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pes; y donde, como dice un elocuente escritor (13), << desde entónces Inglaterra dió á la Europa el ejemplar espectáculo de una Constitucion obedecida por todos con lealtad, no teniendo necesidad para sostenerse, ni de conmociones, ni de guerras civiles.>> Este es el más alto elogio que puede hacerse de un sistema político y de la noble dignidad de un pueblo.

No ocurrió así en Francia, donde el absolutismo y el privilegio imperaban hacía mucho tiempo, y cuyos errores y faltas agotaron la gran paciencia de un pueblo que tenia hambre y sed de justicia, de libertades Ꭹ de reformas. Y despues de quince lustros de trabajos preparatorios, llegó el momento previsto; y nó un motin fugitivo y caprichoso, nó una sublevacion inconsciente y aventurera, sino una revolucion profundamente política y social, produjo un inmenso cataclismo, en que todo lo existente se hundió, y en cuyo furioso torbellino quedaron envueltos algunos de los que desataron la horrible tempestad.

¡Que fué horrible, en efecto; pues no vanamente se rompen todos los lazos que ligan el espíritu, el corazon, los sentimientos y las pasiones de un pueblo! ¡El Océano, arrancado de su lecho por la cólera de Dios, no se lanza con más ciego y enconado ímpetu sobre los continentes, y siembra el exterminio y la muerte con tan iracundo furor, como una nacion que por siglos se ha alimentado de duelo, de opresion y de lágrimas!

Pasado el huracan, y repuesto el ánimo de tan penosas sensaciones, fácil es comprender que todo habia sido preparado, nó para destruir, sólo por el bárbaro placer de destruir, sino para edificar nuevamente, asentando el edificio social sobre la base de justicia para todos; libertad, igualdad y fraternidad tambien para todos.

Reedificóse, pues, y todo se sometió á principios racionales y á los aforismos políticos arriba consignados.

Proscribiéronse las máximas del derecho divino sobre el origen del poder y los poderes legítimos (14), y sostuviéronse las que lo hacen emanar, y toda legitimidad en ese órden, de la voluntad popular. Proclamóse la libertad del pensamiento y la santidad de la conciencia. Declaráronse ciudadanos todos los individuos de la comunidad; todos gozaron de iguales derechos y quedaron sometidos á idénticas obligaciones. Todos tuvieron participacion en el nombramiento de los magistrados y en la confeccion de las leyes. Á todos quedó expedito el ingreso en los cargos públicos, segun su capacidad, y el acceso á los honores, segun su mérito.

Reivindicáronse los derechos del poder público al registro civil, que legaliza el estado de las personas. Secularizáronse los matrimonios y los cementerios. Estableciéronse leyes sobre los asuntos religiosos, en armonía con lo que exige la independencia de la soberanía de las naciones.

Unificóse la legislacion por eminencias jurídicas,

como Treillard, Portalis, Tronchet y Merlin; proclamóse una sola fuente de jurisdiccion; se abolieron los fueros privativos, y regularizáronse los tribunales y los juicios. Formóse un Código civil, científico y filosófico, y se echó la base de la legislacion penal, mercantil, administrativa y de procedimientos. Aboliéronse los señoríos y vinculaciones; suprimiéronse los institutos religiosos, y prohibióse la adquisicion por manos muertas. Distribuyóse la tierra en lotes, que multiplicaron los productos y los propietarios. Hízose una demarcacion departamental, con nombres apropiados al sistema fluvial, que hacía olvidar lo que podia ser una peligrosa reminiscencia del pasado. Redújose á sistema científico la confusa arbitrariedad de pesas y medidas, y hasta alteróse el nombre anómalo de los meses del año; de modo que sólo quedó el nombre al antiguo patrimonio de los reyes cristianísimos.

SECCION CUARTA.

Caida del absolutismo en España. -Bosquejo del régimen absoluto.-Sistema constitucional. - Régimen paternal. Sostenedores en España del nuevo sistema de gobierno. -Sus adversarios. Las clases privilegiadas.-Ejército de la reaccion.-Primer período constitucional.-Segundo período.— Tercer período.-Guerra civil.-La paz de Vergara fué una trégua.-Imprevisiones.-Medios eficaces para desarraigar la propension absolutista. — Dicho célebre de Fernando el Católico.- Debió aplicarse con hábil política á las provincias privilegiadas. — Motivos de humanidad, de razon y de conveniencia que lo exigian.-Constituyentes del 69.- Falta de génio y de miras trascendentales en los hombres políticos españoles.

Varios años despues de esta inmensa revolucion, y por consecuencia de un movimiento popular y del influjo de las ideas traspirenáicas, volcóse en España el régimen absoluto, que venía dominando hacía tres siglos, y le reemplazó por el pronto el régimen constitucional.

Este sistema de gobierno contrasta tan singularmente con el antiguo órden de ser político, que un infranqueable abismo los separa; y de ahí lo antitéticos que son entre ellos, como los elementos que dan vida al uno, y la fuerza que sostiene al otro.

El régimen absoluto es poco menos que el sér humano deificado. Dentro de su insolente teoría, una nacion es la que ha sido hecha para un hombre:

así, Roma imperial fué hecha para los Césares; la Francia de los dos penúltimos siglos para los Borbones; la Inglaterra de los siglos XVI y xvii para los Tudor y los Stuards, y la España de las tres últimas centurias para los Hapsbourg y la descendencia de Felipe de Anjou. Reinando ese hombre por derecho propio, no reconoce otro orígen de su poder que la voluntad divina, y á nadie debe cuenta de sus actos, pues representa á Dios. Su albedrío es soberano; los pueblos son su herencia y su dominio; á todos por deber sagrado obligan sus decretos. Y al modo que el sol es único foco de luz y de vida en nuestro sistema planetario, el monarca absoluto es sola fuente de gracias, de honores, de derechos, orígen de toda jurisdiccion y señorío; poder único sin contrapeso ni correctivo: tal como lo hizo la adulacion y la baᎩ jeza; tal como lo vieron realizado Enrique VIII, Felipe II y Luis XIV.

Mas como todo esto rebelaria á todo sér libre y digno, empléanse tres irresistibles medios para arraigar su despotismo: se hace pesar la ignorancia sobre las inteligencias; la fuerza brutal sobre los cuerpos; la influencia moral sobre las almas. En recíproca, privilégiase á los poderosos de la tierra y á los influyentes sobre la conciencia.

El sistema representativo ya no arranca de que una nacion ha sido hecha para un hombre; por el contrario, un hombre es el que vive, ó debe vivir para una nacion: como vivió para la Gran Bretaña, Guillermo III; para Bélgica, Leopoldo I; y, acaso

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