excmo. Ayuntamiento celebró el dia 9 de mayo último, presidido por el Excmo. Sr. marqués de la Pezuela, Gobernador y capitan general, se sirvió S. E. autorizar á la Excma. Corporacion para abrir una suscricion voluntaria entre los vecinos, con objeto de formar fondo con que socorrer á los amnistiados que lo necesiten, y vengan á gozar del insigne rasgo de la Real clemencia. En consecuencia se acordó seguir la costumbre observada en casos análogos, de que los Sres. regidores inspectores nombren en los respectivos barrios de su cargo comisiones de vecinos que hagan la colecta del donativo, y den cuenta ; y como tambien los Sres. alcaldes, regidores, síndicos, procuradores y empleados del Excmo. Ayuntamiento se prestaron á contribuir, el Es

celentísimo Sr. Gobernador y capitan general, como presidente, se dignó iniciar la suscricion con su respetable nombre.

SUSCRICION A FAVOR DE LOS AMNISTIADOS POBRES.

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El Excmo. Sr. marqués de la Pezuela, presidente gobernador y capitan general. Alcaldes-Sr. D. José Manuel Espelius y Esquivel, de primera eleccion.

Sr. D. Simon de Cárdenas y Rodriguez, de segunda

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Regidores.-Excmo. Sr. conde de O-Reilly..

Sr. D. José Antonio de Galarraga..

Sr. D. Joaquin Fernandez de Velasco.
Sr. Marqués de Aguas Claras..
Sr. D. Manuel Gonzalez del Valle

Sr. D. Ramon de Montalvo y Calvo.

Excmo. Sr. D. Ignacio Crespo y Ponce de Leon.

Sr. D. Miguel de Hano y Vega..

Sr. D. Francisco José Calderon y Kessell.

Sr. D. José de Cintra..

Sr. D. Matías de Velasco.

Sr. D. Joaquin Muñoz Izaguirre..

Sindicos procuradores generales.-Sr. D. Francisco Ja

vier de la Cruz..

Sr. D. Miguel Estorch..

y Peña.

Contador del Excmo. Ayuntamiento -D. José Martorell

Mayordomo de propios.-D. Rafael de Castro Palomino..
Escribano del Excmo. Ayuntamiento.—Licenciado, Don'
Francisco Flaquer...

Suma.

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4 2

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Habana, junio 3 de 1854.-Licenciado, Francisco Flaquer.

NOTA. Que el Excmo. Sr. Presidente gobernador y ca-
pitan general, al remitir al Sr. alcalde primero los 200
pesos con que S. E. ha contribuido de su peculio,
tambien se sirvió hacerlo de 100 pesos mas que al mis-
mo fin destina la Secretaría de Gobierno, cuyas canti-
dades conserva en depósito el mayordomo de propios. . 100

Habana, fecha ut supra.-Licenciado, Francisco Flaquer.

NÚM. 26.

«Excmo. Sr.-En diversas ocasiones se ha tratado de la formacion de un banco ó caja en esta plaza, que al paso que sirviese para facilitar las transacciones mercantiles con el descuento de pagarés y letras, é hiciera adelantos á la agricultura, á la industria y al comercio para su fomento, contribuyese poderosamente á fijar los cambios á aquellos valores racionales que acabasen con la usura, y satisfaciesen las necesidades de buena fe de los que se ocupan en el movimiento de la riqueza pública en cualquiera de sus ramos.-Ya uno de mis antecesores se hallaba autorizado competentemente por Su Magestad para realizar el proyecto, cuando acontecimientos estraordinarios que en aquella sazon ocurrieron, causaron, por entonces su aplazamiento, y desde esa época se ha estado aguardando una ocasion para llevar á cabo tan bénefico establecimiento.-Ninguna mas oportuna que la presente. La necesidad actual lo reclama. La prosperidad pública es grande, y creciendo cada dia, debe fijar hondamente las raíces del crédito, para que no fluctúe este al viento de soplos pasajeros, que difunden la desconfianza donde no deben reinar, mas que la seguridad, el órden y la abundancia. El Gobierno, despues de cubiertas hasta el dia todas las atenciones que sobre él pesan, se halla con sobrantes de consideracion, y los ingresos de las Rentas Reales han sido tan notables en los últimos tiempos, que en los cinco meses que llevo al frente de esta Real Hacienda, solo la Aduana de la capital ha aumentado en quinientos veinte y dos mil ochocientos once pesos sus entradas comparadas con las de los años anteriores. Por lo que llevo espuesto, y en virtud de la autorizacion concedida por Real órden á esta Superintendencia, he venido en resolver, que el dia 15 del corriente se abra al público la real Caja de Descuentos, con el capital de ochocientos mil pesos por ahora, suministrados del fondo de reserva que se custodia en la Tesorería general de ejército, cuya Caja de Descuentos ha de estar bajo la direccion del Excmo. Sr. Conde de Cañongo, y á cargo de él y de los señores D. Rafael de Toca, como tesorero, y D. Miguel de Gaston, como contador, observándose para su establecimiento y operaciones todo lo que se previene en el adjunto Reglamento, que acompaño á V. E. para șu puntual cumplimiento, y que ordeno se publique, para que llegue á conocimiento de todos.-Dios guarde á V. E. mu

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