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Oido el voto consultivo de esta Real Audiencia pretorial, de conformidad con él, y considerando con la misma :

1.° Que la legislacion recopilada de Castilla, y aun la de Indias, son insuficientes para resolver cómo y por qué tribunal deberá castigarse el impreso en que se contengan originales desechados en todo ó en parte por la censura, ó no sometidos á ella, y que ataquen el principio de autoridad ó el órden público.

2.° Que en el reglamento vigente de 1.o de julio de 1834 y sus artículos 19 y 20, solo se imponen penas pecuniarias, y la de destierro en caso de reincidencia, por no estar las producciones que se publiquen en consonancia con la censura, ó censuradas.

3.° Que aquellas multas y penas, segun el art. 21, se imponen y ejecutan en los impresores con total abstraccion del contenido de los artículos; y solo cuando envuelvan el delito de injuria, ha de castigarse este conforme á las leyes por el tribunal competente.

4.° Que aquel Reglamento es tambien insuficiente é inadecuado para prevenir las infracciones contra el principio de autoridad, puesto que solo se encuentra allí el art. 13, en que se previene que los comunicados á las redacciones de los periódicos por las autoridades cuya conducta haya sido censurada por los mismos periódicos, se inserten íntegros en el siguiente dia de su comunicacion á mas tardar, sin que los editores puedan suprimir ni alterar una sola palabra de su contenido.

5.° Que además del principio de autoridad, está igualmente desatendido en aquel Reglamento el del órden público cuando solo una vez, en un párrafo del artículo 12, y para la simple prohibicion de publicarse, se habla de las producciones que inciten directa ó indirectamente á infringir alguna ley, ó á desobedecer á alguna autoridad legítima, aun cuando la autoridad contra la cual se dirijan, y el pueblo de su residencia se disfracen con alusiones ó alegorías, siempre que los censores opinen que se designan de este modo deter minadas personas, ó autoridades ó corporaciones constituidas.

6.° Que cuando las infracciones se dirijan á subvertir el órden, alterar la tranquilidad, ó romper los vínculos que unen y estrechan esta isla á la Madre Patria, pueden ser ellas de tal índole que constituyan un verdadero delito de infidencia, caso no previsto en el Reglamento.

Mientras S. M. la Reina (Q. D. G.) resuelve lo conveniente sobre este particular;

Usando de las facultades que me competen;

Ordeno :

ARTICULO PRIMERO. La impresion y circulacion de escritos desechados en todo ó en parte por el censor, ó no censurados, y en los cuales se ataque el principio de autoridad, ó se atente contra el órden público, serán considerados y castigados como delito de infidencia. ART. 2.o El impresor será el reo de este delito.

ART. 3.o Conocerá de estas causas la comision militar permanente

de esta plaza.

ART. 4. El fiscal de la comision militar permanente no podrá formular su acusacion sin prévia órden espresa del Gobernador capitan general.

Habana, 28 de setiembre de 1854.-José de la Concha.

NÚM. 42.

LA CRISIS.

FOLLETIN DE LA PRENSA DEL 1.o DE OCTUBRE DE 1854.

D. Abundio cree en el magnetismo, pero esto no es por cierto una heregía tampoco creen muchos prójimos en las verdades que don Abundio les predica, hasta que el tiempo y los porrazos los convencen; y de estos podria citar muchos ejemplos frescos, vivitos, palpitantes, segun la fraseología gálico-española que está en boga.

Pero por incrédulo y renitente que D. Abundio sea, nunca se niega á los esperimentos y las consecuencias lógicas que producir pueden, pues no tiene tanta presuncion, ni abriga tan alta idea de sus entendederas, como ciertos bultos que andan por el mundo, y que nosotros conocemos y vosotros conoceis y aquellos conocen. Así, pues, no quiso negarse á ser magnetizado por un gran sacerdote de la religion mesmeriana, que entre sus uñas le atrapó en la mañana del dia 21 del presente mes y año, de que doy fe.

¡Poder de Dios, y qué barbaridades tan estupendas sueña un hombre cuando está magnéticamente dormido! Pero por estupendas y por inauditas que estas barbaridades sean, se quedan siempre muy en zaga á las que han hecho, hacen y harán bien despiertas gentecillas de mas alto copete que un D. Abundio.

¡Pues no soñé que yo era médico! Y no un médico así como se quiera, sino un médico fenomenal, desconocido, fabuloso; un mé

dico mei generis. Ni yo habia venido de estranjis, huyendo de las pesetas que en mi país me ahogaban, y á buscar el vómito ó un pasmo mas que decente, por puro amor á la ciencia y nada mas; ni yo me habia anunciado como un geniazo, como una especialidad en ciertas enfermedades no muy decentes, es verdad, pero sí muy productivas; ni yo habia dejado de sopeton la alopatía para amanecer globulista cerril y furibundo, ni yo habia entrado jamás en disputas sandias con mis cofrades, ni apelado nunca á las personalidades ni á los insultos, ni siquiera jamás habia tenido la feliz ocurrencia de dedicarme (yo mismo) unos cuantos sonetos y media docena de artículos laudatorios en boca y por la pluma de ganso de enfermos que nunca ví, y de enfermedades que en toda mi pícara vida habia siquiera columbrado.

Yo era un médico ingénuo, estudioso, franco, desinteresado, ecléctico en toda la estension de la palabra, y sin mas pretensiones que curar á mis enfermos (si podia), y dejarlos ir al hoyo tranquilamente și el Padre Eterno lo decretaba. Era yo, en una palabra, el fénix de los médicos, un médico modesto y vulgar, un médico, en fin, como los hubiera hallado en la luna D. Simplicio, si es que en la luna hay médicos, y si D. Simplicio hubiera estado de humor de buscarlos.

Siendo yo médico, se infiere que mi oficio sería el visitar enfermos, y con alguna poca de lógica mas, se deduce tambien que para que yo visitase estos enfermos, preciso era que viniesen á llamarme.

Soñé en efecto, que me habian llamado para socorrer á un matrimonio, cuyos elementos constitutivos, cuyas dos partes integrantes (admiren Vds. la facundia de D. Abundio), es decir, el marido y la mujer estaban ya casi cadavéricos; los pícaros esposos se amaban tanto sin duda, que para no sobrevivirse mútuamente y que les entrara la diabólica tentacion de unas segundas nupcias, querian hacer la última mueca juntos como dos tortolitos, y dormir su último sueño en la misma huesa.

Yo tenia la mala costumbre de preguntar por el nombre y patria de todos mis enfermos, y claro es que lo primero que haria al visitar el matrimonio en cuestion, sería encajar mi pregunta usual á la enfermera que los cuidaba, y que ciertamente era lo que se llama una moza de bigotes, mucho mejores que los del médico. Y como don Abundio es naturalmente aficionado al diálogo, déjenle los prójimos lectores la satisfaccion de soplarles de pe á pa el que en esta ocasion sostuve con la linda enfermera.

--Llega V. muy á tiempo, señor doctor.

-Me alegro; ni V. ni yo debemos decirlo lo dirán los resultados. ¿Quiénes son los enfermos?

-Aquí en esta pieza los tiene V. Entramos, y me encontré tendidos en dos hamacas á mis dos pichones. El, se conocia que era hombre fuerte, pujante, de constitucion sanguínea y de fuerzas hercúleas, aunque demacrado y casi moribundo en fuerza de malos tratamientos ó de un veneno lento que corroía sus entrañas. Ella, delicada, medrosa, de constitucion linfática y hermosísima, se encontraba ya en el período álgido, pidiendo la Estrema-uncion á toda priesa, y encomendando á Dios su ánima pecadora. El aspecto de la casa revelaba lujo, opulencia, cultura y elegancia.

-¡ Malo! dije: apénas encontrarémos en la ciencia remedios propios á la intensidad del mal. ¿Quién es este caballero? ¿De dónde es? ¿Cómo se llama?

-Este caballero es español; se llama D. Espiritu Nacional, y segun creo, es oriundo de Cádiz ó de Málaga, ó de Madrid; el pueblo no lo sé á punto fijo, pero no me cabe duda en que es español. -Muy bien; ¿y la señora?

-Es la criolla mas linda que V. habrá visto jamás, señor doctor. -Ciertamente lo es, aunque muy desmejorada por las dolencias. -i Y tanto como lo está! ¿Quién habrá de conocer en este esqueJeto á la linda Confianza Pública ?

-¡ Hermoso nombre! Hágame usted ahora la historia de sus enfermedades.

-Con decirle á V. la de una, se hace la de otrà, porque son idénticas. Ambos se sintieron indispuestos desde el 16 de abril de 1852 (1); pero cayendo y levantando, llegaron hasta el mes de diciembre último (2). Desde entónces su vida es una contínua agonía, que se esplica por frecuentes y mas ó ménos prolongadas crisis, de las cuales, cada una los acerca al sepulcro de una manera rápida é inconcebible. Por ejemplo: se declara la guerra de Oriente, y los rusos llevan en la cabeza sendos garrotazos... ¡Crisis!

-¿Y qué tienen que ver estos señores con los rusos y con su tio Nicolás?

-Ahí verá usted! Hay quiebras de casas opulentas en Europa, con las que estos infelices ni siquiera han cambiado jamás un saludo....¡ Crisis!

(1) Dia de la salida del general Concha.

(2) Llegada del general Pezuela.

-¿Pero qué relacion?...

-Ahí verá V! ¿Se anuncian espediciones de filibusteros?..... ¡ Crísis! ¿Se anuncia que las espediciones que se anunciaban se quedaron en anuncios y nada mas .. ¡Crísis!

—¡Qué diablo!..... ante todas cosas, señora, ¿cómo se llama V.? -Yo no tengo título ninguno simplemente me llamo... Esperanza de los buenos.

i Bien! ¡magnífico nombre! no me abandone V., y la curacion de estos interesantes esposos está asegurada. Porque ha de saber usted que la Provideucia que sujeta á los pueblos á pruebas difíciles, y que no permite jamás que estas sobrepujen á sus fuerzas, los hace levantarse del borde del sepulcro, mas fuertes, mas arrogantes y mas terribles que jamás se vieron. Nuestros enfermos preciosos no morirán, porque para que ellos muriesen, era preciso renegar de la justicia divina. Y yo, pobre médico, creo en ella. Respondo de su curacion instantánea: tres horas de término y nada mas; porque pueblos y enfermos que la tienen á V. á su cabecera, se salvan siempre. ¡ Papel y tinta!

Ỳ escribí la receta siguiente:

Recipe.-Independencia nacional...... seis libras.
Justicia seca, seca, seca..... dos libras.

Moralidad administrativa mas

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Cuézase todo esto en ocho cuartillos de agua, en que se hayan mezclado cinco gotas de esencia de ver... de ver... de ver... bena,` hasta que se consuma como cinco sestas partes.

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Tome V., Esperanza; estos ingredientes hasta ahora han sido contrabando en el país; sin embargo, me consta que acaban de recibirse de lo mas selecto que en esta línea se conoce, y que se espenden gratis en la botica de la plaza de..., no me acuerdo del nombre. Cuando traigan la pócima, dé V. una sola cucharada á esos séres queridos y agonizantes, é inmediatamente observará V. cómo les produce un sudor copioso, pero fétido, asqueroso, nauseabundo y deletéreo; en él saldrá envuelto el principio morboso que los aqueja, el vírus destruc

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