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ORDENANZAS DEL ARTE DE LA PLATERÍA

Ó SEA DE LA

HERMANDAD DE SAN ELOY DE CÓRDOBA

APROBADAS POR EL OBISPO

DON LEOPOLDO DE AUSTRIA

(Libro en 4.o, escrito en vitela en letras monacales, con iniciales de adorno y orlas iluminadas. Lo conserva en su archivo la cofradía de plateros).

X

Tiene este libro treinta y cinco hojas, y ésta es la primera numerada, porque tiene cuatro anteriores; las tres en blanco, y en la una pintada una Santa Cruz (1).

En el nombre de Dios Padre é Hijo, Espíritu Sancto, tres personas é un solo Dios verdadero, que vive y reyna por syempre jamás, á su loor, gloria y alabança, y de la gloriosa Virgen María, Nuestra Señora e abogada, y de todos los Sanctos, y del bienauenturado San Loy: nos los plateros, vezinos de la muy noble ciudad de Córdoua, auido nuestro acuerdo, todos unánimes e conformes porque el dicho San Loy sea intercessor, que Nuestro Señor Dios aya merced de nos, y nos dé gracia que fagamos por

(1) No existen las hojas blancas ni la cruz que aquí dice. La hoja que sigue, primera numerada, es la más rica de ornamentacion y en la que parece que comienza el libro.

TOMO CVII.

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donde merescamos ser dignos de yr á la sancta gloria de parayso. Otorgamos y fazemos y establecemos nueua cofradía á seruicio de Dios e honra del señor San Loy.

Capitulo primero, de la fiesta de San Loy.

Item que otorgamos de hazer e celebrar de cada año la fiesta del señor San Loy, el dia que cae, que es á veynte e cinco de Junio de cada año, en la yglesia de San Pedro de Córdoua, en la forma que adelante será declarado.

Capitulo IJ, dónde se han de hazer los cabildos.

Item nombramos por casa y lugar donde ayamos de hazer nuestros cabildos e ayuntamientos, tocantes á la dicha cofradía el hospital que se dize de San Loy, que es en la collacion de San Pedro, qual se haga en la forma que adelante será declarado.

Capitulo I1J, del prioste y alcaldes.

Item ordenamos que aya en la dicha cofradía un prioste, y dos alcaldes, e un escriuano, e un mayordomo, e dos diputados que sean mouibles de cada año, y cada uno dellos tenga cargo en las cosas de su officio, de hacer lo que adelante será declarado.

Capitulo IV, que habla en las cosas que tocan á la fiesta y á las conciencias.

Item ordenamos que el dicho dia de San Loy celebremos su fiesta en que todos nos los dichos cofrades que somos y serán, estemos presentes y á las vísperas tengamos desde Començando el psalmo de Magnificat hasta ser acabadas, nuestras candelas encendidas, y á la missa desde el Evangelio, hasta ser acabada la missa, en la qual missa aya sermon durante el qual estén las dichas candelas apagadas, las quales vísperas de la vigilia y missa de la fiesta digan los clérigos de la dicha yglesia todo

cantado y se les dé su limosna, y qualquier cofrade seyendo antes moñido y no viniere hasta la Magnificat ó el Evangelio pague cinco marauedís, y si dende en adelante no viniere en todas las visperas ó missa pague diez marauedís para el pró de la dicha cofradía al nuestro mayordomo cada y quando que ge los pidiere syn rigor.

Capítulo V, de la missa de Requiem e eleccion de officiales.

Item ordenamos quel dia siguiente del dia de San Loy se diga en la dicha yglesia de San Pedro por los clérigos della una missa de Requiem cantada en que aya encensario y sus cirios y se tañan campanas, todo por las ánimas de nuestros defuntos, Ꭹ å toda la missa tengamos nuestras candelas encendidas desde el Evangelio en adelante, y en fin de la dicha missa digan los dichos clérigos su responso cantado por las ánimas de todos los defuntos christianos, y den á los dichos clérigos por todo esto su limosna, y el que de nosotros seyendo mouido no fuere presente, pague diez marauedís, y sy viniere despues del Evangelio pague cinco marauedis para la dicha cofradía, tenga cargo de los pagar al mayordomo syn rigor. Y que nos los dichos cofrades seamos obligados en tanto que la dicha missa se dize, rezar cada uno quinze Avemarías e quinze Pater noster, y acabada la dicha missa e responso vamos luego al dicho hospital para elegir prioste e officiales en la forma que adelante se declarará.

Capitulo VJ, de la honra que se ha de hazer

á qualquier muerto cofrade el dia de su enterramiento
ó su mujer del tal cofrade.

Item ordenamos que cada y quando fallesciere algun cofrade desta dicha nuestra cofradía ó su mujer, syendo por sus parientes hecho saber á nuestro prioste, que el dicho prioste sea obligado á nos hazer muñir á todos, y luego á la hora que oviere de ser seamos juntos en el lugar do estuuiere el cuerpo, y desde alli lo acompañemos con la preciosa cruz hasta la yglesia do se ouiere de enterrar, y

lleuen su cuerpo los cofrades que eligiere el prioste al qual damos facultad, y que los que assy eligiere lo cumplan, y que todos seamos presentes á su enterramiento, y que la dicha cofradia de los bienes della obligamos á dar ocho hachas de çera, las quales lleuen pobres, ardiendo desde casa del defunto á la yglesia, y ardan hasta ser encerrado el cuerpo y den á los pobres su limosna de la dicha cofradía, e reze cada uno de nos otros quinze Avemarías con quinze Pater noster, y el que seyendo moñido no fuere á esto presente que pague de pena media libra de cera.

Capitulo VIJ, de las missas que se han de dezir.

Item ordenamos que se digan por ánima de cada cofrade que asy fallesciere tres missas, la una cantada de Requiem y las dos rezadas el dia de su enterramiento ó otro dia syguiente, á lo qual seyendo mosido cada cofrade esté presente, sopena de cinco maravedis que pague si no viniere, los quales sean para la dicha cofradía, y que estas missas y gastos que se han de fazer por el tal cofrade, se paguen del archa de la dicha cofradía.

Capitulo VIIJ, de la honra que se ha de hazer al padre 6 madre del cofrade 6 hijos.

Item ordenamos cada y quando finare padre, madre ó hijos que sean de edad de diez años arriba, ordenamos de le acompañar con la preciosa cruz su cuerpo desde la casa ó lugar do estuviere, seyendo en Córdoua, hasta la yglesia de su enterramiento con nuestras candelas encendidas, en tanto que los parientes del defunto lo hagan saber al nuestro prioste, el qual tenga cargo de nos hazer moñir, y el que seyendo moñido no fuere á esto presente pague media libra de cera para el archa de la dicha cofradía.

Capitulo IX, del cofrade que fallesçiere fuera de la ciudad.

Item ordenamos sy acaesçiere traer algun cofrade desta nuestra cofradía de fuera de la ciudad defunto para enterrar en la ciudad, establecemos de salir á lo resçebir à la puerta de la ciudad, y con

la preciosa cruz lo acompañar, segun arriba va declarado en el capítulo de la honra del cofrade, y esto se entiende syendo hecho saber al nuestro prioste y moñidor segun dicho es.

Capítulo X, de la honra que se ha de hacer á los que finaren en el dicho hospital de San Loy.

Item ordenamos cada y quando finare alguno en el dicho hospital de San Loy, establecemos de le honrar e acompañar su cuerpo e ser presentes á su enterramiento en la dicha yglesia de San Pedro, con nuestras candelas encendidas, e le dar sepultura y hazer decir una missa rezada por su ánima, offrendada de pan y vino e cinco maravedís de limosna, y más pagar allende desto la limosna de todos los dichos clérigos del archa de la dicha cofradía, y el que fuere moñido á este dicho enterramiento y no viniere pague media libra de cera.

Capitulo XJ, de las limosnas á nuestro cofrade

que fuere pobre.

Item sy acaesçiere algun cofrade desta nuestra cofradía venir en tanta pobreza, que no pudiere trabajar, ordenamos le dar limosna del archa de la cofradía cada mes cincuenta maravedis, y sy estuviere en cárcel por deuda y no tuviere de qué pagar, establecemos le socorrer y le dar limosna hasta en quantía de quinientos maravedís para ayuda á la deuda.

Capitulo XIJ, de la honra que auemos de hazer

al que no fuere nuestro cofrade y se encomendare á nuestra cofradía que le honremos.

Item ordenamos que quando alguna persona que no fuere nuestro cofrade quisiere que le honremos en su enterramiento, de le acompañar su cuerpo con la preciosa cruz, desde el lugar do estuuiere dentro de la ciudad hasta la yglesia de su enterramiento, y estar presentes hasta ser enterrado con nuestras candelas encen

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