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las Indias mandó juntar, en la cual se vean y examinen las conclusiones que yo tengo aparejadas para ello, y las probanzas y razones y autoridades dellas, y lo que en ella se terminare se publique en las Indias: y si lo que arriba se ha dicho del mal estado en que todos los dichos viven se declarare por tal, los confesores estarán avisados, y por esta via, sin escándalo y alboroto se podrán librar aquellas gentes de las manos de aquellos que las tienen tiranizadas, y el rey de España ser con efecto señor dellas universal, lo que agora no es sino de nombre, porque se las tienen usurpadas; porque al fin son cristianos, y un dia que otro podrán tornar en sí, viendo que no los admiten á los sacramentos, como pecadores incapaces dellos, y que en un punto han de ser en los infiernos sepultados. Dejo de decir los muchos y grandes bienes espirituales y temporales que desta congregacion y declaracion resultarán. Uno será que se hará justicia á gentes tan enormemente agraviadas: otro, la seguridad de las conciencias de todos los estados de allá y algunos de acá: otro, que los reyes de España podrán ser actualmente príncipes universales de aquel orbe: otro, que desde entonces podrá ser que venga algun dinero á España sin obligacion de restitucion, lo que nunca hasta hoy ha venido ni una sola blanca. Otro provecho no digno de olvidar es que quizá la divina justicia no derrame sobre todos estos reinos su terrible furor, y lo revoque ó lo retarde. Con esta suplicacion que al cabo y remate de mi vida presento ante V. A. y con las dichas conclusiones en dos tratadillos que á S. M. ofrecí los dias pasados, creo haber cumplido con el ministerio en que Dios me puso de procurar el remedio de tantos y tan inmenso número de agravios ante el juicio divina); aunque por lo poco que han aprovechado por mis muchas negligencias, temo que Dios me ha de castigar. Y resolviendo lo que en esta materia entiendo probar son las siguientes conclusiones:

La primera, que todas las guerras que llamaron conquistas fueron y son injustísimas y de propios tiranos.

La segunda, que todos los reinos y señoríos de las Indias tenemos usurpados.

La tercera, que las encomiendas ó repartimientos de indios son iniquísimos, y de per se malos, y así tiránicas, y la tal gobernacion tiránica.

La cuarta, que todos los que las dan pecan mortalmente, y los que las tienen están siempre en pecado mortal, y si no las dejan no se podrán salvar.

La quinta, que el rey nuestro señor, que Dios prospere y guarde, con todo cuanto poder Dios le dió no puede justificar las guerras y robos hechos á estas gentes, ni los dichos repartimientos ó encomiendas, más que justificar las guerras y robos que hacen en los turcos al pueblo cristiano.

La sexta, que todo cuanto oro y plata, perlas y otras riquezas que han venido á España, y en las Indias se trata entre nuestros españoles, muy poquito sacado, es todo robado: digo, poquito sacado, por lo que sea quizá de las islas y partes que ya habemos despoblado.

La séptima, que si no lo restituyen los que lo han robado y hoy roban por conquistas y por repartimientos ó encomiendas y los que dello participan, no podrán salvarse.

La octava, que las gentes naturales de todas las partes y cualquiera dellas donde habemos entrado en las Indias tienen derecho adquirido de hacernos guerra justísima y raernos de la haz de la tierra, y este derecho les durará hasta el dia del juicio.

Estas conclusiones prueba el autor larguísimamente en el libro que dió á S. M.

Esta peticion se leyó en pleno Consejo de Indias en presencia del P. Fr. Hernando de Barrionuevo, comisario en corte y despues obispo de Chile, y del P. Fr. Alonso Maldonado, religioso de San Francisco, y del P. M. Fr. Alonso de la Veracruz, de la órden de Santo Augustin, que estando en corte los cuales metieron la dicha peticion en nombre del señor obispo, que estaba malo, y en su nombre. Y esta es la verdad, y á esto ninguna cosa proveyeron, sino dijeron que lo verian. -FR. ALONSO DE LA VERA †.

(Copia moderna.)

PETICION Á SU SANTIDAD PIO V.

DEL OBISPO DE CHIAPA D. FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS.

Qué cosas son necesarias para la justificada forma de promulgar el Evangelio y hacer lícita y justa guerra contra los gentiles, en el libro que presenté á V. B. lo tengo bien declarado, y tambien espero añadirle algunas otras. Á V. B. instantísimamente suplico, la sangre de nuestra redencion, que mande examinar el dicho libro, y si fuere justo estamparle, porque no se oculte la verdad en destruccion y daño de toda la Iglesia, y venga tiempo, el cual por ventura está ya muy cerca, en que Dios descubra nuestras manchas, y manifieste á toda la gentilidad nuestra desnudez.

por

Porque son muchos los lisonjeros que ocultamente como perros rabiosos é insaciables ladran contra la verdad, á V. B. humildemente suplico que haga un decreto en que declare por descomulgado y anatematizado cualquiera que dijere que es justa la guerra que se hace á los infieles, solamente por causa de idolatría, ó para que el Evangelio sea mejor predicado, especialmente á aquellos gentiles que en ningun tiempo nos han hecho ni hacen injuria. Ó al que dijere que los gentiles no son verdaderos señores de lo que poseen, ó al que afirmare que los gentiles son incapaces del Evangelio y salud eterna, por mas rudos y de tardo ingenio que sean, lo cual ciertamente no son los indios, cuya causa, con peligro mio y sumos trabajos, hasta la muerte yo he defendido, por la honra de Dios y de su Iglesia; y en mi libro tengo probado bien claramente que todas estas cosas son contra los sacros cánones y leyes evangélica y natural, y tambien lo probaré mas evidentemente, si fuere posible, porque lo tengo clarísimamente averiguado y concluido.

Porque la experiencia, maestra de todas las cosas, enseña ser necesario en estos tiempos renovar todos los cánones en que se

manda que los obispos tengan cuidado de los pobres captivos, hombres afligidos y viudas, hasta derramar su sangre por ellos, segun son obligados por ley natural y divina; á V. B. humildemente suplico que renovando estos sacros cánones mande á los obispos de Indias por sancta obediencia que tengan todo cuidado de aquellos naturales, los cuales, oprimidos con sumos trabajos y tiranías (más que se puede creer), llevan sobre sus flacos hombros, contra todo derecho divino y natural, un pesadísimo yugo y carga incomportable, por lo cual es necesario que V. S mande que los dichos obispos defiendan esta causa, poniéndose por muro dellos, hasta derramar su sangre, como por ley divina son obligados, y que en ninguna manera acepten las tales dignidades, si el rey y su consejo no les dieren favor y desarraigaren tantas tiranías y opresiones.

Abiertamente é injustamente (parece faltar aquí algo) que el obispo ignore la lengua de sus súbditos, y no trabaje de aprenderla con todo cuidado. Por tanto á V. B. suplico humildemente que les mande aprender la lengua de sus ovejas, declarando que son á ello obligados por ley divina y natural, porque por momentos suceden muchos y pésimos indignos en la presencia de V. S por despreciar los obispos de aprender la lengua de sus feligreses.

Grandísimo escándalo y no menos detrimento de nuestra santíșima religion cristiana es que en aquella nueva planta obispos y frailes y clérigos se enriquezcan y y magníficamente, permaneciendo sus súbditos recien convertidos en tan suma é increible pobreza, que muchos por tiranía, hambre, sed y excesivo trabajo cada dia miserabilísimamente mueren; por lo cual á V. Sa humildemente suplico que declare los tales ministros ser obligados por ley natural y divina, como en efecto están obligados, á restituir todo el oro, plata y piedras preciosas que han adquirido, porque lo han llevado y tomado de hombres que padecian extrema necesidad y hoy viven en ella, á los cuales, por ley divina y natural, tambien son obligados á distribuir de sus bienes propios.

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