Historia y crítica de la antigua doctrina de los estatutos y principios que los sustituyen en el derecho internacional moderno

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Establecimiento Tipográfico de Ricardo Fé, 1891 - 154 páginas
 

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Página 148 - Que los otorgantes tengan aptitud y capacidad legal para obligarse con arreglo á las leyes de su país. 3.° Que en el otorgamiento se hayan observado las formas y solemnidades establecidas en el país donde se han verificado los actos ó contratos. 4.° Que el documento contenga la legalización y los demás requisitos necesarios para su autenticidad en España.
Página 142 - Es regla general admitida por las Naciones, con ligera excepción, que el estatuto personal, no mediando un tratado especial, debe regir todos los actos que se refieren en lo civil á la persona del extranjero, subordinándose á las leyes vigentes en el país de que es súbdito, y decidiéndose por él todas las cuestiones de aptitud, capacidad y derechos personales ; porque en otro caso se introduciría la perturbación y la facilidad de burlar las disposiciones de las leyes patrias quo protegen...
Página 147 - Los títulos de propiedad industrial, patentes de invención y marcas de fábrica en la forma y modo que establezcan las leyes. Las Sociedades extranjeras que quieran establecerse ó crear sucursales en España, presentarán y anotarán en el Registro, además de sus estatutos y de los documentos que se fijan para las españolas, el certificado expedido por el Cónsul español de estar constituidas y autorizadas con arreglo á las leyes del país respectivo.
Página 146 - Los extranjeros y las Compañías constituidas en el extranjero , podrán ejercer el comercio en España, con sujeción á las leyes de su país en lo que se refiera á su capacidad para contratar, y á las disposiciones de este Código en todo cuanto concierna á la creación de sus establecimientos, dentro del territorio español , á sus operaciones mercantiles y á la jurisdicción de los Tribunales de la Nación.
Página 147 - Serán válidos y producirán obligación y acción en juicio los contratos mercantiles, cualesquiera que sean la forma y el idioma en que se celebren, la clase á que correspondan y la cantidad que tengan por objeto, con tal que conste su existencia por alguno de los medios que el derecho civil tenga establecidos.
Página 151 - Conforme á lo dispuesto en el art. 12, lo establecido en los artículos 9.° , 10 y 11 , respecto á las personas, los actos y los bienes de los españoles en el extranjero y de los extranjeros en España, es aplicable á las personas, actos y bienes de los españoles en territorios ó provincias de diferente legislación civil.
Página 84 - Sin embargo, las sucesiones legítimas y las testamentarias, así respecto al orden de suceder como á la cuantía de los derechos sucesorios y á la validez intrínseca de sus disposiciones, se regularán por la ley nacional de la persona de cuya sucesión se trate, cualesquiera que sean la naturaleza de los bienes y el país en que se encuentren.
Página 146 - El estatuto personal, según el Derecho internacional privado, rige todos los actos que se refieran en lo civil á la persona del extranjero sujeto á las leyes vigentes en el pais de que es súbdito, decidiéndose por él todas las cuestiones de capacidad, aptitud y derechos personales.
Página 143 - Tribunal extranjero pudiese ser compe»tente para el conocimiento de las cuestiones que afectan al fondo »•del testamento, es necesario que el finado hubiera tenido carta de »naturaleza en aquel país, ó por lo menos un verdadero domicilio, »al que según las leyes de él estuviera anejo el goce de todos los »derechos civiles, sin que sirva al efecto que, el testador, titulándo»se ciudadano español, manifieste qué circunstancias particulares le »han impedido naturalizarse en aquel reino,...
Página 147 - Los documentos otorgados en otras naciones tendrán el mismo valor en juicio que los autorizados en España, si reúnen los requisitos siguientes: 1.° Que el asunto ó materia del acto ó contrato sea lícito y permitido por las leyes de España. 2.° Que los otorgantes tengan aptitud y capacidad legal para obligarse con arreglo á las leyes de su país. 3.°...

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