Código penal reformado de 1870: con las variaciones introducidas en el mismo por la ley de 17 de julio de 1876 |
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Términos y frases comunes
acto actos acusado además agentes agravante amenazas apreciar aquélla arreglo arresto arts Audiencia Autoridad cabe cadena calificarse calumnia capítulo cargo castigado causa ción circunstancia citado civil clase Cód Código Código penal comentario cometido comprende concurran condenó conocimiento Considerando constituye criminal cuatro CUESTION culpable dado daño deberá declaró definido delito derecho determina días disposición documento efectos ejecutado especial establecimiento estimó exista expresado falso falta fuere funcionario público fundándose Gaceta grado máximo grado medio grado minimo grave halla homicidio hubiere hubiese hurto imponer incurrirá inferior infringido inhabilitación injuria inmediatamente interpuesto Juez lesiones medio menor mente meses modo muerte mujer multa núm número objeto ocho orden pág párrafo pena perpetua pesetas poder presente presidio previsto primero prisión correccional procesado producido propio publicada pudo puesto razón recurso de casación regla respecto responsabilidad resulta robo Sala segundo Sentencia señalada siendo temporal Téngase tenido tercero tículo trata Tribunal Supremo último Véase
Pasajes populares
Página 40 - Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando medios, modos ó formas en la ejecución que tiendan directa y especialmente á asegurarla, sin riesgo para su persona que proceda de la defensa que pudiera hacer el ofendido.
Página 238 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 57 - Ser vago el culpable. Se entiende por vago el que no posee bienes ó rentas, ni ejerce habitualmente profesión, arte ú oficio, ni tiene empleo, destino, industria, ocupación lícita ó algún otro medio legítimo y conocido de subsistencia, por más que sea casado y con domicilio fijo.
Página 559 - Art. 3.° Son punibles, no sólo el delito consumado, sino el frustrado y la tentativa. Hay delito frustrado cuando el culpable practica todos los actos de ejecución que deberían producir como resultado el delito, y sin embargo no lo producen por causas independientes de la voluntad del agente. Hay tentativa cuando el culpable da principio á la ejecución del delito directamente por...
Página 657 - Con la pena inmediatamente inferior en grado á la señalada por la ley al delito con que amenazare, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad ó imponiendo cualquiera otra condición...
Página 627 - Para los efectos de este artículo se reputan autoridad los Soberanos y Príncipes de naciones amigas ó aliadas, los Agentes diplomáticos de las mismas y los extranjeros con carácter público que según los tratados debieren comprenderse en esta disposición. Para proceder en los casos expresados en el párrafo anterior ha de preceder excitación especial del Gobierno.
Página 558 - Cometen adulterio la mujer casada que yace con varón que no sea su marido y el que yace con ella, sabiendo que es casada, aunque después se declare nulo el matrimonio.
Página 498 - Para los efectos de este título y de los anteriores del presente libro, se reputará funcionario público todo el que por disposición inmediata de la ley ó por elección popular ó por nombramiento de Autoridad competente, participe del ejercicio de funciones públicas.
Página 141 - Con arresto mayor en su grado medio á presidio correccional en su grado mínimo, si no excediere de 500 y pasare de 100. 4.°...
Página 241 - Las garantías expresadas en los artículos 4.°, 5.°, 6.° y 9.° y párrafos primero, segundo y tercero del 13 no podrán suspenderse en toda la Monarquía, ni en parte de ella, sino temporalmente y por medio de una ley, cuando así lo exija la seguridad del Estado, en circunstancias extraordinarias.