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«Salon de sesiones de la Cámara de diputados del Congreso de la Union, en México, á 9 de Diciembre de 1891.-M. O. de Montellano, diputado presidente.-Juan Bribiesca, diputado secretario.-Ignacio G. Heras, diputa do secretario. >>

<< Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

«Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo federal, en México, á once de Diciembre de mil ochocientos noventa y uno.-Porfirio Diaz.-Al Secretario de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público, C. Benito Gómez Farías. »

Insértolo á vd. para su conocimiento y efectos.

Libertad y Constitucion. México, Diciembre 11 de 1891.— Gómez Farías. —Al......

(137.)

Decreto autorizando al Ejecutivo para que permita la libre importacion ó rebaje los derechos aduanales á los cereales y animales en pié.

Secretaría de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público.Seccion 8-Mesa 1-El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto siguiente:

"PORFIRIO DIAZ, Presidente Constitucional de los Estados-Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed:

«Que el Congreso de la Union ha tenido á bien decretar lo que sigue:

«El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

<< Artículo único. Se faculta al Ejecutivo de la Union para que permita la importacion libre ó rebaje los derechos aduanales, á los cereales y animales en pié, en la cantidad, casos especiales y condiciones que crea conveniente, á fin de aliviar la situacion de las clases menesterosas, con motivo de la alza de los precios en algunos mercados de la República.

«M. O. de Montellano, diputado presidente.-Ignacio Pombo, senador presidente.-Juan Bribiesca, diputado secretario.-Pedro Sanchez Castro, senador secretario. >>

<< Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

«Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo federal, en México, á once de Diciembre de mil ochocientos noventa y uno.-Porfirio Diaz.—Al Secre

tario de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público, C. Benito Gómez Farías. »

Y lo comunico á vd. para su conocimiento y demas fines.

Libertad y Constitucion. México, Diciembre 11 de 1891.-Gómez Farías.-Al......

(138.)

Decreto ampliando la partida núm. 5,189 del presupuesto.

Secretaría de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público.Seccion 5-Mesa 1-El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue:

"PORFIRIO DIAZ, Presidente Constitucional de los Estados- Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed:

«Que la Cámara de diputados del Congreso de la Union ha tenido á bien dirigirme el decreto siguiente:

«La Cámara de diputados del Congreso de la Union, en ejercicio de la facultad que le confiere la fraccion VI letra A del art. 72 de la Constitucion federal, decreta:

« Artículo único. Se aumenta en veinticinco mil pesos la partida número 5,189, dotada con cuarenta y tres mil pesos en el presupuesto de egresos vigente.

«Salon de sesiones de la Cámara de diputados del Congreso de la Union en México, á 12 de Diciembre de 1891.-M. O. de Montellano, diputado presidente.-E. Pimentel, diputado secretario.-Ignacio G. Heras, diputado secretario. >

<< Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

«Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo federal, en México, á catorce de Diciembre de mil ochocientos noventa y uno.-Porfirio Diaz.—Al C. Benito Gómez Farías, Secretario de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público.»

Insértolo á vd. para su conocimiento y efectos.

Libertad y Constitucion. México, Diciembre 14 de 1891.- Gómez Farías. —Al......

(139.)

Circular declarando que no son necesarios esqueletos ó modelos para que las oficinas del timbre puedan hacer el despacho de metales destinados á la exportacion.

Administracion general de la Renta del Timbre.-Circular núm. 9.El Secretario de Hacienda y Crédito público, en órden fecha 12 del actual, me dice lo que sigue:

Se recibió en esta Secretaría el oficio de vd. núm. 1,902, fecha 10 del actual, en que pide impresos para que las oficinas de esa renta puedan hacer el despacho de metales destinados á la exportacion, y en respuesta le manifiesto que siendo limitado el número de oficinas que han de expedir los documentos á que se refiere, no se consideran indispensables los esqueletos ó modelos que pide, supuesto que en el pedimento principal, que deberá llevar las estampillas correspondientes, se pondrá el permiso respectivo sirviendo de guía, á cuyo efecto cuidarán los empleados del timbre de que en los pedimentos se exprese con la mayor especificacion el número, peso y valor de los bultos, su procedencia y destino. Estas guías ó permisos se registrarán en un libro que será autorizado por la primera autoridad política de la localidad, como se previene en la circular de 15 de Octubre, que esa oficina hará conocer á sus subalternos. >>

Lo trascribo á vd. para su conocimiento y á fin de que haga saber la inserta disposicion á sus dependencias, recomendando á esa principal vigile el cumplimiento de lo acordado respecto del libro que debe llevarse como se previene, en el concepto de que la circular que se cita, fecha 15 de Octubre último, ya le fueron remitidos ejemplares bastantes.

Libertad y Constitucion. México, Diciembre 15 de 1891.—El administrador general, M. O. de Montellano.-Al administrador principal del timbre en.....

(140.)

Decreto exceptuando del pago de derechos de importacion algunos útiles y objetos para establecimientos de instruccion pública en el Estado de México.

Secretaría de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público.Seccion 1-El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto siguiente:

“PORFIRIO DIAZ, Presidente Constitucional de los Estados- Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed:

«Que el Congreso de la Union ha tenido á bien decretar lo que sigue:

«El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

«Artículo único. Se exceptúan del pago de derechos de importacion, los útiles y objetos de enseñanza que para las escuelas dependientes del Estado de México se recibieron en la aduana marítima de Veracruz, pedidos por el C. Gobernador de dicho Estado.

«Económico. Expídase á la Secretaría de Hacienda copia de la relacion adjunta á este expediente, para que con presencia de ella y de las facturas respectivas, verifique el despacho la citada aduana, de los útiles y objetos de que se trata.

«M. O. de Montellano, diputado presidente.-Ignacio Pombo, senador presidente.-Juan Bribiesca, diputado secretario.-Pedro Sanchez Castro, senador secretario. »

<< Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

<< Dado en el Palacio Nacional de México, á diez y nueve de Diciembre de mil ochocientos noventa y uno.-Porfirio Diaz.-Al Secretario de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público, C. Benito Gómez Farías. D

Y lo comunico á vd. para su conocimiento y fines consiguientes.
México, Diciembre 19 de 1891.-Gómez Farías.

Cajas.

Relacion del material de enseñanza á que se refiere la adjunta solicitud.

Contenido.

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2 Doscientos cincuenta y tres mapas murales y veinte globos terrestres....

15 Diez mil pizarras, cien metros de tela para pizarron, quinientas piezas mapas de México, diez compendios métricos y ocho mapas grandes de México................

Valor en francos.

352 00

5,708 25

2,324 15

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7 Cuarenta mil cuadernos para escritura.
1 Una carta de la luna, cuatro atlas completos en
relieve, dos observatorios de salon, dos glo-
bos terrestres y dos esferas armilares....
1 Cien mapas de pesos y medidas, treinta y ocho

colecciones de modelos para dibujo.

4 Diez gramáticas de canto, diez colecciones Pröebel, un aparador sistema métrico.

3 Una coleccion general de Historia Natural, un ojo pieza anatómica, una laringe idem idem, una nariz idem idem....

4. Cuatro colecciones de planchas Chipriez y veinticinco colecciones de planchas modelos de encajes y bordados...

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Es copia. México, Diciembre 19 de 1891.-El Oficial mayor primero, J. A. Gamboa.-Confrontada, Mejía de Leon.

(141.)

Decreto aprobando el contrato celebrado para la construccion de un gran hotel.

Secretaría de Estado y del despacho de Hacienda y Crédito público. Seccion 8-Mesa 1-El Presidente de la República se ha servido dirigirme el decreto que sigue:

"PORFIRIO DIAZ, Presidente Constitucional de los Estados-Unidos Mexicanos, á sus habitantes, sabed:

«Que el Congreso de la Union ha tenido á bien decretar lo siguiente:

«El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos decreta:

<< Artículo único. Se aprueba el contrato celebrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito público, en representacion del Ejecutivo, y los CC. Mi

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