El libro amarillo de los Estados Unidos de Venezuela presentado al Congreso nacional ...1886 |
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Términos y frases comunes
afirmativo del Consejo agosto de 1885 atento servidor blica bolívares buque capital Caracas Carúpano causa ción cional Privado ciudadano Ministro Colombia comercio Consejo Federal consideración Cónsul de Venezuela copia debe declaró Derecho Interna Derecho Público Exterior Despacho diciembre de 1885 Diplomático Doctor Benjamín Qüenza Doctor Manuel Tomás Ejecutivo Federal Enviado Extraordinario Excelentísimo Excmo exportación Exteriores.-Dirección de Derecho extranjeros fecha Firmado Fiscal Guaira guerra Haití honor infraescrito instrucciones JOAQUÍN CRESPO julio junio jurisdicción kilogramos Legación Manuel Durán MANUEL TOMÁS LANDER Ministerio Ministro de Relaciones Ministro Residente mundo Nación nacional nombre noviembre de 1885 Nueva York número oficial orden país Palacio Federal Patria presente Presidente QUENZA recibir Relaciones Exteriores Relaciones Exteriores.-Dirección República de Venezuela República Dominicana respecto Resultando Santo Domingo Secretario sentencia setiembre de 1885 Suprema Corte Supremo Magistrado Tengo á honra toneladas Tribunal tripulantes Unidos de América Unidos de Venezuela vapor Justicia Venancio Pulgar venezolanos Vice-cónsul voto afirmativo
Pasajes populares
Página 7 - Cada Cónsul tendrá un ,sello oficial, la bandera y el escudo de armas de Venezuela. El sello se tendrá siempre guardado en lugar seguro, y se usará para autorizar todos los documentos que expidiere el Cónsul con el carácter de tal, y para sellar la correspondencia de oficio. Art.
Página 25 - Los que expidieren, firmaren ó ejecutaren, ó mandaren ejecutar decretos, órdenes ó resoluciones que violen ó infrinjan cualesquiera de las garantías acordadas á los venezolanos, son culpables, y deben ser' castigados conforme lo determine la ley.
Página 18 - Cada seis meses formarán los cónsules y agentes comerciales estados de las entradas y salidas de los buques nacionales y de los extranjeros que procedan de los puertos de Venezuela, con especificación de los efectos y valores de sus cargamentos; y los remitirán al ministerio de relaciones exteriores de la República.
Página 28 - Venezuela corresponde. \ Dado, firmado, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en el Palacio Federal...
Página 152 - Dado, firmado, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, en el Palacio Federal del Capitolio, en Caracas, a los veinte y un días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta y uno.
Página 22 - COVA. El Secretario de la Cámara del Senado, M. Caballero. El Secretario de la Cámara de Diputados, J. Nicomedes Ramírez. Palacio Federal en Caracas, á 25 de mayo de 1882. Año 19° de la Ley y 24° de la Federación.
Página 201 - Dado y firmado, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Ministro de Relaciones Interiores, en el Palacio Federal, en Caracas, a 3 de septiembre de 1881. — Año 18' de la Ley y 23
Página 279 - Estado en que se hace el reclamo, y justificarán con la exhibición de los registros del buque ó del rol de la tripulación ú otros documentos oficiales que los individuos que reclaman pertenecen á dicha tripulación.
Página 22 - Como lo declaró el Ejecutivo Nacional en Resolución de i? de Diciembre de 1865, son venezolanos, cuantos han venido al país ó vinieren en calidad de inmigrados, si han recibido los beneficios de las leyes de inmigración, pues- que fué condición previamente establecida por el citado Decreto.
Página 27 - ... de 1882. Aprobado y aceptado por el Ejecutivo desde 1852 el dictamen del Consejo de Gobierno sobre inmunidades consulares, que entonces se imprimió en un folleto de 51 páginas y en 1871 se reprodujo y puso en circulación oficialmente para que sus conclusiones sirviesen de regla como resolución de un punto de derecho público positivo en Venezuela, y estimando conveniente al mismo objeto y oportuno á las circunstancias renovar la medida en forma más significativa. Decreto : Art. 1°...