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BOLETIN BIBLIOGRÁFICO.

Derecho Fúblico Universal, por J. Bluntschli; version castellana, ampliada con las noticias biográficas del autor é indicacion de su sistema y obras, así como tambien con algunas notas explicativas, y un Apéndice títulado Consideraciones históricas y críticas acerca del origen y efecto de las Constituciones modernas.-Cuatro tomos en 4.o mayor-14 al 17 de la Biblioteca Juridica-104 rs. (80 para los suscritores).

La acreditada Casa Editorial de los Sres. Góngora, que hace pocos meses terminó la publicacion de la notable obra, de Tissot, El Derecho penal estudiado en sus principios y legislaciones de los diversos pueblos del mundo, acaba de prestar otro importantísimo servicio á la literatura jurídica y política de nuestro país publicando el Derecho público universal, de Bluntschli, que es sin disputa, el libro de más renombre y más merecido de cuantos sobre tan importante materia han visto la luz pública. La version castellana, hecha de la reciente edicion alemana, lleva además, como apéndice, un trabajo del profesor Kosegarten, titulado Consideraciones históricas y criticas acerca del origen y los efectos de las Constituciones modernas.

El juicio crítico de este libro puede resumirse en estos términos: «Es una obra de primer órden, que, con sumo acierto y erudicion inmensa y con un espíritu conservador-liberal, tiende á armonizar los principios con los hechos, las ideas de libertad y de progreso con las de estabilidad y órden.

Divídela el autor en tres partes, que pueden considerarse como tres obras casi distintas; pues sólo tienen de comun la analogía ó el lazo íntimo que hay entre las materias de que se ocupan, y que hace que se forme, por decirlo así, una unidad superior de que aquellas son como unidades subordinadas.

La parte primera se titula Teoria general del Estado, forma un tomo voluminoso, y se divide en siete libros, en los que se desarrollan las cuestione

siguientes: 1. Idea ó nocion del Estado, considerado en su esencia y en su desarrollo histórico; 2.a Condiciones y bases fundamentales del Estado en la naturaleza del hombre y de la nacion; 3.a Bases del Estado en la naturaleza exterior del país; 4.a Nacimiento y muerte de los Estados; 5.a Fin ú objeto del Estado; 6. Las formas de gobierno; y 7.a Soberanía del Estado.-Sus órganos. Servicios y funciones públicas.

Despues de esta primera parte, que se ocupa del Estado en general, casi en abstracto, y que sirve como de introduccion, y en parte, como de fundamento á las otras dos, viene la segunda parte, el Derecho público propiamente dicho, que trata del Estado, tal como es, en sus relaciones ordenadas. Esta parte se divide en nueve libros, que tratan respectivamente: 1.o De la naturaleza y fuentes del derecho público; 2.o De los órganos de la legislacion y de la ley; 3.0 Del jefe del Estado; 4.o Del Gobierno; 5.0 De la Justicia; 6.o De la Instruccion pública; 7.° De la Hacienda pública; 8.0 De la Propiedad; 9.° De la libertad.

Despues de estudiado el Estado en lo que debe ser y en lo que es en sus relaciones ordenadas, entra el autor á estudiarlo en su vida, en su desarrollo, en el hecho de gobernar, que es el objeto de la tercera y última parte de la obra, y se titula La Politica (como arte y como ciencia). Comprende doce libros, que tratan respectivamente: 1.0 De la esencia y earácter de la política; 2.° De la idea política moderna; 3.° De la naturaleza humana como base de la política; 4.o De los medios del Estado; 5.o Del Estado moderno y la vida del espíritu: religion, ciencia, arte; 6.° Política constitucional en general (ideal de una constitucion perfecta; democracia y aristocracia; república y monarquía; trasformacion y modificacion de la forma de gobierno, etc., etc.); 7.0 Efectos y deberes de la monarquía representativa; 8.0 Idem, (confederados); 10, Representacion nacional y legislacion; 11, Administracion; 12, Partidos políticos. En este último enumera, examina y juzga los partidos políticos y las teorías de sus principales sostenedores, de una manera admirable; pero siempre bajo el criterio semi-ecléctico ó conservador-liberal, que es el que, como hemos dicho, aplica á todos los puntos de que se ocupa, lo mismo en las cuestiones sociales que en las puramente políticas y científicas.

Con estos antecedentes creemos que el lector formará un juicio aproximado del mérito de esta obra, y de lo necesaria que es en la biblioteca de toda persona regularmente ilustrada.

X.

Estadistica general del comercio de cabotaje entre los puertos de la Península é Islas Baleares en 1877, formada por la Direccion general de Aduanas. (Edicion oficial. Madrid 1880. Un tomo en fólio con 307 páginas.)

De obras de esta naturaleza no puede hacerse una crítica literaria; aunquə sí pueden hacerse grandes estudios económicos para conocer el movimiento

mercantil de la nacion durante un año, compararlo en detalle y en conjunto con los anteriores, marcar las causas que han determinado su aumento ó su disminucion para corregirlas ó adoptarlas; pero esto no es propio del Boletin bibliográfico de una Revista y por lo mismo nos limitaremos á consignar los principales datos de la obra, á saber:

COMERCIO.

Las mercancías que han entrado y salido por cabotaje, durante el año 1877, en las aduanas de la Península y Baleares, ascienden, en cojunto, á pesetas...... Comparada esta cifra con la del año 1876 que importó.

se observa que hay un aumento de pesetas..

1.001.277.030

908.262.853

93.014.177

NAVEGACION.

El movimiento de buques durante el año 1877, en los puertos de la Península y Baleares, fué el siguiente:

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Comparadas estas cifras con las del movimiento de 1876, se observa, en globo, un aumento de alguna consideracion, tanto en el número de buques, como en el de toneladas métricas y tripulaciones, si bien hay cuatro ó cinco provincias en que se notan bajas insignificantes.

Lo dicho bastará, en nuestro sentir, para dar una idea de esta obra, perfectamente inútil para el literato, pero de un gran mérito, y sobre todo, de necesidad absoluta para el economista y para el hombre de Gobierno.

Informacion sobre las consecuencias que ha producido la supresion del derecho diferencial de bandera. (Edicion oficial. Tomo primero, página 853.) Tampoco de esta obra puede hacerse una crítica, propiamente hablando, porque tambien es de carácter completamente económico; pero así y todo daremos algunos antecedentes, puesto que resume una cuestion que, por espa

cio de dos años, ha venido llamando la atencion del Parlamento, la prensa, las sociedades científicas y muy especialmente de los Institutos y asociaciones industriales.

En la ley de presupuestos de 1877 á 78, se dispuso (art. 20) que se abrie se una amplia informacion para averiguar las consecuencias que hubiese producido la supresion del derecho diferencial de bandera decretada en 1868, y proponer como consecuencia del resultado, las medidas convenientes para el fomento de la marina mercante y del comercio nacional.

En la misma ley de presupuestos (art. 29), se dispuso que se abriese otra informacion para depurar si las reformas hechas en el arancel de aduanas de 1877, con respecto á las clasificaciones y valoraciones de los tejidos de lana, estuvieron bien hechas ó si, por el contrario, hubo error en ellas que de. biera rectificarse.

En cumplimiento de estas disposiciones legales se dictó el decreto de 8 de Setiembre de 1878, abriendo la informacion general, dividiéndolo en dos secciones (una sobre el derecho diferencial y otra sobre los tejidos), y cada una de estas en dos períodos, el uno documental ó escrito y el otro oral,

La comision que ha presidido estos importantísimos trabajos empezó por la segunda, por haber reunido antes los datos necesarios; de ella se publicó el libro correspondiente que ya, si no recordamos mal, dimos á conocer en el Boletin bibliográfico de esta Revista, correspondiente al 13 de Mayo último. Vamos, pues, ahora, á ocuparnos del tomo 1.o, ó sea de la informacion referente al derecho diferencial.

En esta informacion hay 40 contestaciones al interrogatorio, todas ellas autorizadas por comandancias de Marina,-Juntas provinciales de Agricultu ra Industria y Comercio,-Juntas de Puertos,-Ligas de contribuyentes,Sociedades marítimas, -Centros mercantiles é industriales,—Sociedades económicas de Amigos del país,―Asociacion para la reforma de los Aranceles de Aduanas y navieros particulares.

Cada contestacion es de por sí un trabajo meditado, comprobado con da tos y basado en las opiniones económicas del centro que lo suscribe.

Siguen á estos documentos las actas de las sesiones celebradas en el ministerio de Hacienda para oir los informes orales, que fueron 32, de los cuales 15 fueron libre-cambistas y 17 proteccionistas, á saber:

OBADORES LIBRE-CAMBISTAS.

ORADORES PROTECCIONISTAS.

Don Alberto Aguilera.
Juan Alvarado.
Gumersindo Azcárate.
Luis Felipe Aguilera.

Don Estéban Amengual.

Juan de Arana.

Avelino Brunet.

Pedro Bosch y Labrús.

Félix Bona.

Francisco Calvo Muñoz.

Modesto Fernandez y Gonzalez.

Laureano Figuerola.

Eduardo de la Riva.
Cristóbal Martin Rey.
Segismundo Moret.
Manuel Pedregal.

Juan Ruiz de Castañeda.
Gabriel Rodriguez.
Joaquin María Sanromá.

Juan José Cabot.

Pedro Estasen.

Federico Nicolau Dalmases.
Juan V. Portela.

Antonio Rodó y Casanova.
Luis de la Escosura.
Ignacio María Ferran.
Francisco Cusi.

Cárlos García Jaria.
Antonio Maura.
Rosendo Macaya.

N. Maresca.

José Pujol y Fernandez.

La informacion escrita comprende hasta la página 448; la oral desde la 449 hasta el fin del tomo.

No es fácil decir, ni lo haríamos de una manera ligera, atentos solamente á nuestras ideas económicas, de parte de quiénes ha quedado el campo en esta luminosísima contienda. Esto corresponderia decirlo á la comision en su dictámen, y la comision no lo ha emitido ó no ha tenido por conveniente comprenderlo en el libro.

Historia de los Romanos bajo el Imperio. (Tomo 2.o con 398 páginas. Madrid, 1880.)

Al dar cuenta del tomo 1.o de esta obra, recientemente publicada en Inglaterra por Cárlos Merivale, y traducida al español por D. Antonio García Moreno, expusimos su plan, su carácter general, su tendencia, el espíritu en que, á juzgar por su capítulo preliminar, estaba inspirada y su utilidad; hoy al dar cuenta de la aparicion del 2.° tomo, hemos de ser más breves.

Arranca este tomo en el capítulo VIII de la obra, que trata del destierro de Ciceron, la confiscacion de sus bienes, su casa en el Palatino y su quinta en Herculano, su eleccion de cónsul y su nuevo llamamiento á Roma, donde fué recibido con aclamaciones (año 58 á 57 antes de J. C.) y concluye en el capitulo XV, que describe una de las guerras púnicas más renombradas, la do César contra los ejércitos pompeyanos en España. En esta descripcion se presenta bajo un punto de vista nuevo el sitio de Marsella por los cesarianos, el paso de los Pirineos, la batalla de Lérida y la continuacion de las operaciones militares hasta que capitularon los lugartenientes de Pompeyo y quedó el campo por César.

La obra está admirablemente escrita y la traduccion no le ha hecho perder ni en belleza ni en verdad.

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