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de cera y un punzon. Los jueces escribieron su voto sin dejar sus puestos, y lo depositaron secretamente en tres urnas correspondientes á los tres órdenes. Concluida esta operacion, sacó el pretor sucesivamente las cincuenta y seis tablillas, y manifestó en voz alta la letra inscrita en cada una de ellas. Hecho el recuento, veinte y cinco tenian la letra C (condemno), y treinta y una la letra A (absolvo). Comprobado este resultado, el pretor declaró que Clodio parecía no haber cometido el crimen que se le imputaba (non fecisse videtur), y pronunció en su consecuencia la absolucion.

Resonaron en el foro inmensas aclamaciones, y Clodio fué llevado en triunfo á su casa por sus partidarios.

III.

Este desenlace, temido por los que se alarmaron al ver la composicion del tribunal, nadie pudo preverlo desde la mitad de los debates. La firmeza de los jueces, su demostracion tan espontánea en favor de Ciceron, la precaucion que habian tomado contra la eventualidad de violencias, todo parecia anunciar que su opinion estaba ya formada contra el acusado. ¿Cómo, pues, explicar una equivocacion tan general ó un cambio de opinion tan súbito? La mayoría habia sido de parecer, en efecto, de pronunciar sentencia condenatoria; pero sufrió una mudanza en el intervalo de la comperendinacion, y no se tardó en saber las causas de aquel brusco cambio. Estas era menester buscarlas en la espantosa corrupcion que habia invadido todos los poderes públicos, y particularmente, el poder judicial, clave del vetusto edificio que se llamaba Constitucion romana. Dejemos hablar á Ciceron:

"Conoces á ese calvo, escribe á Attico, á ese Craso, que tanto me elogió en el senado: pues bien, en dos dias, valiéndose solo de un esclavo, ha hecho todo el negocio; ha llamado á su casa á los jueces, han mediado promesas, garantías, dádivas. Ademas de eso (¡dónde estamos, buenos dioses!) algunas mujeres y ciertos nobles mancebos han entregado sus cuerpos como precio de tan infames

ventas."

Séneca, aunque no escribia sino por recuerdos de un tiempo lejano, y particularmente bajo las impresiones de Ciceron, ha condenado aquel escándalo con una energía en que brillan todos los méritos ó todos los defectos de su estilo. «Se dió dinero á los jueces, dice, y lo que es todavia mas abominable, se les prostituyeron matronas y mancebos pertenecientes á familias nobles. La absolucion fué mas criminal que el crimen mismo. El hombre acusado de adulterio hizo una distribucion de adulterios entre sus jueces, y no se creyó seguro de su salvacion sino despues de haberlos hecho semejantes á él. El les dijo: ¿quereis la mujer de ese ciudadano de costumbres austeras? yo os la daré. ¿Quereis la de aquel rico publicano? yo os haré dormir con ella. Si no os proporciono ese adulterio, condenadme. Esa hermosa dama escita vuestros deseos; pedidle una cita, y os la dará. ¿Quereis pasar una noche con esta otra? la pasareis y no tardará mucho: en dos dias estarán cumplidas todas mis promesas. ¿Se han visto nunca, prosigue el escritor, costumbres

mas depravadas? La cuestion del proceso era saber si el que ha cometido un adulterio debe quedar impune, y se juzgó que no podia pretender la impunidad sino por medio del adulterio. El culpable negaba el adulterio á la faz de los jueces, los jueces lo confesaban á la faz del culpable. ¡Quién lo creería! un solo adulterio hubiera hecho condenar á Clodio, muchos adulterios hicieron que se le absolviese." Tan patentes fueron los hechos y á tal grado de impudor habia llegado la desmoralizacion, que los agentes de la corrupcion hacian. alarde de su obra. Llamábase en voz alta prevaricadores á los jueces. Catulo dijo á uno de ellos: ¿Para qué nos pedisteis guardia? ¿Tuvisteis miedo de que os robasen vuestro dinero?

El 15 de mayo se reunió el senado. Ciceron que desde el principio del proceso se habia propuesto mantenerse en la mayor reserva, no pudo resistir al incentivo de la ocasion y á las escitaciones pérfidas quizá, de los que le rodeaban. Tomó la palabra para vituperar á los jueces vendidos y á nadie perdonó, ni aun al cónsul Pison, á quien trató con suma dureza. «Padres conscriptos, esclamó, por una herida no debeis retroceder ni dejaros abatir; esta herida es de tal naturaleza que ni se debe descuidar ni exagerar tampoco su gravedad. Demencia sería cerrar los ojos ante el peligro, pero fuera cobardia abultarlo exageradamente. Lentulo y Catilina han sido absueltos dos veces. Ahora los jueces han andado remisos una vez mas, en perjuicio de la república. Te haces ilusiones, Clodio, los jueces te han dado á Roma por cárcel; no condenándote, han querido quitarte la libertad del destierro. ¡Animo pues, padres conscriptos! ¡No perdais vuestra dignidad! Los hombres de bien tienen todavía fé en los destinos de la república: su corazon ha sido lacerado por el dolor, su valor ha quedado ileso. El mal no es nuevo pero hoy da sus frutos: un miserable cargado de crímenes ha encontrado jueces á su semejanza."

Clodio estaba presente: á este violento apóstrofe, se levantó y se promovió un coloquio de los mas picantes entre su adversario y él: "¿Hasta cuando, exclamó, sufriremos que ese rey venga aquí á hablar como soberano?-¿Me llamas rey, respondió Ciceron, en odio á tu cuñado que se olvidó de tí en su testamento? (Este cuñado de Clodio se llamaba Marcio Rex)-Tu has comprado una casa, replicó Clodio. (Motejábase á Ciceron haber pagado esta casa con dinero recibido de Publio Sila, su cliente, en contravencion de la ley Cincia que prohibia á los abogados aceptar honorarios.)-¡Comprado! repuso Ciceron, ¿estás hablando de tus jueces?-¡ Mis jueces! añadió Clodio. Mis jueces no han querido dar fé á tu dicho, á pesar de tu juramento. Veinte y cinco me han creido, dijo Ciceron, y treinta y uno no han querido creer en tu palabra, puesto que se han hecho pagar de antemano." Esta última invectiva hundió á Clodio, el cual se sentó en medio de una estrepitosa rechifla.

Las consecuencias que podia acarrear la impunidad tenian alarmado al senado: á propuesta de uno de sus miembros, por medio de un decreto se ordenó una informacion contra los jueces que se habian dejado corromper, medida buena en sí misma, pero intempestiva en la situacion de la república, y que Ciceron hubiera combatido á no haber estado ausente. El órden de caballeros, aparente

TOMO VIII.

mente el mas comprometido en este negocio, vió en ello un ataque indirecto contra sus prerogativas, y no tardó en separarse del senado. Esta informacion no tuvo resultado; pero el mal estaba hecho. Sustituyósela un proyecto de ley contra la corrupcion de los tribunales; el pueblo rehusó sancionarlo. Clodio, cuyo resentimiento contra el senado y contra Ciceron habia llegado á su colmo, se agitaba en todos sentidos para sembrar la division entre los grandes y lo conseguia perfectamente. El tribunado podia suministrarle los medios de satisfacer su venganza, y lo solicitó á todo trance; pero como su calidad de patricio le impedia aspirar á aquel puesto, se decidió á superar este obstáculo descendiendo de condicion por medio de la adopcion á una familia plebeya, y su pretension, combatida por los ciudadanos mas respetables, fué pérfidamente apoyada por César y por Pompeyo. Los comicios que debian ser convocados para sancionarla habian sido diferidos mucho tiempo por el cónsul Bibulo: un dia Ciceron dejó escapar en el senado algunas alusiones que ofendieron á César; aquella noche misma, á propuesta de este último, el senador Clodio se convertia, con violacion de la ley y de las formas, en hijo adoptivo del plebeyo Fonteyo que no tenia veinte años. Pocos meses despues fué nombrado tribuno. Su primer acto, en el ejercicio de sus nuevas funciones, fué proponer una ley imponiendo la interdiccion de agua y fuego á toda persona que hubiese hecho perecer á un ciudadano romano sin prévio juicio. Ciceron, que por orden del senado habia hecho estrangular á cinco cómplices de Catilina, vió muy bien contra quien iba dirigida la ley: muchos senadores, casi todo el órden de caballeros, y mas de veinte mil ciudadanos se vistieron, como él, de luto y se presentaron á suplicar al pueblo. ¡ Vanos esfuerzos! La ley fué aprobada, y Ciceron expatriándose voluntariamente, anticipó la ejecucion del decreto que le alcanzó algunos dias despues. Clodio hizo quemar sus casas del monte Palatino, de Tusculo y de Formiano, y puso en venta sus bienes.

Diez y siete meses despues, volvia Ciceron á entrar triunfante en Roma, con aclamacion de toda Italia, y al cabo de cuatro años caia Clodio bajo los golpes de los gladiadores de Milon.

Seguramente habria exageracion en decir que el proceso de Clodio determinó, por sus consecuencias, la caida de la república romana: los destinos de los grandes imperios no dependen de hechos aislados, pero podria decirse con verdad que este apresuró aquella gran catástrofe, cuyos elementos habian ido amontonando los siglos. Las instituciones tan violentamente conmovidas por las guerras de Mario y Sila, se habian afirmado en tiempo del consulado de Ciceron, y aquellos hombres tímidos ó egoistas á quienes las proscripciones habian hecho enmudecer, habian recobrado su valor: la muerte de Catilina y el castigo de sus cómplices habian dado un golpe mortal á aquel socialismo feroz que soñaba con la nivelacion general de la miseria por medio del saqueo y del incendio, y algunas leyes agrarias prudentemente combinadas podian sofocar hasta su último gérmen; en fin, restablecida la constitucion sobre su base era posible desconcertar la ambicion de los malos ciudadanos por medio de la enérgica ejecucion de las leyes sobre manejos para obtener empleos y de las que arreglaban la duracion de los gobiernos milita

res: el proceso de Clodio, al paso que reanimó el odio de los pobres contra los ricos, sembró la discordia entre el senado y el órden de caballeros, y dividió á los hombres políticos á quienes parecia haber reunido un peligro comun, enarboló el estandarte de las facciones, dió libre vuelo á las ambiciones comprimidas, y fué la señal de una nueva guerra civil que solo debia terminar con la victoria del sobrino de César. contra Antonio, y por el establecimiento definitivo del gobierno imperial.

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CRÓNICA LEGISLATIVA.

Enero 1850.

DERECHO ADMINISTRATIVO.

REAL ORDEN DE 26 DE ENERO, circulando á los gobernadores de provincia la instruccion que se inserta á continuacion:

«La nueva magistratura, creada por S. M. (Q. D. G.) para el gobierno de las provincias, posee indudablemente muchos mas medios que la que ha reemplazado para desempeñar cumplidamente el alto deber de fomentar los intereses morales, intelectuales y materiales del pais. Sin embarazo en su accion, y sin temor de conflictos de autoridad por reunir bajo su dependencia todos los ramos de la administracion pública, los gobernadores civiles pueden grandemente responder à la confianza que S. M. ha depositado en ellos; y tanta menor excusa tendrán si en el cumplimiento de sus cargos se mostrasen omisos, cuanto mayores son los medios con que hoy cuentan para que su accion sea enérgica, pronta y expedita.

Ansiosa S. M. de que los tres grandes intereses mencionados reciban todo el impulso que han menester, no obstante que estos nuevos magistrados encontrarán en las leyes y disposiciones vigentes trazada la pauta de su conducta, me ha ordenado que respecto á los ramos que dependen del ministerio de mi cargo recuerde á los gobernadores civiles las grandes obligaciones que el suyo les impone, y no deben olvidar por un momento en el desempeño de su elevada magistratura.

S. M. espera confiadamente que los agentes superiores de su accion tutelar en las provincias, no solo la ejercerán en beneficio de los pueblos tan cumplidamente como S. M. desea, sino que harán que sus subalternos y subordinados todos respondan satisfactoriamente al llamamiento que S. M. les hace, cooperando eficazmente al desenvolvimiento de los intereses del pais, que tan particularmente llaman la atencion de S. M. No se satisfará su real ánimo con el tibio cumplimiento de los deberes de estos altos magistrados. La accion de la administracion, cuando se reduce al compasado curso de la mera ejecucion de las disposiciones superiores, es siempre lenta y casi estéril. Un jefe celoso, y que comprende la alta mision que desempeña en la provincia de su mando, debe conocer que la iniciativa ha de partir de él, puesto que tocando mas inmediatamente las necesidades de los pueblos, solo él puede promover los medios mas adecuados para satisfacerlas.

Los gobernadores civiles deben tener entendido que la prosperidad ó decadencia de las provincias de su mando, y las gestiones que practiquen para procurar el bien de las mismas, será el regulador de su conducta, el criterio à que el gobierno someterá el desempeño de sus cargos para apreciar sus servicios.

Por todo, S. M. se ha servido ordenarme prevenga á V. S., como de su real órden lo ejecuto, que para el mas exacto desempeño de su cargo, y á fin de que en todos sus actos se refleje el pensamiento que aníma á S. M., observe puntualmente

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