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cismo. Y no se nos diga que no es permitido asentar esta proposicion sin demostrarla con documentos de inconcusa exactitud.

Hemos presentado el fenónemo de la conservacion de los fueros vascos como una contradiccion de la política real, que concluye con ellos en todas partes, y le explicamos en este momento por una induccion que la crítica racional admite y que la historia confirma y comprueba. Cuantas veces, consolidada la monarquía absoluta, intentan los reyes que algun tributo de los establecidos en España se imponga á las Provincias Vascongadas, éstas, sin apelar á la fuerza, á la rebelion, resisten y hacen triunfar su oposicion, bastándoles representar que la medida es contra fuero, para que sus poderosos protectores consigan que el memorial sea decretado favorablemente.

No de otro modo se explica que en 1590 se establezca en Castilla la contribucion de Millones, y al hacerla extensiva á Vizcaya, se nieguen los vizcainos á pagarla; insista la Corte, y despues de más de diez años de disputas, reconozca Felipe III, el piadoso monarca, el esclavo de Roma, que Vizcaya, que las Provincias Vascongadas, no debian ser incluidas en el tributo. Cierto que los querellantes se presentaron con grandísima humildad, diciendo en su representacion: «nosotros quedamos obligados á defender nuestra muy querida é amada patria, hasta ver quemada é asolada esta Señoría, y muertos mujeres é hijos y familia, é buscar quien nos ampare y trate bien; » pero este mismo lenguaje, que invoca el dulce nombre de la patria siempre

que necesita obtener alguna concesion, demuestra la eficacia de esa fina política vascongada de adular á los reyes bajo la direccion de los Prelados.

Lo mismo que con la contribucion de millones, aconteció, andando el tiempo, con las de barrilla, sosa, licores y estanco, establecidas en 1621, 1632 y 1634; que cuantas veces se intentó extenderlas al territorio exento, se resistió su imposicion con éxito satisfactorio. ¿Qué habia de negar á las provincias más católico-apostólico-romanas de España el rey que decretaba la expulsion de los moriscos, y más adelante, su nieto Cárlos II? Los vascongados correspondian á su vez á tantas mercedes aumentando sus fundaciones, sus capellanías, sus aniversarios, sus beneficios, sus capillas, sus iglesias, entregando á sus protectores el alma Ꭹ el cuerpo, la vida y la hacienda.

Sobreviene la Guerra de Sucesion, y Felipe V ocupa el trono de España, inaugurando la época del cultivo de las ciencias, que tan alto vuelo habian alcanzado en otros países. Rómpese el círculo de hierro en que la teología tenia encerrados todos los conocimientos; realiza el monarca, con la abolicion de los fueros de Aragon y Valencia, el deseo de reducir todos los reynos de España á la uniformidad de unas mismas leyes; pero respecto de las Provincias Vascongadas se limita á expedir un Real decreto, desde El Pardo, á 31 de Agosto de 1717, trasladando las aduanas á la frontera de Francia y á la lengua del agua. Estableciéronse, pues, en Bilbao, San Sebastian y Fuenterrabía, con gran oposicion de los vascongados, fundada en que el estableci

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miento de las aduanas atacaba la libertad absoluta de co. mercio que disfrutaban conforme á sus fueros. El nieto de Luis XIV, del fundador de la monarquía absoluta en Francia, siguiendo la máxima de su abuelo «el Estado soy yo,>> resiste y mantiene su autoridad real, en lo económico extendida hasta el mar Cantábrico y el Pirineo. La oposicion de los vascos, secundada por sus protectores, continúa; y cambiando de rumbo, pero no de objeto, demuestra que los rendimientos decrecen en lugar de aumentar, y la reforma es anulada, mandando que las aduanas se restituyesen y redujesen á los pasos y parajes interiores de tierra adentro, en donde ántes existieron.

Cárlos III, el defensor de las regalías, el primer monarca español que comprende la necesidad imperiosa de reivindicar la independencia del Estado, de poner un dique infranqueable á las usurpaciones de la Iglesia, de secularizar la administracion y la enseñanza, de ser rey con voluntad propia, de obrar como soberano, sin consultar á Roma, expulsa la Compañía de Jesús de los dominios españoles, pero sin poner su mano en la patria del fundador de la milicia ultramontana, y pierde la ocasion de atacar la influencia teocrálica en su raíz más profunda, en su suelo más privilegiado. Los vascongados atraviesan por esta crisis como por las anteriores, uniéndose cada dia con lazos más estrechos á su madre la Iglesia, á sus celosos protectores.

La idea de unificacion legal cobra sin embargo nueva vida con el estudio del derecho patrio, con la publicacion de la Novísima Recopilacion, y el plan de formacion de un Es

tado civil no supeditado á la Corte romana, sigue su camino. El favorito de Cárlos IV, el famoso Godoy, á quien la teocracia declaró cruda guerra, no por sus lazos afrentosos con el trono, sino por sus aspiraciones desamortizadoras, por su decreto sobre capellanías, por mirarle como el continuador de las reformas secularizadoras, comprende con mirada perspicaz que las Provincias Vascongadas, resistiendo el influjo de las nuevas ideas, dominadas y poseidas espiritualmente por Roma, habian de ser un obstáculo insuperable á sus aspiraciones de gobierno. Con prudencia y cautela, luégo que concibe el pensamiento de hacerlas entrar en la ley general, encarga el estudio y exámen de sus fueros al docto canónigo Llorente, que no muy tarde en su notabilísima obra Noticias históricas de las tres provincias vascongadas, destruye con implacable crítica los supuestos fundamentos históricos y legales de la autonomía vasco-navarra.

Desde la aparicion de tan interesante libro la alarma de los vascongados fué grande, y la influencia teocrática atizando las iras populares contra el príncipe de la Paz, contribuyó no poco á los sucesos de Aranjuez y al anticipado advenimiento al trono de Fernando VII.

¿Quién habia de creer, sin embargo, que el monarca de la restauracion de 1814; que quien declaró abolido todo lo decretado por los legisladores de Cádiz, excepto la consignacion señalada al rey; que el tirano, escándalo de la Europa culta, intentase tambien continuar el plan de revisar los fueros de las Provincias Vascongadas para concluir con ellos? Y el plan no pudo ser más formal.

En Noviembre de 1815 se nombró una Junta, cuyo objeto aparente era refrenar los abusos que notase en las Provincias Vascongadas respecto al Ministerio de Hacienda, y esta Junta le evacuó cuatro años despues en forma de estudio histórico-jurídico, negando la supuesta independencia de este territorio, analizando con severa crítica sus fueros, descargando en fin en nombre de la autoridad real y del Estado rudos golpes sobre privilegios y exenciones, cuya abolicion se preparaba sin duda alguna con voluntad firme y decidida: Y tan es así, que en 16 de Febrero de 1824 se expidió un Real decreto compuesto de cinco artículos, pidiendo á las provincias un donativo de tres millones de reales al año, que duraria de tres á cuatro, y cuyo repartimiento, exaccion y entrega correria á cargo de las respectivas diputaciones. El rey nada consultó préviamente con las provincias; no hizo consideracion alguna sobre los apuros del Tesoro, y por su propia autoridad señaló tres millones anuales de contribucion, que comenzaba siendo temporal para pasar á perpétua; y al dejar á las diputaciones la odiosidad del repartimiento y de la exaccion, se acudia al procedimiento más seguro para su descrédito é impopularidad.

En la historia política y económica de las provincias no se registra una medida más expresiva, un esfuerzo más enérgico por parte del poder real para abrir brecha en sus irritantes exenciones.

Insistiendo siempre en su política anti-fuerista, el rey envió á Simancas al docto presbítero D. Tomás Gonzalez, escritor de copiosa erudicion, para preparar el trabajo crítico

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