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Sánchez: tal sentencia fué dictada el 22 de Diciembre de 1561.

Ahora bien, tras el dichoso hallazgo del proceso extractado, perdemos todo vestigio de la actuación universitaria del célebre Retórico durante los años 1562-1565 (ambos inclusive) (1). Las referencias que hemos hallado en el "Libro de memoria de los Dineros que se hechan en el arca de todos los Grados E Catredas y otras cosas de esta Vniuersidad" (que se ha creído fuese un libro de "Pruebas de Cursos y Bachilleramientos de 21 Abril 1562 a 16 Octubre 1566"), no convienen indiscutiblemente a la personalidad de nuestro autor (2).

Pero a la penuria, mejor dicho, a la total carencia, pronto sucede la mayor abundancia que cabe imaginar. Si el cuadrienio mencionado (1562-1565) significa una de las más lamentables y extensas lagunas de nuestra investigación, ya en el año 1566 hallamos de nuevo miés copiosa de datos y de informes acerca de la existencia profesional del Brocense. A fines del año últimamente citado, y en virtud de un auto, fué depuesto de la Vice-Rectoría y de la Regencia de Retórica del Trilingüe Cristóbal de Sagrameña. El auto de deposición se fundaba en el resultado de ciertas visitas y motivó una prudente, pero enérgica protesta del presunto culpable. Lamentábase éste de no haber

(1) La coincidencia de resultados negativos, nos permite graduar de verosímil la hipótesis de una ausencia (de España o de Salamanca) de nuestro biografiado durante el mencionado cuadrienio. Vid. en el texto de este "Ensayo" las líneas en bastardilla del acta de claustro de diputados de 15 de Octubre de 1566, y en nota, las del acta del claustro de diputados de 19 del mismo mes y año, también en bastardilla.

(2) Fol. 160: v "en Salamanca a XVij de nov. del dicho año (1564) el señor doctor ju.o perez de Cubillas echo once Reales de la Repeticion del br. fran.co sanchez natural de merida que A de Repetir mañana sabado dia lectivo D.o cubillas". Fol. 183 vuelto: "este dia (4 Mayo 1565) echo el señor doctor bernal xxvij reales e dos mrs del bachilleramjento de fran.° sanchez natural de Madrid e los echo por el señor doctor luis perez doctor Bernal". Vid. también fol. 258 del mismo libro, donde se cita a un "francisco sanchez polo". Como podrá observarse, el número de homónimos del Brocense no disminuye, sino que aumenta con el transcurso del tiempo. La homonimia es perfectamente explicable (el nombre y el apellido de nuestro autor son vulgares, corrientes). pero no por eso resulta menos peligrosa, ya que estimula a identificaciones precipitadas. Y nunca nos precaveremos bastante contra ese peligro.

sido oído y graduaba de excesiva la pena, aun en el caso de que fuera incuestionable su culpa: ofrecíase también a presentar los oportunos descargos y suplicaba encarecidamente que se le ofreciera ocasión de justificar su conducta, pues creía que se debía tener "quenta con la honrra de vn tan antiguo criado" del Estudio. Los claustrales que oyeron la petición de Sagrameña, "comenzaron a tratar... de como hera (el peticionario) persona en su facultad muy doto", pero acaso no muy idóneo para la Vice-Rectoria, cargo que, por otra parte, alejaba considerablemente de las abstracciones en que se mueve el trabajo mental. Acaso incidentalmente y al formular la apreciación apuntada "comenzaron a tratar de como estaba aqui vn francisco sanchez Retorico el qual habia sido ya Regente en el dicho colegio e avia tenjdo buen partido el qual en otras partes los ha tenido muy buenos y siempre lo ha hecho muy bien e su fama es tal e queste tal Cunplia mucho para ser vizeRetor del dicho Colegio atenta su avilidad e suficiencia e porque tiene ya esperiencia en las cosas tocantes al dicho colegio". Mas no todos los claustrales eran de esa opinión, ya que algunos decían que precisamente por ser Sagrameña y Sánchez personas doctas en su facultad, “a estos tales no se les abia de dar el cargo de la vizeRetoria por causa que les quitaba mucho su estudio e ocupados en las cosas de la governaçion del Abrian de hazer muchas faltas en sus leturas e leciones". El mismo Sagrameña descuidó su labor administrativa, sacrificándola en aras de su labor docente. Se pensó incluso en que una persona de autoridad, un clérigo, por ejemplo, se encargase de la Vice-Rectoría, pero el Rector hizo constar que se había practicado toda una serie de gestiones en ese sentido sin resultado, por lo que creía "quel que cumple para lo suso dicho es el dicho licenciado francisco sanchez e tiene avilidad para todo". El maestro Navarro hizo notar que el pseudo-licenciado Sánchez no podría obtener legalmente la Vice-Rectoría porque no era clérigo presbítero, como el estatuto ordenaba que lo fuese el Vice-Rector del Trilingüe, y que interinamente debía ocupar ese cargo el regente de griego Juan Escribano, quien a la sazón le servía. Terminó toda esta larga discusión con el acuerdo de que se consultara las voluntades de Sagrameña y de Sánchez "ẹ segun sus letras se procure con ellos de los detener e acomodar para que queden en esta Vniversidad para que

los suso dichos lean y enseñen en ella tenjendo officios diferentes e distintos el vno del otro". Difiérese, de todas suertes, para el primer claustro la decisión de todo lo concerniente a lecturas y salarios de los citados maestros (1).

En nueva reunión de claustro, vuélvese a tratar la cuestión ya planteada respecto a los medios precisos y eficaces, que se podrían y deberían aplicar, para retener en la Universidad salmantina a Sagrameña y a Sánchez y acuérdase retribuir a ambos con "honestos salarios" para que no abandonen las aulas de dicho Estudio. La honestidad del salario del Brocense se fija por unos en 42.500 maravedís, por otros en 40.000 y por otros, en fin, en 30.000. Decidese, al cabo, que se señale para esa retribución la cifra de 34.000 maravedís, pagados por sus tercios y con las mismas cargas soportadas por otros Regentes de Retórica, predecesores de Sánchez de las Brozas. Queda así establecido que sirva el cargo de Regente de Retórica en el interior del colegio el Brocense y que desempeñe esa misma función, mas fuera de dicho colegio, el bachiller Sagrameña, con 30.000 maravedís de dotación anual (2).

Ahora bien, de los rendimientos que nuestro autor obtuviera durante los primeros meses (últimos del 66) en

(1) Claustro de diputados de 15 de Octubre de 1566, fol. 191 r. y v.

(2) Claustro de diputados de 19 de Octubre de 1566, fol. 196 r. y v.... "los dichos señores comencaron a tratar... del remedio del colegio terlingue de manera y en como se pudiesen acomodar. y quedar en serbiçio desta Vnjversidad El licenciado francisco sanchez de las broças como persona docta. e que tan buenos salarios a tenido en esta Vnjversidad siendo Regente del dicho colegio e fuera desta Vnjversidad e que para quedar en esta Vnjversidad se le devia de dar vn buen salario para que lo qujsiese açeptar. e ansi mjsmo el bachiller cristobal sagrameña... e atento que anbas a dos personas son doctas en sus facultades e por que no se vayan e absenten desta Vnjversidad sera bien darles honestos salarios para los entretener... todos començaron a tratar de la abjlidad e sufficiençia del licenciado francisco sanchez de las broças e que para lo entretener se le devia de dar e asignar buen salario... demas de su comida que se a de dar dentro del dicho colegio como a los demas que estan e an estado dentro del dicho colegio. se le da e asigna de salario en cada vn año e ad nutum Vnjversitatis al dicho licenciado francisco sanchez de las broças treynta y cuatro mjll maravedis pagados por sus terçios conforme a los demas catredaticos del dicho estudio con las mismas cargas que an tenjdo su Regencia de Rectorica sus antepasados y ante todas Cosas conforme a los estatutos del dicho Colegio... otrosi en

que

ca

sirvió dicho cargo, no nos informan circunstanciadamente los "Libros de cuentas" del Estudio. El rotulado “Quentas del studio de Salam que dió el hazedor hernando de sandoual y de otros Officiales el año de mill y quinientos y sesenta y siete años" (primero que hallamos después del último citado en páginas anteriores del año 64) en liquidación rendida por Juan Escribano y con referencia al 21 de Octubre de 1566, nos ofrece la siguiente curiosa y sobria indicación: "Lunes porque este día vino el ljdo franc sanchez regente que tenja de ordinario treynta y quatro y m. sumo el ord.° trezientos y noventa y siete y m." Así, pues, nombrado nuestro autor Regente de Retórica para el interior del colegio Trilingüe el 19 de Octubre del 66, a los dos días de esa fecha, el 21, tomó posesión de tan honroso cargo (1).

En cambio, son más explícitos los "Libros de visita" del Trilingüe. En la girada a dicho establecimiento docente por los muy magníficos señores doctor y canónigo Diego de Vera y maestro León de Castro el 23 de Noviembre de 1566, los mencionados catedráticos mandaron a nuestro Retórico por mediación. de Sagrameña guardar los capítulos siguientes:

or

"Mandatos V e vista la dicha ynformacion mandaron entrar (el Dr. Diego de Vera y el mo León de Castro, en 12 de Enero de 1565 al br. sagrameña vize R.°* al qual despues de auer encargado guarde y Cunpla los capitulos conthenjdos en la dicha ynstruction segun e Como en ella se qontiene e fecho le encargaron ansymesmo guarde y

este dicho claustro fecho lo susodicho. açerca del dicho bachiller francisco sanchez de las broças por Regente de Retorica para dentro del dicho collegio començaron a tratar del dicho bachiller cristobal sagrameña para Regente de Rectorica fuera del dicho collegio etc., etc."

(1) En el mismo libro y en cuenta rendida por Juan Escribano también, hallamos una nota marginal, sin fecha, que creemos poder referir aproximadamente a los momentos ahora evocados. Dicha nota, que parece sugerir la idea de una censura de cierta indebida entrega en especie hecha a favor del Brocense y de Sagrameña, copiada a la letra, dice así: "de las quales dichas C. XXXVII fanegas y 21 libras (de las que se descarga Escribano en la mencionada cuenta). se an de sacar nueve fanegas / de suerte que se le an de descargar solas. 128. fanegas de trigo e 21. libras. porque estas 9. fanegas las avia dado al criado del L.do s." y al br. sagrameña”.

Cumpla las cosas siguientes v Lo primero que hablen en latín e de ninguna manera se consienta que hablen Romanze. procediendo con penas hasta privacion de todo el ordinario a los que lo dexaren de hablar v Lo segundo que hagan las paraphrasis de vn autor que escogieran cada día

or

o en prosa o en verso v Lo terzero que hagan cada día un exercicio sobre los preceptos de Rhetorica que oyeren o del vize R."" o del cathedratico de Rhetorica y que este exerçiçio sea en prosa o en verso. v Lo quarto que den la lecion de coro de algun lugar selecto de oraçiones de tulio o declamaciones de quintiliano quanto se pueda estudiar en media hora v Lo quinto que bueluan las leciones y den quenta al vize Rector dellas y que despues el vize R.°* haga conferencia de los exercicios y los enmjende y muestre qual hizo mejor y qual no acerto Lo sexto e vltimo que las fiestas y dias de assueto se ocupen en hazer las oraciones que an de hazer publicas y las de Casa e que no cumplan con ellas los exercicios sobredichos, que son obligados A hazer cada dia nj parte dellos v y esto se entiende que han de hazer y guardar los colegiales Rhetoricos."

Con la intensa labor y la grave responsabilidad que supone el acatamiento de los preceptos transcritos, vuelve a justificarse la intervención de Sánchez de las Brosas en las provisiones (o intentos de ellas) de las colegiaturas vacantes en el Trilingüe. Y notemos ya, de una vez para siempre, que seguirá durante muchos años nuestro autor interviniendo con gran eficacia en esos actos, por los que debió sentir, sin duda alguna, el natural y explicable interés, que de ordinario inspiran los primeros ciclos en que se desenvuelve y toma cuerpo la vida profesional (1).

(1) Claustros de 26 de Octubre, 8 de Noviembre y 14 de Diciembre de 1566 y 26 de Marzo de 1567, fols. 201 vuelto, 210, 24 y 82, respectivamente de los correspondientes "Registros". Asistió también nuestro Retórico al Claustro de diputados de 14 de Junio de 1567, en el que se trató "de proveer de vize Rector al Colegio Trilingüe", pues en el fol. 119 del "R." correspondiente se nos advierte: "e luego entraron en el dicho claustro los maestros martjn martinez catedratico de tres lenguas e maestro nabarro catedratico de Rhetorica /e los Regentes del dicho colegio/juan escribano de griego / e francisco sanchez de las brozas, de Rhetorica. porque para semejantes provisiones manda el estatuto que los susodichos se hallen presentes", etc. Vid. además Claustros de diputados de 27 de Octubre y 6 de Noviembre de 1567, fols. 180 y 188: al segundo de estos claustros fué llamado, pero no parece que asistió el pseudo-licenciado Sánchez.

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