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>>Así mismo que yo el dicho Duque non recebiré trato ni lo acometeré ni otro por mí mandado, de la dicha fortaleza desde el dia que se firmare é sellare esta capitulacion fasta el tiempo que el dicho Johan de Torres ha de entregarme la dicha fortaleza; é puesto que algund trato se me ofresca, yo non lo aceptaré ni porné en obra, ántes guardaré en todo que en ninguna ni alguna cosa no reciba dapno ni quanto al dicho Johan de Torres ni los que con él están, pero que durante este tiempo puedan tirar de la una parte á la otra con todas cosas salvo con engeños é tiros gruesos de pólvora.

>>Así mismo, que yo el dicho Duque daré ciertas buldas de Martin de Torres que le fueron traidas de Roma, sin retener ninguna dellas, á la persona que el señor Rey de Portugal enviare á deliberar al dicho mariscal, para que las dé al dicho Martin de Torres.

>>E para seguridad..... (de todo lo susodicho) (vuelve á especificar todas las promesas hechas por el Duque) de más de facer yo el dicho Duque juramento é pleito homenaje... suplicaré al muy esclarecido señor el señor Rey de Portugal que S. A. ge lo segure por su carta firmada é sellada, la qual carta vea firmar Don Alvaro, fijo del Duque de Bergança, ó uno de los fijos de Lope de Almeida ó Juan de Lima ó Fernando de Lima, su hermano, ó Enrrique de Figueredo, ó Ruy de Sosa 6 Johan de Silva, mayordomo mayor del Príncipe, el qual caballero de los susodichos que así viere firmar la dicha carta de seguridad, verná y traerá la dicha carta y dará fée al dicho Johan de Torres de cómo la vió firmar al dicho señor Rey; y que este caballero por virtud del dicho seguro del dicho señor Rey, é ansí mismo Alfonso Telles, á quien el dicho señor Rey escribirá que venga, saquen de la dicha fortaleza al dicho Johan de Torres é á los dichos sus fijos, é á Martin de Torres é á los otros sus parientes é criados é otras personas que con él están, é á todas las cosas que al dicho alcaide é los sobredichos sacaren, é lo acompañe fasta lo poner en Campomayor... en la qual dicha carta prometa el dicho señor Rey que lo guardará el príncipe su fijo en su lugar é despues de él.

>>>E que yo el dicho Johan de Torres, alcaide, venida esta dicha siguridad... haya de entregar é entregue al dicho señor Duque ó á quien su señoría mandare la dicha fortaleza de Alburquerque é lo apoderaré en lo alto é baxo della á toda su voluntad desde la hora que la dicha siguridad llegare é me fuere notificada en dos dias naturales primeros siguientes, que son cuarenta é ocho horas; é si caso

fuere que non pudiese ser notificada, que seyendo apregonada con trompetas en la torre de las tapias ó en las estanzas de la Melena y de la Corchera, que en todavía é en todo caso sea tenido de entregar la dicha fortaleza...

>>E así mismo que yo el dicho alcaide Johan de Torres desde hoy dia de la fecha desta capitulacion fasta veinte dias primeros siguientes, no avisaré por señas ni por almenaras ni por mis cartas á mensageros ni por otra persona alguna, directé ni indirecté, para que me venga socorro alguno á esta dicha fortaleza; é si caso fuere que mensagero me venga ó de él sepa en qualquier manera, dende en una hora lo faré saber al dicho señor Duque ó algund principal de los que tiene en sus estanzas, para que el dicho señor Duque dello sea sabidor; é que puesto que qualquier mensage me venga ó dél supiere en qualquier manera, no usaré ni me aprovecharé dél durante los dichos veinte dias, é que en esto no habrá engaño ni encubierta alguna; é así mismo que dentro de los dichos veinte dias non será fecho reparo ni edeficio en defensa del dapno que el engeño ó la lombarda gruesa del dicho señor Duque podria faser en la dicha fortaleza; pero si caso fuere que socorro tan poderoso me veniese durante el dicho término de los dichos veinte dias sin lo yo procurar, el qual socorro me pudiese deçercar é forzar á las gentes de dicho señor Duque é de sus amigos é valedores que en el dicho cerco é villa de Alburquerque estuvieren al tiempo que el tal socorro veniese, que en el tal caso lo pueda recebir, y que aunque el tal socorro veniese asagala ó otra mudança en la dicha asagala se fisiese, que ni por eso yo el dicho Johan de Torres dexaré de complir, con el dicho señor Duque entregandole la dicha fortaleza... (Siguen los juramentos de Juan de Torres y del Duque para cumplimiento de lo que prometen.) En fee de lo qual firmé aquí mi nombre é la presente fise sellar con el sello de mis armas, que fue fecha é otorgada en la villa de Alburquerque á seis dias del mes de Agosto año... de mil é quatrocientos é setenta é dos años.-El Duque.-Johan de Torres.>>

Con arreglo á lo convenido, el Rey de Portugal envió su carta de seguridad á Juan de Torres, por medio de Juan de Silva, y éste dirigió al Duque la siguiente carta para el cumplimiento de las demas condiciones:

«Yo Juan de Silva, del Consejo del muy alto y muy poderoso el señor Rey de Portugal, mi señor, é camarero mayor del muy escla

recido príncipe su fijo, por virtud de la creencia que del dicho Rey, mi señor, traxe á vos, el muy magnífico señor don Beltran de la Cueva, duque de Alburquerque, firmada de su nombre é sellada con su sello, cerca de los casos que vos el dicho señor Duque habeis de cumplir con Juan de Torres, alcayde que era de vuestro castillo é fortaleza de Alburquerque é sobre razon del complimiento de ciertos capitulos entre vos é el dicho alcayde concordados, de los cuales el dicho Rey, mi señor, á vuestra suplicacion fue asegurador, vos digo de parte de su alteza que su señoría envia á Alvar Lopez, su secretario, para que reciba é á quien sea entregado el mariscal Alfonso de Torres é así mismo las buldas de Martin de Torres su hermano, segund é en la manera que se contiene en la dicha capitulacion.

>>E porque, señor, seades cierto que el dicho señor Rey mi señor me mandó lo sobre dicho, por virtud de la dicha creencia, firmé esta carta de mi nombre, que es fecha en la dicha villa de Alburquerque á veinte dias de Agosto año de mill é quatrocientos é setenta é dos años.-Silva.»

Juan de Torres entregó al Duque la fortaleza y se marchó con sus parientes, criados y bagaje á Portugal. Cumplió Don Beltran los principales capítulos del convenio, pero suscitáronse dudas y dificultades sobre algunas cosas secundarias, y principalmente sobre la entrega de una lombarda ó su correspondiente importe, con cuyo motivo intervino, á instancias de Torres, Don Juan II de Portugal, como mediador que era del tratado, en esta cuestion, escribiendo repetidas veces al Duque de Alburquerque, replicándole éste sobre el derecho que le asistia y enviándose mutuamente agentes para resolver el conflicto, cuya resolucion duró hasta bien entrado el reinado de los Reyes Católicos, llegándose por fin á una transaccion amistosa, y favorable al Duque (1).

(1) Véanse sobre este particular los documentos números 26 al 31.

No está conforme con esta relacion de la toma de Alburquerque y de la inter vencion que en ella tuvo el afamado clavero, la que escribió Alonso de Maldonado en sus Hechos de Don Alonso Monroy (MEMORIAL HISTÓRICO, t. vi); pero tengo por testimonios históricos más fidedignos los documentos originales ántes insertos que la relacion de estos sucesos, hecha sin duda por referencia que aduce Maldonado; y es como sigue:

«Gran tiempo auia á esta sazon quel Duque don Beltran tenia perdido á Albur querque, que se le tenia ocupado un alcaide suyo, y el Duque enviaba cada año quatrocientas lanzas sobre ella y muchos peones; pero como la tierra estuviese llena de guerras y las vituallas ya ocupadas por los guerreros de la tierra, volvían

se cada año sin hacer nada por falta de bastimentos. Visto esto por el clavero, determinóse de tomar aquella villa de Alburquerque para el Duque don Beltran: esto sin habelle tenido por amigo ni enemigo, y luego hizo juntar su gente que en guarnicion estaba en sus fortalezas guerreando siempre á la gente del Maestre; y como hubo juntado dozientos de á caballo y quatrocientos peones, se fué para Alburquerque y dió salto en la villa de improvisamente; y como él hobiese hablado con algunos criados suyos naturales de allí que le tuviesen una puerta abierta por donde entrase en la villa, luego fué así hecho; y como entrase, luego se apoderó de la villa, pero la fortaleza era cosa muy fuerte y no se podia tomar por combate. El clavero la cercó y le puso sitios muy cerca della, de manera que nadie podia salir ni entrar, y él estaba con mucho cuidado en que no la socorriesen los de don Alonso de Cárdenas, comendador mayor de Leon... Pero como don Alonso de Cárdenas tuviese voluntad de apremiar al Clavero, envió dos capitanes contra él, que habrian dozientas lanzas y algunos peones, y escribió á Pedro de Grijalva, capitan del maestre don Gomez de aquella guarnicion que tendria otras dozientas lanzas y as az peones, para que se juntasen con esta gente suya y todos fuesen sobre Alburquerque; mas como estos capitanes viniesen muy diferentes de como se habia de hazer la cosa, pero al fin concluyeron que ante todas cosas robasen el campo y que hecho esto el pelear sería lo postrero; y luego enviaron sus corredores y de tierra de Cáceres y de otras partes trajeron gran cabalgada de ganados, y fueron á media legua de Alburquerque y tomaron mucho ganado de los de Alburquerque de vacas y ovejas y vanse con todo esto y enviaron sus peones con el ganado para que á gran priesa lo metiesen en Valencia...

»Sabido todo esto por el Clavero, luego mandó cabalgar á priesa sus dozientas lanzas, y él cabalgó en un caballo hermosísimo por milagro, y salió de Alburquerque, que no quiso llevar los peones, porque el alcaide del castillo no se basteciese, y porque los de la villa, que confirmados estaban en su amistad, no se voltasen por el alcaide.»

Alcanzados los jinetes del Maestre de Alcántara, los derrotó completamente. «Sabido esto por el Duque de Alburquerque desta toma desta villa, en gran manera le pesó, porque pensó de jamás la sacar de su poder y manos del Clavero. Verdad sea que áun las diligencias no hizo por parescelle escusadas; antes pensaba que el Rey meteria la mano en que se le volviese su villa; mas tampoco le parescía esto satisfacelle por estar la gente indomable.

»Estando el Duque don Beltran con varios pensamientos, le llegaron cartas del Clavero, por las cuales le hacia saber que él habia ganado á Alburquerque, por eso que le enviase él á quien la entregase para que estuviese en su servicio. Gran placer hubo el Duque con estas nuevas, y fué tanto quél mismo se partió luego para Alburquerque á tomarla por sí, y el Clavero se la entregó, y el Duque fué muy contento de conoscer al clavero, paresciéndole que la fama que tenía no era nada con ver la persona. >>

CAPÍTULO VIII.

Ultimas mercedes que dispensa Enrique IV al Duque de Alburquerque.-El Castillo de la Codosera.-Buenas relaciones de Don Beltran con la mayor parte de los principales personajes de la Corte.—Concédele el Rey el título de Conde de Huelma.-Busca el Marqués de Villena la amistad del Duque de Alburquerque.Va á visitarle á Cuéllar.-Fallecimiento del Marqués y de Enrique IV.

Los disturbios de Castilla habian entre tanto ido en aumento, y para arreglar las diferencias y disponer la más acertada gobernacion del reino, propuso en 1471 un prelado al Monarca, se juntasen el Maestre de Santiago, Don Juan Pacheco, el Marqués de Santillana, el Duque de Alburquerque, los Condes de Haro, de Alba, de Benavente y de Treviño, el Almirante, el Nuncio, el Arzobispo de Sevilla, los obispos de Sigüenza, Coria, Búrgos y algunos otros personajes (1). Laudable era el propósito, pero de todo punto irrealizable, dadas las enconadas pasiones que entre la mayor parte de los individuos de la proyectada junta existian. Abandonóse esta idea y siguieron los desórdenes.

Para mayor defensa de la villa de Alburquerque concedió en propiedad Don Enrique al Duque, por cédula de 7 de Marzo de 1472, firmada en Badajoz, el castillo y la fortaleza de la Codosera.

El Duque de Alburquerque, aunque apartado tiempo hacía de los negocios de Estado, sobre todo desde que su rival Don Juan Pacheco se habia apoderado por completo de la privanza del Rey, no dejaba, sin embargo, de mantener estrechas relaciones con los principales

(1) Col. diplom. núm. 189.

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