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condicion que sean; por manera que todavía sea guardado é complido todo lo contenido en esta mi carta realmente con efecto é los unos ni los otros non fagades ende al por alguna manera, so pena de la mi merced é de privacion de los oficios é de confiscacion de los bienes de los que lo contrario ficiéredes para la mi Cámara é fisco, los quales por el mesmo fecho yo por la presente confisco é he por confiscados á mi é á la dicha mi Cámara é fisco; é demas mando al ome que vos esta mi carta mostrare que vos emplase que parescades ante mí en la mi Corte do quier que yo sea, del dia que vos emplasare fasta quinse dias primeros siguientes so la dicha pena á cada uno, so la qual mando á qualquier escribano público que para esto fuere llamado que dé ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo, porque yo sepa en como complides mi mandado. Dada en... (en claro)... dias de... (en claro)... año del nascimiento de nuestro señor Ihu-Christo de mill é quatrocientos é sesenta é cinco años.-Yo el Rey.-Yo Iohan gonçales de çibdad Real, secretario del Rey nuestro señor la fise escrebir por su mandado.--(Se conservan las señales de haber tenido adherido el sello real.)-El Conde de Haro.-Archiepiscopus Hispalensis.-Don Aluaro.-Don Pedro.-P. Episcopus calagurritanus.-P. Episcopus oxomensis.-Luis Conde de Torija.-El Conde de Rybadeo.-Alfonso de velasco.-P.o G.z doctor.-D. Garssias doctor. Antonius licenciatus.-(Sigue otra firma ilegible.)»

La ciudad de Salamanca estaba de tiempo atras dividida en dos bandos, uno á favor del Conde de Plasencia y otro al del Conde de Alba. Con objeto de apaciguarla, el Rey concedió este mismo año 1465 la guarda de ella á Don Beltran, que con 1.500 lanzas ocupó la ciudad, puso preso al obispo Don Gonzalo de Vivero, agitador constante, tomó la iglesia, torre y fortaleza de la ciudad, y si bien por el pronto se multiplicaron con esto los desórdenes, quedó luégo sosegada y tranquila (1).

En este mismo año dió el Rey la tenencia de la ciudad de Lorca á Don Beltran, pero el adelantado Pedro Fajardo la recobró y tuvo por el infante Don Alonso.

Reunidas en Salamanca las Córtes de Castilla, uno de sus primeros actos fué hacer al Rey en 26 de Mayo la siguiente peticion los procuradores de las villas y ciudades á favor de Don Beltran:

(1) Crónica castellana, ms.

«Muy alto esclarecido Príncipe y muy poderoso Rey é señor: los Procuradores de las vuestras cibdades y villas de vuestros regnos, que por vuestro mandado venimos y estamos en vuestra Corte este año de mill é quatrocientos é sesenta é cinco años, besamos vuestras manos é nos encomendamos en vuestra muy alta señoría é merced, la qual bien sabe la crianza que ha fecho en Don Beltran de la Cueva, duque de Alburquerque, conde de Ledesma, é los muchos é loables y agradables é continuos servicios que desde su niñez ha fecho é face à vuestra Alteza, así en la guarda y servicio continuo de vuestra Real persona como en la guerra de los moros enemigos de nuestra santa fée, é en las guerras y disensiones de Cathaluña é Aragon y Navarra, é no menos en los levantamientos y escándalos que son levantados en vuestros regnos, posponiendo su persona y estado por lo que toca á vuestro servicio, y disponiéndose á muy grandes peligros é trabajos de su persona, lo qual todo es notorio é conoscido, é la grand obidiencia é reverencia y acatamiento que siempre ha fecho é face à vuestra señoría, é la grand cura é astucia que siempre ha tenido é tiene por las cosas complideras á servicio de vuestra señoría y bien comun de vuestros regnos, é las grandes pérdidas é daños que ha rescebido en su estado y dignidad por ser obediente á los mandamientos de vuestra Alteza é á las cosas complideras á vuestro servicio, segund así mesmo es público é notorio en los dichos vuestros regnos; por todo lo qual es seido é es muy digno y merescedor de las mercedes é donaciones que vuestra Alteza le ha fecho de las villas de Alburquerque é Roa é Cuellar é Atienza é Molina é sus tierras, y de mercedes é acrecentamientos é remuneraciones que vuestra Alteza le fisiese. E por quanto, muy alto señor, las leyes de vuestros reinos quieren é disponen que cuando se obiere de facer merced de villas ó logares ó vasallos á qualquier caballero ó otra persona, que se hayan de facer por servicios conocidos fechos en la guerra de los moros é con consejo y consentimiento de los Procuradores de ciertas cibdades é villas en cierta forma, contenida en las dichas leyes; é porque á todos nosotros es conocido y notorio todo lo susodicho; é porque es cosa muy justa y convenible y aun necesaria vuestra Alteza mande remunerar é satisfacer los tales é tantos é tan notorios y conoscidos servicios, é sublimar y acrecentar á los tales criados y servidores, porque ellos resciban premio é galardon é otros tomen ánimo de vos servir leal y enteramente, é faciendose de otra guisa seria contra

vuestra Real conciencia, é cosa muy desaguisada y de mal enxemplo, é aun podia dar causa á ser deservido vuestra Alteza por ello: Por ende, muy alto señor, todos nosotros de una concordia, de nuestra libre y agradable voluntad, movidos por todas las causas susodichas, sin premia ni inducimiento alguno, por nos y en nombre de las cibdades y villas de vuestros regnos, cuyos Procuradores somos, damos y otorgamos expreso consentimiento á las dichas mercedes y donaciones por vuestra Alteza fechas al dicho Duque de Alburquerque de las dichas villas suso declaradas y de sus tierras; é suplicamos á vuestra Alteza en el dicho nombre, que si necesario ó complidero fuere á dicho Duque ge las mande confirmar é aprobar é de nuevo conceder, por tal forma y manera que todo ello sea firme y valedero á él y á sus herederos y subcesores para siempre jamás, en lo qual vuestra muy alta señoría fará lo que es su servicio y usará de justicia é razon; sobre lo qual otorgamos esta suplicacion para vuestra Alteza, la qual firmamos de nuestros nombres. Fecha en la cibdad de Salamanca, veinte é seis dias de Mayo, año de mill é quatrocientos é sesenta é cinco años. — (Siguen las firmas de 22 Procuradores).-E yo Pedro Sanchez del Castillo, escribano de Cámara de nuestro señor el Rey é su notario público en la su Corte é en todos los sus regnos, escribano de los fechos de los dichos Procuradores fuí presente al otorgamiento de esta carta, é de pedimiento é ruego de los dichos Procuradores que en mi presencia la firmaron de sus nombres la fiz aquí este mio signo á tal en testimonio de verdad Pedro Sanchez.>>

Prueba elocuentísima es este documento de las generales simpatías que á Don Beltran profesaba el estado llano, así por sus servicios militares y políticos como por la reconocida lealtad y constante adhesion á la persona del Rey.

Notificado por éste á todo el reino el abominable acto de Avila, bien pronto acudió en defensa del verdadero monarca multitud de gente armada, siendo de los primeros Don Garci Alvarez de Toledo, conde de Alba, y todos se dirigieron por órden del Rey á Zamora, para organizarse allí y acudir luégo donde fuese menester. Entre tanto Don Enrique se fué con poca gente á Ledesma, llevando consigo á la Reina y á la Infanta su hermana. Allí los hospedó y festejó espléndidamente el Duque de Alburquerque durante ocho dias, pasados los cuales el Rey fué á Zamora á unirse con su ejército, man

dando traer de Segovia á su hija Doña Juana, haciéndola recibimiento de Princesa.

El infante Don Alfonso, titulándose Rey de Castilla, mandaba como tal desde Avila, sometido en un todo á sus parciales. Y porque se juzgue del indigno lenguaje que en sus cartas empleaba, hé aquí un fragmento de la que en 6 de Junio dirigió al Conde de Arcos avisándole su coronacion y ordenándole le reconocie se y jurase como Rey: «...E añadiendo unos males á otros sin penitencia é emienda, vino el dicho Don Enrique en tan grand profundidad de mal que dió al traidor Don Beltran de la Cueva la Reina Doña Johana, llamada su muger, para que usase de ella á su voluntad, en grand ofensa de Dios é deshonor de sus personas de los dichos Enrique é Reina; é una su fija della llamada Doña Johana dió á los dichos mis regnos por heredera, é por premia la fiso jurar por primogénita dellos, pertenesciendo á mí como á fijo del Rey Don Johan mi señor é mi padre, que Dios haya... é mandó entregar las personas mia é de la ilustre Infante Doña Isabel, mi muy cara é muy amada hermana, á la dicha Reina y al dicho Beltran el traidor, seyendo mis enemigos, por razon de la dicha sucesion, de que me querian privar... é por todas las vías que pudo demostró su intencion é voluntad ser de me privar de la vida é sucesion de los dichos regnos, por sugestion é inducimiento de la dicha Reina é del dicho Beltran de la Cueva» (1).

No perdonaban, como se ve, el de Villena y sus secuaces las más infames calumnias para desacreditar á su Rey y señor natural, yá su buen consejero Don Beltran. Respecto á éste, tuvo, es cierto, várias veces bajo su custodia á los infantes Doña Isabel y Don Alfonso, pero siempre los trató con el debido respeto y reverencia, sin que ningun escritor coetáneo, ni áun de sus enemigos, dé noticia del más leve conato de que Don Beltran atentase contra tan preciosas vidas. Y en cuanto á la calificacion de traidor con que le motejan, juzgue el lector á quién convenia más tan infamante dictado.

Aumentada considerablemente la hueste de Don Enrique, se trasladó con ella á Toro, donde supo que los caballeros tiranos, como los llama el cronista Enriquez, habian salido de Valladolid y dirigídose á Peñaflor, cuyas murallas aportillaron con intento de ponerse despues sobre Simancas. Pero el Rey proveyó bien esta villa de

(1) Colec. diplom. de Enrique IV.

gentes y bastimentos y tuvieron los rebeldes que levantar el cerco. Acudian de todas partes del reino muchos nobles caballeros y poderosas ciudades en socorro de Don Enrique, y entre ellos el Marqués de Santillana, el Conde de Medinaceli y el de Almazan, llegando á reunir hasta ochenta mil peones y catorce mil caballos. Fué acordado en Consejo poner el real cerca de Simancas, y en el camino fué herido de muerte un criado del Almirante que por encargo de los sublevados venía á asesinar al Rey, segun en sus postrimerías lo declaró. Ardia todo el ejército leal en deseos de acometer á los rebeldes, que temerosos del poder del Rey se mantenian á la expectativa. Pero una vez más probó Don Enrique que no era digno por su pusilanimidad y blandura de carácter de empuñar con la debida majestad el cetro. El Marqués de Villena, que conocia bien á fondo la débil y pacífica condicion del Rey, comenzó á entablar con él afrentosos tratos, consiguiendo que derramase sus gentes y ofreciéndole volver, con los que le seguian, á su servicio. Hízolo así Don Enrique, colmando de honores y mercedes á los nobles que primero habian acudido á su llamamiento.

A Don Beltran hizo con este motivo donacion de la villa de la Adrada, en 25 de Agosto... «conociendo los muchos é muy loables é altos é señalados servicios que vos Don Beltran de la Cueva, duque de Alburquerque... me avedes fecho é facedes de cada dia con toda lealtad é animosidad, é los grandes peligros é trabajos á que vos avedes espuesto y ponedes por mi servicio é ensalçamiento de la Corona real de mis regnos, por los quales soys muy digno de muchas mercedes é acrecentamiento de vuestro estado; é otrosy por quanto yo vos debo é soy tenudo á grandes costas de maravedises así de sueldos que ovisteis de aver de la gente de armas que avedes traydo en mi servicio por mi mandado asy en las guerras de Aragon é Navarra como en otras partes, é de ciertos gastos é costas que fecistes por mi mandado é servicio, por razon de todo lo cual, yo vos debo é soy tenudo á vos pagar grandes costas de maravedises: Por ende yo queriendo vos pagar é satisfacer de las dichas contias de maravedises... vos fago merced é gracia... perpetua é non revocable para vos é para vuestros herederos... de la mi villa de la Adrada con su castillo é fortaleza é con todos sus vasallos é tierras... Dada en el Real de sobre Valladolid, veinte é cinco dias de Agosto, año... de mill é quatrocientos é sesenta é cinco años. Yo el Rey.-Yo Alfonso de Badajos, secretario...» etc.

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