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gualdad. Reclamamos nuestros derechos con energía y con vigor; los apoyamos con razones emanadas de las mismas declaratorias del Congreso nacional: pedimos nuestra administracion interior, fundandola en la razon, en la justicia, en el exémplo que dieron otras naciones sabias, concediendola á sus posesiones distantes; aun en el concepto de colonias, que estaba ya desterrado de entre nosotros: y últimamente ofre ciamos de nuevo, baxo estas bases, la mas perfecta union, y para mostrar que no eran vanas palabras, enviamos los auxílios pecuniarios que nos permitian las circunstancias. Los que se llamaban Diputados de la América, sostuvieron en las Córtes con bastante dignidad la causa de los Americanos; pero la obstinacion no cedió: la razon gritaba en vano á los animos obcecados con las preocupaciones y á la ambicion de dominar: sordos á los clamores de nuestra justicia, dieron el ultimo fallo á nuestras esperanzas, negandonos la igualdad de Representantes; y fue un espectaculo verdaderamente singular é inconcebible, ver que al paso que la España Européa con la una mano derribaba el trono del despotismo, y derramaba su sangre por defender su libertad; con la otra echase nuevas cadenas á la España Americana, y amenazase, con el latigo levantado á los que no quieren soportarlas.

Colocados en tan dolorosa alternativa, hemos sufrido toda clase de insultos de parte de los agentes del gobierno Español, que obrarian sin duda de acuerdo con los sentimientos de este; se nos hostiliza, se nos desacredita, se corta toda comunicacion con nosotros; y porque reclamamos sumisamente los derechos, que la naturaleza, antes la España nos habia concedido, nos Îlaman rebeldes, insurgentes y traidores, no dignandose contestar nuestras solicitudes, el gobierno mismo de la nacion.

Agotados ya todos los medios de una decorosa conciliacion, y no teniendo nada que esperar de la nacion Española, supuesto que el gobierno mas ilustrado que puede tener desconoce nuestros derechos, y no correponde á los fines para que han sido instituidos los gobiernos, que es el bien y felici→ dad de los miembros de la sociedad civil: el deseo de nuestra propia conservacion, y de proveer á nuestra subsistencia poli tica, nos obliga á poner en uso los derechos imperscriptihles que recobramos con las renuncias de Bayona, y la facultad que tiene el pueblo de separarse de un gobierno que le hace desgraciado.

Impelidos de estas razones de justicia, que solo son un debif bosquexo de nuestros sufrimientos, y de las naturales y politicas que tan imperiosamente convencen la necesidad que

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tenemos de esta separacion indicada por la misma naturaleza, nosotros los Representantes del buen pueblo de la Provincia de Cartagena de Indias, con su expreso y público consentimiento, poniendo por testigo al SER SUPREMO de la rectitud de nuestros procederes, y por arbitro al mundo imparcial, de la justicia de nuestra causa, declaramos solemnemente á la faz de todo el mundo: que la Provincia de Cartagena de Indias, es desde hoy de hecho y por derecho, Estado libre, SOBERANO E INDEPENDIENTE, que se halla absoluto de toda sumision, vasallage, obediencia, y de todo otro vinculo, de qualquier clase y naturaleza que fuese, que anteriormente la ligase con la corona y gobierno de España; y que como tal estado libre y absolutamente independiente, puede hacer todo lo que pueden y pueden hacer las naciones libres é independientes. Y para mayor firmeza y validez de esta nuestra declaracion, empeñamos solemnemente nuestras vidas y haciendas, jurando derramar hasta la última gota de nuestra sangre, antes que faltar á tan sagrado comprometimiento. Dado en el Palacio de gobierno de Cartagena de Indias á 11 dias del mes de Noviembre de 1811, el primero de nuestra independencia.-Ignacio Cavero, PresidenteJuan de Dios Amador-José María García de ToledoRamon Ripoli-José de Casamayor-Domingo GranadosJosé María del Real-German Gutierres de Piñerez-Eusebio María Canabal-José María de Castillo-Basilio del Toro de Mendoza-Manuel José Canabal-Ignacio de Narvaez y la Torre-Santiago de Lecuna-José María de la TergaManuel Rodriguez Torices-Anselmo José de Urela-Juan de Arias José Fernandez de Madrid-José María Benito Revollo, Secretario.

CARACAS.

Esperando á tener noticias individuales del horrible terremoto que casi ha reducido á ruinas á aquella desgraciada ciudad, juzgue excusado decir en mi número anterior lo que todos los diarios repitieron. Aun no han llegado relaciones circunstanciadas, y solo tengo á la vista algunas gazetas sueltas de Caracas, la mas atrasada, de 17 de Enero, y la mas reciente, de 6 de Marzo. De ellas se deducen los hechos siguientes.

Quito.

El dia 11 de Octubre de 1811, fue elegido por presidente de aquella Junta el obispo de Quito Dr. José de Cuero y

Caycedo. Las tropas de la Junta habian tomado la ciudad de Pasto, que defendian las del ex-gobernador de Popayan. (Oficio de la Junta de Quito al gobierno de Caracas.)

Nueva Granada.

Las Gazetas de Caracas insertan el Acta de la Confedera cion de las Provincias unidas de la Nueva Granada a; pero en las que tengo á la vista no se halla el principio de este documento. La Gazeta de Caracas del 6 de Mazo publíca el parrafo siguiente.

"Debemos dar al público la plausible noticia que el Gobierno acaba de tener por el encargado de negocios de Venezuela cerca de Santa Fé, para lo que copiaremos aqui literalmente lo que entre otras cosas dice sobre el progreso de la causa de la America.

"Este Colegio Electoral Revisor ha sancionado que este gobierno es Representativo popular, que desconoce á Fernando 7°., y que la declaratoria de la Independencia absoluta la hará el Congreso del Reyno: y por lo tanto que ya no es Monarquia, y que en la Constitución se suprima lo que hablaba de Rey. El gobierno de Quito se halla en el mismo estado, pues su Congreso Provincial ha desconocido la Regencia y las Córtes: se estaba preparando alli una fuerte expedicion contra Cuenca al mando del Mayor Calderon. Nada sabemos del verdadero estado del báxo Perú: los Patriotas de Caly y de Popayan han conseguido algunos triunfos de los salteadores de Barbacoas, ultimo resto de las fuerzas miserables de Tacon."

En Caracas, el Congreso general perdonó la vida á varios de los complices de la contrarevolucion de Valencia.

El dia 10 de Enero nombró el Congreso por ciudad Federal á Valencia, y determinó que el 15 de Febrero se suspendieran las sesiones para que se abriesen de nuevo en la dicha ciudad el 1o. de Marzo.

El 6°. de Febrero se decretó por el Congreso de Venezuela la abolicion de la Inquisicion; encargando á los obispos que formen un reglamento para juzgar ellos las causas de religion "en inteligencia que deben servir de bases para este reglamento los principios de que no podra la autoridad eclesiastica imponer otras penas que las espirituales, y que el modo de proceder judicialmente será en todo conforme á lo establecido en la declaratoria de derechos de la Constitucion Federal."

La escasez del erario del nuevo gobierno era muy grande, y se habia creado un millon de Pesos en papel Moneda.

L. 2

T

BUENOS AYRES.

(Gazeta de 31 de Enero 1812.)

Oficio del Gobierno al Capitan General de Montevideo. Se han realizado al fin los fundados temores de las miras hostiles de los Portugueses, que ha manifestado á V. S. este gobierno en su correspondencia anterior. Por el oficio y partes que ha dirigido el general Artigas con fecha de 24 de Diciembre, y que en copia se acompañan, se instruirá V. S. de la conducta escandalosa de las divisiones Portuguesas que con sus agresiones han precipitado ya á nuestras armas á todas las conseqüencias de un rompimiento. El general Artigas ha batido uno de sus destacamentos que tubo la osadía de insultar á nuestras tropas, y encendido el fuego de la guerra contra las intenciones pacificas de V. S. y de este gobierno: sabe Dios quales serán sus resultas. Este inesperado suceso ha paralizado las disposiciones que se tomaban para enviar nuestro exercito á las provincias interiores en la buena fé de que los Portugueses se retirarian á sus fronteras con arreglo al tratado de pacificacion, y que sería permanente la concordia y alianza de Montevideo y Buenos Ayres. Pide el general Artigas todos los auxilios de este gobierno para resistir los ataques de una division, de que era parte el destacamento derrotado, y que aceleraba ya sus marchas sobre el campamento de aquel general. El gobierno convencido de la necesidad de socorrerlo sin demora, ha dictado las providencias correspondientes; porque no sería justo abandonar aquellas familias que le siguen, á los furores de un extrangero empeñado en realizar sus conquistas sobre el territorrio Español contra todos los principios del derecho de las gentes. Para contener su orgullo solo resta que V. S. con arreglo al artículo 17 del tratado de 20 de Octubre último nos franquee los auxilios necesarios, á no ser que el poder de su influxo pueda conseguir del general Portugues, que suspendiendo toda hostilidad, y retirando sus tropas de aquellos puntos dexe á Artigas en libertad para pasar el Uruguay, y situarse en el territorio de esta jurisdiccion, como se halla estipulado. No duda el gobierno que V. S. se prestará á una solicitud en que está solemnemente empeñado su honor, la dignidad de ambos pueblos, los interéses de la nacion Española, y los derechos del rey & quien hemos jurado obedecer. La agresion extrangera es tan notoria como la obligacion de V. S. de concurrir á rechazarla con todos los esfuerzos de su poder, poniendo á disposicion de este gobierno las fuerzas navales y quanto necesite para la

conduccion de su exercito, en el caso que el general Portugues insista en ocupar nuestros campos, atacar nuestras divisiones, y llevar adelante la hostilidad, y la conquista. De otro modo le quedará siempre al gobierno la satisfaccion de haber hecho quanto estubo de su parte para evitar los desastres de una guerra desoladora, y nunca tendrá que responder de sus resultados ante el tribunal de la nacion.

Dios guarde á V. S. muchos años. Buenos Ayres 1. de Enero de 1812.-Feliciano Antonio de Chiclana.-Manuel de Sarratea.-Juan Jose Passo.-Bernardino Ribadavia, Secretario. Al Capitan General D. Gaspar Vigodet.

Oficio del General de Montevideo á este Superior Gobierno. EXCмO. SEÑOR.-Estoy muy distante de dar como V. E. asenso á las relaciones de D. José Artigas contenidas en los oficios de V. E. de 28 de Diciembre del año próximo pasado, y 1. del que empieza. Sus quejas son exageradas, y parto proprio de su orgullo y mala fé que le caracteriza, y tiene demasiado acreditada en todos sus pasos, particularmente desde la supension del sitio á que hizo la mayor resistencia, y oposicion con sus parciales que suscribieron los diferentes recursos de que dió cuenta á V. E. su diputado D. José Julian Perez. Cada dia vivo mas convencido de las intenciones de este enemigo de la comun tranquilidad, asi como de la certeza de las atrocidades que comete frecuentemente contra los hombres de honor y providad que residen en la comprension de mi mando. Sus armas principales son el terror y la seduccion con que ha logrado usurpar y arrebatar todo género de propriedades, y revolucionar con varias publicaciones sediciosas los pueblos de esta banda, á cuyos habitantes persigue con mas empeño y rigor que antes para que se le reunan y contribuyan a sus infames proyectos con toda clase de auxilios que ofrece recompensar baxo la garantía y decidida protec-. cion con que cuenta de V. E., y en prueba de ella y de la satisfaccion que asegura disfrutar, ha hecho manifiesto el título con que V. E. le ha distinguido de teniente gobernador de Misiones, que se hallaba tambien resuelto á ocupar.

Con estos y otros datos que no me dexan que dudar de la criminal conducta del referido Artigas, ni de sus firmes ideas en sostenerse, y conservarse en esta banda con sus tropas contra lo estipulado en el artículo 20; en nada menos debo pensar que en procurar la execucion del art. 11, hasta tanto que V. E. no me acredite haber cumplido por su parte religiosamente los pactos con que se halla todavia ligado. Por el contrario estoy determinado no solo á dexar obrar al exército

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