Imágenes de páginas
PDF
EPUB

III, contienen una bula referente a Arlanza, que tampoco hemos registrado en esta publicación.

Integran el Cartulario de San Pedro de Arlanza los fondos siguientes:

1.o Becerro de Arlanza, que se guarda en la Biblioteca de los excelentísimos Condes de Heredia-Spínola, en la cual lleva la signatura de 11, 135 (Arm. 11, n.o 135). Está escrito en pergamino, de letra minúscula francesa; sus dimensiones son 0,28 de alto por 0,20 de ancho. La letra g tiene siempre la forma usual en el abecedario visigodo. Sus caracteres paleográficos denotan haber sido escrito este becerro en el último tercio del siglo xii: el documento más moderno de los en él contenidos lleva la fecha de 1156.

2.° Archivo Histórico Nacional de Madrid. Documentos de Arlanza. De este fondo hemos aprovechado únicamente los documentos anteriores al siglo xiv, a excepción de uno solo, que es el último de nuestro tomo. No reproducimos tampoco las numerosas confirmaciones o privilegios rodados, confirmadores de antiguas donaciones, expedidos por Fer. nando III, Alfonso el Sabio, Sancho IV y Fernando IV, concretándonos a señalar su existencia, fecha y numeración en dicho Archivo. Hubiera sido muy escasa la utilidad histórica y lingüística de su publicación. El Archivo Histórico guarda asimismo numerosos legajos, pertenecientes a los siglos xv a xviii, que contienen escrituras de censo, apeos, arriendos, etcétera, de los bienes de Arlanza. Los hemos recorrido con casi ningún provecho, ya que nuestra determinación era no incluir en este tomo documento alguno posterior al siglo xm, por ser ellos en general de escaso mérito para la historia, y porque hubiera aumentado el presente volumen en términos injustificados.

3.o Fondo de Silos. El ms. 10 de su archivo contiene una colección de escrituras de Arlanza, copiadas por el P. Liciniano Sáez. Son éstas en número de diez y siete, de las cuales se publican íntegras las que no constan en el Becerro, ni en el Archivo Nacional. Todas pertenecen a siglos anteriores al XIII. Además de estas escrituras, recogió el P. Sáez la fecha y suscripciones de otras varias; e hizo la síntesis de unas cuantas, posteriores al siglo XIII, sin duda para utilizarlas en su obra sobre las monedas de Juan II y Enrique IV. Todo este material corre desde el fol. 39 al 59 de dicho manuscrito.

En el mismo monasterio de Silos se guarda el titulado Archivo de la Congregación de Valladolid, o sea una colección de treinta y siete volú

menes en folio, con papeles referentes a los monasterios benedictinos que integraban la susodicha Congregación benedictina. Al fol. 198 de su volumen 1.o hallamos, de letra del P. Martín Sarmiento, este título: Copias de diferentes instrumentos antiguos que se conservan en el archivo de San Pedro de Arlanza, Orden de San Benito. Diéronmelas como van aqui, que yo no leí ni vi los originales. En San Martín de Madrid año de 1745. Su fidelidad paleográfica es muy discutible. Comprende esta colección los fols. 198 a 233 del vol.

4. Archivos de Burgos. El de su catedral nos ha suministrado algunas bulas pontificias, así como la partición de la mesa monasterial de Arlanza, efectuada por el Obispo de Burgos a mediados del siglo xi. De su rica documentación nos hemos aprovechado también para redactar muchas de las anotaciones con que ilustramos las escrituras de este Cartulario.

El archivo municipal de la ciudad es muy pobre en documentos anteriores al siglo XIII. A él hubimos de acudir en busca de una copia de los fueros de Lara más correcta que la publicada por Muñoz; fueros que incluímos en nuestra colección por haber estado vigentes en el territorio de Arlanza, y por su particular interés para el estudio de la antigua legislación castellana.

5.° Otros fondos. El archivo del Duque de Alba nos ha facilitado tres documentos de importancia, merced a la noble e ilustrada caballerosidad de su ilustre dueño.

El Seminario de Sigüenza guarda un legajo de papeles relativos al proyecto de una Diplomática Española, que los Benedictinos españoles intentaron publicar en la segunda mitad del siglo xvi. No es del caso referir cómo ha ido a parar a Sigüenza este legajo. De él aprovechamos algunos materiales que el lector verá citados en sus respectivos lugares.

En la biblioteca de la Real Academia de la Historia existe la Colección Velázquez, o sea, las copias de escrituras, y alguno que otro original, que de orden del Rey se sacaron en tiempos de Fernando VI en distintos archivos eclesiásticos y monacales, al intento de comenzar el estudio crítico y composición de la Historia de España. Aunque las copias no están bien hechas, han servido a completar en ocasiones el texto del Becerro, y quizás hubiera sido útil a veces señalar en nota las divergencias de su texto, comparado con el susodicho Becerro.

El archivo municipal de Salas de los Infantes, pobre como ninguno en materia de antigua documentación, conserva, sirviendo de forro a uno

de sus legajos, el antiguo fuero de la villa y sus aldeas. Aunque deficiente su texto, y de dudosa autenticidad, le hemos incluído en nuestro Cartulario por tratarse de una población vecina a Arlanza, y porque cualquiera que fuese su procedencia, estuvo en vigor su legislación en el siglo xiv por lo menos, y por ende interesa al estudio de nuestras instituciones medioevales.

[ocr errors]

La historia manuscrita del Conde Fernán-González, escrita por el P. Gonzalo de Arredondo, y que se guarda en la Sección de manuscritos de nuestra Biblioteca Nacional, bajo la signatura ms. 6930, incluye algunas escrituras de Arlanza, fechadas en los siglos x y xi; pero no hemos hecho mérito de su texto por ser muy defectuoso en la transcripción, y encontrarse en el Becerro o en la Colección del P. Sáez. En la misma Biblioteca Nacional y Sección de manuscritos encontramos el códice 8753, con algunas escrituras de Arlanza, y un extracto de la historia del monasterio que tampoco hemos utilizado, por no añadir nada nuevo a las fuentes de información ya conocidas, o a las obras impresas que se han ocupado de nuestra abadía.

Finalmente, en el archivo de los Condes de Heredia-Spínola se custodia el Indice general de todos los instrumentos que contiene el archivo del Real Monasterio de San Pedro de Arlanza, dividido en dos tomos. Disponíase por mandado de nuestro Reverendísimo Padre el Maestro Fr. Miguel de Herce, catedrático de prima jubilado de la Universidad de Salamanca, ex general de la Religión de San Benito, abad del monasterio de San Martín de Madrid, etc. Año MDCCXLII. Segundo tomo; letras N-Z.

Este infolio guardará su utilidad, aun después de publicado el presente Cartulario, pues nos ofrece un análisis de varios documentos de los siglos xi y xi, que han desaparecido, y al propio tiempo el de escrituras posteriores, que dicen relación con la hacienda del monasterio, fijando la época en que sus distintas posesiones fueron o enajenadas, o bien arrendadas o sometidas a censo perpetuo a concretas entidades y pueblos. Firmes en nuestro propósito de no incluir en esta publicación sino el texto literal de los documentos, hemos debido renunciar a incluir dichos análisis, no obstante que en ocasiones aportaran algún dato de interés sobre personajes de la nobleza castellana y sus haciendas y casas solariegas. Este Indice lleva en el susodicho archivo el número 260.

Entre los papeles custodiados en el Archivo Histórico Nacional, merecen señalarse algunos, aunque sea de ligero. En primer lugar, la funda

ción y estatutos de la Cofradía de los Santos Mártires Vicente de Avila, Sabina y Cristeta, y de los bienaventurados Pelayo, Arsenio y Silvano, <<mártires y monjes», y del glorioso San García Abad, «los cuales cogemos por patronos y abogados». Los estatutos ordenan funciones religiosas en las fiestas de San Vicente y sus dos compañeras, pero nada apuntan que indique recibieran culto litúrgico los otros santos; están fechados en Arlanza a 28 de Octubre de 1603, llevando la firma del Abad Antonio de Alvarado, ilustre escritor ascético, (Doc. eclesiásticos núm. 9). El Papa Clemente VIII, aprobó esta cofradía en 1604, y mientras concede indulgencias para la fiesta de San Vicente, ninguna otorga para la de los otros bienaventurados, que sin duda no se celebraba.

Relacionado con la traslación a Arlanza de las reliquias de San Vicente y sus compañeras, está un discurso anónimo, probando con citas del Cronicón de D. Pelayo de Oviedo, D. Rodrigo, la Crónica General de España y otros autores la realidad de dicha traslación, y como poseía el monasterio los tres cuerpos santos, a excepción de sus cráneos y algunos huesos de San Vicente; que por ende, las reliquias conservadas en Avila y León debían ser muy secundarias, y que la traslación debió efectuarse en 1062. Refiere el parecer de algunos, los cuales atribuyen a León el cuerpo de San Vicente; a Palencia, el de Santa Sabina, y a Arlanza, el de Santa Cristeta. (Bibl. Nac. Ns. 8753). Señalamos este discurso para que se compruebe por qué entre los santos patronos de Arlanza, mencionados en sus escrituras, aparecen desde mediados del siglo x los mártires Vicente, Sabina y Cristeta.

Cabe señalar en el legajo 121 y en el 124, de los que se refieren a monasterios y se guardan en el Archivo Histórico Nacional, dos inventarios del priorato de Boada, uno de mediados del siglo xv y el otro de 1472. Su interés lingüístico es notable, y lo tiene asimismo para la historia de las artes suntuarias, pues allí aparecen todos los utensilios, muebles, vestidos, aderezo de cama y cuanto constituía el menaje de una casa de ordinaria posición. En los mismos legajos encontramos una Relación de los prioratos, curatos y administraciones del monasterio de Arlanza, firmada por el P. Benito Montejo en 15 de Junio de 1767; y la Sentencia arbitral, promulgada en 1484, en orden a las ofrendas de la iglesia de Santa María de la Cuesta, en San Leonardo.

A los investigadores de nuestra administración rural durante la edad media brindaríamos con la Quenta del monasterio de San Pedro de Arlança, así de la abadía como de los oficios y de los prioradgos del dicho

monasterio, que formaron en 24 de Abril de 1338 los abades de Silos y San Pedro de Cardeña, obedeciendo a órdenes pontificias. Copia fiel de tan interesante documento encontramos en el Arch. Congr. de Valladolid, vol. 1, fol. 351. Por él venimos en conocimiento de las posesiones, rentas, derechos señoriales, recolección agrícola, obligaciones, gastos, deudas, personal religioso del monasterio y prioratos, y los distintos oficios o dignidades en que se distribuía el patrimonio monacal. Revela esta cuenta el lastimoso estado económico de la abadía, y cómo por satisfacer deudas, o corresponder a beneficios, o bien rendir homenaje a actos de protección, dispensados por magnates del país, había empeñado a largo plazo la mayor parte de sus posesiones y rentas. Y puede decirse que el estado de Arlanza era exacta imagen del de Castilla en general durante el reinado de Alfonso XI. Cuenta detallada de la administración del monasterio, con sus entradas y salidas, y referente a los años 1785 y 1824, encontramos también en el mismo Archivo de la Congr. de Valladolid, vol. 29, 31 y 33.

Ilustra cuanto acabamos de apuntar acerca del estado, económico de Arlanza el privilegio de Juan I, expedido en Medina del Campo a 24 de Septiembre de 1380, y que registra el mismo Archivo, vol. 1, fol. 224, del cual reproducimos las frases siguientes: «Pareció don Alfonso, abad del monasterio de Arlanza, ante nuestros jueces, e querellóseles diziendo que, seyendo el dicho monasterio fundado e dotado por el conde Fernan Gonzalez e por los reyes onde nos venimos, que vos el dicho Pero Fernandez de Velasco, que teniades en encomienda contra voluntad del dicho abbad e del dicho convento estos logares e vassallos que son del dicho monasterio que se siguen: Sant Leonarde, e Cassarejos e Contreras e Fontoria e sus aldeas, e Miranda con sus aldeas, e Quintanar e Regomiel e Canicosa e la Gallega e Cabezon e Villa de Serrazin e Xaramiel de la Fuente e Riozepos e Villaspassa e Hortiguela e Cascajares e Santivañez del Val e Santa Ines e en Villaximeno dos solares poblados e otros despoblados, e en Riocabado un solar poblado... Porque vos mandamos vista esta nuestra carta... que dejedes e desembarguedes luego al dicho abbad e convento del dicho monesterio todos los logares e vassallos sobre dichos, que les asi tomasteis e avedes tenido contra derecho: e nos assi ge lo desembargamos por esta nuestra carta, e mandamos a los dichos logares e vassallos que de aqui adelante obedescan al dicho abbad e convento, e los ayan por sus señores, assi como deven e son tenudos de derecho; e otrosi que les tornedes e paguedes, e fagades dar e pagar todos

« AnteriorContinuar »